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ADRES - Resolución 176621 de 2024

ADRES

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Detalles

Título
ADRES - Resolución 176621 de 2024
Autor
ADRES
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2024

ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA

GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD - ADRES

RESOLUCIÓN NÚMERO 0176621 DE 2024

(25 de noviembre de 2024)

Por medio de la cual se resuelven los recursos de reposición interpuestos por PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S identificada con NIT 900978672, ODONTOTRANS SAS identificada con NIT 900257333, CLINICA MEDICO ESPECIALISTAS DE COLOMBIA identificada con NIT 900594169, CENTRAL DE URGENCIAS DE LA COSTA S.A.S. identificada con NIT 900.634.782, HOSPITAL DE LAS AMERICAS identificado con NIT 900685946, SISMEDICA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA identificada con NIT 830.015.870, TECNOLOGÍA DIAGNOSTICA DE LA SABANA S.A.S. EN LIQUIDACION con NIT 900.996.425 y UNIMEDIS DE LA COSTA IPS S.A.S., identificada con NIT 901.307.461 en contra de la Resolución N.º 102148 del 12 de septiembre 2024, proferida por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES)

EL DIRECTOR GENERAL DE LA ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS

DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD (ADRES)

En ejercicio de sus facultades, en especial, de las conferidas en el numeral 12 del artículo 9 del Decreto 1429 de 2016 y los artículos 72 y 76 de la Ley 1437 del 2011,

CONSIDERANDO:

I MARCO NORMATIVO

del artículo 9 del Decreto 1429 de 2016 y los artículos 72 y 76 de la Ley 1437 del 2011,

CONSIDERANDO:

I MARCO NORMATIVO

Que el artículo 66 de la Ley 1753 de 2015 creó la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) como una Entidad de naturaleza especial del orden nacional, adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, con personería administrativa, jurídica y financiera y patrimonio independiente, con el fin de garantizar el adecuado flujo y los respectivos controles de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Que el artículo 3 del Decreto 1429 de 2016 define las funciones de la ADRES para el desarrollo de su objeto, estableciendo, entre otras, las de administrar los recursos pertenecientes al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) y adoptar y proponer procesos, acciones y mecanismos para el adecuado uso, flujo y control de los recursos que administra la Entidad.

Que de acuerdo con lo establecido en los incisos primero y tercero del artículo 15 del Decreto Ley 1281 de 2002, interpretado de manera concordante con lo indicado en el artículo 31 del Decreto 1429 de 2016, a la ADRES le corresponde adoptar todos los mecanismos a su alcance para proteger debidamente los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, y asegurarse de que los giros o pagos se efectúen directamente al beneficiario debidamente identificado y localizado.

Que la ADRES debe adelantar la etapa de auditoría integral para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2.6.1.4.3.10 del

identificado y localizado.

Que la ADRES debe adelantar la etapa de auditoría integral para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2.6.1.4.3.10 del Decreto 780 de 2016, modificado por el artículo 1 del Decreto 1500 de 2016, y el artículo 10 de la Resolución 1236 de 2023 del Ministerio de Salud y Protección Social, de conformidad con lo establecido en el Manual de Auditoría adoptado para el efecto por esta Administradora, en virtud de lo prescrito en elRESOLUCIÓN NÚMERO 0176621 DE 2024 HOJA No. 2 de 74

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se resuelven los recursos de reposición interpuesto s por PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S identificada con NIT 900978672, ODONTOTRANS SAS identificada con NIT 900257333, CLINICA MEDICO ESPECIALISTAS DE COLOMBIA identificada con NIT 900594169, CENTRAL DE URGENCIAS DE LA COSTA S.A.S. identificada con NIT 900.634.782, HOSPITAL DE LAS AMERICAS identificado con NIT 900685946 , SISMEDICA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA identificada con NIT 830.015.870 TECNOLOGÍA DIAGNOSTICA DE LA SABANA S.A.S. EN LIQUIDACION con NIT 900.996.425 y UNIMEDIS DE LA COSTA IPS S.A.S., identificada con NIT 901.307.461 en contra de la Resolución N.º 102148 del 12 de septiembre 2024, proferida por la Administradora de los Recursos del Sistema General de

Seguridad Social en Salud (ADRES)”

Resolución N.º 102148 del 12 de septiembre 2024, proferida por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES)”

numeral 8.3 y en el primer parágrafo del artículo 8 de la mencionada resolución.

