🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Acuerdo Ministerial 85A2016

Ministerio de Desarrollo Social

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 85A2016
Autor
Ministerio de Desarrollo Social
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2016

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL E mides gr BED arios 7

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

ACUERDO MINISTERIAL No. DS-85A-2016

Guatemala, 28 de diciembre de 2016 EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL CONSIDERANDO Que de conformidad con lo preceptuado en el inciso f) del artículo 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala, es función de los Ministros de Estado, dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio. CONSIDERANDO Que el Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, en su artículo 25, establece que por medio de Acuerdo Ministerial, los Ministros podrán crear y suprimir Unidades Especiales de Ejecución, las cuales les estarán adscritas y responderán ante su autoridad, y que en la creación de dichas unidades se establecerán los recursos materiales, humanos y financieros de los cuales dispondrá para el descargo de sus funciones. CONSIDERANDO Que el Acuerdo Ministerial 16-2013 de fecha diez de enero de dos mil trece, que creó la Unidad Ejecutora del Fideicomiso denominado Fondo de Protección Social, es necesario derogarlo en virtud que el Ministerio de Desarrollo Social ejecuta otros programas de proyección social, enfocados a combatir la pobreza y pobreza extrema en áreas vulnerables del territorio nacional; y emitir un nuevo Acuerdo Ministerial que permita viabilizar la ejecución presupuestaria y financiera de los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo Social concentrados en la Unidad

extrema en áreas vulnerables del territorio nacional; y emitir un nuevo Acuerdo Ministerial que permita viabilizar la ejecución presupuestaria y financiera de los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo Social concentrados en la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, sin que obstaculice la ejecución de los programas sociales correspondientes al Fideicomiso. CONSIDERANDO Que la Dirección de Asesoría Jurídica de este Ministerio, emitió Dictamen favorable, número DAJ-712A-2016/RERB/cabg de fecha veintisiete de diciembre de dos mil dieciséis, el cual en su parte conducente literalmente establece: “A. Que es PROCEDENTE la creación de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, como una Unidad adscrita al Despacho Superior del Ministerio de Desarrollo Social la que se denominara Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social y podrá abreviarse -FPSmediante Acuerdo Ministerial y que procede la Derogatoria del Acuerdo Ministerial Número 16-2013 de fecha 10 de enero de 2013 del Ministerio de Desarrollo Social que creaba la Unidad Ejecutora del Fideicomiso Fondo de Protección Social”, en el mismo sentido se emiten los siguientes documentos: a) Opinión Técnica VPS-OP-2016/COAG, emitida por el 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gtE GOBIBRNO DE LA REPÚBLICA DE

GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL E mides el

LRViceministro de Protección Social; b) Opinión Sobre Acuerdos Ministeriales de

www.mides.gob.gtE GOBIBRNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL E mides el LRViceministro de Protección Social; b) Opinión Sobre Acuerdos Ministeriales de Creación de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, emitida por la Subdirección de Fideicomisos con refrendo de la Directora Financiera; c) Opinión Técnica número SUBAP-04-2016 de fecha veintiséis de diciembre de dos mil dieciséis, emitida por la Subdirección de Aplicación de Recursos Humanos con refrendo del Jefe de Análisis de Puestos y Salarios con Visto Bueno de la Directora de Recursos Humanos, todos del Ministerio de Desarrollo Social. POR TANTO Con base en las leyes citadas y ejercicio de las funciones conferidas en los artículos: 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala: 24, 27 y 31 Bis., del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; Artículo 12 del Acuerdo Gubernativo No. 217-95; y Artículo 7., literales i. y j. y 29., del Acuerdo Gubernativo 87-2012, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Desarrollo Social. ACUERDA ARTÍCULO 1.- Creación. Se crea la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, como una Unidad adscrita al Despacho Superior del Ministerio de Desarrollo Social, la que se denominará Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Socia! y podrá abreviarse como -FPS.- ARTÍCULO 2.- Denominación. De conformidad a lo indicado en el artículo

