Acuerdo Ministerial 76-2016
Ministerio de Desarrollo Social
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 76-2016
- Autor
- Ministerio de Desarrollo Social
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2016
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ¡ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO DS-76-2016 , Guatemala, 26 de diciembre de 2016
| EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL CONSIDERANDO Que la Constitucion Politica de la República de Guatemala faculta a cada Ministro de Estado a dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los asuntos relacionados con su Ministerio, así como velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo. CONSIDERANDO Que la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, establecen que el arrendamiento de bienes inmuebles pueden efectuarse siempre que el organismo, dependencia o entidad interesada careciere de ellos, los tuviere en cantidad insuficiente o en condiciones inadecuadas, debiendo justificar la necesidad y conveniencia de la contratación, y que el contrato será suscrito por funcionario de grado jerárquico inferior al de la autoridad que lo aprobará, previo a constituirse garantía de cumplimiento por el 10% del monto del contrato, que estará vigente desde la aprobación hasta que la entidad interesada extienda constancia de haber recibido a su entera satisfacción la prestación del servicio, objeto del contrato. CONSIDERANDO Que a través de la Resolución Ministerial número DS-275A-2016, de fecha tres de noviembre de dos mil dieciséis, el señor Ministro de{Desarrolio Social, delega en el Viceministro Administrativo y Financiero de este Ministerio, la facultad de suscribir bajo su estricta responsabilidad, los Contratos Administrativos de
dieciséis, el señor Ministro de{Desarrolio Social, delega en el Viceministro Administrativo y Financiero de este Ministerio, la facultad de suscribir bajo su estricta responsabilidad, los Contratos Administrativos de Arrendamiento de los bienes inmuebles que ocupan las sedes del Ministerio de Desarrollo Social. CONSIDERANDO Que mediante Oficio número DA-435-2016-JAV/Ic de fecha veinte de diciembre de dos mil dieciséis, emitido por el Director -Administrativoicon Visto Bueno del Viceministro Administrativo y Financiero, ambos de este Ministerio, solicita se aprueben el Contrato Administrativo de Arrendamiento del bien inmueble que ocupará la sede del Ministerio de Desarrollo Social, adjuntando para el efecto, el expedientes de soporte conformado. CONSIDERANDO Que la Dirección de Coordinación y Organización del Viceministerio de Protección Social, la Dirección Financiera del Viceministerio Administrativo y Financiero y la Dirección de Asesoría Jurídica, todas de este Ministerio, emiten los dictámenes favorables correspondientes, en el sentido de aprobar el Contrato Administrativo de Arrendamiento del bien inmuebles para uso de la sede del Ministerio de Desarrollo Social, los cuales obran dentro del expediente de soporte respectivo. POR TANTO Con base en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos: 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literales a) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 1, 3 y 4 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, & Decreto número 119-96 del Congreso de la República de Guatemala; 43 literal e), 47, 48, 49, 54 y 65.de
114-97 del Congreso de la República de Guatemala; 1, 3 y 4 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, & Decreto número 119-96 del Congreso de la República de Guatemala; 43 literal e), 47, 48, 49, 54 y 65.de 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400 www.mides.gob. etGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
GUATEMALA
E | MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL mides gt B sa: Ley de Contrataciones del Estado, Decretó húmero 57-92 del Congreso de la República de Guatemala; 42, 55, 56, 58 y 59 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo número 1222016, del Presidente de la República de Guatemala; 7 literal j. del Reglamento Orgánico interno del Ministerio de Desarrollo Social, Acuerdo Gubernativo número 87-2012, del Presidente de la República de Guatemala.
