Acuerdo Ministerial 641-2014
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 641-2014
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2014
Pág, 1/4 Ministerio de Educación Guatemala, C. A. . - 641.- 2ul4 ACUERDO MINISTERIAL No. - Guatemala, 1 4 ABR 2014 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que la educación tiene como fin primordial garantizar el desarrolto integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad y cultura nacional y universal. Asimismo, señala que en las escuelas establecidas en zonas de predominante población indígena, la enseñanza deberá impartirse preferentemente en forma bilingüe.
CONSIDERANDO: Que, la Ley de Educación Nacional, determina que uno de los fines de la educación en Guatemala, es proporcionar una educación basada en principios humanos, científicos, técnicos, culturales y espirituales que formen integralmente al educando, lo preparen para el trabajo, la convivencia social y le permitan el acceso a otros niveles de vida. Señalando además que la responsabilidad del Ministerio de Educación es garantizar la calidad de educación que se imparte en todos los centros educativos del país.
CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Educación debe cumplir con las políticas de mejoramiento de la calidad, proporcionar una educación monolingiie, bilingüe e intercultura! y de equidad; por lo que es necesario mencionar que los resultados de las evaluaciones educativas estandarizadas realizadas por el Ministerio de Educación en primero, tercero y sexto grados del Nivel de Educación Primaria, muestran deficiencias en el Área de Matemáticas, por lo tanto, es conveniente emitir el presente Acuerdo Ministerial como recurso legal para el respaldo técnico y
Educación Primaria, muestran deficiencias en el Área de Matemáticas, por lo tanto, es conveniente emitir el presente Acuerdo Ministerial como recurso legal para el respaldo técnico y financiero, con el fin de lograr los objetivos, ya que es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) y 33 del Decreto No. 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 33 literal c) del
Decreto Legislativo No, 12-91, Ley de Educación Nacional.
ACUERDA: Crear el Programa Nacional de Matemática “Contemos Juntos” Artículo 1. Creación. Se crea el Programa Nacional de Matemática "Contemos Juntos” para el desarrollo de destrezas del pensamiento lógico y la creatividad, en el subsistema de educación escolar y el subsistema de educación extraescolar.
Artículo 2. Naturaleza. El programa es una estrategia de aprendizaje que propone el Ministerio de Educación, para promover el gusto por aprender y enseñar matemática como un factor determinante para despertar la curiosidad, lo que contribuye al desarrollo del pensamiento lógico que se transforma en la solución de situaciones de la vida diaria, mediante la convivencia entre: la familia, la escuela y la comunidad. Artículo 3. Objetivos del programa. Los objetivos del Programa Nacional de Matemática “Contemos Juntos” son los siguientes:Pág. 2/4
MINISTERIO DE EDUCACION
Guatemala, C. A. 3.1.Generales:
Artículo 3. Objetivos del programa. Los objetivos del Programa Nacional de Matemática “Contemos Juntos” son los siguientes:Pág. 2/4
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Guatemala, C. A. 3.1.Generales: a. Despertar el interés y el gusto por la matemática en estudiantes de todos los niveles del sistema educativo, a través de compartir en familia y con amigos en diferentes actividades, b. Obtener una mejora significativa en el porcentaje de estudiantes del nivel primario, para alcanzar el logro de las competencias en la solución de las pruebas de matemática que aplica el Ministerio de Educación. 3.2. Específicos: a. Motivar a los estudiantes para el aprendizaje de la matemática desde la familia, la comunidad y el aula. b. Involucrar a los padres de familia y a la comunidad, en el desarrollo del pensamiento lógico matemático a través de las actividades propuestas. c. Contribuir al enriquecimiento de las prácticas metodológicas de los docentes en el aula, para desarrollar el pensamiento lógico matemático de los estudiantes. d. Promover en los docentes el gusto por enseñar la matemática a fin de que los estudiantes tengan el gusto de aprenderia. Artículo 4. Desarrollo del programa. El programa se desarrollará mediante la promoción permanente, la formación del recurso humano, la dotación y uso de materiales, así como la evaluación, monitoreo y acompañamiento técnico pedagógico a nivel nacional. Artículo 5. Las líneas estratégicas del programa y su alcance. Se desarrollarán en dos ámbitos: a. El ámbito familiar y comunitario, invitando a todos los ciudadanos a participar en la práctica de juegos que se puedan realizar entre amigos y familiares.
