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Acuerdo Ministerial 8-2017

Ministerio de Desarrollo Social

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 8-2017
Autor
Ministerio de Desarrollo Social
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2017

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE

GUATEMALA | MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

ACUERDO MINISTERIAL No. DS-8-2017

Guatemala, 27 de enero de 2017 EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL CONSIDERANDO Que de conformidad con lo preceptuado en el inciso f) del artículo 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala, es función de los Ministros de Estado, dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio. CONSIDERANDO Que mediante Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, se crea el Ministerio de Desarrollo Social, quien como “ente rector le corresponde diseñar, regular y ejecutar las políticas públicas orientadas a mejorar el nivel de bienestar de los individuos o grupos sociales en situación de pobreza y pobreza extrema, de manera que se les dote de capacidades y oportunidades para mejorar sus condiciones de vida, asegurando el respeto de sus derechos humanos y constitucionales”. CONSIDERANDO Que esta Cartera Ministerial, en el marco de lo estipulado en el Decreto Número 101-97, Ley Orgánica del Presupuesto y sus reformas; Acuerdo Gubernativo No. 540-2013, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto y Artículo 12 del Acuerdo Gubernativo No. 217-95, Proyecto de Reforma de la Administración Financiera, determinó que es procedente el reordenamiento administrativo y financiero, de la administración, ejecución financiera y presupuestaria de los programas y proyectos sociales del Ministerio de Desarrollo Social, haciéndose necesaria su desconcentración con la finalidad de transparentar y mejorar la calidad del gasto, con énfasis en el presupuesto por resultados.

CONSIDERANDO

necesaria su desconcentración con la finalidad de transparentar y mejorar la calidad del gasto, con énfasis en el presupuesto por resultados. CONSIDERANDO Que el Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, en su artículo 25, establece que por medio de Acuerdo Ministerial, los Ministros podrán crear y suprimir Unidades Especiales de Ejecución, las cuales les estarán adscritas y responderán ante su autoridad, y que en la creación de dichas unidades se establecerán los recursos materiales, humanos y financieros de los cuales dispondrá para el descargo de sus funciones. CONSIDERANDO Que la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio, mediante Dictamen número DAJ-013-2017/RERB/fsc de fecha veinticinco de enero de dos mil E 3ra. Avenida 644 zona 1, Guatemala CA, PI El mides gr EFE»: www.nides.gob.gtÉ GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL EZ mides g [ va: diecisiete, el cual en su parte conducente textualmente dictamina: “... Que es Procedente la creación de la Unidad Ejecutora 204 que se denominará Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social mediante Acuerdo Ministerial correspondiente.”; en el mismo sentido se emiten los siguientes documentos: a) Opinión Técnica VPS-OP-001-2017/COAG/ec/hr

emitido por el Viceministro de Protección Social; b) Dictamen DPYP-ERS-dba 0052016 de fecha veintidós de diciembre de dos mil dieciséis, emitido por la Directora de Planificación y Programación del Viceministerio de Política, Planificación y Evaluación; c) Dictamen Financiero/Presupuestario número 142016/SDP/UDAF/MIDES/SV/mp de fecha diecinueve de diciembre de dos mil dieciséis, emitido por la Subdirección de Presupuesto con Visto Bueno de la Directora Financiera; y d) Justificación emitida por la Dirección Financiera, documentos que obran dentro del expediente de soporte. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confiere los artículos: 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 24, 27, 28 y 31 Bis,, del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; Artículo 12 del Acuerdo Gubernativo No. 217-95; y Artículo 7., literales i. y j. y 29., del Acuerdo Gubernativo 87-2012, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social. ACUERDA ARTÍCULO 1.- Creación. Se crea la Unidad Ejecutora denominada “Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social”, que podrá abreviarse "UEPPS del MIDES”.