ACUERDA: Artículo 1. Aprobar el CONTRATO ADMINISTRATIVO DE ARRENDAMIENTO NÚMERO MIDES GUION DCO GUION CIENTO SETENTA Y DOS GUIÓN DOS MIL DIECISÉIS (MIDES -DCO-172-2016), de fecha cinco de diciembre del año dos mil dieciséis, suscrito con ANDRES AJUCHÁN TZINÁ, del bien inmueble que ocupa la sede del Ministerio de Desarrollo Social, ubicado en el municipio de Iztapa del departamento de Escuintla, con la dirección señalada en el referido contrato, el cual se respalda con la Fianza de Cumplimiento clase C2 Póliza número 99. 177-47859 € de fecha veinte de diciembre de dos mil dieciséis, emitida por el Banco
Escuintla, con la dirección señalada en el referido contrato, el cual se respalda con la Fianza de Cumplimiento clase C2 Póliza número 99. 177-47859 € de fecha veinte de diciembre de dos mil dieciséis, emitida por el Banco Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala, así como con la Certificación de Autenticidad de fecha veinte de diciembre de dos mil dieciséis! Artículo 2. El Viceministro Administrativo y Financiero de este Ministerio, deberá bajo su responsabilidad, llevar a cabo las notificaciones y procedimientos administrativos que correspondan, de conformidad con la ley de la materia, debiendo ser cubiertos con cargo al Código Programático, Constancia o Partida Presupuestaria que corresponda. Artículo 3. El presente Acuerdo Ministerial surte efectos inmediatamente.
COMUNÍQUESE,
José Guil MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400 www mides.gob gtb GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL «SECRETARÍA GENERALMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -MIDESCÉDULA DE NOTIFICACIÓN En la ciudad de Guatemala, siendo las LO horas, con_U Y minutos, del día veintisiete de diciembre de dos mil dieciséis, constituido en el Despacho del Viceministerio Administrativo y Financiero del Ministerio de Desarrollo Social, ubicado en la tercera avenida seis guión cuarenta y cuatro zona uno del Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala, Notifico al señor Viceministro Administrativo y Financiero del Ministerio de Desarrollo Social Licenciado MSc. José Mauricio Rodríguez Wever, los Acuerdos Ministeriales números: DS-75-2016
de Guatemala, Departamento de Guatemala, Notifico al señor Viceministro Administrativo y Financiero del Ministerio de Desarrollo Social Licenciado MSc. José Mauricio Rodríguez Wever, los Acuerdos Ministeriales números: DS-75-2016 el cual consta de dos folios, y DS-76-2016 el cual consta de dos folios, ambos de fecha 26 de diciembre de 2016, por medio de los cuales se aprueban los Contratos Administrativos de Arrendamiento de Sedes Municipales y Departamentales, dejando constancia que se hace entrega de este documento y2 expedientes de soporte originales, por medio de la presente Cédula de - Notificación, que entrego en fotocopias simples a /Dara Eunich cales , quien de enterado/a_5Y__ firma la presente. Doy Fe. - - -1 -- e lll..
Observaciones: 3rr. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2500-5400
www. mides gob.etGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
GUATEMALA
i MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Tp ! 26: if MINISTERIO DE DESARRO MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA: Guatemala, veintiséis de diciembre de dos mil diec En atención al asunto des Artículo 23, del Acuerdo Gubernativo Numero Ministerio de Desarrollo Sdcial; está Dirección 1. 1.1.
ASUNTO: ANTECEDENTES: De los documentc Coordinación y
Departamental A DESARROLLO firmado por Jorg de Presupuesto cual Opinan: Que luego de realizar dichos análisis financieros a la Centrales”, Acti de Edificios y
De los documentc Coordinación y Departamental A DESARROLLO firmado por Jorg de Presupuesto cual Opinan: Que luego de realizar dichos análisis financieros a la Centrales”, Acti de Edificios y Disponibilidad H Departamentale conformidad al Egresos del Est Certificación de Ministerio de Dg W Solicitud de Compra de Bienes y/o servicios número DCOJ034-2016/4e fecha 4 de enero de 2016 con su respectiva Pi Dictamen Financiero «Presupuestario Número 12-2016/SDPIUDAF/MI ee o Te EL...
TAL BER y ENÉRAL ome oA ESO
DICTAMEN No. DAJ-708-2016/RERB/jfsc séis.
