Acuerdo Ministerial 858-2013
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 858-2013
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2013
“a Pagina 1 de 1
MINISTERIO DE EDUCACION Ao ho 0053-2013 10 1 Contrato(s) 189 de DIGEDUCA
ACUERDO MINISTERIAL No. 0858-2013
Guatemala, 08 de Marzo de 2013 Guatemala, C. A. LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, corresponde a la Autoridad Superior, aprobar los contratos que se celebren en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.
CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, considera necesaria la contratación de servicios profesionales, con cargo al renglón presupuestario 189 "Otros Estudios y/o Servicios", del Presupuesto General de Egresos del Estado, vigente para el año 2012, por lo que es procedente aprobar el contrato suscrito y darle validez a sus cláusulas contractuales.
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literal m) Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 48 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y 26de su Reglamento, Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del — Ministerio de Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de . | Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18.
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las diecisiete (17) cláusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Profesionales,
ACUERDA: Artículo 1. Se aprueban las diecisiete (17) cláusulas de que consta el Contrato Administrativo de Servicios Profesionales, bajo el renglón presupuestario 189, que se enuncia en el artículo 2 del presente acuerdo.
Artículo 2. Se contratan los servicios profesionales de la Dependencia del Ministerio de Educación, detallados a continuación, bajo la partida presupuestaria respectiva, a la persona indicada en el contrato siguiente: « DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA N 2013-1113-0008-120"14-00-000-002:189-0101-11000-0000-0000 Número de Nombre de l B a Valor Total del Contrato contrato ombre de la Persona Contratada (IVA incluido) <18931-013 HORACIO SALVADOR PELLECER RIVERA <Q 55,000.00 El plazo, actividades asignadas y demás pormenores se detallan en el instrumento contractual en referencia. Artículo 3. El producto que se entregue como consecuencia de la contratación respectiva quedará en resguardo de la ¡ Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa, debiendo autorizar el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago correspondiente, donde conste la entrega oportuna del producto requerido en el documento contractual en referencia. Artículo 4. Por el contrato suscrito queda bajo estricta responsabilidad del Director o representante de la Voirección General de Evaluación e Investigación Educativa, la rendición de cuentas ante la Contraloría General de Cuentas, Dirección de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente. COMUNÍQUESE / Colom io.
de Auditoría Interna del Ministerio de Educación y otros entes fiscalizadores. Artículo 5. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente. COMUNÍQUESE / Colom io.
CINTHYA A DEL /GUILA MENDIZABRE'
ALFREDO GUSTAVO GARCÍA AROS
VICENINISTRO DE EDUCACIÓNMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 31 - 17
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES
NUMERO CIENTO OCHENTA Y NUEVE GUION TREINTA Y UNO GUION DOS MIL TRECE (189-31-2013) / En la ciudad de Guatemala, el día seis (06) de marzo del año dos mil trece (2013).
NOSOTROS: LUISA FERNANDA MÜLLER DURÁN de treinta y nueve (39) años de edad, soltera, guatemalteca, Licenciada en Educación, de este domicilio, con cédula de vecindad número de orden A guión uno (A-1) y de registro ochocientos noventa y dos mil setecientos ochenta y cinco (892785), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de ¡Guatemala actuando por delegación de La Señora Ministra de Educación mediante el Acuerdo Ministerial cero cero cero dos guión dos mil trece (0002-2013), de fecha dos (02) de enero del año dos mil trece (2013), en representación del Ministerio de Educación de Guatemala, en mi calidad de Directora de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa -DIGEDUCAlo que acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero cero setenta y siete guión dos mil nueve (DIREH-0077-2009), de
acredito por medio del nombramiento contenido en Acuerdo Ministerial número DIREH guión cero cero setenta y siete guión dos mil nueve (DIREH-0077-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009), y certificación del Acta de toma de posesión del cargo, número ocho guión dos mil nueve (8-2009), de fecha dos (02) de enero del año dos mil nueve (2009) asentada en el Libro de Actas de hojas móviles Número y folio número 0793 de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, autorizado por la Contraloría General de Cuentas con registro número L dos dos mil ochocientos sesenta y cuatro (L22864) y folio número 0793, señalando para recibir notificaciones en Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación, quinta calle (5) cuatro guión treinta y tres (4-33), zona uno (1), Edificio Plaza Rabí sede la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa; y, por la otra parte, ACIO SALVADOR PELLECER RIVERA de cuarenta y ocho (48) años de soltero, guatemalteco, LICENCIADO EN ECONOMÍA CON MAESTRÍA
