Acuerdo Ministerial 964-2008
Ministerio de Educación
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Detalles
- Título
- Acuerdo Ministerial 964-2008
- Autor
- Ministerio de Educación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2008
MINISTERIO DE EDUCACION
964-2008 ACUERDO MINISTERIAL No.
Guatemala, C. A, Guatemala, [0 JUN 2008 LA MINISTRA DE EDUCACION CONSIDERANDO: Que la Constitución Política de la República determina que la Educación tiene como fin primordial el desarrollo integral de la persona humana, el conocimiento de la realidad y cultura nacional y universal.
CONSIDERANDO: Que uno de los fines de la Educación de Guatemala es desarrollar en el educando aptitudes y actitudes favorables para actividades de carácter fisico, deportivo y estético. Además señala que, la Educación Estética es el proceso de formación y estímulo de la vocación estética del individuo, que en interacción con los restantes aspectos educativos, se integra para conseguir de esta forma un resultado armónico y pleno de la personalidad.
CONSIDERANDO: Que son finalidades de la Educación Estética: a) desarrollar la capacidad expresiva de los educandos; b) desarrollar la capacidad creadora como elemento integrador del proceso educativo y c) desarrollar la sensibilidad del educando como base del sentimiento de identidad, individualidad y colectividad.
CONSIDERANDO: Que el área de Expresión Artística, como parte del Curriculum Nacional Base, ofrece una oportunidad para la comunicación, la expresión y apreciación de la vida y que es progresiva, trascendente, socializadora, equitativa, participativa y vivencial POR TANTO: En ejercicio de la funciones que le confieren los artículos 74 y 194, literales a) y ), de la Constitución Política de la República, 33, literal k); y 52 de la Ley de Educación Nacional, Decreto Número 12-91 del Congreso de la República y 27, literales a). c). y m), y 33, literales a), c) y e) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número
114-97 del Congreso de la República; ACUERDA Artículo 1°. Crear el programa de formación musical denominado “ Pentagrama”. Artículo 2°. Definición: El programa Pentagrama consiste en un proceso de educación musical dirigido a niños, niñas y jóvenes con vocación musical que se caracteriza por ser informal e intensivo por medio del cual se promueve la organización de coros, bandas y orquestas sinfónicas, ensambles de marimba, guitarra, flauta dulce y otros. Los procesos de educación musical de este programa se realizan en los espacios físicos denominados “aulas musicales” que se ubicarán en establecimientos educativos del sector oficial. Además incluye la contratación o nombramiento de personal especializado para la realización del proceso educativo y la dotación de mobiliario y equipo para su funcionamiento.MINISTERIO DE EDUCACION Guatemala, C. A. Artículo 3°. Objetivos del programa. Son objetivos del programa los siguientes: Desarrollar la capacidad expresiva y creadora de los educandos. Propiciar una educación musical de alla capacidad técnica. Desarrollar la sensibilidad artística del educando como base del sentimiento de identidad, individualidad y colectividad. Estimular la vocación musical de los niños, niñas y jóvenes. Propiciar la multiplicación, proliferación y extensión de grupos musicales en el país. CECI Artículo 4°. Coordinación del Programa. El programa Pentagrama “está considerado como un proceso de formación integral para el mejoramiento de la celidad educativa y estará bajo la responsabilidad de la Dirección General de Gestión de Calidad Educativa (DIGECADE), quien designará a la persona responsable de la coordinación del proyecto. Su ejecución se realizará en coordinación con las Direcciones Departamentales de todo el país
Artículo 5%. Funciones de la Coordinación del Programa: son funciones de la DIGECADE como unidad responsable del Programa:
1. Brindar orientación técnica para la organización de aulas musicales como espacios para la formación de grupos musicales.
