🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

ADRES - Resolución 0018179 de 2025

ADRES

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
ADRES - Resolución 0018179 de 2025
Autor
ADRES
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2025

ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE

SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD – ADRES

RESOLUCIÓN NÚMERO 0018179 DE 2025

(20 de febrero de 2025)

Por medio de la cual se establecen las condiciones para la distribución, reconocimiento y giro de los recursos de ajustes de Presupuestos Máximos 2022 reconocidos como deuda pública a la Entidades Promotoras de Salud y Entidades Adaptadas conforme a la Resolución N.º 0369 del 19 de febrero de 2025 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA ADMINISTRADORA DE LOS RECURSOS

DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD – ADRES

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el numeral 12 del artículo 9 del Decreto 1429 de 2016, el numeral 3 del artículo 153 de la Ley 2294 de 2023, artículo 240 de la Ley 1955 de 2019, artículo 8 de la Resolución 67 de 2025 del Ministerio de Salud y Protección Social y Resolución 82395 de 2024 de la ADRES y

1 CONSIDERANDO

Que de acuerdo con el artículo 66 de la Ley 1753 de 2015 la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES es una entidad de naturaleza especial del nivel descentralizado del orden nacional, asimilada a una Empresa Industrial y Comercial del Estado , adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, cuya finalidad es garantizar el adecuado flujo y los respectivos controles de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).

Empresa Industrial y Comercial del Estado , adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, cuya finalidad es garantizar el adecuado flujo y los respectivos controles de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).

Que el artículo 240 de la Ley 1955 de 2019 establece que los servicios y tecnologías en salud no financiados con cargo a la UPC deben ser gestionados por las Empresas Promotoras de Salud – EPS con cargo al techo o presupuesto máximo que asigne el Ministerio de Salud y Protección Social, conforme a la metodología que este defina, y la transferencia de los recursos estará a cargo de la ADRES, la cual deberá ajustar sus procesos administrativos.

Que, en vigencia 2024, el Ministerio de Salud y Protección Social comunicó a la ADRES las constancias de ejecutorias de treinta y dos (32) actos administrativos, a través de las cuales asignó a las EPS y entidades adaptadas recursos de ajustes de presupuesto máximo 2022 en cuantía de $ 819.667.000.000,00.

Que el numeral 3 del artículo 153 de la Ley 2294 de 2023, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida” , establece que «En lo relacionado con los servicios y tecnologías no financiados con cargo a la UPC, prestados entre el 1o de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2022, podrán reconocerse los ajustes a los presupuestos máximos de conformidad con las recomendaciones que realicé la Comisión Asesora de Beneficios, Costos, Tarifas y Condiciones de Operación del Aseguramiento en Salud, o quien haga sus veces».

conformidad con las recomendaciones que realicé la Comisión Asesora de Beneficios, Costos, Tarifas y Condiciones de Operación del Aseguramiento en Salud, o quien haga sus veces».

Que de acuerdo con la constancia expedida por la Secretaría Ejecutiva (E.) del Consejo Superior de Política Fiscal – CONFIS el 27 de enero de 2025, durante la sesión presencial del 24 de enero de 2025, en virtud de los dispuesto en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 153 de la Ley 2294 de 2023, fue aprobado el espacio de recursos en el plan financiero para el pago de presupuestos máximos vigencia 2022, por valor de $819.667.000.000.

Que la ADRES expidió la Resolución N.º 0017955 del 14 de febrero de 2025 «Por medio de la cual se determinan y liquidan los recursos de ajustes al presupuesto máximo de la vigencia 2022 que deberán ser reconocidos como deuda pública a las Entidades Promotoras de Salud y a las Entidades Adaptadas en el marco delRESOLUCIÓN NÚMERO 0018179 DE 2025 HOJA No. 2

Continuación de la resolución: “Por medio de la cual se establecen las condiciones para la distribución, reconocimiento y giro de los recursos de ajustes de presupuesto máximo 2022 reconocidos como deuda pública a la Entidades Promotoras de Salud y Entidades Adaptadas conforme a la Resolución N.º 0369 del 19 de febrero de 2025 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.” ________________________________________________________________________________

saneamiento definitivo que trata el numeral 3 del artículo 153 de la Ley 2294 de 2023.».