MEDICIÓN, EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVAS, colegiado
(a) número doce mil seiscientos cincuenta y tres (12653), con domicilio en el Departamento de Guatemala. Me identifico con el Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación número un mil setecientos setenta y ocho, cero cinco mil doscientos treinta y cuatro, cero ciento uno (1778 052340101), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, con
Identificación con Código Único de Identificación número un mil setecientos setenta y ocho, cero cinco mil doscientos treinta y cuatro, cero ciento uno (1778 052340101), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, con
residencia en LOTE 88, SECCIÓN F,COLONIA EL MILAGRO, ZONA 6,
ICHUA 49MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 31 - 27 municipio de Mixco departamento de Guatemala lugar que señalo para recibir notificaciones. En lo sucesivo, ambos otorgantes en su orden, nos denominaremos “EL MINISTERIO” y “EL (LA) CONTRATISTA”, y por medio de este documento convenimos en celebrar CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS PROFESIONALES, de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: BASE LEGAL. Artículos 1, 3, 44, numeral 1sub-numeral 1.9, 47, 48y 49 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado; 26 del Acuerdo Gubernativo Número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del - Estado; 27 inciso r) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; Acuerdo Ministerial Número 215-2004 del Ministerio de a Finanzas Públicas y sus modificaciones, Manual de Clasificaciones Presupuestarias QU para el Sector Público de Guatemala, Clasificado en el Grupo 1, Subgrupo 18. i SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", > N— que se compromete a prestar sus SERVICIOS PROFESIONALES a "EL
MINISTERIO", como/para CATEGORIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS
i SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO. Manifiesta "EL (LA) CONTRATISTA", > N— que se compromete a prestar sus SERVICIOS PROFESIONALES a "EL MINISTERIO", como/para CATEGORIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS SEGÚN VARIABLES SIGNIFICATIVAS EN LA EVALUACIÓN DE GRADUANDOS 2012., bajo la supervisión de la Dirección General de Evaluación e Investigación Educativa. Debiendo llevar a cabo las actividades siguientes: a) Procederá a realizar un análisis de consistencia interna de las variables, específicamente de aquellas cuyos estudios previos han demostrado ser significativas asociadas al B rendimiento. En caso de hallar datos faltantes hacer los ajustes necesarios basados en criterios técnicos; b) Identificará las variables significativas agrupándolas en categorías para ser probadas en modelos multinivel, luego del cual se procederá a seleccionar las que resulten ser estadísticamente significativas; c) Presentará varias propuestas de modelos argumentando las ventajas y desventajas de cada una de ellas según su A . q budez para explicar el rendimiento en los resultados de las pruebas; d) Caracterizar oéiderando las variables significativas; e) Redactara un informe cuantitativo y cualitativo de sus hallazgos respecto a las variables significativas que están asociadas al rendimiento; "f) Describirá sistemáticamente los procedimientos estadísticos empleados en la generación de los resultados que contiene el informe; g) Deberá entregar en digital las nuevas variables generadas. Asimismo, "EL (LA) CONTRATISTA" se ICHUA
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compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO No. 1: Descripción de la metodología pertinente para escudriñar las variables significativas asociadas a los
ICHUA
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compromete a entregar los siguientes productos: PRODUCTO No. 1: Descripción de la metodología pertinente para escudriñar las variables significativas asociadas a los resultados obtenidos por los establecimientos del ciclo diversificado de nivel medio. Entregará 2 informes en digital uno quedará en resguardo de la Subdirección de Análisis de la DIGEDUCA y el otro formará parte del expediente de pago. Se entregará el 01 de abril de 2013; PRODUCTO No. 2: Informe de los hallazgos, producto de la aplicación de los modelos estadísticos relacionados con las variables significativas asociadas al rendimiento de los estudiantes en los establecimientos educativos. Entregará 2 informes en digital uno quedará en resguardo de la Subdirección de Análisis de la DIGEDUCA y el otro formará parte del expediente de pago. Se entregará el 02de mayo del año 2013; PRODUCTO No. 3: Informe narrativo, VES descriptivo y cualitativo de los resultados de las variables significativas que tienen - relación sustantiva entre el rendimiento de los estudiantes y los establecimientos = educativos con resultados finales. Entregará 2 informes en digital uno quedará en Ny resguardo de la Subdirección de Análisis de la DIGEDUCA y el otro formará parte del expediente de pago. Se entregará el 03 de junio de 2013; PRODUCTO No. 4: Base de datos con el índice de variables significativas. Entregará CD con la base de datos depurada con las variables que se utilizaron en los modelos para obtener los resultados finales, así como describirá sistemáticamente los procedimientos estadísticos empleados en la generación de los resultados que contiene el informe. Adjuntar en