2. Apoyar a los directores de las aulas musicales en la formulación de los proyectos locales para su funcionamiento.
3. Orientar a los directores de las aulas musicales para la organización de comités locales en cada comunidad, en coordinación con la Dirección Departamental a de Educación, por medio de la Unidad de Desarrollo Educativo o su equivalente,
4. Diseñar instrumentos para la evaluación del desempeño de grupos musicales, y de los niños, niñas y jóvonoo que pertenezcan a las misiras.
5. Propiciar la suscripción de convenios de apoyo interinstitucional con municipalidades, gobemaciones, delegaciones del Ministerio de Cultura y Deporte, iniciativa privada y otros.
6. Organizar anualmente festivales nacionales y/o internacionales, para promover el intercambio de los grupos musicales.
7. Organizar concursos de composición para promover la creación de música nueva y original
8. Organizar congresos nacionales para los maestros de las aulas musicales $. Gestionar los recursos financieros necesarios para la dotación de materiales educativos, instrumentos musicales, mobiliario y equipo para aulas musicales. 10. Realizar campañas do consibilizacién, para divulgar lus beneficios del programa por todos los medios de comunicación posibles.
11. Gestionar becas o financiamientos para que los directores de las aulas musicales puedan asistir a seminarios, cursillos, festivales y seminarios especializados en el extranjero.MINISTERIO DE EDU!
Guatemala, C. A.
11. Gestionar becas o financiamientos para que los directores de las aulas musicales puedan asistir a seminarios, cursillos, festivales y seminarios especializados en el extranjero.MINISTERIO DE EDU!
Guatemala, C. A. Artículo 6%. Funciones de las Direcciones Departamentales de Educación. Para el funcionamiento de este programa, las direcciones departamentales de Educación velarán por el debido funcionamiento del aula o las aulas musicales que operen en su departamento. En relación las mismas deberán cumplir con las funciones siguientes:
1. Velar por la ubicación de las aulas musicales, siguiendo los criterios definidos por la DIGECADE.
2. Supervisar y dar asistencia técnica a directores y/o docentes de las aulas Musicales, velando por la continuidad, eficiencia y confiabilidad del servicio.
3. Ejecutar y o apoyar los procesos de compra de bienes en los cuales se le solicite su cooperación.
4. Controlar la asignación, registro, uso y resguardo de los bienes asignados a las aulas musicales.
Articulo 7°. Mecanismo de Ejecución. Son mecanismos de ejecución del programa los siguientes:
4. Controlar la asignación, registro, uso y resguardo de los bienes asignados a las aulas musicales.
Articulo 7°. Mecanismo de Ejecución. Son mecanismos de ejecución del programa los siguientes:
1. La organización del aula musical. La ejecución del Programa se lleva a cabo por medio de llamadas AULAS MUSICALES las cuales constituyen os o “ " s y jóvenes, dentro de un Establecimiento escolar con les condiciones necesarias para organizar y desarrollar grupos musicales, Cada Dirección Departamental designará las Escuelas más adecuadas para el funcionamiento de las aulas musicales, velando porque la actividad de las mismas no perturbe las actividades de aprendizaje del centro educativo. Asimismo celebrará con las escuelas Seleccionadas, los convenios necesarios. La escuela donde funcione un aula Musical absorberá los costos administrativos de su funcionamiento. En casos Especiales, las aulas musicales podrán operar en locales públicos que no Sean establecimientos escolares, previo acuerdo suscrito con la Dirección Departamental que asegure la sostenibilidad del proyecto. Aún cuando el aula Musical se ubique en un centro educativo, se constituye en un espacio al servicio de la comunidad en general
2. La organización del trabajo en el aula musical: El trabajo en cada aula Musical consistirá en: Ensayos ordinarios y extraordinarios. Estudios de lectura y escritura musical (solfeo). Conciertos de gala, didácticos y por ocasivnes 0 celebraciones especiales. Intercambios, talleres, conferencias y seminarios Festivales y giras a nivel local e internacional. Sesiones de trabajo, planificación, evaluación y desarrollo. Asesorías a otros núcleos con posibilidades de crear aulas musicales Participación en eventos, actividades, asociaciones e instituciones internacionales.