Desarrollo Social, la que se denominará Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Socia! y podrá abreviarse como -FPS.- ARTÍCULO 2.- Denominación. De conformidad a lo indicado en el artículo anterior, en todos los documentos y disposiciones legales en donde aparezca la denominación “Unidad Ejecutora del Fideicomiso Fondo de Protección Social” o “Unidad de Ejecución del Fondo de Protección Social” o “Unidad Ejecutora (202) Fondo de Protección Social”, se deberá entender que se refiere a la “Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social”. ARTÍCULO 3.- Objeto. La Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, tiene por objeto la ejecución presupuestaria, financiera y contable de programas y proyectos sociales establecidos por el Ministerio de Desarrollo Social, relacionados con la educación, salud, nutrición, adultos mayores y población vulnerable, que contribuyan al desarrollo económico y social de la población guatemalteca, ejecutados a través del Viceministerio de Protección Social; y la Coordinación y cumplimiento de las directrices que establezca el Comité Técnico del Fideicomiso Fondo de Protección Social en relación al Fideicomiso. ARTÍCULO 4.- Duración y Alcance. El tiempo de duración de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social será indefinido, dada la naturaleza del 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 23 Www.mides.gob.glGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Ministerio de Desarrollo Social, como rector de la ejecución de las políticas públicas en materia de desarrollo social.

Www.mides.gob.glGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Ministerio de Desarrollo Social, como rector de la ejecución de las políticas públicas en materia de desarrollo social. ARTÍCULO 5.- De su Coordinación. La Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, estará a cargo de un Director Ejecutivo, el cual será nombrado por el titular del Ministerio de Desarrollo Social. ARTÍCULO 6.- Estructura Orgánica de la Unidad Ejecutora. La Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, para el cumplimiento de los objetivos y funciones que se establezcan, deberá contar con una estructura organizacional y funcional que le permita garantizar su apropiado desarrollo y funcionamiento. ARTÍCULO 7.- De sus Funciones. La Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, tendrá las siguientes funciones: a) Fungir como Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social. b) Planificar, dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades que se desarrollan en función del manejo del presupuesto de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social y del Fideicomiso Fondo de Protección Social, de conformidad a las directrices que establezca la Autoridad Administrativa Superior del Ministerio de Desarrollo Social y el Comité Técnico del Fideicomiso Fondo de Protección Social, según corresponda. c) Coordinar la elaboración del Plan Operativo Anual y formular el anteproyecto de presupuesto de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social. d) Evaluar, analizar, gestionar y realizar la contratación y compra de bienes,

c) Coordinar la elaboración del Plan Operativo Anual y formular el anteproyecto de presupuesto de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social. d) Evaluar, analizar, gestionar y realizar la contratación y compra de bienes, suministros o servicios, de acuerdo a las leyes y reglamentos vigentes, de forma eficaz, eficiente y transparente, así como el archivo y custodia de documentos de respaldo, cumpliendo con los procedimientos legalmente establecidos. e) Analizar, integrar y conciliar periódicamente la información financiera del Fideicomiso denominado “Fondo de Protección Social”, y solicitar al Fiduciario las notas aclaratorias e información que se considere necesaria para el respectivo análisis e integración de los estados financieros que emita el Fiduciario. f) Realizar la programación y ejecución presupuestaria, según los lineamientos, las directrices y normas que para el efecto establezca el Ministerio de Finanzas Públicas y el Ministerio de Desarrollo Social. 9) Aprobar el registro contable de los ingresos propios y egresos de recursos financieros, en el Sistema de Gestión -SIGESy Sistema de Contabilidad Integrada -SICOIN-, según corresponda, garantizando que los mismos se realicen de forma eficaz, eficiente, transparente y con apego a la normativa vigente. 3ra, Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gtE

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE

UATEMALA

> MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL E mides at ETE h) Administrar, controlar, registrar y custodiar los fondos y valores asignados a