EDIANTE PROVIDENCIA DS No.0645-2016/JGMC/amrr, EXPEDIENTE No.07512
E FECHA 21 DE DICIEMBRE DE 2016, EL DESPACHO SUPERIOR TRASLADA A STA DIRECCIÓN, EXPEDIENTE ORIGINAL, A TRAVÉS DE OFICIO No. DA-435- )16-JAVilc, DE FECHA VEINTE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS, POR
MEDIO DEL CUAL EL LICENCIADO JOSÉ ANTONIO VILLAMAR, DIRECTOR
DMINISTRATIVO DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, TRASLADA,
XPEDIENTE ORIGINAL CORRESPONDIENTE AL CONTRATO DE
RRENDAMIENTO DEL INMUEBLE UBICADO EN EL MUNICIPIO IZTAPA, EPARTAMENTO DE ESCUINTLA, DEBIDAMENTE FIRMADO POR LAS PARTES, OR LO QUE SE SOLICITA LA EMISIÓN DEL DICTAMEN JURÍDICO Y EL
EPARTAMENTO DE ESCUINTLA, DEBIDAMENTE FIRMADO POR LAS PARTES, OR LO QUE SE SOLICITA LA EMISIÓN DEL DICTAMEN JURÍDICO Y EL INSTRUMENTO MINISTERIAL CORRESPONDIENTE. rito en el epígrafe y en cumplimiento de lo establecido en la literal d), e), f), y h) del 87-2012 del 30 de abril del 2012 Reglamento Orgánico Interno del de Asesoría Jurídica Dictamina lo siguiente: s que se acompañan y que forman parte del expediente: rtida Presupuestaria, remitida por el Asistente Administrativo, de la Dirección de rganizacion del Ministerio de Desarrollo Sécial, con el Visto Bueno de la Coordinación Escuintla. ÉsicG/g MINISTERIO DE SOCIAL SUBDIRECCIÓN DE PRESUPUESTO, de fecha 4 de noviembre del 2016, Israel Galindo Cruz, Presípuesto, Cesar Augusto García Fernández de la Subdirección ambos de este Ministerio, y con visto bueno de la Directora Financiera, por medio de la fecha el Programa 01 "Actividades idad 07 “Servicios de Coordinación Departamental”, en el Renglón 151 “Arrendamiente locales", con sus Ubicaciones Geográficas respectivas a la fecha cuenta con una resupuestaria de Q.3,274380.00 lo requerido para el pago de las 169 Sedes , es de 0.3,267,880.00, se adjunta reporte generado el 25 de octubre de 2016, de presupuesto aprobado en el Decreto 14-2045, Ley del Presupuesto de Ingresos y do para el Ejercicio Fiscal 2016. xtendida por el Sub-director de Inventarios del
2016. ! LL Carencia de Bienés Inmuebles, sarrollo Social, de fecha 4 de ene
do para el Ejercicio Fiscal 2016. xtendida por el Sub-director de Inventarios del
2016. ! LL Carencia de Bienés Inmuebles, sarrollo Social, de fecha 4 de ene Bra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA we mides gob.gtGOBIERNO DE 1A REPÚBLICA DE
GUATE MINISTERIO DE DESARROLLO SOPIAL . Lossiguientes documentos, consistentes en: a) Fotocopia del Inventario de Cuentas de la Tesorería Nacional Forma TNCM-04 de fecha 19 de febrero de 2014; b) Documento Pergonal de Identificación con Código Único de Identificación 1814 TAN extendido por el Registro Nagional de las Personas de la República de Guatemala, a nombre de Andres Ajuchán Tzina; €) Constancia emitida por el Alcalde Municipal de la municipalidad del municipio de Iztapa, aépartamento de Escuintla/ en donde indica que la propiedad ubicada en la 1ra Calle A 6-37 Casco Urbano, es propiedad del señor Andres Ajuchán Tzina; A d) Fotocopia simplg de la escritura número 131 autorizada por el notario Manuel Eduardo de León Blarico © Y de fecha 27 de agdsto de 2013; en donde consta la Compraventa de Mejoras y Derechos de Posesión, a favor del señor Andres Ajuchán Tzina’ e)Constancia de Inscripción al Regio Tributario Unificado RTÓ extendido por la Superintendencia de Administración Tributaria SAT dé fecha 3 de noviembre de 20167 que corresponde al Número de Identificación Tributaria 453161 24 nombre de Andres Ajuchán Tzinay f) Factura Serie B, húmero 080071, a nombre de Andres Ajuchan Tzina;
