Acuerdo Ministerial 721-2013
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 721-2013
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2013
Ministerio de Educación Guatemala, C. A.
ACUERDO MINISTERIAL No. 0721-2013
Guatemala, 26 de febrero de 2013 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, cultura nacional y universal. Asimismo, la Ley de Educación Nacional, establece que el Ministerio de Educación es la Institución del Estado responsable de coordinar y ejecutar las políticas educativas, determinadas por el Sistema Educativo del país.
CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación por medio del Acuerdo Ministerial número 3409-2011 de fecha 30 de noviembre de 2011, aprobó las Políticas Educativas del país propuestas por el Consejo Nacional de Educación, en el articulo 3 inciso d) relacionada con el Recurso Humano que establece el fortalecimiento de la formación, evaluación y gestión del recurso humano del sistema educativo nacional. Asimismo, en el Curriculum Nacional Base se establece que la formación en productividad y desarrollo fortalece, en el estudiante, la actitud emprendedora, con visión clara para aplicar procesos de elaboración de proyectos que fomentan el desarrollo sustentable y sostenible en la producción.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el objetivo estratégico mencionado en el considerando anterior, con la finalidad de mejorar la calidad educativa en los centros educativos del país y atendiendo los lineamientos para la ampliación de carreras, los centros educativos deben presentar su solicitud
con el objeto de impartir la carrera de Bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación de Productividad y Desarrollo, en la Dirección Departamental de Educación
lineamientos para la ampliación de carreras, los centros educativos deben presentar su solicitud con el objeto de impartir la carrera de Bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación de Productividad y Desarrollo, en la Dirección Departamental de Educación correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen tecnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.
CONSIDERANDO: Que en virtud que el Liceo Privado de Ciencias Comerciales presentó su solicitud para impartir
la carrera de Bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación de Productividad y Desarrollo, contando con el dictamen técnico favorable No.4-A -2013 de fecha veintiocho de enero de dos mil trece, emitido por la Dirección Departamental de Educación de Huehuetenango, es procedente la autorización de la referida carrera.
POR TANTO: En ejercicio de las facuitades que le confieren los Artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, 33 jiteral c) de ta Ley de Educación Nacional y 2 del Acuerdo Gubernativo No. 165-96.
ACUERDA: Artículo 1. Autorización. Autorizar las cohortes de los años 2013-2014, 2014-2015, 2015-2016, 2016-2017 y 2017-2018, al Liceo Privado de Ciencias Comerciales del municipio de
Huehuetenango del departamento de Huehuetenango para impartir la carrera de Bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación de Productividad y Desarrollo, bajo las siguientes estipulaciones: a) Modalidad: La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan anual y en jornada doble.
Ciencias y Letras con orientación en Educación de Productividad y Desarrollo, bajo las siguientes estipulaciones: a) Modalidad: La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan anual y en jornada doble. 7 b) Períodos de clase: La carrera de Bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación de Productividad y Desarrollo, se desarrollará secuencialmente, para cuarto grado en cincuenta y seis (56) y para quinto grado en cincuenta y ocho (58) períodos semanales.Ministerio de Educacién Guatemala, C. A. c) Duraci (40) minutos. d) Estructura curricular. Se describen las áreas y Bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en ión de los períodos de clase: Los períodos de clase tendrán una duración de cuarenta subáreas curriculares de la carrera de Educación de Productividad y Desarrollo. Estructura de Bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación de Productividad y Desarrollo No. Áreas del No. Subáreas No. Subáreas curriculo Cuarto grado Quinto grado 4 Comunicación y 4 Lengua y Literatura en | 4 Lengua y Literatura _ | Lenguaje En -— |ent4 2. | Matemáticas 2. | Matemáticas 2. | Matemáticas Estadística 3 Descriptiva
3. Coma 3. Ciencias Sociales y 4. Ciencias Sociales y Ciudadana Formación Ciudadana Formación Ciudadana 4 Ciencias 4. | Física 5. | Química “| Naturales 6. | Biología 5. | Educación Física 5. | Educación Física 6. | Filosofía 6. | Filosofía 7. pe 7. | Expresión Artística