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE

UATEMALA

> MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL E mides at ETE h) Administrar, controlar, registrar y custodiar los fondos y valores asignados a través de los Fondos Rotativos Internos, y otros recursos financieros que le sean otorgados para su funcionamiento. i) Coordinar la elaboración de los informes mensuales, cuatrimestrales y anuales de la ejecución presupuestaria, que reflejen los avances y resultados de las metas físicas y financieras incluidas en el Plan Operativo Anual de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, a fin de cumplir en forma oportuna con la rendición de cuentas. i) Solicitar a la dependencia competente del Ministerio de Desarrollo Social, la elaboración de los reglamentos, manuales de políticas, normas, procesos y procedimientos, organización y funciones, con apego a la normativa legal vigente aplicable a los fondos sociales y someterlos a consideración y aprobación de las autoridades según corresponda. ARTÍCULO 8.- Administración Financiera. El proceso de administración financiera de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, se realizará de forma desconcentrada, por lo tanto, se delega en la Dirección Ejecutiva, la autorización de egresos, siendo responsables directos del gasto, así como de la formulación, programación y ejecución presupuestaria en los sistemas informáticos que para el efecto establezca el Ministerio de Finanzas Públicas y el Ministerio de Desarrollo Social. ARTÍCULO 9.- Recursos. La Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, contará con recursos humanos, mobiliario y equipo para que cumpla con sus

Ministerio de Desarrollo Social. ARTÍCULO 9.- Recursos. La Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, contará con recursos humanos, mobiliario y equipo para que cumpla con sus objetivos. Dicha Unidad dispondrá de recursos financieros de conformidad con el plan operativo anual y con la disponibilidad presupuestaria. ARTÍCULO 10.- Responsabilidad. La Dirección Ejecutiva, será responsable directa ante los entes fiscalizadores internos y externos, por las operaciones administrativas, presupuestarias, contables, y financieras que realice la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, por lo que deberá garantizar que se cumpla con una efectiva y oportuna rendición de cuentas. ARTÍCULO 41.- Funciones del Comité Técnico. El Comité Técnico es el órgano de decisión del Fideicomiso Fondo de Protección Social y normará sus funciones a través del Reglamento correspondiente, el cual deberá ser autorizado por el Fideicomitente y el Fiduciario. ARTÍCULO 12.- Cuentadancia. El Director Ejecutivo deberá gestionar el registro y actualización de la cuentadancia ante la Contraloría General de Cuentas y solicitar la autorización de los formularios, hojas movibles o libros necesarios para el registro y control de sus operaciones y actuaciones. 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gtE GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL El mides gt 8 a nz ARTÍCULO 13.- Registros. La Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, es responsable de estructurar y operar los registros presupuestarios, contables,

GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL El mides gt 8 a nz ARTÍCULO 13.- Registros. La Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, es responsable de estructurar y operar los registros presupuestarios, contables, financieros, administrativos y de cualquier otra naturaleza, en los sistemas informáticos establecidos por el Ministerio de Finanzas Públicas y otros sistemas que se consideren necesarios, para el funcionamiento de las actividades que se desarrollan en la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, bajo el estricto cumplimiento de leyes y disposiciones vigentes que regulan la materia. ARTÍCULO 14.- Fiscalización. La Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, estará sujeta a la fiscalización de la Contraloría General de Cuentas, a las revisiones de Auditoría Interna del Ministerio de Desarrollo Social; para el efecto deberá proporcionar toda la información que le sea requerida durante el proceso de revision. ARTÍCULO 15.- Aplicación de Otras Disposiciones. La adquisición y contratación de bienes, suministros y servicios, así como otras transferencias a personas, necesarias para el funcionamiento de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, deberán regirse por la normativa establecida en el Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y su respectivo Reglamento, así como otras normas y leyes relacionadas; en el caso especifico de los Fideicomisos se aplicará la legislación vigente. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS ARTÍCULO 16.- Manual de Organización y Puestos. Dentro de los ciento veinte días siguientes a la emisión del presente Acuerdo Ministerial, la Unidad Ejecutora