Artículo 5. Las líneas estratégicas del programa y su alcance. Se desarrollarán en dos ámbitos: a. El ámbito familiar y comunitario, invitando a todos los ciudadanos a participar en la práctica de juegos que se puedan realizar entre amigos y familiares. b. El ámbito escolar, donde se desarrollarán juegos acordes a las edades de los estudiantes en la búsqueda del logro de competencias curriculares establecidas; así como la mejora de las prácticas metodológicas de los docentes para elevar los aprendizajes matemáticos, los cuales tendrán incidencia en el gusto por la matemática al aplicarla dentro y fuera de la escuela. Artículo 6. Estructura. El Programa Nacional de Matemática “Contemos Juntos”, se estructura de la siguiente manera: . Coordinación nacional . Comisión central Comisión departamental . Comisión municipal . Comisión escolar [E Artículo 7. Coordinación nacional. El Despacho Superior del Ministerio de Educación, a través de los Viceministerios Técnico y de Educación Bilingüe Intercultural, coordina el Programa Nacional de Matemática "Contemos Juntos”. Artículo 8. Comisión central. Esta comisión será integrada por dos técnicos representantes de cada una de las Direcciones Generales siguientes: Dirección General de Gestión de Calidad Educativa -DIGECADE-, Dirección General de Educación Bilingüe Intercultural -DIGEBI-, Dirección General de Currículo -DIGECUR-, Dirección General de Educación Extraescolar —DIGEEXy Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa -DIGEDUCAcuyas funciones serán las siguientes: a. Planificar, dirigir, organizar, diseñar y evaluar las acciones estratégicas para implementar el plan anual del programa.
—DIGEEXy Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa -DIGEDUCAcuyas funciones serán las siguientes: a. Planificar, dirigir, organizar, diseñar y evaluar las acciones estratégicas para implementar el plan anual del programa. » b. Elaborar el plan anual. icoPág. 3/4 Ministerio de Educación Guatemala, C. A. c. Establecer comunicación y coordinación con la Comisión departamental de las 25 Direcciones Departamentales de Educación, para implementar el programa. d. Brindar acompañamiento técnico a las Comisiones departamentales. e. Implementar actividades y acciones del programa. f. Coordinar acciones del programa con las diferentes Direcciones Generales del Ministerio de Educación, tomando en cuenta las funciones establecidas en el Acuerdo Gubernativo No. 225-2008, Reglamento Orgánico interno del Ministerio de Educación de fecha 12 de septiembre de 2008.
9. Otras que sean asignadas por la Coordinación nacional.
Artículo 9. Comisión departamental. Los Directores Departamentales de Educación, son responsables de velar por la ejecución del programa en su jurisdicción, quienes deberán conformar la Comisión departamental integrada por: el responsable de comunicación social, subdirector técnico pedagógico o jefe técnico pedagógico, encargado de Entrega Educativa, encargado de los niveles de educación preprimaria, primaria, media y dos enlaces departamentales, Todos nombrados oficialmente, quienes tendrán las siguientes funciones: a. Planificar, ejecutar y evaluar (internamente) las acciones estratégicas para la implementación del programa a nivel departamental. b. Coordinar las acciones estratégicas para la implementación del programa a nivel municipal.