depurada con las variables que se utilizaron en los modelos para obtener los resultados finales, así como describirá sistemáticamente los procedimientos estadísticos empleados en la generación de los resultados que contiene el informe. Adjuntar en versión digital las nuevas variables generadas. Entregará 2 informes en digital uno quedará en resguardo de la Subdirección de Análisis de la DIGEDUCA y el otro formará parte del expediente de pago. Se entregará el 2 de julio de 2013. TERCERA: NTO TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO. "EL MINISTERIO" eUmpromete a pagarle a "EL (LA) CONTRATISTA", la y cantidad total de NTA Y CINCO MIL QUETZALES EXACTOS (Q.55,000.00), distribuida én cuatro (4) pagos de la siguiente manera: Un primer pago por un monto de ONCE MIL QUETZALES EXACTOS (Q.11,000.00) equivalentes al veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 1 indicado en los Términos de Referencia. Un segundo pago por un monto de ONCE MIL QUETZALES EXACTOS (Q.11,000.00) equivalentes al veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 2 indicado en los Términos de
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Referencia. Un tercer pago por un monto de TRECE MIL SETECIENTOS CINCUENTA QUETZALES EXACTOS (Q.13,750.00) equivalentes al veinticinco por ciento (25%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 3 indicado en los Términos de Referencia. Y un cuarto y último pago por un monto de
ciento (25%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 3 indicado en los Términos de Referencia. Y un cuarto y último pago por un monto de
DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA QUETZALES EXACTOS
(Q.19,250.00) equivalentes al treinta y cinco por ciento (35%) del monto total del contrato, contra entrega a satisfacción del Producto 4 indicado en los Términos de Referencia. Cada pago se realizará contra entrega del informe y productos establecidos por los Términos de Referencia que dan origen al presente contrato. La DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA, deberá extender el Certificado de Conformidad y Autorización de Pago contra la entrega de cada uno de XL los productos, en la que conste su presentación oportuna por "EL (LA) CONTRATISTA" y los productos quedarán en resguardo de la DIRECCIÓN — GENERAL DE EVALUACIÓN E INVESTIGACIÓN EDUCATIVA. Los pagos que se efectúen en cumplimiento del presente contrato, se cargarán a la partida presupuestaria número: dos mil trece guión un mil ciento trece guión cero cero cero ocho guión ciento veinte guión catorce guión cero cero guión cero cero cero guión cero cero dos guión ciento ochenta y nueve guión cero ciento uno guión once mil guión cero cero cero cero Eu Y 7 SAPO °, e yr cero (2013-1113-0008-120-14-00-000-002-189-0101-11000-0000-0000) del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, consignada en la Solicitud de Gasto/Requerimiento que sirve de base para esta contratación, o la(s) que se cree(n) en
General de Ingresos y Egresos del Estado, consignada en la Solicitud de Gasto/Requerimiento que sirve de base para esta contratación, o la(s) que se cree(n) en un futuro para este concepto. CUARTA: PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO. plazo y la vigencia del presente contrato inicia a partir de su aprobación a través del dido Ministerial correspondiente y finalizará el dos (02) de julio del año dos mil 5 12013). Queda establecido que este contrato bajo ningún concepto ni circunstancia 7 una expectativa de contratación, derecho a prórroga o derecho a una nueva contratación en el presente y/o subsiguientes años, y, concluirá sin responsabilidad para “EL MINISTERIO”, en la fecha establecida en la presente cláusula. QUINTA: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. De conformidad con los artículos 65 y 69 de la Ley de Contrataciones del Estado y 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en este ICHUA 4oMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 31 - 57 contrato y como requisito previo a su aprobación, mediante el Acuerdo Ministerial correspondiente, “EL (LA) CONTRATISTA” se obliga a prestar a favor y entera satisfacción del "Ministerio de Educación", Seguro de Caución (Fianza de Cumplimiento), equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. De conformidad con la literal a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha garantía deberá estar vigente hasta el dos (02) de julio