vigente. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS ARTÍCULO 16.- Manual de Organización y Puestos. Dentro de los ciento veinte días siguientes a la emisión del presente Acuerdo Ministerial, la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social deberá coordinar la actualización del Manual de Organización y Puestos del Fondo de Protección Social, el cual será sometido a consideración y aprobación de la Autoridad Administrativa Superior del Ministerio de Desarrollo Social. ARTÍCULO 17.- Del Director Ejecutivo y su personal. Mientras se instaura la estructura organizacional de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, funcionará a cargo del personal nombrado para el efecto por el titular del Ministerio de Desarrollo Social. ARTÍCULO 18.- Continuidad. Todos los bienes, derechos y obligaciones adquiridos por la Unidad Ejecutora del Fideicomiso Fondo de Protección Social, se trasladan a la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, a partir de la presente fecha. 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2300-5400 www.mides.gob.gtGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL La ARTÍCULO 19.- Todas las actuaciones realizadas por la Unidad Ejecutora del Fideicomiso del Fondo de Protección Social, amparadas mediante Acuerdo Ministerial 16-2013 de fecha diez de enero de dos mil trece mantienen su validez. ARTÍCULO 20.- Derogatoria. Se deroga el Acuerdo Ministerial número dieciséis guion dos mil trece (16-2013) de fecha diez de enero de dos mil trece, emitido por

ARTÍCULO 20.- Derogatoria. Se deroga el Acuerdo Ministerial número dieciséis guion dos mil trece (16-2013) de fecha diez de enero de dos mil trece, emitido por el titular del Ministerio de Desarrollo Social, así como cualquier otra disposición que se oponga al contenido del presente Acuerdo. ARTÍCULO 21.- Vigencia. El Presente Acuerdo Ministerial empieza a regir de forma inmediata. COMUNÍQUESE 2 pi Egeo José Guillermo Moreno Cordón TEA» 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala C.A. PBX: 2500-5400 www.mides.gob.tGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -SECRETARÍA GENERALMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL -MIDESCÉDULA DE NOTIFICACIÓN En la ciudad de Guatemala, siendo las _ /3 horas, con_/0) minutos, del día veintiocho de diciembre de dos mil dieciséis, constituido en la tercera avenida seis guión cuarenta y cuatro zona uno del Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala, Notifico al Coordinador de la Unidad Ejecutora Fondo de Protección Social, adscrita al Ministerio de Desarrollo Social, Licenciado José Alejandro Dávila, el Acuerdo Ministerial número DS-85A-2016, de fecha 28 de diciembre de 2016, el cual consta de seis folios, por medio del cual se crea la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, como una unidad adscrita al Despacho Superior del Ministerio de Desarrollo Social, dejando constancia que se hace entrega del Acuerdo Ministerial, por medio de la presente Cédula de Notificación, que entrego en fotocopias . — simples

Despacho Superior del Ministerio de Desarrollo Social, dejando constancia que se hace entrega del Acuerdo Ministerial, por medio de la presente Cédula de Notificación, que entrego en fotocopias . — simples a_ El MISMO , quien de enterado/a_51 __ firma la presente. Doy Fe. -----------===eceeeroooeETAAe e e

MOTIFICADOR Observaciones: 3ra. Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA. PBX: 2300-5400

www.mides.gob.gt[ o a

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE

GUATEMALA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

CONOCIMIENTO No. 397A-2016

Secretaría General Guatemala, 28 de diciembre de 2016 En la presente fecha se entrega a Despacho Superior del Ministerio de Desarrollo Social, el Acuerdo Ministerial número DS-85A-2016 de fecha 28 de diciembre de 2016, relacionado a la Creación de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, para su consideración, comentarios y firma respectiva.

Firma de quien entrega: Vo. Bo. _ E Tio. Enanos bo APA sereno EAN (ínisterio ¿2 Desarrollo Social

Firma de quien recibe: E CAT DE: PACHO SPRTITO toga flo pijas LA 3ra, Avenida 6-44 zona 1, Guatemala CA PBX: 2300-5400 [el mides gl .