Que en este mismo sentido, el artículo 9 de la Resolución 1236 de 2023 del Ministerio de Salud y Protección Social dispone que esta Administradora adoptará los controles y validaciones que correspondan con miras a la salvaguarda y protección de los recursos administrados y que los hallazgos derivados de la aplicación de estos controles y validaciones se reflejarán en los resultados de la auditoría integral o, en su defecto, en el inicio del procedimiento de reintegro de recursos; además, dispone que, en todo caso, estos hallazgos deben ser remitidos a la Superintendencia Nacional de Salud.

Que, conforme al parágrafo 2 del artículo 2.6.4.3.5.2.1. del Decreto 780 del 2016, modificado por el artículo 3 del Decreto 2497 de 2018, la ADRES podrá adelantar directamente o contratar, total o parcialmente, la verificación del cumplimiento de los requisitos de las reclamaciones, de acuerdo con los modelos y mecanismos operativos que defina esta Entidad.

Que, conforme al numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1474 del 2011, las Instituciones sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Nacional de Salud, estarán obligadas a adoptar medidas de control apropiadas y suficientes, orientadas a evitar que se generen fraudes en el Sistema de Seguridad Social en Salud.

Que mediante el numeral 34 del artículo 4 del Decreto 1080 del 2021, se

suficientes, orientadas a evitar que se generen fraudes en el Sistema de Seguridad Social en Salud.

Que mediante el numeral 34 del artículo 4 del Decreto 1080 del 2021, se estableció la competencia de la Superintendencia Nacional de Salud para adelantar funciones de inspección, vigilancia y control a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, lo que la legitima para adoptar las medidas de control que señala el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1474 del 2011.

Que, en consecuencia, mediante la Resolución No. 0102148 de 2024 la ADRES adoptó medidas administrativas para la protección de los recursos del Sistema de Seguridad Social en Salud orientadas a evitar que se generen posibles fraudes conforme a los hallazgos encontrados por parte de las firmas auditoras y del Grupo de Auditoría Concurrente de la Dirección de Otras Prestaciones.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Resolución 0102148 de 2024, las medidas administrativas adoptadas consistieron en la suspensión de los giros o transferencias de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud por todo concepto, para varios prestadores al no evidenciarse su infraestructura física en la dirección reportada en el formulario de reclamaciones, así como en el REPS.

Que adicionalmente, el parágrafo del artículo 1 de la Resolución 0102148 de 2024 estableció que las Entidades Promotoras de Salud EPS y las Entidades Obligadas a Compensar EOC no podrán programar giro directo a favor de los prestadores relacionados en el mencionado artículo, hasta que se compruebe lo

2024 estableció que las Entidades Promotoras de Salud EPS y las Entidades Obligadas a Compensar EOC no podrán programar giro directo a favor de los prestadores relacionados en el mencionado artículo, hasta que se compruebe lo establecido en el inciso 3 del artículo 15 del Decreto Ley 1281 de 2002RESOLUCIÓN NÚMERO 0176621 DE 2024 HOJA No. 3 de 74