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.” ________________________________________________________________________________

saneamiento definitivo que trata el numeral 3 del artículo 153 de la Ley 2294 de 2023.».

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público profirió la Resolución N.º 0369 del 19 de febrero de 2025 «Por la cual se reconoce como deuda pública de la Nación y se ordena el pago de la suma por concepto de ajuste de presupuestos máximos de la vigencia 2022, determinado y liquidado por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES mediante acto administrativo».

Que, en el artículo primero de la resolución anterior , el Ministerio de Hacienda y Crédito Público reconoce como deuda pública la suma de OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES DE PESOS ($ 819.667.000.000,00) moneda legal, a favor de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES y procede con el pago, con cargo al rubro de servicio de la deuda del Presupuesto General de la Nación de la vigencia 2025, de conformidad con el siguiente detalle:

RÉGIMEN NIT EPS NÚMERO DE RESOLUCIÓN VALOR A RECONOCER CONTRIBUTIVO 900156264 NUEVA EMPRESA PROMOTORA DE SALUD S.A. 386 $ 193.387.973.013,03

CONTRIBUTIVO 800251440 ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SANITAS S.A.S. 382 $ 95.110.499.066,72

CONTRIBUTIVO 800088702 EPS Y MEDICINA PREPAGADA SURAMERICANA S.A. SURA 383 $ 55.694.414.078,92

CONTRIBUTIVO 800130907 SALUD TOTAL 387 $ 53.783.190.732,74

CONTRIBUTIVO 830003564 FAMISANAR 379 $ 26.457.148.752,18

CONTRIBUTIVO 860066942 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR COMPENSAR 371 $ 22.504.155.573,33

CONTRIBUTIVO 805001157 ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD 364 $ 9.198.640.264,20

CONTRIBUTIVO 890303093 COMFENALCO VALLE DEL CAUCA 366 $ 7.029.679.688,51

CONTRIBUTIVO 806008394 ASOCIACION MUTUAL SER EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD EPS-S 368 $ 3.836.626.128,91

CONTRIBUTIVO 900914254 FUNDACIÓN SALUD MÍA EPS 384 $ 114.004.332,66

CONTRIBUTIVO 830113831 ALIANSALUD EPS S.A. 388 $ 81.239.872,61

CONTRIBUTIVO 890904996 EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN ESP 378 $ 10,99

CONTRIBUTIVO 800112806 FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA 390 $ 1,00

TOTAL CONTRIBUTIVO $ 467.197.571.515,80

SUBSIDIADO 900156264 NUEVA EMPRESA PROMOTORA DE SALUD S.A. 385 $ 88.088.401.740,87

SUBSIDIADO 901021565 EMSSANAR S.A.S. 365 $ 53.865.537.033,02

SUBSIDIADO 900935126 ASMET SALUD EPS S.A.S. 398 $ 46.378.319.894,36

SUBSIDIADO 901021565 EMSSANAR S.A.S. 365 $ 53.865.537.033,02

SUBSIDIADO 900935126 ASMET SALUD EPS S.A.S. 398 $ 46.378.319.894,36

SUBSIDIADO 806008394 ASOCIACION MUTUAL SER EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD EPS-S 369 $ 34.696.538.938,76

SUBSIDIADO 900298372 CAPITAL SALUD ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDI 374 $ 20.237.588.231,22

SUBSIDIADO 901543211 CAJACOPI EPS S.A.S. 370 $ 20.049.031.972,17

SUBSIDIADO 900604350 ALIANZA MEDELLIN ANTIOQUIA EPS S.A.S. 399 $ 18.439.314.191,54

SUBSIDIADO 899999107 ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO EPSS CONVIDA 397 $ 16.376.954.475,00

SUBSIDIADO 817001773 ASOCIACION INDIGENA DEL CAUCA 367 $ 10.714.255.792,78

SUBSIDIADO 900226715 COOSALUD E.S.S. 376 $ 10.505.721.341,52

SUBSIDIADO 891180008 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DEL HUILA 396 $ 10.392.271.006,00