“| Naturales 6. | Biología 5. | Educación Física 5. | Educación Física 6. | Filosofía 6. | Filosofía 7. pe 7. | Expresión Artística Comunicación y Comunicación y 7. | Lenguaje L2 8 Lenguaje L2 Segundo Idioma " | Segundo Idioma Nacional Nacional Comunicación y Comunicación y 8. | Comunicación y 8. | Lenguaje L3 9. | Lenguaje 13 Inglés Lenguaje Inglés Tecnologías de la Tecnologías de la Información y la 9. | Información y la 10. | Comunicación Comunicación aplicadas a la Educación 9 Ciencias 4 Ciencia y Tecnología " | Naturales “_| de los Pueblos 10. | Psicología 12. | Psicología Evolutiva 10. | Psicología 43 identidad y Profesión - | Docente Elaboración y Gestión ar . 11. | Investigación 11. | de Proyectos 14. Seminario aplicado a Educativos 12 Fundamentos de 12. | Pedagogía — Pedagogía - i 13 Estrategias de 45 Paradigmas "| Aprendizaje "| Educativos Alimentación . Y 14. | Sostenible y 46. Alimentación y Productividad y Sustentable13. Desarrollo 15, | Artesanias 17. | Artesanias Industria Textil y Fundamentos de 16. | Confección de 18. | Diseño y Alta Costura Prendas de Vestir 14. | Contabilidad 17. | Contabilidad Administración de Administración 19. | Empresas 15. > e) Distribución de tiempo: Se describe el número de períodos por semana para cada subárea
Prendas de Vestir 14. | Contabilidad 17. | Contabilidad Administración de Administración 19. | Empresas 15. > e) Distribución de tiempo: Se describe el número de períodos por semana para cada subárea curricular.Ministerio de Educación Guatemala, C. A. Distribución de Tiempo (Periodos de cuarenta minutos) No. Áreas y subáreas Cuarto | Quinto | Comunicación y Lenguaje 1. | Lengua y Literatura en L1 5 -- - 2. | Lengua y Literatura en L13. | Comunicación y Lenguaje L2 Segundo idioma 3 .- - Nacional 4. | Comunicación y Lenguaje L2 Segundo Idioma e 2 Nacional 5. | Comunicación y Lenguaje L3 Inglés 3 --- 6. | Comunicación y Lenguaje L3 inglés --- 3 7. | Tecnologías de la información y la Comunicación 2 - - - 8. | Tecnologías de la Información y la Comunicación aplicadas a la Educación --- 2 Matematicas 9. | Matemáticas 5 --- 10. | Matemáticas - 5 11. | Estadistica Descriptiva --- 2 Ciencias Naturales 12. | Física 3 - - - 13. | Biologia —-— 3 14. | Quimica .- 3 45. | Ciencia y Tecnología de los Pueblos --- 2 Ciencias Sociales y Formación Ciudadana . 76. | Ciencias Sociales y Formación Ciudadana 3 - - - 17. | Ciencias Sociales y Formación Ciudadana --- 3 Psicologia 18. | Psicología 2 - - - 19. | Psicologia Evolutiva --- 2
76. | Ciencias Sociales y Formación Ciudadana 3 - - - 17. | Ciencias Sociales y Formación Ciudadana --- 3
Psicologia 18. | Psicología 2 - - - 19. | Psicologia Evolutiva --- 2 20. | Identidad y Profesión Docente --- 2 Filosofia 21. | Filosofía 3 - - - Expresión Artística 22. | Expresión Artística - - - 2 Educacion Fisica 23. | Educacion Fisica 2 --- Investigación 74, | Elaboración y Gestión de Proyectos Educativos 2 - - - 25, | Seminario aplicado a la Educación --- 2 Pedagogia 26. | Fundamentos de Pedagogía 3 - - - 27. | Estrategias de Aprendizaje 2 - - - 28. | Paradigmas Educativos --- 2 Productividad y Desarrollo 29. | Alimentación Sostenible y Sustentable 5 --- 30. | Alimentación y Nutrición --- 5 31. | Artesanías - 5 - - 32. | Artesanias - - - 5 33. | Industria Textil y Confección de Prendas de Vestir 5 --- 34. | Fundamentos de Diseño y Alta Costura --- 5 Contabilidad 35. | Contabilidad 3 --- Administracién 36. | Administración de Empresas --- 3 Total 56 58 Dirección Departamental de Educación de Huehuetenango la documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Currículum Nacional Base de la carrera de Bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación de Productividad y Desarrollo, indicada en el artículo anterior del presente Acuerdo Ministerial.
cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Currículum Nacional Base de la carrera de Bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación de Productividad y Desarrollo, indicada en el artículo anterior del presente Acuerdo Ministerial. 7 Artículo 2. Cumplimiento. Es responsabilidad del director del centro educativo presentar ante la “Ministerio de Educación Guatemala, C. A. Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Huehuetenango autorizará las siguientes cohortes a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos. Artículo 4. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de Huehuetenango, supervisará la ejecución de las acciones del Liceo Privado de Ciencias Comerciales para el aseguramiento de la calidad educativa. Artículo 5. Diploma acreditado. Cumplido a satisfacción el plan de estudios establecido en el artículo 1 incisos d) y e) del presente acuerdo, se extenderá a los estudiantes el diploma de Bachiller en Ciencias y Letras con orientación en Educación de Productividad y Desarrollo. Artículo 6. Validación. Se valida la última cohorte 2012-2015, para la carrera de Magisterio de Educación para el Hogar que imparte el Liceo Privado de Ciencias Comerciales. Artículo 7. Casos no previstos. Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial. Artículo 8. Vigencia. El presente acuerdo empieza a regir el día siguiente de su notificación.