Cumplimiento), equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. De conformidad con la literal a) del artículo 39del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, dicha garantía deberá estar vigente hasta el dos (02) de julio del año dos mil trece (2013), fecha en que termina la contratación. Esta garantía podrá hacerse efectiva, si “EL (LA) CONTRATISTA”, incumple con lo estipulado en cualquiera de las cláusulas del contrato. SEXTA: PROHIBICIONES. En ningún caso podrá “EL (LA) CONTRATISTA” enajenar, ceder, traspasar o disponer en cualquier forma o título, total o parcialmente, los derechos que adquiere a través de este contrato, de lo contrario "EL. MINISTERIO" queda facultado para dar por terminado el mismo en forma automática y sin necesidad de trámite alguno, aplicando las sanciones que correspondan conforme a las leyes que rigen la materia. Esta prohibición prevalecera aún después de haber finalizado por cualquier causa el presente contrato, haciéndose responsable "EL (LA) CONTRATISTA" por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar. SÉPTIMA: DERECHOS DE AUTOR. Los derechos de autor y derechos conexos vinculados con cualquier clase de material producido bajo los términos de este contrato, son propiedad exclusivamente de "EL MINISTERIO". OCTAVA: FINIQUITO. El finiquito que se otorgue deberá ser recíproco entre las partes, de conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
NOVENA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. "EL MINISTERIO", sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato en cualquier
conformidad con el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
NOVENA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO. "EL MINISTERIO", sin responsabilidad de su parte, podrá dar por terminado este contrato en cualquier momento de la forma siguiente: A) Unilateralmente: a) Por incumplimiento de las concluir la relación contractual, y la liquidación de todo pago pendiente así como el otorgamiento del finiquito correspondiente Y, C) Por la ocurrencia de caso fortuito o fuerza mayor. DÉCIMA: SUJECIÓN DE LAS PARTES A LAS LEYES DE LA REPÚBLICA Y SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Las partes se someten a las leyes ICHUAMINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 31 - 67 de la República de Guatemala en todo lo relacionado a este contrato y convienen expresamente que, cualquier diferencia o reclamación que surgiere entre las partes, derivadas del mismo, se resolverán sometiéndolas a la competencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 102 de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio que "EL MINISTERIO" ejerza las acciones legales que — correspondan. DÉCIMA PRIMERA: CARGAS TRIBUTARIAS. El monto del presente contrato incluye el Impuesto al Valor Agregado -IVAy está sujeto a cualquier otro impuesto, tasa o contribución que fijen las leyes vigentes del país. "EL (LA) CONTRATISTA" está obligada a pagar oportunamente sus impuestos y demás obligaciones que adquiere al suscribir este contrato. DÉCIMA SEGUNDA: DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL PRESENTE CONTRATO. Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: a) Los términos de referencia; b) el expediente que sirvió de base para su
contrato. DÉCIMA SEGUNDA: DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL PRESENTE CONTRATO. Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos: a) Los términos de referencia; b) el expediente que sirvió de base para su elaboración; y, c) todos los documentos e informes que se produzcan como consecuencia del presente contrato, los cuales serán propiedad exclusiva de "EL MINISTERIO". DÉCIMA TERCERA: CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN. Los servicios que prestará “EL (LA) CONTRATISTA” serán de carácter PROFESIONALES, por lo que no tiene calidad de servidor público ni derecho a prestaciones de carácter laboral. La retribución acordada no tiene calidad de sueldo o salario, sino de HONORARIOS. DÉCIMA CUARTA: APROBACIÓN. Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes, deberá ser aprobado de conformidad con la Ley. DÉCIMA QUINTA: NOTIFICACIÓN A LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS. De conformidad con lo que establece el artículo 75 de la ley de Contrataciones del Estado, del presente contrato, de su “an umplimiento, resolución, rescisión o nulidad, "EL MINISTERIO" deberá remitir, E jtro del plazo de treinte (30) días contados a partir de su aprobación, o de la #spectiva decisión, una copia a la Contraloría General de Cuentas, para efectos de registro, control y fiscalización. DÉCIMA SEXTA: DEL COHECHO. "EL (LA) CONTRATISTA" manifiesta, que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73
CONTRATISTA" manifiesta, que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de "EL MINISTERIO" para aplicar las ICHUA 43MINISTERIO DE EDUCACION GUATEMALA C.A. 31 - 77 sanciones administrativas que pudieran corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DÉCIMA SÉPTIMA: ACEPTACIÓN. En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes leemos íntegramente el presente contrato y enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptamos, ratificamos y firmamos en siete (7) hojas de papel membretado del Ministerio de Educación, impresas únicamente en su anverso. 77 Le E de laHi irección General de EvalN Investigación Educativa -DIGEDUCA- ” A
Ene, 7 HORACIO sadporr PELLECER RIVERA
Licda. Luisa Müller Durán DIRECTORA GENERAL -DIGEDUCAICHUA hz