SUBSIDIADO 901093846 EMPRESA PROMOTORA DE SALUD ECOOPSOS EPS S.A.S 391 $ 7.087.614.821,25

SUBSIDIADO 891856000 CAPRESOCA EPSS 363 $ 4.150.285.192,89

SUBSIDIADO 901097473 MEDIMÁS EPS S.A.S. 394 $ 4.118.332.552,81

SUBSIDIADO 890500675 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DEL ORIENTE

SUBSIDIADO 901097473 MEDIMÁS EPS S.A.S. 394 $ 4.118.332.552,81

SUBSIDIADO 890500675 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DEL ORIENTE COMFAORIENTE 373 $ 3.413.308.651,77

SUBSIDIADO 809008362 PIJAOS SALUD EPSI 381 $ 2.504.846.550,96

SUBSIDIADO 901543761 EPS FAMILIAR DE COLOMBIA SAS 389 $ 709.981.117,59

SUBSIDIADO 839000495 ANAS WAYUU EPS INDIGENA 377 $ 371.628.967,54

SUBSIDIADO 824001398 ASOCIACION DE CABILDO INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAK 362 $ 369.496.012,15

TOTAL SUBSIDIADO $ 352.469.428.484,20

TOTAL $ 819.667.000.000,00

Cifras en pesos

Que, adicionalmente, el artículo 2 de la Resolución N.º 0369 de 2025 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público establece que el giro de los recursos a favor de la ADRES por valor de $819.667.000.000,00 se efectuará de la siguiente manera:

“Artículo 2. Giro de recursos. El giro de los recursos a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución se efectuará por parte de la Subdirección de Operaciones de la Dirección General de Crédito Público yRESOLUCIÓN NÚMERO 0018179 DE 2025 HOJA No. 3

Continuación de la resolución: “Por medio de la cual se establecen las condiciones para la distribución, reconocimiento y giro de los recursos de ajustes de presupuesto máximo 2022 reconocidos como deuda pública a la Entidades Promotoras de Salud y

Continuación de la resolución: “Por medio de la cual se establecen las condiciones para la distribución, reconocimiento y giro de los recursos de ajustes de presupuesto máximo 2022 reconocidos como deuda pública a la Entidades Promotoras de Salud y Entidades Adaptadas conforme a la Resolución N.º 0369 del 19 de febrero de 2025 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.” ________________________________________________________________________________

Tesoro Nacional a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES de la siguiente manera:

Mes de desembolso Valor a desembolsar Febrero de 2025 $ 200.000.000.000,00 Marzo de 2025 $ 200.000.000.000,00 Abril de 2025 $ 200.000.000.000,00 Mayo de 2025 $ 219.667.000.000,00

TOTAL $ 819.667.000.000,00

Que, el artículo 3 de la resolución en comento, establece que es responsabilidad de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES proceder a la distribución de los fondos.

Que, en virtud de la obligación anterior y del giro de los recursos que estableció el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la distribución de los recursos a reconocer y girar por ajuste del presupuesto máximo de la vigencia 2022 se efectuará a las Empresas Promotoras de Salud – EPS y Entidades Adaptadas – EAS de manera proporcional en virtud de la siguiente fórmula matemática:

y girar por ajuste del presupuesto máximo de la vigencia 2022 se efectuará a las Empresas Promotoras de Salud – EPS y Entidades Adaptadas – EAS de manera proporcional en virtud de la siguiente fórmula matemática:

𝑃𝑟𝑜𝑝𝑜𝑟𝑐𝑖ó𝑛 = 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑎𝑠𝑖𝑔𝑛𝑎𝑑𝑜 𝑀𝑆𝑃𝑆 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 𝐴𝑗𝑢𝑠𝑡𝑒 𝑃𝑀 2022

Que, atendiendo la fórmula matemática, la distribución de los valores a reconocer y girar por ajuste del presupuesto máximo de la vigencia 2022 a favor de las Empresas Promotoras de Salud – EPS y Entidades Adaptadas – EAS corresponderá a las siguientes proporciones:

RÉGIMEN NIT EPS NÚMERO DE RESOLUCIÓN VALOR A RECONOCER PROPORCIÓN CONTRIBUTIVO 900156264 NUEVA EMPRESA PROMOTORA DE SALUD S.A. 386 $ 193.387.973.013,03 23,59% CONTRIBUTIVO 800251440 ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SANITAS S.A.S. 382 $ 95.110.499.066,72 11,60% CONTRIBUTIVO 800088702 EPS Y MEDICINA PREPAGADA SURAMERICANA S.A. SURA 383 $ 55.694.414.078,92 6,79%

CONTRIBUTIVO 800130907 SALUD TOTAL 387 $ 53.783.190.732,74 6,56% CONTRIBUTIVO 830003564 FAMISANAR 379 $ 26.457.148.752,18 3,23% CONTRIBUTIVO 860066942 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR COMPENSAR 371 $ 22.504.155.573,33 2,75% CONTRIBUTIVO 805001157 ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD 364 $ 9.198.640.264,20 1,12% CONTRIBUTIVO 890303093 COMFENALCO VALLE DEL CAUCA 366 $ 7.029.679.688,51 0,86% CONTRIBUTIVO 806008394 ASOCIACION MUTUAL SER EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD EPS-S 368 $ 3.836.626.128,91 0,47% CONTRIBUTIVO 900914254 FUNDACIÓN SALUD MÍA EPS 384 $ 114.004.332,66 0,01% CONTRIBUTIVO 830113831 ALIANSALUD EPS S.A. 388 $ 81.239.872,61 0,01% CONTRIBUTIVO 890904996 EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN ESP 378 $ 10,99 0,00% CONTRIBUTIVO 800112806 FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA 390 $ 1,00 0,00% TOTAL CONTRIBUTIVO $ 467.197.571.515,80 57,0% SUBSIDIADO 900156264 NUEVA EMPRESA PROMOTORA DE SALUD S.A. 385 $ 88.088.401.740,87 10,75%

SUBSIDIADO 901021565 EMSSANAR S.A.S. 365 $ 53.865.537.033,02 6,57% SUBSIDIADO 900935126 ASMET SALUD EPS S.A.S. 398 $ 46.378.319.894,36 5,66% SUBSIDIADO 806008394 ASOCIACION MUTUAL SER EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD EPS-S 369 $ 34.696.538.938,76 4,23% SUBSIDIADO 900298372 CAPITAL SALUD ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDI 374 $ 20.237.588.231,22 2,47% SUBSIDIADO 901543211 CAJACOPI EPS S.A.S. 370 $ 20.049.031.972,17 2,45% SUBSIDIADO 900604350 ALIANZA MEDELLIN ANTIOQUIA EPS S.A.S. 399 $ 18.439.314.191,54 2,25% SUBSIDIADO 899999107 ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO EPSS CONVIDA 397 $ 16.376.954.475,00 2,00% SUBSIDIADO 817001773 ASOCIACION INDIGENA DEL CAUCA 367 $ 10.714.255.792,78 1,31% SUBSIDIADO 900226715 COOSALUD E.S.S. 376 $ 10.505.721.341,52 1,28% SUBSIDIADO 891180008 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DEL HUILA 396 $ 10.392.271.006,00 1,27% SUBSIDIADO 901093846 EMPRESA PROMOTORA DE SALUD ECOOPSOS EPS S.A.S 391 $ 7.087.614.821,25 0,86%