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ONDAMINISTERIO DE EDUCACION
Guatemala, C. A.
3. Calendario y horarios de Trabajo:
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Guatemala, C. A.
3. Calendario y horarios de Trabajo: Los horarios de trabajo de las aulas musicales se organizarán de aciierdn a las necesidades, conciciones y preferencias de la comunidad local. Sin embargo no podrán ser inferiores a los siguientes parámetros: 16 horas semanales de trabajo efectivo o directo con estudiantes, entre ensayos seccionales y de grupo.
Aparte, tanto el Director del aula como los auxiliares deberán invertir tiempo para planificación, visitas a los medios de comunicación local, gestiones a patrocinadores, reuniones con el comité de padres de familia, autoridades locales del MINEDUC y otras vinculadas con el Aula Artículo 8°. Responsables del proceso educativo: Son responsables del proceso educativo los docentes que se nombre como director y asistentes y tendrán respectivamente las funcions» siguientes, a. De los directores: Los directores de las aulas musicales son responsables del desarrolo del proyecto local. Sus atribuciones principales son los siguientes:
1. Administrar el aula musical
2. Seleccionar anualmente a los niños, niñas y jóvenes que formarán parte del grupo musical en atención a sus capacidades musicales, buena conducta y regularidad en asistencia del año anterior.
3. Organizar los ensayos ordinarios y los extraordinarios.
4. Organizar y mantener activo un comité de padres de familia que brinde apoyo al grupo musical.
5. Mantener estrecha vinculación con la Dirección Departamental a fin de permitir la debida supervisión por dicha institución de las actividades del aula
6. Seleccionar el repertorio y formular los programas de concierto del aula musical.
7. Mantener el registro de los instrumentos musicales, mobiliario y equipo asignado al aula musical, así como asegurar su resguardo.
6. Seleccionar el repertorio y formular los programas de concierto del aula musical.
7. Mantener el registro de los instrumentos musicales, mobiliario y equipo asignado al aula musical, así como asegurar su resguardo.
8. Desarrollar anualmente al menos tres distintos repertorios con sus alumnos en grados de progresiva dificultad técnica e interpretativa.
9. Asistir a todos los eventos de capacitación que sean organizados por la Coordinación del proyecto.
10. Colaborar en la organización de los talleres destinados a sus alumnos y participar activamente en su desarrollo.
Evaluar periódicamente a sus alumnos para determinar el grado de avance en su nivel técnico musical.MINISTERIO DE EDUCACION Guatemala, C. A, b. Del o de los Asistentes: 90.25 w Sustituir al Director en todas sus atribuciones en ausencia temporal o dofinitiva del aula, mientras no se haya numbrado sustituto. Organizar el Aula Musical de acuerdo al plan de trabajo establecido por el Director. Colaborar en la coordinación de los ensayos del Aula Musical, Tomar asistencia y controlar la disciplina del Aula Musical Conocer las obras completas del repertorio del Aula Musical. Velar por el cumplimiento del presente reglamento. Cumplir con las atribuciones que le señale el Director del aula específicamente Asistir a todos los eventos de capacitación que sean organizados por la Coordinación del proyecto. Colaborar en la organización de los talleres destinados a sus alumnos y participar activamente en su desarrollo. Artículo 9°. Responsabilidades de los padres de familia: oo Eo
Colaborar en la organización de los talleres destinados a sus alumnos y participar activamente en su desarrollo. Artículo 9°. Responsabilidades de los padres de familia: oo Eo Participar en las sesiones de trabajo y asambleas generales y extraordinarias Convocadas por el director del aula musical, para planificar, desarrollar y evaluar las actividades de la misma. Llevar puntualmente a sus hijos a los ensayos, conciertos, seminarios, festivales y demás actividades del aula musical. Apoyar las actividades del aula musical en general. Acatar las disposiciones del Director, Subdirector y Asistentes del aula musical Velar por el cumplimiento del presente reglamento. Comprometerse al cuidado y devolución en buen estado de los instrumentos musicales y pedagógicos que les sean entregados a sus hijos. En caso de deño, deberá pagar la reparación o reposición del instrumento. De igual manera en caso de pérdida. Artículo 10%. Responsabilidades de los alumnos del Aula Musical En 2 3. Asistir a un mínimo del 80% (ochenta por ciento) de los ensayos y actuaciones del aula musical. Aprender y dominar el repertorio que le sea asignado. Velar por el cuidado y limpieza del o de los instrumentos que le sean entregados para sus prácticas o para las presentaciones del grupo. Responsabilizarse de le devolución en buen estado del o de los instrumentos que le sean entregados para sus prácticas o pera las presentaciones del grupo. Llevar su repertorio completo, debidamente ordenado y protegido a todas las actividades que les sea requerido Portar el uniforme indicado para cada ocasión en la cual el aula musical se presente en público.MINISTERIO DE EDUCACION Guatemala, O, A,