DE vides Guama UDO 55¥ GOBIERNO DE La MEPÚBLICA RE

GUATE Lu ] Ernie E vi =$ EEE

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

CONOCIMIENTO No. 397A-2016

Secretaría General Guatemala, 28 de diciembre de 2016

GUATE Lu ] Ernie E vi =$ EEE

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

CONOCIMIENTO No. 397A-2016

Secretaría General Guatemala, 28 de diciembre de 2016 En la presente fecha se entrega a Despacho Superior del Ministerio de Desarrollo Social, el Acuerdo Ministerial número DS-85A-2016 de fecha 28 de diciembre de 2016, relacionado a la Creación de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, para su consideración, comentarios y firma respectiva.

Firma de quien entrega: "

4 La VA Tairzirtho Batres Chacón Firma de quien recibe: 3ra, Avenida 6-£4 zona 1, Guatemala CA. PEX: 2300-5400 wwmides gobGOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE

GUATEMALA 2106 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

HORA. DICTAMEN No. DAJ-712A-2016/RERBe 45550 — MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA: Guatemala, veintisiete de diciembre de dos mil dieciséis.-------------------========== no

ASUNTO: MEDIANTE PROVIDENCIA DS NO. 0655-2016/JGMC/amrr DE FECHA 23 DE

DICIEMBRE DE 2016 EL DESPACHO SUPERIOR TRASLADA A ESTA

DIRECCIÓN, OFICIO-FPS-404-2016/AD DE FECHA 23 DE DICIEMBRE DE 2016

EMITIDO POR EL COORDINADOR DE LA UNIDAD EJECUTORA DEL FONDO

DE PROTECCION SOCIAL Y EL VICEMINISTRO ADMINISTRATIVO Y

FINANCIERO DE ESTE MINISTERIO, SOLICITANDO LA APROBACION Y

EMITIDO POR EL COORDINADOR DE LA UNIDAD EJECUTORA DEL FONDO

DE PROTECCION SOCIAL Y EL VICEMINISTRO ADMINISTRATIVO Y

FINANCIERO DE ESTE MINISTERIO, SOLICITANDO LA APROBACION Y

EMISION DE ACUERDO MINISTERIAL QUE CREA LA UNIDAD EJECUTORA DEL FONDO DE PROTECCION SOCIAL Y DEROGA EL ACUERDO MINISTERIAL NO. 16-2013 DEL 10 DE ENERO DE 2013 VIGENTE. PARA

CONOCIMIENTO Y QUE SE SIRVA EMITIR DICTAMEN JURÍDICO.

En atención al asunto descrito en el epígrafe de la presente y en cumplimiento de lo establecido en las literales d), e), 1) y h) del artículo 23, del Acuerdo Gubernativo Número 87-2012, de fecha 30 de abril de 2012, Reglamento Orgánico interno del Ministerio de Desarrollo Social; se expone lo siguiente: 1. 1.1. ALIS

BARILLAS

GUZMÁN

ROFESIONAL

1y E PRA

LICOA,

CLAUD)

DIRECCIÓN

DE MINISTERIO DE EE midos gr Mides Guatemala

ASESORÍA

JURÍDICA

DESARROLLO

20d ANTECEDENTES: Oficio No. FPS-404-2016/AD de fecha 23 de diciembre de 2016 emitido por el Coordinador de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, y el Viceministro Administrativo y Financiero de este Ministerio, en el que remite al señor Ministro de Desarrollo Social con el objeto de “...solicitar se considere la aprobación y emisión de Acuerdo Ministerial que crea la

Financiero de este Ministerio, en el que remite al señor Ministro de Desarrollo Social con el objeto de “...solicitar se considere la aprobación y emisión de Acuerdo Ministerial que crea la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social y derogar el Acuerdo Ministerial No. 162013 del 10 de enero de 2013 vigente ...Para el efecto, se adjunta la documentación siguiente: Justificación de la Propuesta de Acuerdos Ministeriales para Regularizar la Situación de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, Proyecto de Acuerdo Ministerial de Creación de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social y derogación del Acuerdo Ministerial No. 16-2013...” Mediante Providencia DS No. 0655-2016/JGMC/amrr de fecha 23 de Diciembre de 2016 el Despacho Superior traslada a esta Dirección, Oficio-FPS-404-2016/AD de fecha 23 de Diciembre de 2016 emitido por el Coordinador de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social y el Viceministro Administrativo y Financiero de este Ministerio, solicitando la aprobación y emisión de Acuerdo Ministerial que crea la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social y deroga el Acuerdo Ministerial No. 16-2013 del 10 de enero de 2013 vigente. Para conocimiento y que se sirva emitir Dictamen Jurídico. 3ra. Avenida 6-41 zona 3, Guatemala CA: PBX: 2300-5400 sevumides.goh.gr _ITICIO lalo

