ADRES - Circular 000029 de 2023
ADRES
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Detalles
- Título
- ADRES - Circular 000029 de 2023
- Autor
- ADRES
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2023
Avenida El Dorado Calle 26 No. 69-76 Torre 1 Piso 16 Centro Empresarial Elemento - Bogotá D.C - Código Postal 111071
Línea gratuita Nacional: 01 8000 423 737 - Teléfono:(57-1) 4322760
www.adres.gov.co
CIRCULAR No. 0000029 de 2023
PARA: ENTIDADES RECOBRANTES DE SERVICIOS O TECNOLOGÍAS EN SALUD NO
FINANCIADOSCON LA UPC NI PRESUPUESTOS MAXIMOS.
DE: ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD
SOCIAL EN SALUD – ADRES
ASUNTO: ALCANCE A LAS INSTRUCCIONES PARA LA RADICACIÓN DE SERVICIOS Y TECNOLOGIAS NO FINANCIADOS CON CARGO A LA UPC NI AL PRESUPUESTO
MÁXIMO PRESCRITOS Y/O SUMINISTRADOS DURANTE EL PERIODO DE CONTINGENCIA DECLARADO POR EL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL EN LA CIRCULAR 0000011 DEL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2023 Y CIRCULAR 0019 DEL 12 DE OCTUBRE DE 2023
FECHA: 14 de noviembre de 2023
La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES, actuando en el marco de sus competencias legales y reglamentarias y teniendo en cuenta el periodo de contingencia y los procedimientos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social en la Circular 0000011 del 15 de septiembre de 2023 y Circular 0019 del 12 de octubre de 2023, se comunica a las entidades recobrantes algunas condiciones adicionales para el proceso de recobro/cobro de los servicios de salud
15 de septiembre de 2023 y Circular 0019 del 12 de octubre de 2023, se comunica a las entidades recobrantes algunas condiciones adicionales para el proceso de recobro/cobro de los servicios de salud definidos en los artículos 9 y 10 de la Resolución 1139 de 2022 del Ministerio de Salud y Protección Social y conforme a la Resolución 575 de 2023 de ADRES.
En consideración con las directrices impartidas por el Ministerio de Salud y Protección Social respecto a los plazos y fechas establecidas para la transcripción de las prescripciones médicas y prescripciones originadas en fallos de tutela realizadas entre el 9 al 25 de septiembre de 2023 durante el periodo de contingencia, así como los reportes de los suministros en los módulos MIPRES versiones 1 y 2 realizados en el periodo dispuesto en la Circular 0019 del 12 de Octubre de 2023; las entidades recobrantes deberán allegar como soportes adicionales a la radicación los siguientes documentos, independiente del ámbito de atención:
- Evidencia de entrega de los servicios y tecnologías no financiadas con la UPC ni con presupuestos máximos.1 • Factura física que cumpla los requisitos exigidos en el artículo 617 del Estatuto Tributario y norma que lo adicione o modifiquen.2
1 La evidencia de la entrega del servicio o tecnología en salud no financiada con recursos de la UPC ni presupuestos máximos se verificará con firma y número de identificación del paciente, de su representante responsable, del acudiente o de quien recibe el servicio o tecnolo gía en salud, como constancia del recibido en la factura de venta o documento equivalente, en la fórmula u orden médica que podrá ser la impresión del repo rte de la prescripción, en la certificación
del recibido en la factura de venta o documento equivalente, en la fórmula u orden médica que podrá ser la impresión del repo rte de la prescripción, en la certificación del prestador o en el formato diseñado para tal efecto por las entidades recobrantes, este último debe contener como mínimo los siguientes datos: i) nombre, tipo y documento de identificación del paciente, ii) fecha de prestación del servicio, iii) nombre del servicio o tecnología en salud no financiada con recursos de la UPC ni presupuestos máximos objeto del recobro/cobro. En caso de procedimientos deberá anexar el soporte físico con el respectivo resultado donde se evidencie la descripción de este, se deberá identificar;los datos del usuario objeto del recobro, número de identificación, IPS que realiza dicho procedimiento, fecha de la prestación y datos del profesional que lo realiza. Adicionalmente podrá ser valido notas de enfermería, ordenes médicas, hojas de aplicación de medicamentos y/o historia clínica.
2 cuando la factura incluya el tratamiento de más de un paciente, deberá anexarse certificación del proveedor que desagregue la cantid ad y el valor facturado de la tecnología y/o servicio en salud, por cada usuario, especificando la fecha de prestación del servicio y la fa ctura de venta o documento equivalente a la cual se imputa la certificación.Avenida El Dorado Calle 26 No. 69-76 Torre 1 Piso 16 Centro Empresarial Elemento - Bogotá D.C - Código Postal 111071
Línea gratuita Nacional: 01 8000 423 737 - Teléfono:(57-1) 4322760
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- Historia clínica que dio origen a la prescripción recobrada
Los documentos antes descritos son adicionales y deberán ser tipificados teniendo en cuenta el anexo técnico de
www.adres.gov.co
- Historia clínica que dio origen a la prescripción recobrada
Los documentos antes descritos son adicionales y deberán ser tipificados teniendo en cuenta el anexo técnico de nombramiento de imágenes, además deberán estar en formato PDF y su información deberá ser legible, coherente, completa y consistente.
Tenga en cuenta que el cronograma correspondiente a la radicación de los suministros y prescripciones que se vieron afectados en el aplicativo MIPRES, se abrirá para el periodo 1 al 18 de diciembre de 2023.
Se entiende que la presente Circular aplica solo para el proceso de reporte del aplicativo MIPRES, MIPRES tutela y suministro establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social en la Circular 0000011 del 15 de septiembre de 2023 y Circular 0019 del 12 de octubre de 2023 y deja sin efectos las especificaciones y lineamientos señalados por la Circular 00023 de 2023 de la ADRES.
FELIX LEÓN MARTÍNEZ MARTÍN
Director General ADRES
Elaboró: Lilia Castellanos -Asesora de la Dirección General Mariana Pazmiño Coral – Médico ESP líder recobros DOP Revisó: Camilo Plazas. Coordinador Grupo Interno de Verificación y Auditoria de Cuentas Edna Sanchez – Asesora de la Dirección General Nathaly Alvarado –Gestor de operaciones – Abogada OAJ VoBo: Jairo Tirado - Director de Otras Prestaciones Marcos Jaher Parra Oviedo Jefe de la Oficina Asesora Jurídica (E)