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se resuelven los recursos de reposición interpuesto s por PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S identificada con NIT 900978672, ODONTOTRANS SAS identificada con NIT 900257333, CLINICA MEDICO ESPECIALISTAS DE COLOMBIA identificada con NIT 900594169, CENTRAL DE URGENCIAS DE LA COSTA S.A.S. identificada con NIT 900.634.782, HOSPITAL DE LAS AMERICAS identificado con NIT 900685946 , SISMEDICA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA identificada con NIT 830.015.870 TECNOLOGÍA DIAGNOSTICA DE LA SABANA S.A.S. EN LIQUIDACION con NIT 900.996.425 y UNIMEDIS DE LA COSTA IPS S.A.S., identificada con NIT 901.307.461 en contra de la Resolución N.º 102148 del 12 de septiembre 2024, proferida por la Administradora de los Recursos del Sistema General de

Seguridad Social en Salud (ADRES)”

II. ANTECEDENTES

2.1 PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S NIT 900978672

Que, como antecedente de la Resolución 102148 de 2024, se tiene el informe

II. ANTECEDENTES

2.1 PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S NIT 900978672

Que, como antecedente de la Resolución 102148 de 2024, se tiene el informe de auditoría frente a l prestador PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S, el cual se pasa a exponer.

Que, el Consorcio CONAUDIT 2023 identificó, mediante Informe de Situaciones Anómalas del 16 de julio de 2024, hechos que pueden llegar a constituir situaciones anómalas y/o irregulares y/o inconsistencias.

Que en el informe en mención se expuso lo siguiente:

Que, el Consorcio Conaudit 2023 en el desarrollo de los trámites de revisión y verificación de requisitos de las reclamaciones y efectuada la caracterización de las reclamaciones radicadas, selecciona al Prestador de Servicios de salud PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S ., para realizar auditoría en sitio.

Que, l a IPS presentó a la ADRES, un total de 2.308 ítems contenidos en 60 reclamaciones por atenciones en salud con cargo a los accidentes de tránsito acaecidos en los meses septiembre y octubre de 2023 cuyo estado de aseguramiento del vehículo corresponde a vehículo fantasma, por un valor total de $256.571.250.

Que en el histórico del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS), la fecha de inscripción de esta entidad fue 22 de julio de 2016 y su fecha de vencimiento es el 31 de agosto de 2024.

Que, a continuación, se presentan las consultas efectuadas en el REPS (Registro

(REPS), la fecha de inscripción de esta entidad fue 22 de julio de 2016 y su fecha de vencimiento es el 31 de agosto de 2024.

Que, a continuación, se presentan las consultas efectuadas en el REPS (Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud) para esta IPS:

Fuente: Consulta en el REPS de la información de la IPS. Fecha de consulta 21 de marzo de 2024.

https://prestadores.minsalud.gov.co/habilitacion/consultas/habilitados_reps.aspx?pageTitl e=Registro%20Actual&pageHlp=RESOLUCIÓN NÚMERO 0176621 DE 2024 HOJA No. 4 de 74

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se resuelven los recursos de reposición interpuesto s por PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S identificada con NIT 900978672, ODONTOTRANS SAS identificada con NIT 900257333, CLINICA MEDICO ESPECIALISTAS DE COLOMBIA identificada con NIT 900594169, CENTRAL DE URGENCIAS DE LA COSTA S.A.S. identificada con NIT 900.634.782, HOSPITAL DE LAS AMERICAS identificado con NIT 900685946 , SISMEDICA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA identificada con NIT 830.015.870 TECNOLOGÍA DIAGNOSTICA DE LA SABANA S.A.S. EN LIQUIDACION con NIT 900.996.425 y UNIMEDIS DE LA COSTA IPS S.A.S., identificada con NIT 901.307.461 en contra de la Resolución N.º 102148 del 12 de septiembre 2024, proferida por la Administradora de los Recursos del Sistema General de

Seguridad Social en Salud (ADRES)”

Resolución N.º 102148 del 12 de septiembre 2024, proferida por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES)”

Fuente: consulta en el REPS, ha arrojado como resultado la existencia de 4 registros prestados por la IPS. Fecha de consulta 23 de marzo de 2024.