ACUERDA ARTÍCULO 1.- Creación. Se crea la Unidad Ejecutora denominada “Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social”, que podrá abreviarse "UEPPS del MIDES”. ARTÍCULO 2.- Objeto. La “Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social”, tiene por objeto el cumplimiento de las políticas, normas y cualquier .otra medida tendiente a desarrollar de manera eficiente, eficaz y transparente la administración financiera; ejecución presupuestaria y el registro contable, relacionado con los programas y proyectos sociales, establecidos por el Ministerio de Desarrollo Social y ejecutados a través del Viceministerio de Protección Social, cuidando que los mismos se realicen aplicando criterios de economía, austeridad y libre acceso a la información. ARTÍCULO 3.- Funciones. La “Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social” cumplirá las funciones siguientes: a) Velar por el cumplimiento de leyes, políticas, normas, procesos, y procedimientos, que en materia administrativa, presupuestaria y financiera dicten las autoridades competentes en el marco de la ley. 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gtGOBIBRNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL b) c) d) e) 9) h) 3) k) El mides er |- ETE Coordinar con la Unidad de Administración Financiera -UDAF-, las gestiones que sean necesarias para el logro de sus objetivos. Administrar con eficiencia, transparencia y responsabilidad los recursos financieros y presupuestarios que se le asignen en cada ejercicio fiscal,

|- ETE Coordinar con la Unidad de Administración Financiera -UDAF-, las gestiones que sean necesarias para el logro de sus objetivos. Administrar con eficiencia, transparencia y responsabilidad los recursos financieros y presupuestarios que se le asignen en cada ejercicio fiscal, Coordinar con los responsables, la elaboración del Plan Operativo Anual correspondiente a la ejecución financiera y presupuestaria de los programas y proyectos sociales. Coordinar en el marco de su competencia, la elaboración del anteproyecto de presupuesto anual que le corresponda a los programas y proyectos sociales que se ejecutan, en el contexto de la planificación y presupuesto por resultados. Elaborar la Programación Anual de Compras (PAC), en el marco legal vigente para cada ejercicio fiscal y velar por su cumplimiento. Realizar el registro de las operaciones presupuestarias, contables y financieras en el Sistema de Gestión -SIGESy Sistema de Contabilidad Integrada Gubernamental -SICOINde ingresos, gastos, nóminas, activos fijos, compras, contrataciones y otros procesos, en sus diferentes etapas de ejecución. Velar porque el registro de las operaciones presupuestarias, financieras y contables se realice de forma eficaz, eficiente, transparente, con probidad y calidad del gasto, cumpliendo con una adecuada programación que de los recursos se ordene. Coordinar en el marco de las leyes específicas y normativas aplicables los procesos relacionados con compras, contrataciones, almacenaje, mantenimiento, uso de combustible, seguridad y otros que sean necesarios para una efectiva administración de los recursos financieros. Realizar la programación, organización, coordinación, ejecución y control de los recursos asignados para los programas y proyectos sociales.

Publicar en coordinación con la Dirección de Información Pública del Ministerio de Desarrollo Social, los informes financieros mensuales, cuatrimestrales y anuales reglamentados en ley, que le correspondan como 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gtGOBIERNO DE 14 REPÚBLICA DR GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE mides ga unidad ejecutora, así como otra información que por su naturaleza proceda su publicación. 1) Administrar de forma responsable, disciplinada y transparente, el Fondo Rotativo que le sea asignado por la Unidad de Administración Financiera - UDAFdel Ministerio de Desarrollo Social. m) Gestionar la autorización de formularios, libros, hojas movibles, recibos y formas pre autorizadas, ante la Contraloría General de Cuentas, siendo responsable de su administración, control y custodia. n) Velar por la adecuada administración, control, liquidación y registro contable de viáticos por comisiones de trabajo autorizadas por autoridad competente. 0) Realizar las gestiones que correspondan ante: la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-; el Ministerio de Finanzas Públicas; Banco de Guatemala; Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia -SEGEPLAN-; Instituto Guatemalteco de Seguridad Social -1GSSy otras que le apliquen en cumplimiento de la legislación aplicable.