Administración Tributaria SAT dé fecha 3 de noviembre de 20167 que corresponde al Número de Identificación Tributaria 453161 24 nombre de Andres Ajuchán Tzinay f) Factura Serie B, húmero 080071, a nombre de Andres Ajuchan Tzina; 9) Factura de energía eléctrica de la Empresa Eléctrica de Guatemala, Sociedad Anónima, con número de contador 132790. / Acta Notarial de Declaración jurada de fecha 7 de noviembre de 2016, Autorizada por el Notario Alvaro Hugo Pereira Vásquez, en la que el señor Andres Ajuchán Téína, manifiesta y hace constar no estar comprendido en nihguno de los casos a que se refiere el Artículo 80 de la Ley de Contrataciones del Estado. Dictamen Técnica No. DCO/034-201674e fecha 4 de enero de 2016, en el que se concluye que de conformidad con lag justificaciones enumeradas anteriormente y en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 43 inciso e) de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto 57-92, el inmueble ubicado en el municipio de Iztapa, departamento de Escuintla, cumple con las condiciones adecuadas y necesarias para el funcionamignto de Sede Municipal de Iztapa del Ministerio de Desarrollo Social. Oficio sin númerd de fecha 4 de enero de 2016 en la que consta la Oferta del señor Andres Ajuchan Tzing/del bien inmueble ubicado en el municipio de Iztapa, departamento de Escuintla. « Fotocopia simple! de Resolución Ministerial número DS-275-A-2046 de fecha 3 de noviembre de 2016, por medio de la cual el señor Ministro de Desarrollo Social ha delegado al Viceministro
« Fotocopia simple! de Resolución Ministerial número DS-275-A-2046 de fecha 3 de noviembre de 2016, por medio de la cual el señor Ministro de Desarrollo Social ha delegado al Viceministro Administrativo y Financiero, la facultad de suscribir los contratos administrativos de servicios de arrendamiento de Igs inmuebles descritos en dicha resolución. LIC. JOSÉ DIRECC! Acta Número 005312016, de fecha 21 de enero de 2016, en la que se hace constar la toma de posesión del Viceministro Administrativo y Financiero del Ministerio de Desarrollo Social; e Acuerdo Gubernatiyo No. 1 dl echa 20 de enero de 2016, mediante el cual se nombra a José Mauricio Humberto Rodrigugz Wever, como Viceministro Administrativo y Financiero. ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400 www fnides gob gtPa o Pu P js GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMAL MINISTERIO DE DESARROLLO SO TAL Póſiza de Fianza Clase C2 Cumplimiento de Contrato, No. 99-177-47859 extendida por el Departamento de Fianzas de el Ci A . Certiféacii)n de la lédito Hipotecario Nacional de Guatemala con fecha 20 de diciembre de 2016. óliza de Fianza Clase C2 Cumplimiento de Contrato, No. 99-177-47859 extendida por el Jefe del Departamento de Fianzas de el Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala con fecha 20 de diciembre de 2016.
Resolución númer: Ministerio de Final doscientos cincuenta y tres (253) de fecha seis de octubre de dos mil dieciséis, del
diciembre de 2016.
Resolución númer: Ministerio de Final doscientos cincuenta y tres (253) de fecha seis de octubre de dos mil dieciséis, del zas Públicas, que Resuelve y se cita textualmente: “I) Autorizar las modificaciones e presupuestarias sdlicitadas por el Ministerio de Desarrollo Social...Il) ... por lo que queda bajo su responsabilidad la: modificaciones solicitadas, con el propósito de acreditar asignaciones en varias categorías programáticas para cubrir el pago ...arrendamientos de edificios...".