https://prestadores.minsalud.gov.co/habilitacion/consultas/habilitados_reps.aspx?pageTit le=Registro%20Actual&pageHlp=

Fuente: Consulta en el REPS de capacidad instalada del prestador, consta de 7 camas, 5 consultorios de consulta externa, 2 salas de procedimientos y 1 sala de cirugía. Fecha de consulta 23 de marzo de 2024.

https://prestadores.minsalud.gov.co/habilitacion/consultas/habilitados_reps.aspx?pageTitl e=Registro%20Actual&pageHlp=

Que, en la información del REPS, la IPS PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S aparece registrada en la Calle 2 # 13 -61 ubicada en el municipio de Puerto Colombia, departamento del Atlántico.

Que, se llevaron a cabo visitas en sitio a la IPS PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S., en la dirección registra en el REPS en la CALLE 2 # 13 - 61, Puerto Colombia, Atlántico. La primera visita efectuada el 22 de marzo de 2024 por parte de la auditora médica Lorena Ortega Massri (C.C. 45.492.955).

VISITA 22 DE MARZO 2024

“El 22 de marzo de 2024, se realizó una visita en sitio a la IPS en cuestión, ubicada en el municipio de Puerto Colombia, departamento del Atlántico, en la

VISITA 22 DE MARZO 2024

“El 22 de marzo de 2024, se realizó una visita en sitio a la IPS en cuestión, ubicada en el municipio de Puerto Colombia, departamento del Atlántico, en la dirección registrada en el REPS Calle 2 # 13 -61 encontrando: Durante la auditoría de campo, la líder del proceso de calidad de la IPS, señaló que la sede de Puerto Colombia, ubicada en la Calle 2 No. 13-61, presta servicios de consulta externa en diversas especialidades médicas, odontología y fisioterapia. Además, informó sobre la existencia de una segunda sede de la IPS, no registrada en el REPS, en la cual se ofrecen servicios, como urgencias, cirugías (general, ortopédica y plástica), anestesia, hospitalización para adultos, laboratorio clínico, toma de muestras, farmacia e imagenología. La gestión administrativa de ambas sedes se centraliza en Barranquilla. (…)

En el informe de auditoría se indica frente a esta visita lo siguiente:RESOLUCIÓN NÚMERO 0176621 DE 2024 HOJA No. 5 de 74

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se resuelven los recursos de reposición interpuesto s por PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S identificada con NIT 900978672, ODONTOTRANS SAS identificada con NIT 900257333, CLINICA MEDICO ESPECIALISTAS DE COLOMBIA identificada con NIT 900594169, CENTRAL DE URGENCIAS DE LA COSTA S.A.S. identificada con NIT 900.634.782, HOSPITAL DE LAS AMERICAS identificado con NIT 900685946 , SISMEDICA SOCIEDAD POR

con NIT 900.634.782, HOSPITAL DE LAS AMERICAS identificado con NIT 900685946 , SISMEDICA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA identificada con NIT 830.015.870 TECNOLOGÍA DIAGNOSTICA DE LA SABANA S.A.S. EN LIQUIDACION con NIT 900.996.425 y UNIMEDIS DE LA COSTA IPS S.A.S., identificada con NIT 901.307.461 en contra de la Resolución N.º 102148 del 12 de septiembre 2024, proferida por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES)”

CONCLUSIÓN

La información registrada en el REPS sobre la IPS presenta una situación irregular. Si bien el registro indica una sola sede en Puerto Colombia, la visita de auditoría constató la existencia de una segunda sede donde se ofrecen servicios de mayor complejidad. Esta situación obstaculizó la evaluación exhaustiva de la institución, ya que la documentación requerida para la auditoría, como los registros de habilitación y los protocolos de atención, se encontraba centralizada en la sede no reportada.

