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Acuerdo Ministerial 990-2014

Ministerio de Educación

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Detalles

Título
Acuerdo Ministerial 990-2014
Autor
Ministerio de Educación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2014

Guatemala, C. A.

MINISTERIO DE EDUCACION

ACUERDO MINISTERIAL No. 990-2014

Guatemala, 26 de mayo de 2014 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que es función de los Ministros de Estado, dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio.

CONSIDERANDO: Que, por medio del Acuerdo Ministerial número 2232-2012 de fecha 1 de agosto de 2012, se creó la Comisión Liguidadora de la Unidad Especial de Ejecución del Programa de inversión Social Mi Familia Progresa; con el objeto de líquidar los activos, pasivos y patrimonio de la citada Unidad, así como dar seguimiento a las gestiones administrativas para el cierre definitivo de la misma.

CONSIDERANDO: Que, para darle cumplimiento a las funciones y atribuciones asignadas a la Comisión Liquidadora de la Unidad Especial de Ejecución del Programa de Inversión Social Mi Familia Progresa, es necesario que el Coordinador y Supervisor de la Comisión, tenga amplias facultades para realizar las gestiones legales y administrativas correspondientes, ante la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-.

POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 10 del Decreto número 12-91, del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional.

ACUERDA:

ACUERDA: Artículo 1. Se nombra al Licenciado Rodrigo Sic Cujá, como Representante Legal de la Comisión Líquidadora de la Unidad Especial de Ejecución del Programa de Inversión Social Mi Familia Progresa, para que realice todos los actos de carácter legal y administrativo que sean necesarios ante la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, relacionados con el traspaso y registro de vehículos que correspondieron a la citada unidad ejecutora y que por imperativo legal, deben trasladarse al Ministerio de Desarrollo Social, así como el cese de actividades y cierre de operaciones de la misma unidad, Artículo 2. Vigencia. El presente Acuerdo Ministerial entra en vigencia a partir de su notificación.

COMUNÍQUESE

2,

En 2 FE!

CINTHYA LINA DÉL ÁGUILA MENDIZÁ

"” ALFREDO GUSTAVO GARCÍA ARCHILA VICEMINISTRO DE EDUCACIÓN e

Tena 43

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