p) Velar por una adecuada segregación de funciones entre el personal que ocupa cargos de responsabilidad en la unidad ejecutora. ARTÍCULO 4.- Plazo. La Unidad Ejecutora, tendrá un plazo indefinido y su vencimiento estará supeditado al tiempo de vigencia de los programas y proyectos sociales en ejecución, y los que se ejecuten en el futuro bajo la responsabilidad directa del Viceministerio de Protección Social del Ministerio de Desarrollo Social. ARTÍCULO 5.- Recursos. La Unidad Ejecutora, contará con recurso humano, materiales, insumos, mobiliario y el equipo necesario para el cumplimiento de sus objetivos. Dicha unidad dispondrá de recursos financieros para su ejecución de conformidad con el plan operativo anual y con la disponibilidad presupuestaria y financiera vigente para cada ejercicio fiscal. ARTÍCULO 6.- Responsabilidad. La Unidad Ejecutora, será responsable directa ante los entes fiscalizadores internos y externos por las operaciones financieras, presupuestarias, contables, y administrativas que realice, por lo que deberá garantizar que se cumpla con una efectiva y oportuna rendición de cuentas. ARTÍCULO 7.- De su Coordinación. La Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, estará coordinada por el Viceministro de Protección Social, quien a su vez, coordinará sus acciones 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gtGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DB

  • EN La GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL financieras y presupuestarias con el Viceministro Administrativo y Financiero, así mismo, coordinará sus acciones sustantivas, de programación y planificación, con el Viceministro de Política, Planificación y Evaluación.
  • EN La GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL financieras y presupuestarias con el Viceministro Administrativo y Financiero, así mismo, coordinará sus acciones sustantivas, de programación y planificación, con el Viceministro de Política, Planificación y Evaluación.

ARTÍCULO 8.~ Administración Financiera. El proceso de administración financiera y presupuestaria de la Unidad Ejecutora, se realizará de forma desconcentrada, por lo tanto, se delega la responsabilidad de la autorización de egresos en el Viceministro de Protección Social, siendo responsables directos del gasto, asimismo de la formulación, programación y ejecución presupuestaria de los recursos utilizados en la ejecución de los programas y proyectos sociales a cargo del Viceministerio de Protección Social, del registro en los sistemas informáticos que para el efecto establezca el Ministerio de Finanzas Públicas y otros que para fines de control interno desarrolle el Ministerio de Desarrollo Social, debiendo respetar y cumplir las disposiciones administrativas, presupuestarias y financieras que dicte el Viceministerio Administrativo y Financiero como rector de la Unidad de Administración Financiera -UDAFdel Ministerio de Desarrollo Social y el titular del Despacho Ministerial como la máxima autoridad del Ministerio. ARTÍCULO 9.- Estructura Orgánica de la Unidad Ejecutora. La Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, contará con los recursos humanos y la estructura organizacional y funcional para garantizar su funcionamiento y adecuado cumplimiento de objetivos y funciones. ARTÍCULO 10.- Cuentadancia. Se autoriza a la Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del MIDES, que gestione ante la Contraloría General de Cuentas, el registro y actualización de la Cuentadancia, de la Unidad Ejecutora y de los responsables de su administración.

ARTÍCULO 11.- Registros. La Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, será la responsable de estructurar y operar los registros presupuestarios, contables, financieros, estadísticos y de cualquier otra naturaleza necesarios para el funcionamiento y adecuado control interno de los planes, programas, proyectos y actividades de la competencia del Viceministerio de Protección Social, bajo el estricto cumplimiento de leyes, normas, reglamentos, y disposiciones que regulan la materia. ARTÍCULO 12.- Transparencia. La Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, elaborará los manuales operativos, de políticas, normas, procesos y procedimientos necesarios para la adecuada administración, de organización y funciones así como, la creación de puestos que coadyuven a una ejecución ágil, eficiente, eficaz y transparente del manejo de los recursos del Estado, los que deben ser autorizados por el titular del Ministerio de Desarrollo Social. 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gt) GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE

GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL El mides a

B ARTÍCULO 13.- Fiscalización. La Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, estará sujeta a la fiscalización de la Contraloría General de Cuentas y a la evaluación periódica de la Auditoría Interna de este Ministerio, ARTÍCULO 14.- Vigencia. El presente Acuerdo Ministerial se considera vigente desde el mismo día de su emisión.

