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Acuerdo Ministerial 5-2012

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 5-2012
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2012

ISTERIO DE EDUCACION

ACUERDO MINISTERIAL No. 5 - 2012

GUATEMALA, 02 de enero de 2012 EL MINISTRO DE EDUCACION CONSIDERANDO: Que por disposición constitucional es función de los Ministros, ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio.

CONSIDERANDO: Que una de las funciones generales de los Ministros de Estado es, desconcentrar y descentralizar las funciones y servicios públicos que corresponden a su ramo y proponer mecanismos para delegar las funciones de gestión administrativa, ejecución y supervisión de conformidad con la ley, por lo que se hace necesario delegar en el Director de Recursos Humanos, de este Ministerio, la firma de los contratos de personal que labora bajo el renglón presupuestario cero veintiuno (021) “Personal Supernumerario”, de la Dirección de Recursos Humanos, de la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente y de la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia, mediante la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes, en el ejercicio fiscal 2012.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y Artículo 27 literales d) y n) del Decreto No. 114-97 del Congreso de

la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.

ACUERDA: ARTÍCULO 1.- Delegar en el Director de la Dirección de Recursos Humanos, de este Ministerio, bajo su estricta responsabilidad, la facultad de suscribir los contratos de prestación de servicios con cargo al renglón presupuestario 021, “Personal Supernumerario” durante el ejercicio fiscal 2012,

bajo su estricta responsabilidad, la facultad de suscribir los contratos de prestación de servicios con cargo al renglón presupuestario 021, “Personal Supernumerario” durante el ejercicio fiscal 2012, del personal de la Dirección de Recursos Humanos; así como del personal de este Ministerio, que sea contratado para la prestación de servicios con cargo al citado renglón presupuestario, en la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente y de la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia, siempre y cuando exista convenio vigente con las referidas Secretarías, para el presente ejercicio fiscal. ARTÍCULO 2. La contratación relacionada en el artículo anterior, deberá cumplir con lo siguiente: a) Sujetarse a la disponibilidad presupuestaria; b) El personal a contratar debe reunir las calidades suficientes, para desempeñar las tareas para las que sean contratados; P c) El período de contratación del personal 021 será a partir del 02 de enero de 2012. ARTÍCULO 3. El presente acuerdo empezará a regir inmed tamente. Guatemala, C.A. Dirección de Recursos Humanos

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