ADRES - Circular 0028 de 2020
ADRES
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Detalles
- Título
- ADRES - Circular 0028 de 2020
- Autor
- ADRES
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2020
Avenida El Dorado Calle 26 No. 69-76 Edificio Elemento Torre 1 Piso 17 Código Postal 111071
Teléfono: (57-1) 4322760 www.adres.gov.co
CIRCULAR No. 028
PARA: INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
DE: ADMINISTRADORA DE LOS RECURSO S DE L SISTEMA GENERAL DE
SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD – ADRES
ASUNTO: CRONOGRAMA PARA LA PRESENTACIÓN DE RECLA MACIONES E
INSTRUCCIONES PARA LA HABILITACIÓN DEL GIR O PREVIO DEL
SEGUNDO SEMESTRE DE 2020
FECHA: 15 de julio de 2020
La ADRES , actuando en el marco de sus competencias , reitera a las personas jurídicas interesadas en presentar solicitudes de reclamaciones por concepto de servicios de sa lud y gastos de transporte, lo siguiente:
x PRESENTACIÓN Y CIERRE DE RADICACIÓN DE RECLAMACIONES DE PERSONAS
JURÍDICAS
1. La presentación de reclamaciones de primera vez, que sea efectuada por person as jurídicas y que corresponda a servicios de salud y gastos de transporte , se deberá realizar dentro de los primeros quince (15) días calendario de cada mes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Resolución 1645 de 2016.
2. La presentación de respuestas al resultado de auditoría , que se a efectuada por personas jurídicas y que corresponda a servicios de salud y gastos de transporte , se deberá realizar desde el día 16 hasta el último día hábil de cada mes, de conformidad
2. La presentación de respuestas al resultado de auditoría , que se a efectuada por personas jurídicas y que corresponda a servicios de salud y gastos de transporte , se deberá realizar desde el día 16 hasta el último día hábil de cada mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Re solución 1645 de 2 016. No obstante, est a presentación se habilitará por parte de la ADRES hasta tanto se comunique el resultado de auditoría de las cuentas que a la fecha se encuentran radicadas.
3. Se advierte que la radicación que no cumpla lo pr evisto en el artículo 11 de la Resolución 1645 de 2016 será anulada.
x HABILITACIÓN GIRO PREVIO PARA RECLAMACIONES PRESENTADAS POR
PRIMERA VEZ ANTE LA ADRES CORRESPONDIENTE A LOS PERIODOS DE
RADICACIÓN DEL SEGUNDO SEMESTRE DE 2020
En virtud de lo ordenado en el Decreto 2497 de 20181 y la Resolución 849 de 20192, se informa que se habilita el giro previo para reclamaciones presentadas por primera vez ante la ADRES en el periodo de radicación correspondiente al segundo semestre de 2020, así: 1 ³Mediante el cual se modifica el paragrafo 1 del artículo 2.6.4.3.5.2.1 del Decreto 780 de 2016.Avenida El Dorado Calle 26 No. 69-76 Edificio Elemento Torre 1 Piso 17 Código Postal 111071
Teléfono: (57-1) 4322760 www.adres.gov.co
Periodo de habilitación Fecha para presentación de formato Julio de 2020 03 al 06 de agosto de 2020
Código Postal 111071
Teléfono: (57-1) 4322760 www.adres.gov.co
Periodo de habilitación Fecha para presentación de formato Julio de 2020 03 al 06 de agosto de 2020 Agosto de 2020 18 al 21 de agosto de 2020 Septiembre de 2020 17 al 22 de septiembre de 2020 Octubre de 2020 19 al 22 de octubre de 2020 Noviembre de 2020 17 al 20 de noviembre de 2020 Diciembre de 2020 17 al 22 de diciembre de 2020
Por lo anterior, las IPS que pretendan acojerse al mismo, deberán realizar lo siguiente:
1. Verificar si se encuentran incluidas en el listado de que trata el parágrado 1º del artículo 2º de la Resolución 849 de 2019, el cual se encuentra publicado en la pág ina WEB de la entidad https://www.adres.gov.co/Otras-prestaciones/Reclamaciones/Giroprevio.
2. Para acceder al giro pre vio de las reclamaciones radicadas en los periodos habilitados mediante el presente oficio, las IPS deberán presentar en los periodos enunciados anteriormente, un f ormato de solicitud de giro previo 3 individual para cada periodo de radicación, debidamente diligenciado y firmado por el representante legal registrado ante la ADRES en virtud de la Resolución 1645 de 2016.
3. La IPS deberá remitir las solicitudes me diante correo electrónico cuyo asunto sea SOLICITUD G IRO PREVIO – NOMBRE DE LA IPS – NIT, al corre o institucional
correspondencia1@adres.gov.co, adjuntando el formato de solicitud en PDF, los cuales
SOLICITUD G IRO PREVIO – NOMBRE DE LA IPS – NIT, al corre o institucional correspondencia1@adres.gov.co, adjuntando el formato de solicitud en PDF, los cuales deberán ser nombrados con la siguiente estructura: NIT_MES_AÑO.
DIANA ISABEL CÁRDENAS GAMBOA
Directora General de la ADRES
Elaboró: Oscar P
Revisó: Lorena A, Camilo P , Alvaro R, Mayra P.
2 ³Por el cual se establecen los criterios y la metodología con sujeción a los cuale s la A DRES podrá realizar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud giros previos a surtir la auditoría inWegral de laV reclamacioneV qXe le Vean preVenWadaV. 3 Adoptado en virtud del parágrafo 2 del artículo 2 de la Resolución 849 de 2019, mediante oficio 000002596000