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Acuerdo Ministerial 52-2016

Ministerio de Desarrollo Social

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 52-2016
Autor
Ministerio de Desarrollo Social
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2016

& |

E GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUAT EMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL EA mides ge

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO DS-52-2016

Guatemala; 30 de septiembre de 2016. EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala faculta a cada Ministro de Estado a dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los asuntos relacionados con su Ministerio, así como velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo, en el mismo sentido se pronuncia la Ley del Organismo Ejecutivo, al preceptuar que los Ministros tienen la atribución de dirigir y coordinar la labor de las dependencias y entidades bajo su competencia, así como la administración de los recursos financieros, humanos y físicos bajo su responsabilidad, velando por la eficiencia y eficacia en el empleo de los mismos. CONSIDERANDO Que el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social, preceptúa que es atribución del Despacho Ministerial asignar funciones temporales o permanentes a empleados, trabajadores y funcionarios públicos del Ministerio, así como dirigir, tramitar y resolver los asuntos relacionados con el Despacho Ministerial. CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo Ministerial número DS-44-2016 de fecha ocho de septiembre de dos mil dieciséis, el titular de este Ministerio, acordó designar al Director Administrativo del Viceministerio Administrativo y Financiero, como la Autoridad Administrativa Superior del mismo, debido a la ausencia por motivos de

septiembre de dos mil dieciséis, el titular de este Ministerio, acordó designar al Director Administrativo del Viceministerio Administrativo y Financiero, como la Autoridad Administrativa Superior del mismo, debido a la ausencia por motivos de salud del Viceministro Administrativo y Financiero Licenciado MSc. José Mauricio Humberto Rodríguez Wever, designación que ya no se hace necesaria, en virtud de la recuperación y restablecimiento al servicio público del Viceministro en mención, deconformidad con, la constancia médica de fecha veintisiete de septiembre de dos mil dieciséis, extendida por el Doctor Carlos Enrique Sanchez Samayoa, Colegiado número tres mil doscientos veintidós. POR TANTO Con base en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos: 194 literales a) y b) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales f) y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; y 7 literales i., jy 10 del Acuerdo Gubernativo nú Sra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PI 100-5450 www.nides.gob.gtGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL 2012, del Presidente de la República de Guatemala, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social.

ACUERDA: Artículo 1. Derogar y dejar sin efecto, a partir del día siguiente de la emisión del presente Acuerdo, el Acuerdo Ministerial número DS-44-2016 de fecha ocho de septiembre del. año dos mil dieciséis, por medio del cual se designó al Director. Administrativo del Viceministerio Administrativo y Financiero, como la

presente Acuerdo, el Acuerdo Ministerial número DS-44-2016 de fecha ocho de septiembre del. año dos mil dieciséis, por medio del cual se designó al Director. Administrativo del Viceministerio Administrativo y Financiero, como la Autoridad Administrativa Superior del Ministerio de Desarrollo Social, esto, en virtud de la recuperación y efectiva reincorporación al servicio público del Viceministro Administrativo y Financiero Licenciado MSc. José Mauricio Humberto Rodríguez Wever. Artículo 2, El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir del día siguiente de su emisión. COMUNÍQUESE. ides gt Aldo Fabrizio P VICEMINISTRO DE PROTEC Ka MINISTERIO DE DESARROLLO SOC 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gtGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL “SECRETARIA GENERALMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -MIDESCÉDULA DE NOTIFICACIÓN En la ciudad de Guatemala, siendo las 16 horas, con 90 minutos, del día B0 _ de septiembre de dos mil dieciséis, constituido en las Oficinas Centrales del Viceministerio Administrativo y Financiero del Ministerio de Desarrollo Social, ubicadas en tercera avenida seis guion cuarenta y cuatro zona uno, edificio Fátima (3%. Avenida 6-44 zona 1) del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, Notifico el Acuerdo Ministerial número DS-52-2016, de fecha 30 de septiembre de 2016, por medio de la cual se deroga y deja sin efecto el Acuerdo

(3%. Avenida 6-44 zona 1) del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, Notifico el Acuerdo Ministerial número DS-52-2016, de fecha 30 de septiembre de 2016, por medio de la cual se deroga y deja sin efecto el Acuerdo Ministerial número DS-44-2016 de fecha 8 de septiembre del año dos mil dieciséis, por medio del cual se designó al Director Administrativo del Viceministerio Administrativo y Financiero, como Autoridad Administrativa Superior del Ministerio de Desarrollo Social, el cual consta de dos hojas, por medio de la presente Cedula de Notificación, que entrego a: Vara emo , quien enterada SI _” NO firma la presente. Doy Fe..........................0 0000 F

NOTIFICADOR Observaciones: 3ra: Avenida 6-44 zoña 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400 wwwmidesgobgr — emmDr. Carlos E. Sanchez Samayoa. Cardiologia.

Cardiologia Intervencionista. Centro Medico. Guatemala 27 de Septiembre de 2016.

A quien corresponda: El Sr. JOSE MAURICIO RODRIGUEZ WEBER ingreso al hospital Centro Medico el 3 de Septiembre de 2016 con afasia y severa depresión del estado de consciencia, y hemiplegia derecha. Se le diagnostico” accidente cerebro vascular izquierdo agudo y se le dio trombolitico IV en menos de 50 minutos. Con esto el paciente disolvió el coagulo cerebral y recupero movilidad del lado derecho, y se estableció dislafia. Se diagnosticó una estenosis ulcerada en el bulbo carotideo izquierdo de donde partió el coagulo.