SUBSIDIADO 891856000 CAPRESOCA EPSS 363 $ 4.150.285.192,89 0,51% SUBSIDIADO 901097473 MEDIMÁS EPS S.A.S. 394 $ 4.118.332.552,81 0,50% SUBSIDIADO 890500675 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DEL ORIENTE COMFAORIENTE 373 $ 3.413.308.651,77 0,42% SUBSIDIADO 809008362 PIJAOS SALUD EPSI 381 $ 2.504.846.550,96 0,31% SUBSIDIADO 901543761 EPS FAMILIAR DE COLOMBIA SAS 389 $ 709.981.117,59 0,09% SUBSIDIADO 839000495 ANAS WAYUU EPS INDIGENA 377 $ 371.628.967,54 0,05% SUBSIDIADO 824001398 ASOCIACION DE CABILDO INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAK 362 $ 369.496.012,15 0,05% TOTAL SUBSIDIADO $ 352.469.428.484,20 43,00% TOTAL $ 819.667.000.000,00 100,0% Cifra en pesosRESOLUCIÓN NÚMERO 0018179 DE 2025 HOJA No. 4

Continuación de la resolución: “Por medio de la cual se establecen las condiciones para la distribución, reconocimiento y giro de los recursos de ajustes de presupuesto máximo 2022 reconocidos como deuda pública a la Entidades Promotoras de Salud y Entidades Adaptadas conforme a la Resolución N.º 0369 del 19 de febrero de 2025 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.” ________________________________________________________________________________

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.” ________________________________________________________________________________

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Establecer como fórmula matemática para la distribución del valor a reconocer y girar a las Entidades Promotoras de Salud y Entidades Adaptadas por ajuste de presupuesto máximo de la vigencia 2022, la siguiente:

𝑃𝑟𝑜𝑝𝑜𝑟𝑐𝑖ó𝑛 = 𝑣𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑎𝑠𝑖𝑔𝑛𝑎𝑑𝑜 𝑀𝑆𝑃𝑆 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 𝐴𝑗𝑢𝑠𝑡𝑒 𝑃𝑀 2022

ARTÍCULO SEGUNDO. Distribuir el valor a reconocer, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del presente acto administrativo, por concepto de ajuste de presupuesto máximo de la vigencia 2022, la suma de OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL

SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES ($819.667.000.000,00) M/Cte., para las

EPS y EAS, de la siguiente manera:

RÉGIMEN NIT EPS NÚMERO DE

RESOLUCIÓN PROPORCIÓN

CONTRIBUTIVO 900156264 NUEVA EMPRESA PROMOTORA DE SALUD S.A. 386 23,59% CONTRIBUTIVO 800251440 ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SANITAS S.A.S. 382 11,60% CONTRIBUTIVO 800088702 EPS Y MEDICINA PREPAGADA SURAMERICANA S.A. SURA 383 6,79%

CONTRIBUTIVO 800251440 ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SANITAS S.A.S. 382 11,60% CONTRIBUTIVO 800088702 EPS Y MEDICINA PREPAGADA SURAMERICANA S.A. SURA 383 6,79% CONTRIBUTIVO 800130907 SALUD TOTAL 387 6,56% CONTRIBUTIVO 830003564 FAMISANAR 379 3,23% CONTRIBUTIVO 860066942 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR COMPENSAR 371 2,75% CONTRIBUTIVO 805001157 ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD 364 1,12% CONTRIBUTIVO 890303093 COMFENALCO VALLE DEL CAUCA 366 0,86% CONTRIBUTIVO 806008394 ASOCIACION MUTUAL SER EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD EPS -S 368 0,47% CONTRIBUTIVO 900914254 FUNDACIÓN SALUD MÍA EPS 384 0,01% CONTRIBUTIVO 830113831 ALIANSALUD EPS S.A. 388 0,01% CONTRIBUTIVO 890904996 EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN ESP 378 0,00% CONTRIBUTIVO 800112806 FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA 390 0,00% TOTAL CONTRIBUTIVO 57,00% SUBSIDIADO 900156264 NUEVA EMPRESA PROMOTORA DE SALUD S.A. 385 10,75% SUBSIDIADO 901021565 EMSSANAR S.A.S. 365 6,57% SUBSIDIADO 900935126 ASMET SALUD EPS S.A.S. 398 5,66% SUBSIDIADO 806008394 ASOCIACION MUTUAL SER EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD EPS -S 369 4,23%