(…)

Teniendo en cuenta que durante la visita efectuada en el mes de marzo se evidenció que la IPS solo estaba prestando servicios de consulta externa y no se evidenció que se prestaran los servicios de cirugía general, cirugía ortopédica, anestesiología, hospitalización, sala de observación y no presentaban novedad del cierre temporal ante el REPS, así como, informaron que cuenta con una sede donde prestan los servicios de cirugía pero dicha sede no se encontraba registrada en el REPS, (…)

2.2 ODONTOTRANS SAS IDENTIFICADA NIT 900257333

informaron que cuenta con una sede donde prestan los servicios de cirugía pero dicha sede no se encontraba registrada en el REPS, (…)

2.2 ODONTOTRANS SAS IDENTIFICADA NIT 900257333

Que, como antecedente de la Resolución 102148 de 2024, se tiene el informe de auditoría frente al prestador ODONTOTRANS S.A.S, el cual se pasa a exponer.

Que en cumplimiento de sus obligaciones contractuales detalladas en el Anexo No. 3 del Contrato de Prestación de Servicios 1004 de 2023 relativas al plan de visitas en territorio a las entidades reclamantes, la UT Reclamaciones 2023 mediante comunicación suscrita el 23 de febrero de los corrientes notificó a ODONTOTRANS S.A.S NIT 900257333 -6 la Auditoría en Sitio en sus instalaciones programada para el 01 de marzo de 2024.

Que la ADRES, por conducto de la UT Reclamaciones 2023, procedió con la verificación de la existencia física del Prestador de Servicios de Salud reclamante de conformidad con la información contenida en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud – REPS en el marco del desarrollo de la auditoría de reclamaciones cuyos formularios y soportes fueron radicados ante esta Entidad Administradora durante el periodo comprendido entre mayo 2023 y mayo 2024.

Que si bien en el Acta de Auditoría suscrita el 01 de marzo 2024 entre funcionarios de ODONTOTRANS S.A.S y la delegada de la UT Reclamaciones 2023 posterior a la verificación de la información contenida en ocho (8) reclamaciones evaluadas no se observaron inconsistencias que pudieran poner

funcionarios de ODONTOTRANS S.A.S y la delegada de la UT Reclamaciones 2023 posterior a la verificación de la información contenida en ocho (8) reclamaciones evaluadas no se observaron inconsistencias que pudieran poner en duda la existencia física de la entidad reclamante, lo cierto es que durante el desarrollo de la Auditoría de Campo que adelanta la Dirección de Otras Prestaciones de la ADRES se pudo observar que la dirección del PSS registrada en el Formulario Único de Reclamaciones de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – FURIPS (AV Roosevelt 39 25 OF 901) presenta inconsistencia frente a la registrada en el REPS (AVENIDA 4N 14 12 y CRA 40 9RESOLUCIÓN NÚMERO 0176621 DE 2024 HOJA No. 6 de 74

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se resuelven los recursos de reposición interpuesto s por PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S identificada con NIT 900978672, ODONTOTRANS SAS identificada con NIT 900257333, CLINICA MEDICO ESPECIALISTAS DE COLOMBIA identificada con NIT 900594169, CENTRAL DE URGENCIAS DE LA COSTA S.A.S. identificada con NIT 900.634.782, HOSPITAL DE LAS AMERICAS identificado con NIT 900685946 , SISMEDICA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA identificada con NIT 830.015.870 TECNOLOGÍA DIAGNOSTICA DE LA SABANA S.A.S. EN LIQUIDACION con NIT 900.996.425 y UNIMEDIS DE LA COSTA IPS S.A.S., identificada con NIT 901.307.461 en contra de la

LIQUIDACION con NIT 900.996.425 y UNIMEDIS DE LA COSTA IPS S.A.S., identificada con NIT 901.307.461 en contra de la Resolución N.º 102148 del 12 de septiembre 2024, proferida por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES)”

15 de la ciudad de Cali), poniendo en duda su existencia física para el momento de la prestación del servicio que reclama.