N ‘ as Debido a esto se le efectuo endarterectomía carotidea izquierda y

estableció dislafia. Se diagnosticó una estenosis ulcerada en el bulbo carotideo izquierdo de donde partió el coagulo. N ‘ as Debido a esto se le efectuo endarterectomía carotidea izquierda y se coloco techo de dacrón. Egreso'el 14 de septiembre. Egreso con discreta dislalia y deberá estar en terapia física y terapia del habla al menos 6 meses. Debido al accidente cerebrovascular y la cirugía deberá estar sin trabajar por dos semanas a partir de la fecha. Col, 3222 - teléfonos: 23605789, 23315210, 23315298. Fax: 23605809GOBIERNO DE 14 NEPÓBIICA DE GUAT EMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL E mides gr OB s 70

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO DS-44-2016

Guatemala, 8 de septiembre de 2016. EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL CONSIDERANDO de Estado a dmglr tramitar, resolver e inspeccionar todos los asuntos relacionados con su Ministerio, así como velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo, en el mismo sentido se pronuncia la Ley del Organismo Ejecutivo, al preceptuar que los Ministros tienen la atribución de dirigir "y coordinar la labor de las dependencias y entidades bajo su competencia, así -como la administración de los recursos financieros, humanos y físicos bajo su responsabilidad, velando por la eficiencia y eficacia en el empleo de los mismos, CONSIDERANDO Que el examen médico realizado al Viceministro Administrativo y Financiero,

-como la administración de los recursos financieros, humanos y físicos bajo su responsabilidad, velando por la eficiencia y eficacia en el empleo de los mismos, CONSIDERANDO Que el examen médico realizado al Viceministro Administrativo y Financiero, Licenciado MSc. José Mauricio Humberto Rodríguez Wever certificado por el Doctor Hugo Alfredo Ordoñez Sarg el cuatro de septiembre de dos mil dieciséis, tal y como consta en la copia certificada por la Subdirectora de Administración de Personal a.i., de este Mínisterio, hace imperioso prever que, por el tiempo de ausencia necesaria para su recuperación, y hasta su efectiva reincorporación al servicio público, se observa la conveniencia para el Ministerio de Desarrollo “Social, de designar al Director Administrativo del Viceministerio Administrativo y Financiero, como la Autoridad Administrativa Superior, eñ los términos del artículo 9 de la Ley de Contrataciones del Estado. CONSIDERANDO Que la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Social, por medio de Dictamen número "DAJ- -274-2016/RERB/migt, de fecha ocho se septiembre de dos mil dieciséis, que copiada literalmente en su parte conducente, “indica que: “... ES PROCEDENTE La Designación del Director Administrativo del - Viceministerio Administrativo Financiero, por el plazo que se estime pertinente como la Autoridad Administrativa Superior del Ministerio de Desarrollo Social”. POR TANTO Con base en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos: 194 literales a) y b) de la Constitución Política de la República de sa a 27 wWwo.mides.gob.gtE GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE

Con base en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos: 194 literales a) y b) de la Constitución Política de la República de sa a 27 wWwo.mides.gob.gtE GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE | GUATE MALA MINISTERIO DE DESARROLLO. SOCIAL del Presidente de la República de Guatemala, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social.

ACUERDA: | Artículo 1.. DESIGNACIÓN. Se designa al Director Administrativo del Viceministerio . Administrativo -y Financiero, como la Autoridad Administrativa Superior del Ministerio de Desarrollo Social, al que le corresponde las funciones y atribuciones que le asigna la legislación aplicable.

Artículo 2. ASIGNACIÓN DE ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS. Se asignan al Director Administrativo del Viceministerio Administrativo y Fiñanciero del Ministerio de Desarrollo Social, además de las atribuciones que por su puesto ostenta, las siguientes atribuciones específicas: a) Firmar los contratos administrativos del Ministerio; b) Coordinar la ejécución presupuestaria y la elaboración de su L liquidación; ©) Coordinar todas las actividades administrativas y financieras del Ministerio; d) Dirigir, coordinar, programar y ejecutar las actividades Financieras, Administrativas, de Recursos Humanos, de Informática y de todas las unidades administrativas a-su cargo; e) Velar por el debido registro de los bienes de las distintas dependencias administrativas que conforman el Ministerio y remitir, al érgano correspondiente, certificación actualizada de los mismos, dentro de los primeros noventa días del próximo ejercicio fiscal; ) Coordinar todos los procesos de rendición de cuentas y de libre acceso a la información a nivel institucional; 9)

érgano correspondiente, certificación actualizada de los mismos, dentro de los primeros noventa días del próximo ejercicio fiscal; ) Coordinar todos los procesos de rendición de cuentas y de libre acceso a la información a nivel institucional; 9) Coordinar el funcionamiento de los sistemas integrados “administrativos y financieros a nivel institucional y h) Implementar los sistemas de control interno que proporcionen confiabilidad y transparencia en las operaciones financieras del Ministerio. “Artículo 3. Vigencia. El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia inmediatamente; y el mismo estará en vigericia por uh plazo de un mes a partir de la presente fecha, plazo que podrá ser prorrogado a conveniencia del Ministerio de Desarrollo Social,

COMUNÍQUESE,

José MINISTRO DE cesar SOCIAL il VICEMINISTRO PLANIFICACIÓN Y EVA Ira. Avenida 6-46 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400 MINISTERIO DE DESARROLLO E mides gr. wwwmidesgobgt — - A in

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