COMUNÍQUESE

od Guillermo Moreno Cordón

MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL

de este Ministerio, ARTÍCULO 14.- Vigencia. El presente Acuerdo Ministerial se considera vigente desde el mismo día de su emisión.

COMUNÍQUESE

od Guillermo Moreno Cordón MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C A, PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gtGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL “SECRETARÍA GENERALMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -MIDESCÉDULA DE NOTIFICACIÓN En la ciudad de Guatemala, siendo las __ lt horas, con O minutos, del día treinta de enero de dos mil diecisiete, constituido en el Despacho del Viceministerio Administrativo y Financiero del Ministerio de Desarrollo Social, ubicado en la tercera avenida seis guión cuarenta y cuatro zona uno del Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala, Notifico al señor Viceministro Administrativo y Financiero del Ministerio de Desarrollo Social Licenciado MSc. José Mauricio Rodríguez Wever, el Acuerdo Ministerial número DS-8-2017, de fecha 27 de enero de 2017, el cual consta de seis folios, por medio del cual se crea la Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, dejando constancia que se hace entrega del Acuerdo Ministerial, por medio de la presente Cédula de Notificación, que entrego en fotocopias simples a:__ Maria Raiva , quien de enterado/a_ Dl firma la presente. Doy Fe. - - - ---emo ool ..

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Observaciones: Ira, Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400

firma la presente. Doy Fe. - - - ---emo ool ..

IFICADOR

Observaciones: Ira, Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400

www.mides.gob.gtGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -SECRETARÍA GENERALMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -MIDESCÉDULA DE NOTIFICACIÓN En la ciudad de Guatemala, siendo las Mi horas, con__ 22 minutos, del día uno de febrero de dos mil diecisiete, constituido en el Despacho del Viceministerio de Protección Social del Ministerio de Desarrollo Social, ubicado en la Avenida del Ferrocarril dos guion sesenta y siete zona trece del Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala, Notifico al señor Viceministro de Protección Social Licenciado Cesar Osvelí Aguirre Gomez, el Acuerdo Ministerial número DS-8-2017, de fecha 27 de enero de 2017, el cual consta de seis folios, por medio del cual se crea la Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, dejando constancia que se hace entrega del Acuerdo Ministerial, por medio de la presente Cédula de Notificación, que entrego en fotocopias simples a: Aarens CUHAVARRIA , quien de enterado/a_ 3) firma la presente. Doy Fe. ----------------———-

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remo 'CEDESPACHO DE PROTECCION SOCIAL

Firma; .. Sra. Avenida 6-14 zona 1, Guatemala CA. PB: www.mides.gob.gtg GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Em mides gt “SECRETARÍA GENERAL - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -MIDESCÉDULA DE NOTIFICACIÓN En la ciudad de Guatemala, siendo las _NucVE horas, con RENTA y Cinco minutos, del día dos de febrero de dos mil diecisiete, constituido en el Despacho del Viceministerio de Política, Planificación y Evaluación del Ministerio de Desarrollo Social, ubicado en la décima calle tres guion treinta y uno de la zona uno del Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala, Notifico al señor Viceministro de Política, Planificación y Evaluación del Ministerio de Desarrollo Social Licenciado Leonidez Demetreo Morán Herrera, el Acuerdo Ministerial número DS-8-2017, de fecha 27 de enero de 2017, el cual consta de seis folios, por medio del cual se crea la Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, dejando constancia que se hace entrega del Acuerdo Ministerial, por medio de la presente Cédula de Notificación, que entrego en fotocopias simples a: Napia Cano , quien de enterado/a di firma la presente. Doy Fe. -------—-—-—-—-—-—-----—..

