Acuerdo Ministerial 483-2010
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 483-2010
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2010
Ministerio de Educacion Gustemala. € A
ACUERDO MINISTERIAL No. 4832010
Guatemala, 19 de marzo de 2010 EL MINISTRO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política de la República de Guatemala determina que la educación tene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humans, el conocimiento de la realidad y cutura nacional y universal Que, uno de los fines de la educación de Guatemala es proporcionar una formación basada en principios humanos, científicos, técnicos. culturales y espritusles que formen integralmente al educando. lo preparen para el trabajo, la convwencia social y le permitan el acceso a otros niveles de vida, así como promover y fomentar la educación sistemática del adulto CONSIDERANDO: Que, el subsstema de Educación Extraescolar o Paralela, es una forma de realización del proceso educabvo que el Estado y otras instituciones proporcionan 5 la población que ha estado excluda o no ha lenido acceso a la educación escolar y a las que habiéndola tenido desean ampliarla
CONSIDERANDO: POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 74 y 184. erales a) y 1) de la Constitución Política de la República de Guatemala: 33 literates a) y m) de la Ley Educación Nacional, Decreto número 12-61 del Congreso de la RI le Guatemala: y 27 iterafes a), c) y m) y 33 Merales a) e) y e) de la Ley ismo Ejecutivo, Decreto No. 114-097 del Congreso de la República de la. o) ACUERDA: Emitir la siguiente Normativa para el Funcionamiento de
Academias de Cursos Libres.Ministerio de Educación Guatemala. C, A
o) ACUERDA: Emitir la siguiente Normativa para el Funcionamiento de Academias de Cursos Libres.Ministerio de Educación Guatemala. C, A Articulo 1 Objeto. El objeto de esta normativa es regular las actividades técnicas y administrativas de las acadomías que imparten cursos ibres. las cuales funcionarán bajo la rectoría del Ministerio de Educación Artículo 2. Responsabilidades Para ejercer la rectoría sobre las academias que imparten cursos fibres, el Ministerio de Educación actuará por medio de las Direcciones siguientes: a. Drección General de Educación Extreescolar -DIGEEXLe corresponde establecer los Iincamientos para la organización, cuadros de control estadístico. formato de los diplomas y certificados, actualización de la base de datos de academias autorizadas y el acompañamiento técnico en la ejecución de planes y programas educativos de las academias de cursos libres. acreditación y certificación de las academias de cursos libres, como basa y garantia para el mejoramiento de la calidad de les servicios educativos prestados: y. a traves de la Unidad de Informática. el registro y codificación correspondiente. © Dirección General de Monitores y Verificación de la Calidad Educativa -DIGEMOCALe corresponde el monitoreo y verificación de la calidad del senvicio educativo en forma sistemática y permanente, mediante la aplicación de instrumentos de evaluación escolar, y a las que habiéndola tenido, desean ampliaría. Las instituciones que pueden ofrecer servicios de cursos libres a través de academias son las siguientes a. Dependencias gubernamentales autónomas y semiautónomes, externas al sector de educación b. Asociaciones. grupos organizados, organizaciones no gubemamentales -ONGsy entidades privadas a El proceso educativo deberá estar enmarcado en principios didécticos y pedapégicos.Ministerio de Educacion
b. Asociaciones. grupos organizados, organizaciones no gubemamentales -ONGsy entidades privadas a El proceso educativo deberá estar enmarcado en principios didécticos y pedapégicos.Ministerio de Educacion Guatemala. € A b Los contenidos, planes y programas educativos deben combinar adecuadamente la práctica y la teoría € Los cursos deberán, de acuerdo a su naturaleza, planificarse en tres niveles de formación técnica laboral: inicial, intermedio y avanzado con una lógica organizacional y secuencial que permita profundizar la formación en un área determinada 4 No estar sujeta a un orden rigido de calendarios, horarios. grados escolares y edades. ni a un sistema inflexble de conocimientos. La academia debe asegurarse que los niños, niñas y adolescentes en edad escelar asistan en horarios que no mterfieran en sus estudios. & Formar a los educandos en el desarrollo de competencias hacia nuevos intereses personales, sociales. laborales, culturalos académicos y económicos. Artículo 5, Proceso de autorización y actualización de datos de las academias. El proceso de autorización y actualización de las academias de cursos ibres se efectuará de la siguiente manera a Corresponde a la Dirección de Educación emitir la de funcionamiento de una academia de cursos libros, para lo cual. la persona ir presentar solicitud Croquis del centra educativo y cuotas de inscripción y mensuales a cobrar Las academias de cursos libres deberán cumplir con lo establecido en las leyes vigentes del país, que le sean aplicables. Para la autorización de funcionamiento de una academia de cursos libres el plazo minimo para solctario es de cuatro meses previo al inicio de sus funciones.