SUBSIDIADO 900935126 ASMET SALUD EPS S.A.S. 398 5,66% SUBSIDIADO 806008394 ASOCIACION MUTUAL SER EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD EPS -S 369 4,23% SUBSIDIADO 900298372 CAPITAL SALUD ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDI 374 2,47% SUBSIDIADO 901543211 CAJACOPI EPS S.A.S. 370 2,45% SUBSIDIADO 900604350 ALIANZA MEDELLIN ANTIOQUIA EPS S.A.S. 399 2,25% SUBSIDIADO 899999107 ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO EPSS CONVIDA 397 2,00% SUBSIDIADO 817001773 ASOCIACION INDIGENA DEL CAUCA 367 1,31% SUBSIDIADO 900226715 COOSALUD E.S.S. 376 1,28% SUBSIDIADO 891180008 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DEL HUILA 396 1,27% SUBSIDIADO 901093846 EMPRESA PROMOTORA DE SALUD ECOOPSOS EPS S.A.S 391 0,86% SUBSIDIADO 891856000 CAPRESOCA EPSS 363 0,51% SUBSIDIADO 901097473 MEDIMÁS EPS S.A.S. 394 0,50% SUBSIDIADO 890500675 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DEL ORIENTE COMFAORIENTE 373 0,42% SUBSIDIADO 809008362 PIJAOS SALUD EPSI 381 0,31%

SUBSIDIADO 901543761 EPS FAMILIAR DE COLOMBIA SAS 389 0,09%

SUBSIDIADO 839000495 ANAS WAYUU EPS INDIGENA 377 0,05%

SUBSIDIADO 901543761 EPS FAMILIAR DE COLOMBIA SAS 389 0,09% SUBSIDIADO 839000495 ANAS WAYUU EPS INDIGENA 377 0,05% SUBSIDIADO 824001398 ASOCIACION DE CABILDO INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAK 362 0,05%

TOTAL SUBSIDIADO 43,00%

TOTAL 100,0%

ARTÍCULO TERCERO. RECONOCER, en virtud de la proporción establecida en el presente acto administrativo y atendiendo el giro de los recursos que realizará el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la suma de $819.667.000.000,00, así:

RÉGIMEN NIT EPS PROPORCIÓN Giro 1 Giro 2 Giro 3 Giro 4

CONTRIBUTIVO 900156264

NUEVA EMPRESA

PROMOTORA DE SALUD

S.A.

23,59% 47.186.960.805,55 47.186.960.805,55 47.186.960.805,55 51.827.090.596,37RESOLUCIÓN NÚMERO 0018179 DE 2025 HOJA No. 5

Continuación de la resolución: “Por medio de la cual se establecen las condiciones para la distribución, reconocimiento y giro de los recursos de ajustes de presupuesto máximo 2022 reconocidos como deuda pública a la Entidades Promotoras de Salud y Entidades Adaptadas conforme a la Resolución N.º 0369 del 19 de febrero de 2025 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.” ________________________________________________________________________________

Cifras en pesos

Parágrafo Primero. Los valores reconocidos como ajuste de presupuesto máximo

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.” ________________________________________________________________________________

Cifras en pesos

Parágrafo Primero. Los valores reconocidos como ajuste de presupuesto máximo de la vigencia 2022 no estarán sujetos a las disposiciones señaladas en el Decreto 489 de 2024 y Resolución N.º 82395 de 2024 de la ADRES, por tratarse de vigencias RÉGIMEN NIT EPS PROPORCIÓN Giro 1 Giro 2 Giro 3 Giro 4 CONTRIBUTIVO 800251440 ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD SANITAS S.A.S. 11,60% 23.207.107.048,77 23.207.107.048,77 23.207.107.048,77 25.489.177.920,41

CONTRIBUTIVO 800088702

EPS Y MEDICINA

PREPAGADA SURAMERICANA S.A. SURA 6,79% 13.589.522.105,66 13.589.522.105,66 13.589.522.105,66 14.925.847.761,93

CONTRIBUTIVO 800130907 SALUD TOTAL 6,56% 13.123.180.689,90 13.123.180.689,90 13.123.180.689,90 14.413.648.663,04

CONTRIBUTIVO 830003564 FAMISANAR 3,23% 6.455.584.707,49 6.455.584.707,49 6.455.584.707,49 7.090.394.629,70

CONTRIBUTIVO 860066942 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR COMPENSAR 2,75% 5.491.048.333,86 5.491.048.333,86 5.491.048.333,86 6.031.010.571,76