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GUATEMALA | MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Ma 8 RE RETARIA ¡A HORA, Lo GRS DICTAMEN No. DAJ-013-2017/RERB/jfsc to INGRESO: MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA: Guatemala, veinticinco de enero de dos mil diecisiete. - ASUNTO: MEDIANTE PROVIDENCIA DS NO. 0602-2016/16MC/amrr DE FECHA 7 DE DICIEMBRE DE 2016 EL DESPACHO SUPERIOR TRASLADA A ESTA DIRECCIÓN, OFICIO NO. DFUDAF-132-2016/SV/sv DE FECHA 2 DE DICIEMBRE DE 2016 EMITIDO POR LA LICDA. EMBa. SANDRA R. VELIZ RIZO, DIRECTORA FINANCIERA DE ESTE MINISTERIO, YY SOLICITANDO POR LAS RAZONES EXPUESTAS, AUTORIZAR MEDIANTE ACUERDO — MINISTERIAL LA CREACIÓN DE LA UNIDAD EJECUTORA 204 QUE SE DENOMINARÁ “UNIDAD EJECUTORA DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SOCIALES DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL” PARA CONOCIMIENTO Y PARA QUE SE SIRVA EMITIR | DICTAMEN JURÍDICO.

En atención al asunto descrito en el epígrafe de la presente y en cumplimiento de lo establecido en las literales d), €), $) y h) del artículo 23, del Acuerdo Gubernativo Número 872012, de fecha 30 de abril de 2012, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social; se expone lo siguiente:

1. ANTECEDENTES: 1.1 Oficio No. DF-UDAF-132-2016/SV/sv de fecha 2 de diciembre de 2016 emitido por la Licda. EMBa. Sandra R. Veliz Rizo, Directora Financiera de este Ministerio, solicitando por las razones expuestas, autorizar mediante Acuerdo Ministerial la creación de la Unidad e: Ejecutora 204 que se denominará "Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales : del Ministerio de Desarrollo Social” 1.2 Providencia DS No. 0602-2016/JGMC/amrr Expediente No. 07452 de fecha 7 de diciembre de 2016 mediante el cual se traslada el Oficio No. DF-UDAF-132-2016/SV/sv de fecha 2 de diciembre de 2016 emitido por la Licda. EMBa. Sandra R. Veliz Rizo, Directora Financiera de este Ministerio, Para conocimiento Y para que se sirva emitir dictamen jurídico, y, que de ser procedente, se emita el Acuerdo Ministerial correspondiente.

ECCIÓN

DE

ASESORÍA

JURÍDICA

NISTERIO

DE

DESARROLLO

SOCIAL

ECCIÓN

DE

ASESORÍA

JURÍDICA

NISTERIO

DE DESARROLLO SOCIAL 1.3 Oficio No. VDPS 762-2016/COAG/mg de fecha 28 de diciembre de 2016 emitido por el Viceministro de Protección Social, en respuesta al oficio No. DAJ-450-2016-RERBYjfsc, en donde comparten el tercer considerando del proyecto remitido y asimismo se hacen observaciones sobre contradicciones encontradas en el proyecto de creación de la unidad relacionada. ASES! 16, JOSÉ ODE DE, E > Dn A , 3ra. Avenida 644 zona 1, Guatemala CA, PEN: 23 EL zuatermala wwwmides.gob.gtG GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL 1.4 Providencia DAJ-451-2016/RERB/jfsc de fecha 15 de diciembre de 2016 por medio de la cual esta Dirección Solicita a la Dirección de Recursos Humanos de este Ministerio, por medio de la unidad respectiva emita Dictamen correspondiente, con carácter URGENTE, a efecto que DICTAMINE en cuanto a su competencia, de la creación de la Unidad Ejecutora 204 que se denominará “Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social”.