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL “ol yl]GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE

GÚKT MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

ASESOR

PROFESIONAL

IV

sevumides.goh.gr _ITICIO lalo

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL “ol yl]GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE

GÚKT MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

ASESOR

PROFESIONAL

IV ILIS

BARILLAS

GUZMÁN

1.3. 1.4. 1.5. 1.6. 1.7.

MINISTERIO

DE

DESARROLLO

SOCIAL LICDA, Bl mides et Mides Guatemala Providencia No. DAJ-456A-2016/RERB/cabg de fecha 26 de diciembre del año 2016, la Dirección de Asesoría Jurídica remite al Coordinador de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social de este Ministerio, para que previo a emitir Dictamen adjunte las opiniones siguientes. a) Dirección Financiera (para que lo gire a la Subdirección de Fideicomisos b) Dirección de Recursos Humanos (Que se pronuncien sobre la nueva estructura orgánica de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social c) Viceministerio de Protección Social d) Viceministerio de Política, Planificación y Evaluación e) Comité Técnico. Oficio FPS-409-2016/AD de fecha 26 de diciembre del año 2016 el Coordinador de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social le remite al Presidente del Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo de Protección Social, en atención “...se sirvan emitir OPINION sobre Acuerdo Ministerial de creación de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social y derogación de su similar No. 16-2013 del 10 de enero de 2013, propuesto por el Fondo de

Acuerdo Ministerial de creación de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social y derogación de su similar No. 16-2013 del 10 de enero de 2013, propuesto por el Fondo de Protección Social ...” Oficio VMAF-JMRW/app-9872-2016 de fecha 27 de diciembre de 2016 el Viceministro Administrativo y Financiero de este Ministerio en su calidad de Presidente del Comité del Fideicomiso del Fondo de Protección Social remite al Coordinador de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social en el que manifiesta “...Con base a lo indicado, le informo que no es competencia del Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo de Protección Social, emitir opinión sobre las actuaciones administrativas del Ministerio de Desarrollo Social, por lo que no se emite opinión requerida, ya que excedería las funciones para las cuales ha sido creado Oficio FPS-406-2016/AD de fecha 26 de diciembre del año 2016 el Coordinador de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social le remite a la Directora de Recursos Humanos de este Ministerio en atención “...se sirvan emitir OPINION sobre Acuerdo Ministerial de creación de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social y derogación de su similar No. 162013 del 10 de enero de 2013, propuesto por el Fondo de Protección Social ...” Oficio No. DIREH/SUBAP 2016-479 de fecha 26 de diciembre de 2016 el Jefe de Análisis de Puestos y Salarios con el Visto Bueno de la Directora de Recursos Humanos remiten al Coordinador de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, en el que adjuntan

Puestos y Salarios con el Visto Bueno de la Directora de Recursos Humanos remiten al Coordinador de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, en el que adjuntan Opinión Técnica No. SUBAP 04-2016 y observaciones. Opinión Técnica No. SUBAP-04-2016 de fecha 26 de diciembre de 2016 de la Dirección de Recursos en el que Opinan “...1. Se considera oportuno la emisión de un nuevo Acuerdo Ministerial que derogue las disposiciones contenidas en el Acuerdo Ministerial 16-2013 y defina cl ámbito de competencia de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, tomando en consideración que la normativa a aplicar no transgrede lo que establece el Acuerdo Gubernativo 150-2012; ya que el objeto del mismo es velar por la salud y nutrición de la mujeres embarazadas y lactantes, adultos mayores y población vulnerable, impulsando el desarrollo integral de la sociedad guatemalteca. 2. Se concluye que las asignaci Sa Sra. Avenida 6-14 70na 1, Guatemala CA. PAX: 2300-5400 wwwmides.gobgr : 976 STA‘2, : S

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE

1.9.