CONTRIBUTIVO 805001157

ENTIDAD PROMOTORA DE

FAMILIAR COMPENSAR 2,75% 5.491.048.333,86 5.491.048.333,86 5.491.048.333,86 6.031.010.571,76

CONTRIBUTIVO 805001157

ENTIDAD PROMOTORA DE

SALUD SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD 1,12% 2.244.482.274,92 2.244.482.274,92 2.244.482.274,92 2.465.193.439,43

CONTRIBUTIVO 890303093 COMFENALCO VALLE DEL CAUCA 0,86% 1.715.252.581,48 1.715.252.581,48 1.715.252.581,48 1.883.921.944,08

CONTRIBUTIVO 806008394

ASOCIACION MUTUAL SER

EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD EPS-S 0,47% 936.142.635,71 936.142.635,71 936.142.635,71 1.028.198.221,79

CONTRIBUTIVO 900914254 FUNDACIÓN SALUD MÍA EPS 0,01% 27.817.231,30 27.817.231,30 27.817.231,30 30.552.638,75

CONTRIBUTIVO 830113831 ALIANSALUD EPS S.A. 0,01% 19.822.653,01 19.822.653,01 19.822.653,01 21.771.913,59

CONTRIBUTIVO 890904996 EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLIN ESP 0,00% 2,68 2,68 2,68 2,95

CONTRIBUTIVO 800112806

FONDO DE PASIVO SOCIAL

DE FERROCARRILES

NACIONALES DE COLOMBIA 0,00% 0,24 0,24 0,24 0,27

CONTRIBUTIVO 800112806

FONDO DE PASIVO SOCIAL

DE FERROCARRILES

NACIONALES DE COLOMBIA 0,00% 0,24 0,24 0,24 0,27

TOTAL CONTRIBUTIVO 57,00% 113.996.921.070,58 113.996.921.070,58 113.996.921.070,58 125.206.808.304,06

SUBSIDIADO 900156264

NUEVA EMPRESA

PROMOTORA DE SALUD S.A. 10,75% 21.493.704.575,36 21.493.704.575,36 21.493.704.575,36 23.607.288.014,78

SUBSIDIADO 901021565 EMSSANAR S.A.S. 6,57% 13.143.273.312,95 13.143.273.312,95 13.143.273.312,95 14.435.717.094,18

SUBSIDIADO 900935126 ASMET SALUD EPS S.A.S. 5,66% 11.316.380.894,77 11.316.380.894,77 11.316.380.894,77 12.429.177.210,06

SUBSIDIADO 806008394

ASOCIACION MUTUAL SER

EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD EPS-S 4,23% 8.466.008.498,27 8.466.008.498,27 8.466.008.498,27 9.298.513.443,95

SUBSIDIADO 900298372

CAPITAL SALUD ENTIDAD

PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDI 2,47% 4.938.002.440,31 4.938.002.440,31 4.938.002.440,31 5.423.580.910,28

CAPITAL SALUD ENTIDAD

PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDI 2,47% 4.938.002.440,31 4.938.002.440,31 4.938.002.440,31 5.423.580.910,28

SUBSIDIADO 901543211 CAJACOPI EPS S.A.S. 2,45% 4.891.994.425,09 4.891.994.425,09 4.891.994.425,09 5.373.048.696,89

SUBSIDIADO 900604350 ALIANZA MEDELLIN ANTIOQUIA EPS S.A.S. 2,25% 4.499.220.827,86 4.499.220.827,86 4.499.220.827,86 4.941.651.707,97

SUBSIDIADO 899999107

ENTIDAD PROMOTORA DE

SALUD DEL REGIMEN

SUBSIDIADO EPSS CONVIDA 2,00% 3.996.001.906,87 3.996.001.906,87 3.996.001.906,87 4.388.948.754,38

SUBSIDIADO 817001773 ASOCIACION INDIGENA DEL CAUCA 1,31% 2.614.294.778,92 2.614.294.778,92 2.614.294.778,92 2.871.371.456,01