5. Proceso de acreditación y certificación. El proceso de acreditación ción de las academias de cursos libres se hará conforme al siguiente
Para la autorización de funcionamiento de una academia de cursos libres el plazo minimo para solctario es de cuatro meses previo al inicio de sus funciones.
5. Proceso de acreditación y certificación. El proceso de acreditación ción de las academias de cursos libres se hará conforme al siguiente a La persons interesada debe llenar el formato de solicitud para la acreditación y certificación de la academia en base a los servicios educativos que ofrece, que deben estar reflejados en los componentes del Proyecto Educativo Institucional «PEL. de acuerdo a los Ineamientos paraMinisterio de Educacion
Guatemala, © A. d. En aquellos casos en que la persona solicitante no pueda realizar la gestión por via electrónica, podrá acudir a la Dirección Departamental de Educación comespondiente o a la Dirección General de Acreditación y Certificación -DIGEACEpara solicitar asistencia en la gestión © El Ministerio de Educación a través de la Drección General de Acreditación Y Certificación -DIGEACE-, aprobará los Educativos Institucionales sobre la base de las evaluaciones. así como de los contextos socioculuales y socheconómicos de los centros educativos Extraescolares de Para que los procesos que orientan los sarvicios educativos de academias de cursos libres puedan ser debidamente acreditados se tendrán por cumplidas las recomendaciones técnicas dadas en las verficaciones de acompañamiento pedagógico. € Cuando las academias de cursos libres cumplan con todos los requistos para la acreditación, la Dirección General de Acreditación y Certificación -DIGEACE. emitirá una resolución y una constancia que enviará a la Dirección Departamental de Educación que corresponda para que las haga llegar a los (las) interesados (as) a Definición de los perfiles ocupacionales y competencias para la vida y el trabajo b. Vinculación con las politicas y estategías de formación y capacitación, Técnica ocupacional y promoción del empleo.
a Definición de los perfiles ocupacionales y competencias para la vida y el trabajo b. Vinculación con las politicas y estategías de formación y capacitación, Técnica ocupacional y promoción del empleo. ©. Promoción y apoyo al desarrollo de los proyectos educativos institucionales -PEIde las academias de cursos libres (artículo 12, inciso e, Acuerdo Gubernativo 225 del 12 de Septiembre de 2008) Articulo 8. Acompañamiento y seguimiento a los procesos educativos. El proceso de acompañamiento y seguimiento de las academias de cursos lbres se la guiente manera: oresponde a la Dirección General de Monitoreo y Verificación de la Caidad -DIGEMOCAmonitorear la calidad de la educación que se imparte © en las academias de cursos libres, en el marco de los lineamientos establecidos por este Acuerdo. mediante la splicación de instrumentos y pruebas diseñadas por la Dirección General de Educación ExtraescolarMinisterio de Educación Guatemala, C A -DIGEEXy la Dirección General de Acreditación y Certificación -DIGEACE-. b La Dirección General de Educación Extraescolar -DIGEEXdará el seguimiento técnico a las academias de cursos libres de conformidad con los resultados obtenidos del monitoreo y supervisión. Dirección General de Acreditación y -DIGEACEy deberán presentar los resultados de dicho proceso para optar a la reacreditacion. d. Corresponde a la Coordinación Departamental de Educación Extraescolar -DIGEEXla supervisión técnica y administrativa de las academias de cumos libres
