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Acuerdo Ministerial 57

Ministerio de Energía y Minas

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 57
Autor
Ministerio de Energía y Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año

Tri E GOBIERNO de MINISTERIO

GUATEMALA DE ENERGÍA

DR. ALEJANDRO GIAMMATTE! Y MINAS

ACUERDO MINISTERIAL 57-2023

GUATEMALA, 9 DE MARZO DE 2023

EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 27 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, establece que son atribuciones generales de los Ministros de Estado, dictar los Acuerdos, Resoluciones, Circulares y otras disposiciones relacionadas con el Despacho de los asuntos de su ramo, conforme a la Ley.

CONSIDERANDO: Que el Manual de Procedimientos de la Dirección General de Hidrocarburos, es un documento técnico normativo de gestión institucional que esteblece los procedimientos y actividades que realiza cada departamento que pertenece a la Dirección General de Hidrocarburos, siendo un instrumento administrativo orientado a establecer el detalle de los pasos que llevan las actividades asignadas que debe cumplir cada empleado de la Dirección General de Hidrocarburos en su puesto de trabajo; por lo que, para cumplir con los fines institucionales es necesario su aprobación.

POR TANTO: En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 152, 154 y 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 4, 20, 22, 27 literal m) y 34 del Decreto Número 14-97 del Congreso de la República

de Guatemeala/ Ley del Organismo Ejecutivo; 4 y 6 literal b) del Acuerdo Gubernativo Número 382-2006, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas y sus reformas, Dictamen UAJ-713-2022 de fecha 10 de noviembre de 2022 de la Unidad de Asesoría Jurídica y oficio OFI-UPMI-234-2022-de fecha 12 de diciembre de 2022 de la Unidad de Planificación y Modernización Institucional: ACUERDA: ARTÍCULO 1. APROBAR €l Manual de Procedimientos de la Dirección General de Hidrocarburos; que obra en documento adjunto al presente, y el cual forma parte íntegra de este Acuerdo Ministerial.” ARTÍCULO 2. El presente Acuerdo Ministerial;entra en vigor a partir de la fecha de su emisión. Josué Peralta ENEZO. GE ENERO, > 2 — ÉS E z ©

Castañeda Gener: - OFICINAS CENTRALESDiagonal 17, 29-78, zona 11, Las Charcas © O © ww.memgob.et .

PBX: (+502) 2419 6464 "

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