1.5 Oficio No. DIREH/SUBAP 2017-007 de fecha 9 de enero de 2017 remitido por la Subdirección de Aplicación de Recursos Humanos en respuesta a la providencia DAJ-4512016/RERB/jisc por medio de la cual indican: “esta Subdirección informa que se - sostuvieron varias reuniones con el personal involucrado, logrando establecer que se % ) elaborará una nueva propuesta que sea viable, en el sentido de crear la Unidad Ejecutora 204 para la ejecución de los programas sociales...” Al oficio adjuntan cambios y correcciones en la justificación y en la propuesta, para ser atendidos. 1.6 Providencia No, DAJ-004-201 7-RERB/¡fsc de fecha 11 de enero de 2017, por medio de la cual esta Dirección, devuelve el expediente relacionado, a la Dirección Financiera de este Ministerio, para que se sirvan atender las observaciones y correcciones realizadas por la Dirección de Recursos Humanos y el Viceministerio de Protección Social, ambos de este Ministerio. 1.7 OFICIO-DF-UDAF-011-2017/SV/hms de fecha 11 de enero de 2017 emitido por la Dirección Financiera, dirigido al Viceministerio de Protección Social en respuesta al pronunciamiento realizado, a efecto de determinar la viabilidad técnica de la creación de la Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, adjuntando versión corregida del Proyecto de Acuerdo Ministerial, y la exposición de 7) motivos.

1.8 Oficio SDP-UDAF-MIDES-1155-201 6/CG/mpde fecha 19 de diciembre de 2016 emitido por los Analistas del Presupuesto del Ministerio de Desarrollo Social, con visto bueno de la = - E 5 Directora Financiera, en donde dan respuesta a la providencia DAJ-482-2016/RERB/jfsc, == E adjuntando para el efecto el Dictamen Financiero / Presupuestario Número 14- = SE 2016/SDP/UDAF/MIDES/SV/mp de fecha 19 de Diciembre de 2016. Do Era 1.9 Dictamen Financiero / Presupuestario Número 14-201 6/SDP/UDAF/MIDES/SV/mp de fecha 19 de Diciembre de 2016 emitido por los Analistas del Presupuesto del Ministerio de Desarrollo Social, con visto bueno de la Directora Financiera en donde dictaminan: “Procedente contar con una Unidad Ejecutora específica para los Programas Sociales, ya que los principales productos y subproductos del MIDES están directamente vinculados a la ejecución de los programas sociales...”

MINISTERIO

UE DESARROLLO SOCIA! . 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA, PAX: 2300-5400 E mides gt EE Mides Guatemala ws mides b g DESA, ea de %it L B GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL 1.10 Providencia DAJ-449-2016/RERB/ffsc de fecha 15 de diciembre de 2016 por medio de la cual esta Dirección solicita al Viceministerio de Política, Planificación y Evaluación de este Ministerio, por medio de la unidad respectiva emita Dictamen correspondiente, con carácter URGENTE, a efecto que DICTAMINE en cuanto a su competencia, de la creación

de la cual esta Dirección solicita al Viceministerio de Política, Planificación y Evaluación de este Ministerio, por medio de la unidad respectiva emita Dictamen correspondiente, con carácter URGENTE, a efecto que DICTAMINE en cuanto a su competencia, de la creación de la Unidad Ejecutora 204 que se denominará "Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del Ministerio de Desarrollo Social”. 1.11 Dictamen DPYP-ERS-dba 005-2016 de fecha 22 de diciembre de 2016 emitido por la Directora de Planificación y Programación del Viceministerio de Política, Planificación y Evaluación, en donde opinan: “Esta dirección considera oportuna la creación de una nueva Unidad Ejecutora que agrupe a los Programas Sociales del Viceministerio de Protección Social que no pertenecen al Fondo de Protección Social, agilizando la ejecución de estos programas y mejorando el ordenamiento del MIDES, dando así cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto Número 101-97 mediante la desconcentración de la ejecución presupuestaria y financiera de los programas y proyectos del MIDES," 1.12 Oficio No. VDPS 027-2017/CIAG/mg de fecha 18 de enero de 2017 emitido por el Viceministro de Protección Sacial, dirigido a la Directora Financiera, adjuntando para el efecto la Opinión Técnica VPS-OP-001-2017/COAG/ec/hr sobre la Creación de la Unidad Especial de Ejecución denominada Unidad Ejecutora de Proyectos Sociales del Mides. 1.13 Opinión Técnica VPS-OP-001-2017/COAG/ec/hr sobre la Creación de la Unidad

