Acuerdo Ministerial 79
Ministerio de Energía y Minas
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 79
- Autor
- Ministerio de Energía y Minas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
DA. ALEJANDRO CIAMMATTEI Y MINAS
GOBIERNO de MINISTERIO
GUATEMALA DE ENERGÍA
ACUERDO MINISTERIAL 79-2023
GUATEMALA, 28 DE MARZO DE 2023
EL VICEMINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS, ENCARGADO DEL ÁREA ENERGÉTICA Y
ENCARGADO DEL DESPACHO CONSIDERANDO Que, de acuerdo con la Constitución Política de la República, el principio de seguridad jurídica consiste en la confianza que tiene el ciudadano, dentro de un Estado de Derecho hacia el ordenamiento jurídico; es decir, hacia el conjunto de leyes que garantizan su seguridad y demanca que dicha legislación sea coherente e inteligible; en tal virtud, las autoridades en el ejercicio de sus facultades legales deben actuar en un marco de respeto a las leyes vigentes. CONSIDERANDO Que de conformidad con el artículo 27 literal m) del Decreto 14-97 del Congreso de la República, dentro de las atribuciones generales de los Ministros de Estado, se encuentra el dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo, conforme a la ley. CONSIDERANDO Que, de conformidad con la Ley de Apoyo Socizl Temporal a los Consumidores de Gas Propano y su Reglamento, el Ministerio de Energía y Minas es el responsable de realizar las gestiones correspondientes que les permita contar con disponibilidad presupuestaria, financiera y de pago a fin de dar cumplimiento en la ley referida, por lo que es necesario emitir la disposición interna que permita ejecutar dicho mandato. POR TANTO En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos: 152, 154 y 194, inciso b) de la
fin de dar cumplimiento en la ley referida, por lo que es necesario emitir la disposición interna que permita ejecutar dicho mandato. POR TANTO En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos: 152, 154 y 194, inciso b) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 4, 20, 22, 27 y 34 del Decreto número 14-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 4 y 6 del Acuerdo Gubernativo 382-2006, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas; Dictamen UAJ-150-2023 de fecha 17 de marzo de 2023 emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica; OFICIO DGA-184-2023 de fecha 21 de marzo de 2023 de la Dirección General Administrativa y la remisión DSMEM390/23, de fecha 22 de marzo de 2023 del Despacho Superior; y, Acuerdo Ministerial número 67-2023 emitido por el Ministerio de Energía y Minas; ACUERDA: ARTÍCULO 1. Aprobación. Aprobar el Manual de Procedimiento de Pago según Decreto Número 52023 “Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Gas Propano" que contiene las actividades, responsables, descripción y plazo pera que el Ministerio de Energía y Minas gestione el pago de apoyo social temporal a los consumidores de gas propano, el cual se adjunta el presente Acuerdo y forma parte íntegra del mismo. ARTÍCULO 2. Vigencia. El presente Acuerdo Ministerial entra en vigencia inmediatamente. - Enrique Chu Mac COMUNÍQUESE, ES d S x= e: Ing. cz lo Ari Sadastume Viceministro de Energía y Minas,
Enrique Chu Mac COMUNÍQUESE, ES d S x= e: Ing. cz lo Ari Sadastume Viceministro de Energía y Minas, P Encargado del Area Energética y Encargado del Despacho aría o Castáñeda ria General va Licda. Rit Ser L - OFICINAS CENTRALESDiagonal 17, 29-78, zona 11, Las Charcas PBX: (+502) 2419 6464 OQ © www.mem.gob.gt