Acuerdo Ministerial 65-2013
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 65-2013
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2013
MINISTERIO DE EDUCACION
Guatemala, C. A. Pág. 1/3
ACUERDO MINISTERIAL No. 0065-2013
Guatemala, 4 de enero de 2013 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, cultura nacional y universal. Asimismo, la Ley de Educación Nacional, establece que el Ministerio de Educación es la Institución del Estado responsable de coordinar y ejecutar las políticas educativas, determinadas por el Sistema Educativo del país.
CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación por medio del Acuerdo Ministerial número 3409-2011 de fecha 30 de noviembre de 2011, aprobó las Políticas Educativas del país propuestas por el Consejo Nacional de Educación, en el artículo 3 inciso d) relacionada con el Recurso Humano que establece el fortalecimiento de la formación, evaluación y gestión del recurso humano del sistema educativo nacional.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el objetivo estratégico mencionado en el considerando anterior, con la finalidad de mejorar la calidad educativa en los centros educativos del país y atendiendo los lineamientos para la ampliación de carreras, los centros educativos deben presentar su
solicitud con el objeto de impartir la carrera de Magisterio de Educación infantil Bilingue Intercultural, en la Dirección Departamental de Educación correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.
CONSIDERANDO: Que en virtud que el Colegio Particular Mixto Liceo Jalapa/ presentó su solicitud para
emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.
CONSIDERANDO: Que en virtud que el Colegio Particular Mixto Liceo Jalapa/ presentó su solicitud para
impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantif Bilingüe Intercultural, contando con el dictamen técnico favorable No. 01-2013 REF. VAVA de fecha tres de enero de dos mil trece, emitido por la Dirección Departamental de Educación de Jalapa, es procedente la autorización de la referida carrera.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, 33 literal c) de la Ley de Educación Nacional y 2 del Acuerdo
Gubernativo No. 165-96.
ACUERDA: Artículo 1. Autorización. Autorizar las cohortes de los años 2013-2015, 2014-2016, 20152017, 2016-2018 y 2017-2019, al Colegio Particular Mixto Liceo Jalapa del municipio de
Jalapa del departamento de Jalapa para impartir la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingue Intercultural, bajo las siguientes estipulaciones: a) Modalidad: La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan anual y en jornada vespertina. 4 b) Períodos de clase: La carrera de Magisterio de Educación infantil Bilingue Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados en treinta y nueve (39) períodos semanales. urMINISTERIO DE EDUCACION Pág, 2/3 Guatemala, C. A.
Intercultural, se desarrollará secuencialmente, para cuarto, quinto y sexto grados en treinta y nueve (39) períodos semanales. urMINISTERIO DE EDUCACION Pág, 2/3 Guatemala, C. A. c) Duración de los períodos de clase: Los períodos de clase tendrán una duración de cuarenta (40) minutos. d) Pensum de Estudios: Se describen las asignaturas de la carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural. Pensum de Estudios que se aplicará en la Carrera de Magisterio de Educación Infantil Bilingüe Intercultural Cuarto Grado
Asignatura Períodos Historia: Guatemala, Mesoamérica y Universal 3 oe a joaewlirvlMatemáticas Física Fundamental Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno | (L1) Comunicación y Lenguaje: Segundo idioma | (L2) Comunicación y Lenguaje: Tercer Idioma [ (L3) Inglés Expresión Artística y Corporal |: Danza, Teatro y su didáctica
Psicopedagogía y Didáctica Generales Educación Bilingue Intercultural Informática Aplicada a la Educación Práctica Docente: Observación de educación formal y no formal o www AAalawla Quinto Grado No. Asignatura Períodos Seminario sobre Problemas de Educación 4 7 2 Medio Social y Natural | y su didáctica 3 Estadística Aplicada a la Educación 4 Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno II (L1) 5 6 7
Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma II (L2)
3 Estadística Aplicada a la Educación 4 Comunicación y Lenguaje: Idioma Materno II (L1) 5 6 7
Comunicación y Lenguaje: Segundo Idioma II (L2)
Comunicación y Lenguaje: Tercer Idioma Il (L3) Inglés Expresión Artística y Corporal II: Educación Musical y su didáctica 8 Psicopedagogía Infantil 3 9 Didáctica de las Matemáticas 3
3 4 EEE 10 | Planificación y Evaluación 11 | Práctica Docente: Observación y participaciónMINISTERIO DE EDUCACION Pág. 3/3 Guatemala, C. A. Sexto Grado No. Asignatura Periodos 1 Realidad Social Cultural: Cultura, Identidad y Derechos 3 Humanos 2 Medio Social y Natural t y su didáctica 3 3 | Química 4 4 Didáctica del Idioma Materno (L1) 4 5 Didáctica del Segundo Idioma (L2) 4 Didáctica del Tercer Idioma (L3) inglés 4 Literatura Universal 3 Literatura Maya, Ladina, Xinka y Garífuna 3 Expresión Artística y Corporal ill: Artes Plásticas, Artes 3 de las Culturas de Guatemala y su didáctica Enfoques Pedagógicos: Educación para la democracia y 3 en valores 10 | Práctica Docente 5 39 Artículo 2. Cumplimiento. Es responsabilidad del director del centro educativo presentar ante la Dirección Departamental de Educación de Jalapa la documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Pensum de Estudios de la carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial.
la Dirección Departamental de Educación de Jalapa la documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Pensum de Estudios de la carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial. Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Jalapa autorizará las siguientes cohortes de la carrera autorizada a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos. Artículo 4. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de Jalapa, supervisará la ejecución de las acciones del Colegio Particular Mixto Liceo Jalapa para el aseguramiento de la calidad educativa, Artículo 5. Título acreditado. Cumplidos a satisfacción la estructura y plan de estudios establecidos para la carrera autorizada, se extenderá a los estudiantes el título correspondiente. Artículo 6. Validación. Se valida la última cohorte 2012-2014, para la carrera de Magisterio de Educación Primaria que imparte el Colegio Particular Mixto Liceo Jalapa. Artículo 7. Casos no previstos. Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial. Artículo 8. Vigencia. El presente acuerdo empieza a regir el día siguiente de su notificación. COMUNÍQUESE, 3 ., Toy, % e CINTHYA A DEL ÁGUILA MENDIZÁBAL "™~ LOS VICEMINISTROS DE EDUCACIÓN: >. ALE E E E, & a GeS7 AC = 1 - EA >= (X te E DE T eo PEA E & Ti o e T Q a © N 9. 7 OLGA EVELV AMADO JACOBSDESESURA GUTBERTO NICOLÁS LEIVA ALVAREZ Mars, ©