Acuerdo Ministerial 57
Ministerio de Energía y Minas
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 57
- Autor
- Ministerio de Energía y Minas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
Tri E GOBIERNO de MINISTERIO
GUATEMALA DE ENERGÍA
DR. ALEJANDRO GIAMMATTE! Y MINAS
ACUERDO MINISTERIAL 57-2023
GUATEMALA, 9 DE MARZO DE 2023
EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 27 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, establece que son atribuciones generales de los Ministros de Estado, dictar los Acuerdos, Resoluciones, Circulares y otras disposiciones relacionadas con el Despacho de los asuntos de su ramo, conforme a la Ley.
CONSIDERANDO: Que el Manual de Procedimientos de la Dirección General de Hidrocarburos, es un documento técnico normativo de gestión institucional que esteblece los procedimientos y actividades que realiza cada departamento que pertenece a la Dirección General de Hidrocarburos, siendo un instrumento administrativo orientado a establecer el detalle de los pasos que llevan las actividades asignadas que debe cumplir cada empleado de la Dirección General de Hidrocarburos en su puesto de trabajo; por lo que, para cumplir con los fines institucionales es necesario su aprobación.
POR TANTO: En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 152, 154 y 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 4, 20, 22, 27 literal m) y 34 del Decreto Número 14-97 del Congreso de la República
de Guatemeala/ Ley del Organismo Ejecutivo; 4 y 6 literal b) del Acuerdo Gubernativo Número 382-2006, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas y sus reformas, Dictamen UAJ-713-2022 de fecha 10 de noviembre de 2022 de la Unidad de Asesoría Jurídica y oficio OFI-UPMI-234-2022-de fecha 12 de diciembre de 2022 de la Unidad de Planificación y Modernización Institucional: ACUERDA: ARTÍCULO 1. APROBAR €l Manual de Procedimientos de la Dirección General de Hidrocarburos; que obra en documento adjunto al presente, y el cual forma parte íntegra de este Acuerdo Ministerial.” ARTÍCULO 2. El presente Acuerdo Ministerial;entra en vigor a partir de la fecha de su emisión. Josué Peralta ENEZO. GE ENERO, > 2 — ÉS E z ©
Castañeda Gener: - OFICINAS CENTRALESDiagonal 17, 29-78, zona 11, Las Charcas © O © ww.memgob.et .
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