Acuerdo Ministerial fecha seis de oct de Presupuesto número doscientos veintiuno guion dos mil dieciséis (221-2046), de bre de dos mil dieciséis, mediante el cual en su artículo 1 Acuerda y se cita textualmente: Artículo 1. Aprobar dentro del Presupuesto de Egresos vigente del Ministerio de Desarrollo Social, la modifica Modificación Presul Constaréia de Modi 1.2. Contrato Adminis| Ministerio de Desar 1.3. Oficio DA-435-2016 ión contenida en los comprobantes forma CO2...”. Siendo este Comprobante de uestaria Número cincuenta y uno (51). ficación Presupuestaria No. 51 de fecha 6 de octubre de 2016. rativo de Arrendamiento número MIDES-DCO-172-2016/ celebrado entre el pllo Social y Andres Ajuchán Tzina, de fecha 5 de diciembre de 20197 JAVIÉ, de fecha 20 de diciembre de 2016 suscrito por la Dirección Administrativa del Viceministerio Administrativo y Financiero este Ministerio, dirigido al Despacho Superior, solicitando la aprobación, por me inmuebles que ocul Desarrollo Social. = 5 1.4. Providencia DS No.
del Viceministerio Administrativo y Financiero este Ministerio, dirigido al Despacho Superior, solicitando la aprobación, por me inmuebles que ocul Desarrollo Social. = 5 1.4. Providencia DS No. s == dieciséis; el despac 222 435-2016-JAV/Ic— d E 5E Viceministerio Admi procedente, se emit
2. CONSIDERACIONES LE lo de Acuerdo Ministerial, de los contratos administrativos de arrendamientos de los an las sedes Municipales y Departamentales en que funciona el Ministerio de 645-20181JGMC/amrr, Expediente To 07512 4e fecha 21 de diciefíbre de dos mil 0 superior traslada a esta dirección, 02 expedientes en original con oficio No. DAfecha 20 de diciembre de dos mil dieciséis, de la Dirección Administrativa del nistrativo y Financiero, para la emisión del Dictamen Jurídico y, que de ser el instrumento ministerial correspondiente para su aprobación.
Z
GALES DEL CASO CONCRETO: Artículo 194.- Func tendrá las siguient relacionados con s administrativa y la cd SA mides gl . . www mi EE SE s Guaiemala 2.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA ones del ministro. Cada ministerio estará a cargo de un ministro de Estado, quien ps funciones: f. Dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios ministerio; e ¡. Velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad recta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo. 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400
recta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo. 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400 des gob gtP GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
GUATE MINISTERIO DE DESARROLLO SOPIAL
22. LEY DEL ORGANISMO EJECUTIVO Artículo 27.- Atrihuciones Generales de los Ministros. Además de las que asigna la Constitución Política de la República y otras leyes, los Ministros tienen las siguientes atribuciones: a) Cumplir y hacer que se cumpla el grdenamiento jurídico en los diversos asuntos de su competencia. f) Dirigir y coordinar la labor de las dependencias y entidades bajo su competencia, así como la administración de los recursos financieros, humanos y fisicos bajo su responsabilidad, velando por la eficiencia y la eficacia en el empleo de los mismos.
Artículo 31 Bis. Ministerio de Desarrollo Social... i) Determinar y hacer públicos de conformidad con la ley, los mecanismos para la evaluación y rendición de cuentas efectivas © de los fondos asigrjados a los programas sociales y a las actividades que realicen para tal finalidad; ---m) Dirigir y gestionar la obtención de los recursos económicos y dentro del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estaflo, en cada ejercicio fiscal, destinados a financiar planes, programas y proyectos que tiendan a reducir la pobreza y extrema pobreza, la inequidad, exclusión y vulnerabilidad social; — 0) Ejercer administrativa y técnicamente la función subsidiaria a los beneficiarios directos de los programas sociales.
23. DECRETO CINCUENTA Y SIETE GUIÓN NOVENTA Y DOS DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE
GUATEMALA, LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
sociales.
23. DECRETO CINCUENTA Y SIETE GUIÓN NOVENTA Y DOS DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Artículo 1. Objeto! de la ley y ámbito de aplicación. Esta Ley tiene por objeto normar las compras, ventas, contrataciones, arrendamientos o cualquier otra modalidad de adquisición pública, que realicen: a) Los Organismos| del Estado... Las entidades anteriores se sujetan a la presente Ley, su reglamento y a los procedimientds establecidos por la Dirección General de Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, dentro del ámbito de su competencia, en lo relativo al uso de fondos públicos.