e. Corresponde a la Dirección General de Educación Extraescolar -DIGEEXen coordinación con tas Direcciones Departamentales de Educación, actualizar la base de datos de las academias de cursos libres autorizadas f Coresponde a la Dirección General de Acreditación y Certificación -DIGEACE-, a través de la Unidad de Informática, actualizar la base de datos de las academias de cursos libres registradas y codificadas. Artículo 9. Controles y registros La dirección. de la academia de cursos libres debidamente autorizada, deberá llevar los siguientes controles y registros: db. Registro de información general de los (las) estudiantes: nombre completo, Edad, sexo, residencia, curso y nivel en el que se inscribe © Registro de resultados de la evaluación y promoción obtenidas por los y las estudiantes en el libro de actas autorizado por la Dirección Departamental a través del Coorgnadoría) Departamental de Educación Extraescolar de su junsdicción. d. Cuadros oficiales de registros de promoción de la Dirección General de Educación Extraescolar -DIGEEXdel Ministerio de Educación. Artículo 10. Evaluaciones. Las evaluaciones de los educandos serán el por el Directora) Técnico(a) yo Administrativo(a) de la Academia de Las evaluaciones deberán ser programadas dentro del perlodo de duración del curso autorizado; Inicial de 200 a 480 horas; intermedio de 481 a 960 horas; y avanzado de 961 horas en adelante o en el momento en que el o la Estudiante haya alcanzado las competencias establecidas en cada nivel.Ministerio de Educación Guatemala. C A Una persona con aprendizajes previos, puede incorporarse a cualquiera de los niveles, sometiéndose a ura prueba de ubicación elaborada por in academia donde se inscribe.
b Las evaluaciones estarán sujetas a las características específicas de cada curso. utilzando los instrumentos adecuados a las competencias qué se evalúan © Los y las estudantes que por enfermedad, migración o fuerza mayor, debidamente justificada, tengan que retirarse del curso, pueden evaluarse extraordinariamente y obtener una certificación de las competencias desarrolladas hasta ese momento. debiéndose apicar la normativa vigente. d Los y las estudiantes que no obtengan las competencias esperadas para aprobar el curso, tendrán derecho a un reforzamiento, previo a someterse a evaluación de recuperación extraordinaria Artículo 11, Diplomas de Estudio. a Los créditos que se otorguen (áplomas y certificados} deberán ser Elaborados según modelo establecido por la Dirección Ganeral de Educación Extraescolar -DIGEEXpara ser utilizado en forma permanente b. Las autondades de las academias de cursos libres deberán tramitar la firma de los diplomas y certificados de los y las estudiantes que hayan aprobado + Cuadros oficiales de registro de resultados finales; + Original o fotocopia de la certificación de nacimiento o fotocapía del documento personal de identificación (DPI); Certificación del acta de evaluación que contenga la nómina de las y los educandos con los resultados obtenidos © Los certificados y diplomas de los cursos deberán estar firmados por el Drectoría) Técnico/a) de la Academia y el Coordinadoría) Departamental de Educación Extraescolar de la Dirección Departamental de Educación que corresponda.Ministerio de Educación Guatemala, ( A Artículo 13, Divulgación. Toda academia debe toner en su sede y a la vista de las personas interesadas. la Resolución de Autorización de Funcionamiento y la Resolución de Cuotas Autorizadas
Guatemala, ( A Artículo 13, Divulgación. Toda academia debe toner en su sede y a la vista de las personas interesadas. la Resolución de Autorización de Funcionamiento y la Resolución de Cuotas Autorizadas Artículo 14. Sanciones y Cancelación. Lo referente a las sanciones y cancelación de las academias de cursos fibres serán las siguientes: amonestación escrita, multa graduada según la gravedad de la fala y la cancelación de la autorización de funcionamiento, todas aplicables de conformidad con el debido proceso establecido en la legistación nacional. Artículo 15. Casos no previstos Los casos no previstos en este Acuerdo Ministerial serán analizados y resueltos por la Dirección General de Educación Extraescolar -DIGEEXy la Dirección General de Acreditación y Certificación DIGEACEArticulo 16. Derogatoria. Se deroga la Resolución No. 5-85 de fecha 14 de enero de 1995. Acuerdo Ministerial número 2733-2007 del Ministerio de Educación, de fecha 21 de noviembre del 2007; y todas las demás disposiciones que contravengan lo establecido en el presente acuerdo, Artículo 17. Vigencia. El presente acuerdo empezará a regir al día siguiente de $u publicación en el Diano de Centro América