7. Velar por el cumplimiento del presente reglamento.
Guatemala, O, A,
7. Velar por el cumplimiento del presente reglamento.
Artículo 11%. Requisitos de admisión y permanencia. Todo integrante de un aula musical deberá cumplir con lo siguiente:
1. Para integrar el coro de niños, estar comprendido entre los 7 y 14 años de edad; para integrar el coro de jóvenes estar comprendido entre los 15 y 18 años de edad, para integrar una banda, orquesta sinfónica u otro grupo musical, estar comprendido entre los 7 y 18 años de edad. 2. Estar inscrito en algún centro educativo. Se dará preferencia a los niños, niñas y jóvenes del sector oficial, sin embargo, si existieren plazas disponibles se podrán admitir alumnos de colegios privados, siempre y cuando el postulante reúna las calidades restantes.
3. Leer y escribir con fluidez
4. Ser afinado y tener buen ritmo. 5. Someterse al examen do oposición que se realiza cada uño de acuerdo a la convocatoria específica. 6. Llenar ficha de registro en el formato estándar del programa, entregar fotocopia de la partida de nacimiento y dos fotografías recientes 7. Superar un período de prueba de dos meses. 8. Conocer y cumplir el presente reglamento para poder permanecer en el programa.
9. Cumplir con todas las actividades del aula Musical, salvo casos de fuerza mayor comprobados.
10. Observar buena conducta.
11. Disponer del tiempo necesario para asistir a los ensayos regulares y extraordinarios.
Artículo 12°. Régimen disciplinario. Las y los estudiantes inscritos en el aula Musical deberán cumplir con el siguiente régimen disciplinario:
10. Observar buena conducta.
11. Disponer del tiempo necesario para asistir a los ensayos regulares y extraordinarios.
Artículo 12°. Régimen disciplinario. Las y los estudiantes inscritos en el aula Musical deberán cumplir con el siguiente régimen disciplinario:
1. Estar presente 10 minutos antes del horario de ensayo para registrar su asistencia y permanecer durante todo el tiempo que dure el mismo. 2. Solicitar permiso por anticipado y por escrito cuendo necesite ausentarse, llegar tarde o retirarse temprano. 3. Presentar excusa por escrito en el siguiente ensayo, cuando tenga que ausentarse de emergencia
4. Obedecer las instrucciones y reglas que se le indiquen cuando el grupo viaje fuera de su sede local. En estos casos, el estudiante queda sujeto a respetar horarios, permanecer con el grupo y sujetarse en todas sus acciones a los lineamientos que le sean manifestados por el Director del Aula, su equipo o personal del Programa que los acompañe. $ Propiciar un ambiente de cordialidad, alegría y amistad en el aula musical. 6. Todo estudiante tendrá derecho a un máximo de 3 ausencias injustificadas mensuales.