Artículo 3. Disponjbilidades Presupuestarias. Los organismos del Estado, entidades descentralizadas y autónomas, unidades ejecutoras y las municipalidades a que se refiere el artículo primero, podrán solicitar ofertas aún| si no se cuenta con las asignaciones presupuestarias que permitan cubrir los pagos. Para la adjudicación definitiva y firma del contrato, si se requerirá la existencia de partida y créditos presupuestarios que garanticen los recursos necesarios para realizar los pagos por los avances de ejecución a ser realizados en el ejercicio fiscal correspondiente. Solicitadas las ofertas no podrá transferirse la asighación presupuestaria para otro destino, salvo que se acredite que los recursos no serán utilizados dulante el ejercicio fiscal en vigor para cubrir avances de ejecución. Cuando el contrato continúe vigente durante varios ejercicios fiscales, la entidad contratante debe asegurar las asignaciones presupuestarias correspondientes. La contravención a lo dispuesto por el presente artículo, hace responsables a los|funcionarios o empleados correspondientes de lo establecido en el artículo 83 de la
continúe vigente durante varios ejercicios fiscales, la entidad contratante debe asegurar las asignaciones presupuestarias correspondientes. La contravención a lo dispuesto por el presente artículo, hace responsables a los|funcionarios o empleados correspondientes de lo establecido en el artículo 83 de la presente Ley, sin pérjuicio de las demás responsabilidades a que haya lugar. Artículo 25. Presentación de una sola oferta por persona. Cada persona individual o jurídica, nacional o extranjera, podrá presentar una sola oferta. En ningún caso se permitirá a un compareciente la representación de más de un oferente. Quien actúe por sí no puede participar representando a un tercero. Si se detérminare la existencia de colusión entre oferentes, serán rechazadas las ofertas involucradas, sin perjuicio de la adopción de las medidas que determine el reglamento de la presente ley. 3ra. Avenida 6-44 zona 1. Guatemala CA PBX:
A KAL)GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
GUATE MINISTERIO DE DESARROLLO SOPIAL
3ra. Avenida 6-44 zona 1. Guatemala CA PBX: A KAL)GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATE MINISTERIO DE DESARROLLO SOPIAL Artículo 26. Declaración jurada. Los oferentes que participen en las licitaciones, cotizaciones y quienes estuvieran comprendidos en los casos de excepción contemplados en esta ley, presentará junto con la oferta, declaración jurada de no estar comprendidos en ninguno de los casos a que se refiere el Artículo 80 de esta ley. Si se descubriere falsedad en la declaración, la autoridad a que corresponda la adjudicación descálificará a aquel oferente, sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de los tribunales de justigia. En caso de que la falsedad de la declaración fuere descubierta estando en ejecución o terminando el servicio o la obra respectiva, los adjudicatarios responderán por los daños o perjuicios que se produzcan por tal causa, aplicándoles las sanciones previstas en la presente ley y trasladando lo conducente a los tribunales de justicia. |) Artículo 43. Modalidades específicas. a) (...) e) El arrendamiento de bienes inmuebles puede efectuarse siempre que el organismo, dependencia o entidad interesada careciere de ellos, los tuviere en cantidad insuficiente o en condiciones inadecuadas. Para el efecto, la dependencia o entidad interesada debe justificar la necesidad y conveniencia de la contratación, a precios razonables en relación a los existentes en el mercado. Con estos antecedentes, si lo considera procedente, la autoridad correspondiente della entidad interesada aprobará el contrato o acta, según corresponda, de acuerdo a la ley y al reglamento, sin perjuicio que se podrá aplicar cualquier modalidad de compra de acuerdo al monto. (...).
Artículo 47. Suscripción del contrato. Los contratos que se celebren en aplicación de la presente ley, serán suscritos dentro del plazo de diez (10) días contados a partir de la adjudicación definitiva en representación del [Estado cuando las negociaciones sean para las dependencias sin personalidad jurídica por el respectivo ministro del ramo. Dicho funcionario podrá delegar la celebración de tales contratos, en cada daso, en los viceministros, directores generales o directores de unidades eiecutoras. Artículo 48. Aprobación del contrato. El contrato a que se refiere el artículo anterior, será aprobado por la misma autoridad que determina el artículo 9 de esta ley, según el caso. Cuando los contratos sean celebrados por los drganismos Legislativo y Judicial, la aprobación corresponderá a su Junta Directiva o a la Corte Suprema fe Justicia.