2.3 CLINICA MEDICO ESPECIALISTAS DE COLOMBIA IDENTIFICADA NIT

900594169

Que, como antecedente de la Resolución 102148 de 2024, se tiene que los días 24 y 25 de julio de 2024 el equipo de auditoría de campo de la Dirección de Otras Prestaciones de la ADRES realizó visita concurrente de reconocimiento a la CLÍNICA EQUIPO MÉDICO DE ESPECIALISTAS DE COLOMBIA S.A.S., con NIT 900.594.169 – 9, ubicada en la calle 34 No 33 – 23 en la ciudad de Barranquilla, está clínica en el Registro Especial de Prestadores de Salud - REPS registra como una institución con servicios habilitados de mediana complejidad , como se detalla a continuación:RESOLUCIÓN NÚMERO 0176621 DE 2024 HOJA No. 7 de 74

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se resuelven los recursos de reposición interpuesto s por PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S identificada con NIT 900978672, ODONTOTRANS SAS identificada con NIT 900257333, CLINICA MEDICO

“Por medio de la cual se resuelven los recursos de reposición interpuesto s por PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S identificada con NIT 900978672, ODONTOTRANS SAS identificada con NIT 900257333, CLINICA MEDICO ESPECIALISTAS DE COLOMBIA identificada con NIT 900594169, CENTRAL DE URGENCIAS DE LA COSTA S.A.S. identificada con NIT 900.634.782, HOSPITAL DE LAS AMERICAS identificado con NIT 900685946 , SISMEDICA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA identificada con NIT 830.015.870 TECNOLOGÍA DIAGNOSTICA DE LA SABANA S.A.S. EN LIQUIDACION con NIT 900.996.425 y UNIMEDIS DE LA COSTA IPS S.A.S., identificada con NIT 901.307.461 en contra de la Resolución N.º 102148 del 12 de septiembre 2024, proferida por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES)”

Que, e l equipo de auditoría de campo de la Dirección de Otras Prestaciones identificó, mediante “INFORME ESPECIAL VERIFICACIÓN IPS BARRANQUILLAATLÁNTICO”, los siguientes hechos:

“Al momento de llegar a la dirección la persona que figura en la fotografía 1 se percata de la toma de fotografías…” realizando el cierre de las puertas del establecimiento. “Al interior del inmueble se observa un expendio de medicamentos, en vitrinas cerca a la entrada”. No siendo posible ingresar al establecimiento:

En la dirección registrada en el REPS por la Clínica Equipo Médico de Especialistas de Colombia S.A.S. EME Colombia S.A.S., identificada con el NIT

establecimiento:

En la dirección registrada en el REPS por la Clínica Equipo Médico de Especialistas de Colombia S.A.S. EME Colombia S.A.S., identificada con el NIT 900.594.169, Calle 34 No. 33-23, funciona una venta de medicamentos, según registro fotográfico realizado por los auditores de Campo el 24 de julio de 2024 y su infraestructura no corresponde a una IPS con la oferta de servicios habilitados ni la capacidad instalada registrada en REPS.

2.4 CENTRAL DE URGENCIAS DE LA COSTA S.A.S. NIT 900.634.782

Que, c omo antecedente de la Resolución 102148 de 2024, el equipo de auditoría de campo de la Dirección de Otras Prestaciones de la ADRES en el

1 Página 37 del informe “INFORME ESPECIAL VERIFICACIÓN IPS BARRANQUILLAATLÁNTICO”RESOLUCIÓN NÚMERO 0176621 DE 2024 HOJA No. 8 de 74

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se resuelven los recursos de reposición interpuesto s por PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S identificada con NIT 900978672, ODONTOTRANS SAS identificada con NIT 900257333, CLINICA MEDICO ESPECIALISTAS DE COLOMBIA identificada con NIT 900594169, CENTRAL DE URGENCIAS DE LA COSTA S.A.S. identificada con NIT 900.634.782, HOSPITAL DE LAS AMERICAS identificado con NIT 900685946 , SISMEDICA SOCIEDAD POR

