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Acuerdo Ministerial 79-2014

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 79-2014
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2014

N Página 1 de 4 Ministerio de Educación Guatemala, C. A. (q - ACUERDO MINISTERIAL No. 0079-20 14 07 ENE 2014 Guatemala, LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, la educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad, CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación por medio del Acuerdo Ministerial número 3409-2011 de fecha 30 de noviembre de 2011, aprobó las Políticas Educativas del país propuestas por el Consejo Educación, en la Dirección Departamental de Educación correspondiente, dicha dirección al emitir el dictamen técnico favorable, lo elevará a este Despacho para su aprobación.

CONSIDERANDO:

Que en virtud que el Centro Educativo “BETHANIA” presentó su solicitud para impartir la carrera iencias y Letras con orientación en Educación, contando con el dictamen técnico favorable No. 07-2013/SACE/CGT de fecha diecinueve de noviembre de dos mil trece, emitido por la Dirección Departamental de Educación de Petén, es procedente la autorización de la referida carrera.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren los Articulos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literales c) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 33 literal c) de la Ley de Educación Nacional y 2 del Acuerdo Gubernativo No. 165-96.

ACUERDA:

ACUERDA:

Artículo 1. Autorización. Autorizar las cohortes de los años 2014-2015, 2015-2016, 2016-2017 y 2017-2018, al Centro Educativo “BETHANIA” del municipio de San Benito, departamento de Petén, para impartir la carrera de Bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación, bajo las siguientes estipulaciones: a) Modalidad: La modalidad de estudios adoptada es presencial, sujeta a plan diario y en jornada vespertina. b) Períodos de clase: La carrera de Bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación, se desarrollará secuencialmente, para cuarto y quinto grados en cuarenta (40) períodos semanales. ur 7Ministerio de Educación Guatemala, C. A. Página 2 de 4 c) Duración de los períodos de clase: Los períodos de clase tendrán una duración de cuarenta (40) minutos. d) Estructura curricular: Se descri Bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación, Estructura de Bachillerato en Ciencias y Letras con orientación en Educación ben las áreas y subáreas curriculares de la carrera de No. ÁREAS No. | SUBÁREAS DE CUARTO No] SUBÁREAS DE QUINTO 1 Lengua y Literatura en L1 1 | Lengua y Literatura en L1 2 Comunicación y Lenguaje L2 | 2 | Comunicación y Lenguaje Segundo Idioma Nacional L2 Segundo Idioma Nacional 1 Comunicación y Lenguaje 3 Ceci y Lenguaje L3 | 3 Co y Lenguaje 4 | Tecnologías de la 4 | Tecnologías de la Información y la Información y la Comunicación Comunicación Aplicada a la

Nacional 1 Comunicación y Lenguaje 3 Ceci y Lenguaje L3 | 3 Co y Lenguaje 4 | Tecnologías de la 4 | Tecnologías de la Información y la Información y la Comunicación Comunicación Aplicada a la Educación 5 | Matemáticas 5 | Matemáticas 2 Matemáticas 6 | Estadística Descriptiva 6 | Física 7 _| Química 8 | Biología 3 Ciencias Naturales 9 | Ciencia y Tecnología de los Pueblos 4 | Investigación 7 | Elaboración y Gestión de 10 | Seminario Aplicado a la Proyectos Educativos Educación § | Ciencias Sociales y 8 | Ciencias Sociales y 11 | Ciencias Sociales y Formación Formación Formación Ciudadana Ciudadana Ciudadana Filosofía 9 | Filosofía Pedagogía 10 | Fundamentos de Pedagogía 11 | Estrategias de Aprendizaje 12 | Paradigmas Educativos 8 Psicología 12 | Psicología 13 | Psicología Evolutiva 14 | Identidad y Profesión Docente 9 | Productividad y Desarrollo 13 | Productividad y Desarrollo 10 | Expresión Artística 15 | Expresión Artística 11 | Educación Física 14 | Educación Física A €) Distribución de tiempo: Se describe el nú curricular, 1. mero de periodos por semana para cada subárea& Página 3 de 4 Ministerio de Educación Guatemala, C. A. Períodos por semana de 40 minutos No. Subáreas Cuarto Quinto 1 | Lengua y Literatura en L1 5 5 Comunicación y Lenguaje L2 Segundo Idioma 2 | Nacional 3 2 3 | Comunicación y Lenguaje L3 Inglés 3 3

No. Subáreas Cuarto Quinto 1 | Lengua y Literatura en L1 5 5 Comunicación y Lenguaje L2 Segundo Idioma 2 | Nacional 3 2 3 | Comunicación y Lenguaje L3 Inglés 3 3 4 | Tecnologías de la Información y la Comunicación 2 Tecnologías de la Información y la Comunicación S [Aplicada a la Educación 2 6 | Matemáticas 5 5 7 | Estadística Descriptiva 2 8 | Ciencias Sociales y Formación Ciudadana 3 3 9 | Física 3 10 | Química 3 11 | Biología 3 12 | Ciencia y Tecnología de los Pueblos 2 13_ | Educación Física 2 14 | Expresión Artística 2 15 | Filosofía 3 16 | Psicología 2 17 | Psicología Evolutiva 2 18_ | Identidad y Profesión Docente 2 19 | Elaboración y Gestión de Proyectos Educativos 2 20 | Seminario Aplicado a la Educación 2 21 | Fundamentos de Pedagogía 3 22 |Estrategias de Aprendizaje 2 23 | Paradigmas Educativos 2 24 Productividad y Desarrollo 2 Total de períodos 40 40 Artículo 2. Cumplimiento. Es responsabilidad del director del centro educativo presentar ante la Dirección Departamental de Educación de Petén la documentación que corresponde y cumplir con todos los requisitos para la implementación efectiva del Currículum Nacional Base de la carrera autorizada en el presente Acuerdo Ministerial.

Artículo 3. Cohortes. La Dirección Departamental de Educación de Petón: autorizará las siguientes cohortes de la carrera autorizada a partir del año 2018, agotando los lineamientos respectivos. "aPágina 4 de 4 Ministerio de Educación Guatemala, C. A. Artículo 4. Supervisión. La Dirección Departamental de Educación de Petén, Supervisará la ejecución de las acciones del Centro Educativo “BETHANIA” para el aseguramiento de la calidad educativa. ‘ Artículo 5. Diploma acreditado. rtículo 1 incisos d) y e) del estudiantes el diploma de Bach Cumplidos a satisfacción el plan de estudios establecidos en el presente acuerdo, para la carrera autorizada, se extenderá a los iller en Ciencias y Letras con orientación en Educación. Artículo 6. Casos no previstos. Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial. Artículo 7. Vigencia. El presente acuerdo empieza a regir el día siguiente de su notificación.

COMUNÍQUESE,

CINTHYA LINA DEI ÁGUILA MEN

LOS VICEMINISTROS DE EDUCACIÓN

[) ) 3 a

UTBERTO NICOLÁS LEIVA ALVAREZ "Emara.S

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