Especial de Ejecución denominada Unidad Ejecutora de Proyectos Sociales del Mides. 1.13 Opinión Técnica VPS-OP-001-2017/COAG/ec/hr sobre la Creación de la Unidad Especial de Ejecución denominada Unidad Ejecutora de Proyectos Sociales del Mides, emitida por el Viceministro de Protección Social de este Ministerio, en donde Opina: “Con la desconcentración administrativa y financiera del Ministerio se está atendiendo lo que para el efecto establece el artículo 2 del Decreto número 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto así como el artículo 1 del Acuerdo Gubernativo 540-2013, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, por lo que se opina favorablemente a la emisión del correspondiente Acuerdo Ministerial que crea la Unidad Especial de Ejecución denominada Unida Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del MIDES a cargo del Viceministerio de Protección Social.” 1.14 Justificación del proyecto de Acuerdo Ministerial para la creación de la Unidad Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del MIDES. 1.15 Proyecto del Acuerdo Ministerial para la creación de la Unidad Ejecutora denominada “Unida Ejecutora de Programas y Proyectos Sociales del MIDES.” 1.16 OFICIO-DF-UDAF-019-2017/SV/hms de fecha 24 de enero de 2017 emitido por la mídes gr Mides Guatemala wo mides gob gt Directora Financiera del Ministerio de Desarrollo Social, en atención a la Providencia 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 23005400A

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA OE

GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 23005400A GOBIERNO DE LA REPÚBLICA OE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DAJ-004-2017/RERB/jfsc, en donde indican: “1. Se revisó el Proyecto de creación de la Unidad Ejecutora 204 en formación y se realizaron los ajustes sugeridos por el Viceministro de Protección Social y la Dirección de Recursos Humanos, así como otros considerados pertinentes. 2. Se elaboraron los oficios con referencia OFICIO-DF-UDAF011-2017/SV/hms y OFICIO-DF-UDAF-012-201 7, de fecha 11 de enero del año 2017, a los cuales se le adjuntó copia original de la versión corregida del Proyecto de Acuerdo Ministerial por medio del cual se crea la Unidad Ejecutora 204 en formación, la exposición de motivos, los oficios en referencia fueron remitidos Viceministro de Protección Social y a la Dirección de Recursos Humanos respectivamente.” Adicionalmente se hacen otras justificaciones sobre el expediente descrito.

2. CONSIDERACIONES LEGALES DEL CASO CONCRETO: a LEGALES DEL CASO CONCRETO: 2.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA id DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Artículo 194. Funciones del ministro. Cada ministerio estará a cargo de un ministro de Estado, quien tendrá las siguientes funciones: a) Ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su ministerio; €) Presentar anualmente al Presidente de la República, en su oportunidad, el proyecto de presupuesto de su ministerio; 1) Dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio;

€) Presentar anualmente al Presidente de la República, en su oportunidad, el proyecto de presupuesto de su ministerio; 1) Dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio; i) Velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo.

22 LEY DEL ORGANISMO EJECUTIVO, DECRETO NÚMERO 114-97 DEL ) Wm cda

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ARTICULO 25. Unidades Especiales de Ejecución. Por medio de acuerdo ministerial, los ministros podrán crear y suprimir Unidades Especiales de Ejecución, las cuales les estarán adscritas y responderán ante su autor

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