ACCIONES SIMPLIFICADA identificada con NIT 830.015.870 TECNOLOGÍA DIAGNOSTICA DE LA SABANA S.A.S. EN LIQUIDACION con NIT 900.996.425 y UNIMEDIS DE LA COSTA IPS S.A.S., identificada con NIT 901.307.461 en contra de la Resolución N.º 102148 del 12 de septiembre 2024, proferida por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES)”

informe denominado “informe Especial Verificación IPS Barranquilla – Atlántico”, el 22 de abril de 2024 realizó un registro fotográfico en campo del inmueble ubicado en la dirección reportada por la IPS CENTRAL DE URGENCIAS DE LA COSTA S.A.S. con NIT 901.634.782-0 ubicado en la Carrera 42 H No 87 – 17 de la ciudad de Barranquilla, como resultado de lo cual concluyó que:

“La infraestructura física no está en funcionamiento, es un lugar donde depositan varios elementos hospitalarios como camillas, pero no se observa que haya operación de algún servicio de salud o administrativo.

La dirección de la página web, corresponde a la dirección, ciudad y Razón Social registrada en REPS.”

Que de conformidad con lo que se afirma en el acápite de hechos del documento denominado “Informe Situaciones Irregulares” presentado por el Consorcio CONAUDIT 2023 en el mes de septiembre de 2024, la IPS CENTRAL DE URGENCIAS DE LA COSTA S.A.S. fue seleccionada para realizar la auditoría en sitio una vez efectuada la caracterización del paquete 5.

Que, de acuerdo con lo informado en el acápite de hallazgos de este mismo documento, el día 10 de mayo de 2024 el Consorcio CONAUDIT 2023 realizó

en sitio una vez efectuada la caracterización del paquete 5.

Que, de acuerdo con lo informado en el acápite de hallazgos de este mismo documento, el día 10 de mayo de 2024 el Consorcio CONAUDIT 2023 realizó una primera visita en sitio a la IPS CENTRAL DE URGENCIAS DE LA COSTA S.A.S. en la dirección registrada en el REPS Carrera 42H #87 -17 de la ciudad de Barranquilla, Departamento del Atlántico, como resultado de lo cual evidenció:

“… que el local donde se ubica la IPS se encuentra vacío y la IPS se encuentra cerrada. Se trata de contactar al representante legal de la IPS en el número de teléfono registrado en el REPS 3002900338, pero no se obtuvo respuesta.

Por lo anterior se dio por terminada la visita siendo las 2:35 p.m del día 10 de mayo.”

Que, el Consorcio CONAUDIT 2023 así mismo informó que el día 26 de septiembre de 2024 realizó una segunda visita en sitio a la IPS CENTRAL DE URGENCIAS DE LA COSTA S.A.S en la dirección registrada el REPS CR 42 H No 87 – 17 de la ciudad de Barranquilla, Departamento del Atlántico; y consignó en el acápite de hallazgos del documento denominado “Informe Situaciones Irregulares”, lo siguiente:

“La primera novedad que se registra es que la IPS se encuentra abierta y presuntamente se encuentra en operación. No obstante, lo que se observa durante la visita, es que la sede donde se encuentra ubicada la IPS aparentemente está en proceso de adecuación.

La visita es atendida por el funcionario Ángel Sandoval identificado con cédula de ciudadanía 72.051.406 quien se desempeña como Coordinador

aparentemente está en proceso de adecuación.

La visita es atendida por el funcionario Ángel Sandoval identificado con cédula de ciudadanía 72.051.406 quien se desempeña como Coordinador General de la IPS Central de Urgencias de la Costa. Se explica al funcionario el objetivo de la visita, por lo que siendo las 2:15 pm se da inicio.”