ASESOR

PROFESIONAL

1v

DIRECCIÓN

DE

ASESORÍA

JURÍDICA

MINISTERIO

DE

DESARROLLO

SOCIAL LCD, celos BARILLAS GUZMAN mides gt 1.10. 1.12. 1.13. HE Miles Guatemala MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL presupuestarias en la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, están delimitadas de

GUZMAN mides gt 1.10. 1.12. 1.13. HE Miles Guatemala MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL presupuestarias en la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, están delimitadas de acuerdo a la erogación del gasto conforme al programa y subprograma que corresponde, situación que no afecta los recursos asignados al Fideicomiso existente. 3. Se recomienda realizar las reformas al Acuerdo Ministerial 234-2013, modificando las atribuciones de la UDAF, en el que se exceptúe la ejecución presupuestaria de los programas y proyectos sociales; asimismo modificar la denominación de “Unidad Especial de Ejecución” a "Unidad Ejecutora”, por tratarse de una unidad de carácter permanente ...” Oficio No. DF-UDAF-0167A-2016/SV/hms de fecha 27 de diciembre de 2016 la Subdirección de Fideicomisos y la Directora Financiera remiten al Coordinador de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social de este Ministerio, la opinión solicitada la cual consta de 2 folios. Opinión sobre Acuerdos Ministeriales de Creación de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, de la Subdirección de Fideicomisos en el que Diciaminan en el numeral 3. “...OPINA QUE: Habiendo conocido y analizado el proyecto de Acuerdo Ministerial de Creación de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social; considera viable la emisión del Acuerdo Ministerial en discusión, siempre que su contenido contribuya a fortalecer el control interno, la ejecución presupuestaria y financiera de manera eficaz, eficiente y transparente, de programas y proyectos sociales que no estén vinculados al Fideicomiso

del Acuerdo Ministerial en discusión, siempre que su contenido contribuya a fortalecer el control interno, la ejecución presupuestaria y financiera de manera eficaz, eficiente y transparente, de programas y proyectos sociales que no estén vinculados al Fideicomiso Fondo de Protección Social, y que organizacionalmente permita una adecuada segregación de funciones...” . Oficio No. VDPS 758-2016/COAG/mg de fecha 26 de diciembre de 2016, del Viceministro de Protección Social, remite al Coordinador de la Unidad Ejecutora, del Fondo de Protección Social, en el que adjunta la Opinión Técnica número VPS-OP-2016/COAG sobre “LA

CREACIÓN DE LA UNIDAD EJECUTORA DEL FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL”.

VPS-OP-2016/COAG Opinión Técnica Sobre la Creación de la Unidad Ejecutora del Fondo de Protección Social, en el numeral romano lll “Con la creación de la Unidad Ejecutora Fondo de Protección Social, se está promoviendo la desconcentración administrativa y financiera del Ministerio, establecida en el artículo 2, del decreto número 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto así como el artículo 1, del Acuerdo Gubernativo 540-2013, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, por lo que se opina favorablemente a la emisión del correspondiente Acuerdo Ministerial que crea la Unidad Ejecutora Fondo de Protección Social, adscrita al Despacho Superior.” Oficio Numero FPS-410-2016/AD de fecha 27 de diciembre de 2016 el Coordinador de la Unidad Ejecutora remite a la Dirección de Asesoría Jurídica las opiniones de las unidad

Oficio Numero FPS-410-2016/AD de fecha 27 de diciembre de 2016 el Coordinador de la Unidad Ejecutora remite a la Dirección de Asesoría Jurídica las opiniones de las unidad administrativas del Ministerio de Desarrollo Socia! siguientes: a) Dirección Financiera, b) Dirección de Recursos Humanos, c) Comité Técnico del Fideicomiso Fondo de Protección Social y d) Viceministerio de Protección Social. 3ra. Avenida 6-44 zona T, Guatemala CA. PRX: 2300-5400

Consultar sobre este documento ...