7. Todo estudiante tendrá derecho a un máximo de 6 ausencias justificadas mensuales.
8. Dos llegadas tarde equivaldrán a una ausencia justificada (máximo permitido: 12)
RMINISTERIO DE EDUCACION
Guatemala, C. A.
7. Todo estudiante tendrá derecho a un máximo de 6 ausencias justificadas mensuales.
8. Dos llegadas tarde equivaldrán a una ausencia justificada (máximo permitido: 12)
RMINISTERIO DE EDUCACION
Guatemala, C. A.
9. La ausencia sin excusa a 2 actividades públicas del Aula Musical ameritará la suspensión del estudiante durante 6 meses. 10. La readmisión de un estudiante suspendido sólo podrá ser reconsiderada por sl director del aula musical, si lo solicita por escrito mencionando sus argumentos y si demuestra conocer el repertorio en una prueba realizada individualmente. Su readmisión será bajo la calidad de condicionado 11. No podrá participar en ningún concierto, el estudiante que no tenga su uniforme completo, que no se haya presentado al 80% de ensayos previos al mismo 0 que no se presente a los ejercicios de preparación previos a cada presentación.
12. Se harán evaluaciones a los estudiantes, sin dar aviso previo. 13. El estudiante que no esté en condiciones de interpretar el programa apropiadamente no podrá participar en las presentaciones del aula musical 14. El director retirará a cualquiera de los integrantes en el momento que Considere necesario por las siguientes razones: indiscplina, mala conducta, faltas de respeto, quejas de sus compañeros, falta de colaboració , bajo rendimiento, actitud negativa, problemes con sus padres, fallas de respeto o intromisiones de los padres de familia.
Artículo 13% Comité de Apoyo Local. En los establecimientos donde funcione un aula musical, cada año se organizará un Comité de Apoyo integrado por padres de familia, amigos y colaboradores. Este comité se organizará y funcionará de la manera siguiente:
1. El Comité de Apoyo trabajará bajo la supervisión del director del aula musical. 2. Los miembros del Comité nombran a un Coordinador General que se encargará de apoyar a la solución de las necesidades del aula musical. 3. Los padres de familia, amigos y colaboradores que participen en el Comité de Apoyo, tendrán derecho a formar parte de las delegaciones de cada aula musical, cubriendo sus gastos. 4. La dirección del aula musival convocara a un nuevo comité, modificará o ampliará las funciones del mismo cuando las actividades y necesidades del aula musical así lo requieran.
Artículo 14°. Financiamiento. La Dirección General de Gestión de Calidad Educativa velará porque anualmente sean programados los recursos financieros para este Programa, acorde a sus necesidades de sostenimiento y desarrollo Igualmente velará por desarrollar los instrumentos administrativos para que los alumnos beneficiarios de este Programa reciban los créditos académicos pertinentes. Adicionalmente, el aula musical podrá recibir bienes por donación de Particulares, cumpliendo con el procedimiento regulado por la Ley Orgánica del Presupuesto. Artículo 15% Disposiciones generales. Las aulas musicales estarán bajo la Supervisión de cada supervisor local y de las UDE. La coordinación general en común acuerdo con la DIGECADE, podrá cambiar la sede de cualquier aula musical a otro municipio dentro del mismo departamento, si ésta no manifiesta interés ni evolución luego de un tiempo prudencial.
atrevo8 MINISTERIO DE EDUCACION
Guatemala, O. 4.
atrevo8 MINISTERIO DE EDUCACION
Guatemala, O. 4. Artículo 16°. Asuntos no previstos. Cualquier asunto propio al presente reglamento solo podrá ser resuelto por la coordinación general del programa y/o las autoridades ministeriales respectivas. Artículo 17°. Vigencia. El presente acuerdo cobra vigencia un día después de su publicación en el Diario Oficial.
CARLOS HUMBERTO ALDANA MENDOZA
VICEMINISTRO DE EDUCACIÓN %
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