Que de acuerdo con la consulta a la página oficial del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud – REPS, efectuada el 2 de mayo de 2024 por el equipo de auditoría de campo de la Dirección de Otras Prestaciones de la ADRES –que consta en las páginas 53 y 54 del documento denominadoRESOLUCIÓN NÚMERO 0176621 DE 2024 HOJA No. 9 de 74

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se resuelven los recursos de reposición interpuesto s por PUERTO SALUD UNIDAD MEDICA INTEGRAL S.A.S identificada con NIT 900978672, ODONTOTRANS SAS identificada con NIT 900257333, CLINICA MEDICO ESPECIALISTAS DE COLOMBIA identificada con NIT 900594169, CENTRAL DE URGENCIAS DE LA COSTA S.A.S. identificada con NIT 900.634.782, HOSPITAL DE LAS AMERICAS identificado con NIT 900685946 , SISMEDICA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA identificada con NIT 830.015.870 TECNOLOGÍA DIAGNOSTICA DE LA SABANA S.A.S. EN LIQUIDACION con NIT 900.996.425 y UNIMEDIS DE LA COSTA IPS S.A.S., identificada con NIT 901.307.461 en contra de la

LIQUIDACION con NIT 900.996.425 y UNIMEDIS DE LA COSTA IPS S.A.S., identificada con NIT 901.307.461 en contra de la Resolución N.º 102148 del 12 de septiembre 2024, proferida por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES)”

“informe Especial Verificación IPS Barranquilla – Atlántico”–, la IPS CENTRAL DE URGENCIAS DE LA COSTA S.A.S., se encuentra registrada como una institución ubicada en la Carrera 42 H No. 87 – 17 de la ciudad de Barranquilla, del Departamento del Atlántico, con servicios habilitados de transporte asistencial básico.

2.5 IPS HOSPITAL DE LAS AMERICAS NIT 900685946

Que, c omo antecedente de la Resolución 102148 de 2024, el equipo de auditoría de campo de la Dirección de Otras Prestaciones de la ADRES en el informe denominado “informe Especial Verificación IPS Barranquilla – Atlántico”, el 22 de abril de 2024 realizó un registro fotográfico en campo del inmueble ubicado en la dirección reportada por la IPS HOSPITAL LAS AMÉRICAS LTDA con NIT 900.685.946-6 ubicado en la Carrera 57 H No 21B – 06 de la ciudad de Barranquilla, como resultado de lo cual concluyó que:

“La infraestructura física no se usa para servicios de salud, pero aún conservan algo del mobiliario en su interior, se retiraron los letreros.”

Que de conformidad con lo que se afirma en el acápite de hallazgos del documento denominado “Informe Situaciones Irregulares” presentado por el Consorcio CONAUDIT 2023 en el mes de septiembre de 2024, la IPS HOSPITAL

Que de conformidad con lo que se afirma en el acápite de hallazgos del documento denominado “Informe Situaciones Irregulares” presentado por el Consorcio CONAUDIT 2023 en el mes de septiembre de 2024, la IPS HOSPITAL LAS AMÉRICAS LTDA se realizó una primera visita en sitio el 22 de marzo de 2024 en la dirección registrada en el REPS Calle 53 B No. 01F-51, del Municipio de Soledad, Departamento del Atlántico, como resultado de lo cual concluyó:

“… No fue posible efectuar la verificación de las facturas que hacen parte de la reclamación por parte de la IPS. Se realizan observaciones respecto a los servicios habilitados por parte de la IPS. Se observa lo correspondiente a las historias clínicas que no son diligenciadas en su totalidad.”

Que, el Consorcio CONAUDIT 2023 así mismo informó que el día 2 de septiembre de 2024 realizó una segunda visita en sitio a la IPS HOSPITAL LAS AMÉRICAS LTDA en la dirección registrada el REPS Calle 53 B No. 01F -51, del Municipio de Soledad, Departamento del Atlántico; y consignó en el

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