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Acuerdo Ministerial 7- 2025

Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 7- 2025
Autor
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

%, | Ministerio de $ Agricultura, e ¡ Ganadería y arg” | Alimentación

ACUERDO MINISTERIAL No. 7-2025

Edificio Monja Blanca: Guatemala, 17 de enero de 2025.

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, corresponde a los Ministros de Estado ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su Ministerio, así como dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con el mismo.

CONSIDERANDO: Que el Consejo Directivo del Fondo Nacional para la Reactivación y Modernización de la Actividad Agropecuaria -FONAGRO-, mediante Resolución número cuarenta diagonal dos mil diecinueve (40/2019), contenida en el acta de Reunión Extraordinaria número cuatro guion dos mil diecinueve (4-2019), de fecha trece de mayo del año dos mil diecinueve (13/05/2019), aprobó el financiamiento para la ejecución del proyecto "Fortalecimiento de la Producción de Hortalizas, para la Asociación de Desarrollo Integral Vida y Esperanza", para ser ejecutado por la Asociación de Desarrollo Integral Vida y Esperanza, el cual fue formalizado mediante Convenio Administrativo número treinta y ocho guion dos mil diecinueve (38-2019), de fecha tres de julio de dos mil diecinueve (03/07/2019), aprobado mediante Acuerdo Ministerial número doscientos seis guion dos mil diecinueve (206-2019) de la misma fecha, por un monto de UN MILLON

DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO QUETZALES

seis guion dos mil diecinueve (206-2019) de la misma fecha, por un monto de UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO QUETZALES CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS (Q.1,257,948.48), en calidad de fondos no reembolsables.

CONSIDERANDO: Que la cláusula Décima Séptima, literal b), del Convenio Administrativo número treinta y ocho guion dos mil diecinueve (38-2019), de fecha tres de julio de dos mil diecinueve (03/07/2019), aprobado mediante Acuerdo Ministerial número doscientos seis guion dos mil diecinueve (2062019) de la misma fecha, suscrito entre la la Asociación de Desarrollo Integral Vida y Esperanza y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, establece que el Convenio Administrativo que se suscriba, podrá darse por terminado, sin responsabilidad para el Ministerio por el incumplimiento por parte de la ASOCIACIÓN de las obligaciones que adquiere para el desarrollo del proyecto, previo informe de la evaluación realizada por el FONAGRO; y que por medio de la Resolución número cuatro diagonal dos mil veintitrés (4/2023) contenida en el Acta de Reunión Ordinaria número uno guion dos mil veintitrés (1-2023) de fecha cinco de enero del año dos mil veintitrés (05/01/2023), el Consejo Directivo de FONAGRO, resuelve dar por terminado el Convenio Administrativo número treinta y ocho guion dos mil diecinueve (38-2019), de fecha tres de julio de dos mil diecinueve (03/07/2019), aprobado mediante Acuerdo Ministerial

terminado el Convenio Administrativo número treinta y ocho guion dos mil diecinueve (38-2019), de fecha tres de julio de dos mil diecinueve (03/07/2019), aprobado mediante Acuerdo Ministerial número doscientos seis guion dos mil diecinueve (206-2019) de la misma fecha, por el incumplimiento en la entrega de la documentación requerida por el Artículo 8 del Reglamento para el Financiamiento de Proyectos con Recursos del Fideicomiso -FONAGRO-.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 22, 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 eme 7ma. avenida 12-90 zona 13, edificio Monja Blanca

Teléfono: 1557del Congreso de la República, 7 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo número 338-2010 y articulo 25, literal h) numeral 7 del Reglamento para el Financiamiento de Proyectos con Recursos del Fideicomiso “Fondo Nacional para la Reactivación y Modernización de la Actividad Agropecuaria, - FONAGRO-" aprobado por medio de la Resolución CA-152-0-2017 de fecha 28 de noviembre de

2017.

ACUERDA: Artículo 1. Aprobar lo resuelto por el Consejo Directivo del Fondo Nacional para la Reactivación y Modernización de la Actividad Agropecuaria -FONAGRO-, en resolución número cuatro diagonal dos mil veintitrés (4/2023), contenida en el Acta de Reunión Ordinaria número uno

y Modernización de la Actividad Agropecuaria -FONAGRO-, en resolución número cuatro diagonal dos mil veintitrés (4/2023), contenida en el Acta de Reunión Ordinaria número uno guion dos mil veintitrés (1-2023) de fecha cinco (5) de enero del año dos mil veintitrés (2023), del Consejo Directivo de FONAGRO, por medio de la cual resolvió dar por terminado el Convenio Administrativo número treinta y ocho guion dos mil diecinueve (38-2019), de fecha tres de julio de dos mil diecinueve (03/07/2019), aprobado mediante Acuerdo Ministerial número doscientos seis guion dos mil diecinueve (206-2019) de la misma fecha, suscrito entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación y la Asociación de Desarrollo Integral Vida y Esperanza, por el incumplimiento en la entrega de la documentación requerida por el Artículo 8 del Reglamento para el Financiamiento de Proyectos con Recursos del Fideicomiso -FONAGRO-" y en concordancia con lo establecido en la cláusula Décima Séptima, literal b), del Convenio Administrativo relacionado. Artículo 2. El presente Acuerdo Ministerial empieza a regir inmediatamente y deberá notificarse a los interesados.

NOTIFIQUESE

Le A Y & Ing. Maynor Estuardo Estrada Rosales MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN oA A e lA 7ma. avenida 12-90 zona 13, edificio Monja Blanca

Teléfono: 1557

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