a. Planificar, ejecutar y evaluar (internamente) las acciones estratégicas para la implementación del programa a nivel departamental. b. Coordinar las acciones estratégicas para la implementación del programa a nivel municipal. c. Verificar la implementación del plan, en los centros educativos de todos los niveles y modalidades de entrega del sistema educativo, d. Coordinar las acciones relacionadas con la formación de los docentes, participantes en el programa. . Informar los avances del programa a la Comisión central. Implementar campañas de promoción del programa. . Reorganizar anualmente la Comisión municipal del programa. . Otras que sean asignadas por la Comisión central. TO o Artículo 10. Comisión municipal. Esta comisión está integrada por: el Supervisor Educativo, el Coordinador Técnico Pedagógico —CTP— o el Coordinador Técnico Administrativo -CTA— de cada distrito, dos directores de establecimientos y un docente del municipic; y será responsable de la implementación de las actividades y acciones del programa. Las funciones de esta comisión serán las siguientes: a. Planificar, ejecutar y evaluar (internamente) las acciones estratégicas para la implementación del programa a nivel distrital. . b. Coordinar las acciones estratégicas para la implementación del programa a nivel escolar. c. Establecer comunicación y coordinación con los directores y docentes de las escuelas, para implementar el programa. d. Promover en los centros educativos la creación de nueves herramientas para fortalecer el desarrollo del pensamiento lógico y la aplicación de la matemática en todos los niveles educativos, e. Informar el avance que se tiene del programa en sus jurisdicciones, a la Comisión departamental. f. Promover la participación de los docentes para que ejecuten las estrategias del
todos los niveles educativos, e. Informar el avance que se tiene del programa en sus jurisdicciones, a la Comisión departamental. f. Promover la participación de los docentes para que ejecuten las estrategias del programa. g. Verificar que los estudiantes de las escuelas de su jurisdicción, usen los textos y materiales de matemática distribuidos por el Ministerio de Educación. Artículo 11. Comisión escolar. Los directores de los establecimientos educativos son los responsables de implementar las actividades y acciones del programa en sus escuelas, con el apoyo de la comisión específica que estará integrada por dos docentes del renglón 011 “Personal permanente” del centro educativo, Las funciones de la comisión y del director que la presidirá, serán las siguientes: en el plan o estrategia departamental, teniendo en cuenta el contexto cultural y a. Diseñar, planificar, coordinar y ejecutar el plan escolar de matemática con base VA sociolingúístico de la comunidad.Pág, 4/4 Ministerio de Educación Guatemala, C. A. b. Participar activa y directamente en todas las actividades del programa. ¢. Coordinar las actividades del programa con los docentes, estudiantes y padres de familia de la comunidad. d. Orientar a los docentes para que desarrollen el gusto por enseñar la matemática a través del perfeccionamiento de sus estrategias de enseñanza, entre ellas las propuestas por GUATEMÁTICA. €. Promover en los docentes la creación de nuevas herramientas metodológicas para fortalecer el desarrollo del pensamiento lógico y la aplicación de la matemática en todos los niveles educativos. f, Promover e implementar los rincones de aprendizaje de matemática en el aula.
para fortalecer el desarrollo del pensamiento lógico y la aplicación de la matemática en todos los niveles educativos. f, Promover e implementar los rincones de aprendizaje de matemática en el aula. g. Informar a la Comisión municipal, el avance que se tiene del programa en su establecimiento. h. Velar por la participación activa de los docentes en las actividades que se realizarán en la escuela. Artículo 12. Responsabilidad de los docentes. Los docentes de cada centro educativo, son los responsables de operativizar las acciones del programa en el aula. Las funciones de los docentes para la ejecución del programa “Contemos Juntos”, serán las siguientes: a. Participar activa y directamente en las actividades del programa. b. Contextualizar las herramientas propuestas por el programa e implementar otras creadas o utilizadas en su medio, teniendo en cuenta la cultura y el idioma, para enriquecer el cajón matemático. c. Organizar y promover los rincones de aprendizaje de matemática, donde tanto el cajón como los juegos que contiene deben ser de carácter fungible. d. Informar al director del establecimiento el avance que se tiene del programa, así como las nuevas herramientas construidas e implementadas en el aula. e. Informar y evidenciar al director del centro escolar el avance del aprendizaje de los estudiantes de acuerdo con las competencias e indicadores de logro del Área de Matemáticas, según el Curriculum Nacional Base. Artículo 13. Ejecución. Para la ejecución del programa se realizarán alianzas con instituciones del sector público, Artículo 14. Derogatoria. Se deroga el Acuerdo Ministerial Número 1402-2010 de fecha 10 de agosto del 2010. Artículo 15. Vigencia. El presente acuerdo tiene vigencia el día siguiente de su publicación en
del sector público, Artículo 14. Derogatoria. Se deroga el Acuerdo Ministerial Número 1402-2010 de fecha 10 de agosto del 2010. Artículo 15. Vigencia. El presente acuerdo tiene vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América.