24. ACUERDO GUBERNATIVO No. 122-2016, REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO.
Artículo 14. Requisición. Previo a dar inicio al proceso de contratación, la adquisición deberá estar incluida en el Programa Anual de Adquisiciones Públicas, para el ejercicio fiscal respectivo, además deberá contarse con la requisición suscrita por el responsable que corresponda, que justifique la necesidad de la compra o contratación de los bienes, suministros, obras o servicios, debiendo contarse con la descripción y especificaciones de lo que se requiere, bases de contratación cuando proceda y en el caso de obras, también con estudios, diseños, planos y referencias sobre el costo probable de las mismas, todo aprobado por la autoridad competente. La requisición no deberá fijar especificaciones técnicas especiales (que requieran o hagan referencia a determinadas marcas, nombres comerciales, diseños, tipos, orígenes específicos, productores o proveedores, salvo que no exista otra manera
técnicas especiales (que requieran o hagan referencia a determinadas marcas, nombres comerciales, diseños, tipos, orígenes específicos, productores o proveedores, salvo que no exista otra manera suficientemente predisa y comprensible para describir los requisitos de la adquisición y siempre que en tales casos se incluya en las especificaciones, requisitos o documentos de cotización, expresiones como: "o equivalente, o semejante, o similar análogo". Do Do <5 = s > = - = 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2309-5406 les Guaremals Iewn|desgob gtoy $; B ua:
GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
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3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2309-5406 les Guaremals Iewn|desgob gtoy $; B ua: GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE UATE MINISTERIO DE DESARROLLO SOTIAL Artículo 42. Suscripción y Aprobación de los Contratos. La suscripción del contrato deberá hacerla el funcionario de grado jerárquico inferior al de la autoridad que lo aprobará. Tales instrumentos deberán ser suscritos preferentemente en los organismos y entidades interesadas. Previo a la aprobación del contrato deberá cpnstituirse la garantía de cumplimiento correspondiente. El contrato deberá ser aprobado en todos [os casos, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la presentación por parte del contratista de la garantía del cumplimiento a que se refiere el artículo 65 de la Ley. En caso se hubiese pactado lá entrega de un anticipo el contrato deberá especificar el monto pactado y las condiciones aplicables al mismo en concordancia con la Ley y este Reglamento. Para el caso de los sujetos regulados dn las literales d), e) y f) del artículo 1 de la Ley, suscribirá el contrato la persona que ocupe el puesto jerárquico inferior a aquel que conforme la estructura interna ocupe el puesto de © autoridad superior, pste último lo aprobará. Para los efectos de la aprobación del contrato y la aplicación del párrafo tercero (del artículo 47 de la Ley, en las dependencias y entidades de la Presidencia de la República, la autoridad administrativa superior es el Secretario General”
2.5. ACUERDO GUBERNATIVO No. 87-2012, REGLAMENTO ORGÁNICO INTERNO DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, DE FECHA 30 DE ABRIL DE 2012.
Artículo 7. Despacho Ministerial. El Ministro de Desarrollo Social es el titular y la Máxima autoridad del Ministerio. Le corredponde ejercer la dirección y conducción técnica y administrativa de las políticas de su ramo a nivel nacional. b) Cumplir y hacer que se cumpla el ordenamiento jurídico en materia de desarrollo social; i) Dirigir, tramitar y resolver los asuntos relacionados con el Despacho Ministerial. 2.6. RESOLUCION MINISTERIAL DS-275A-2016, DE FECHA 03 DE NOVIEMBRE DE 2016. Por medio de la cual se resuelve: Primero: Delegar en el Viceministro Administrativo y Financiero de este Ministerio; Licenciado MSc. José Mauricio Humberto Rodríguez Wever la facultad de suscribir, bajo su responsabilidad, los| Contratos correspondientes para la contratación de los servicios de arrendamiento de las ciento sesenta y nueve sedes (169) Departamentales Y Municipales del Ministerio de Desarrollo Social, detallados en la referida resolución ministerial.
3. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO:
de las ciento sesenta y nueve sedes (169) Departamentales Y Municipales del Ministerio de Desarrollo Social, detallados en la referida resolución ministerial.