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Acuerdo Ministerial 47

Ministerio de Energía y Minas

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 47
Autor
Ministerio de Energía y Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año

MINISTERIO

38?{-?5&%”& DE ENERGÍA

Y MINAS

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 477-2023

GUATEMALA, 22 FEBRERO DE 2023

EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS CONSIDERANDO Que de acuerdo con el artículo 27 de la Ley del Organismo Ejecutive/ los Ministros de Estado tienen la atribución de dirigir y coordinar la labor de las dependencias y entidades a su cargo, así como la administración del recurso humano bajo su responsabilidad. CONSIDERANDO Que el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas, establece que es función del Ministro, remover a los funcionarios y empleados de su ramo cuando le corresponda de conformidad con la ley. CONSIDERANDO Que con fecha 18 de agosto de 2021 mediante el Acuerdo Ministerial número 178-2021 se declaró bajo el servicio exento diez puestos en las diferentes Unidades y Direcciones del Ministerio de Energía y Minas, en el marco del artículo 8 del Acuerdo Gubernativo número 18-98, Reglamento de la Ley de Servicio Civil, entendiéndose éste como aquellos estos cuyas funciones son consideradas de confianza y que son de libre nombramiento y remoción. CONSIDERANDO Que con fecha 22 de febrero de 2023 mediante el cficio número DGA-146-2023 emitido por la Directora General Administrativa, solicita a la Unidad de Recursos Humanos iniciar el procedimiento de remoción del licenciado José Antonio Samayoa Gaytán con efectos del 01 de marzo de 2023. POR TANTO Con fundamento en los artículos 152, 154, 194 literal b) de la Constitución Política de la Republica; 4, 20, 22 y

licenciado José Antonio Samayoa Gaytán con efectos del 01 de marzo de 2023. POR TANTO Con fundamento en los artículos 152, 154, 194 literal b) de la Constitución Política de la Republica; 4, 20, 22 y 27 literales a) y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; 4, 29,31, 32, 84 numeral y 91 del Decreto número 17-48 del Congreso de la República, Ley de Servicio Civil; 8, 25, 31 y 36 numeral 2 del Acuerdo Gubernativo número 18-98, Reglamento de la Ley de Servicio Civil; 4 literal b) y 6 literal b) del Acuerdo Gubernativo número 382-2006 y sus reformas, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas; ACUERDA ARTÍCULO 1. Declarar el cese definitivo de la relación laboral por REMOCIÓN a JOSÉ ANTONIG SAMAYOA GAYTAN/Cel puesto de ASESOR PROFESIONAL ESPECIALIZADO IV (Puesto exento) con especialidad en INFORMÁTICA del Departamento de Inform. OR de la Dirección General Administrativa del Ministerio de “Energía y Minas, en virtud de ser un puesto de confianza de libre nombramiento y remoción, con salario mensual de 0.6,759.00,/más 03,900.00 de Bono Especial, Q.2,000.09de Complemento Personal al Sélario; Q.1,100.00 de Bono Compensatorio, 037506 de Bono Profesional, Q.30800 de Bono de Alimentación, 0,250.00 de conformidad con el Acuerdo Gubernativo número 66-2000 y 37-2001, con cargo a la partida

Q.1,100.00 de Bono Compensatorio, 037506 de Bono Profesional, Q.30800 de Bono de Alimentación, 0,250.00 de conformidad con el Acuerdo Gubernativo número 66-2000 y 37-2001, con cargo a la partida presupuestaria número: 2023-11130014-008/0261020016-07/07“09"-009-604-090-011-00008. ARTÍCULO 2. El presente Acuerdo Ministerial surte sus efectos a partir del 01 de marzo de 20234 deberá notificarse a la persona interesada, a la Dirección General Administrativa y a la Unidad de Recursos Humanos.

COMUNÍQUESE

ECRETARIA ss LiE/Alberto Pimentel Mata,

MINISTRO DE ENERGÍA Y MINA

GENERAL

Licda. Rita María B añeda de Aguilar CRETARIA GENERAL - OFICINAS CENTRALESDiagonal 17, 29-78, zona 11, Las Charcas © O O www.memgobet PBX: (+502) 2419 6464

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