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Acuerdo Ministerial 58

Ministerio de Energía y Minas

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 58
Autor
Ministerio de Energía y Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año

IIGOBIERNOde | MINISTERIO GUATEMALA | DEENERGIA rete | Y MINAS

ACUERDO MINISTERIAL 58-2023

GUATEMALA, 09 DE MARZO DE 2023

EL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS POR MEDIO DEL VICEMINISTRO DE

ENERGÍA Y MINAS CONSIDERANDO Que, de acuerdo con la Constitución Política de la República, el principio de seguridad jurídica consiste en la confianza que tiene el ciudadano, dentro de un Estado de Derecho hacia el ordenamiento jurídico; es decir, hacia el conjunto de leyes que garantizan su seguridad y demanda que dicha legislación sea coherente e inteligible; en tal virtud, las autoridades en el ejercicio de sus facultades legales deben actuar en un marco de respeto a las leyes vigentes. CONSIDERANDO Que la Ley del Organismo Ejecutivo indica que los Ministros tienen autoridad y competencia en toda la República para los asuntos propios de su ramo, y son responsables de sus actos de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y las leyes. CONSIDERANDO Que el Ministro de Energía y Minas ha sido invitado al Tercer Encuentro Latinoamericano de Minería -ELAMI-, a desarrollarse en la Ciudad de Panamá, Panamá, del 29 al 31 de marzo de 2023. POR TANTO En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos: 152, 154 y 194, inciso b) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 4, 20, 22, 27 y 34 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 5 y 6 del Acuerdo Gubernativo 382-2006; Acuerdo

Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 5 y 6 del Acuerdo Gubernativo 382-2006; Acuerdo Gubernativo número 106-2016, Reglamento General de Viáticos y Gastos Conexos; Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas; oficio DS-MEM-APM-251-2023 de fecha 22 de febrero de 2023 del Despacho Superior; Remisión DSMEM293/23 de fecha 02 de marzo de 2023 del Despacho Superior; Oficio OFI-PPTO-UDAF-137-2023, de fecha 09 de marzo de 2023; autorización del Señor Presidente, Oficio SGPR-DS-328-2023/jpav de fecha 28 de febrero de 2023; e invitación sin número y sin fecha ELAMI 2023; ACUERDA: ARTÍCULO 1. Que, en ocasión a la autorización emitida por el Señor Presidente de la República de Guatemala al Ministro ce Energía y Minas, Licenciado Alberto Pimentel Mata para que participe en el Tercer Encuentro Latinoamericano de Minería -ELAMI-, es necesario indicar las partidas presupuestarias afectas en concepto de gastos y viáticos. Y para el efecto, se describen a continuación: La erogación para la compra del Boleto Aéreo de ida y regreso será cubierto con la partida presupuestaria 2023-1113-0014-000-00-12-00-000-001-000-141-010131000 del presupuesto asignado al Ministerio de Energía y Minas. - OFICINAS CENTRALESDiagonal 17, 29-78, zona TI, Las Charcas O Q © ww.memgob.gt

31000 del presupuesto asignado al Ministerio de Energía y Minas. - OFICINAS CENTRALESDiagonal 17, 29-78, zona TI, Las Charcas O Q © ww.memgob.gt PBX: (+502) 2419 6464GOBIERNO de MINISTERIO GUATEMALA DE ENERGÍA DRA. ALEJANDRO CIAMMATTE! Y MINAS Y los gastos en concepto de alimentación y hospedaje (viáticos al exterior) serán cubiertos con la partida presupuestaria 2023-1113-0014-000-00-12-00-000-001000-131-0101-31000 del presupuesto asignado al Ministerio de Energía y Minas. ARTÍCULO 2. El presente Acuerdo Ministerial surte sus efectos a partir del 28 de marzo de 2023, y debe notificarse al señor Ministro de Energía y Minas, Unidad de Administración Financiera; y, a las Unidad de Recursos Humanos. Enrique Chu Mac COMUNÍQUESE, Licda. Rit; i eso Castañeda Secret: Gel - OFICINAS CENTRALESDiagonal 17, 29-78, zona 11, Las Charcas O © ww.mem.gobgt PBX: (+502) 2419 6464

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