SUBSIDIADO 900226715 COOSALUD E.S.S. 1,28% 2.563.412.054,29 2.563.412.054,29 2.563.412.054,29 2.815.485.178,65

SUBSIDIADO 891180008 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DEL HUILA 1,27% 2.535.729.999,13 2.535.729.999,13 2.535.729.999,13 2.785.081.008,60

SUBSIDIADO 891180008 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DEL HUILA 1,27% 2.535.729.999,13 2.535.729.999,13 2.535.729.999,13 2.785.081.008,60

SUBSIDIADO 901093846

EMPRESA PROMOTORA DE

SALUD ECOOPSOS EPS S.A.S 0,86% 1.729.388.842,36 1.729.388.842,36 1.729.388.842,36 1.899.448.294,17

SUBSIDIADO 891856000 CAPRESOCA EPSS 0,51% 1.012.675.926,42 1.012.675.926,42 1.012.675.926,42 1.112.257.413,64

SUBSIDIADO 901097473 MEDIMÁS EPS S.A.S. 0,50% 1.004.879.433,43 1.004.879.433,43 1.004.879.433,43 1.103.694.252,52

SUBSIDIADO 890500675

CAJA DE COMPENSACION

FAMILIAR DEL ORIENTE COMFAORIENTE 0,42% 832.852.524,69 832.852.524,69 832.852.524,69 914.751.077,70

SUBSIDIADO 809008362 PIJAOS SALUD EPSI 0,31% 611.186.384,46 611.186.384,46 611.186.384,46 671.287.397,58

SUBSIDIADO 901543761 EPS FAMILIAR DE COLOMBIA SAS 0,09% 173.236.477,15 173.236.477,15 173.236.477,15 190.271.686,13

SUBSIDIADO 839000495 ANAS WAYUU EPS

SUBSIDIADO 901543761 EPS FAMILIAR DE COLOMBIA SAS 0,09% 173.236.477,15 173.236.477,15 173.236.477,15 190.271.686,13

SUBSIDIADO 839000495 ANAS WAYUU EPS INDIGENA 0,05% 90.678.035,72 90.678.035,72 90.678.035,72 99.594.860,37

SUBSIDIADO 824001398

ASOCIACION DE CABILDO

INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA DUSAK 0,05% 90.157.591,35 90.157.591,35 90.157.591,35 99.023.238,10

TOTAL SUBSIDIADO 43,00% 86.003.078.929,42 86.003.078.929,42 86.003.078.929,42 94.460.191.695,94

TOTAL 100,0% 200.000.000.000,00 200.000.000.000,00 200.000.000.000,00 219.667.000.000,00RESOLUCIÓN NÚMERO 0018179 DE 2025 HOJA No. 6

Continuación de la resolución: “Por medio de la cual se establecen las condiciones para la distribución, reconocimiento y giro de los recursos de ajustes de presupuesto máximo 2022 reconocidos como deuda pública a la Entidades Promotoras de Salud y Entidades Adaptadas conforme a la Resolución N.º 0369 del 19 de febrero de 2025 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.” ________________________________________________________________________________

anteriores; sin embargo, cuando la EPS y/o EA se acoja al mecanismo de giro directo deberá cumplir las condiciones técnicas y operativas del giro directo.

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.” ________________________________________________________________________________

anteriores; sin embargo, cuando la EPS y/o EA se acoja al mecanismo de giro directo deberá cumplir las condiciones técnicas y operativas del giro directo.

Parágrafo Segundo. En caso de que se presente el reintegro de los recursos reconocidos por ajuste de presupuesto máximo de 2022, en virtud de lo establecido en el artículo 3 del Decreto Ley 1281 de 2002, modificado por el artículo 7 de la Ley 1949 de 2019, estos serán consignados a l as cuentas bancarias que indique la Subdirección de Operaciones de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional.

Parágrafo tercero. El reconocimiento de los valores del presente artículo está supeditado a la transferencia de los recursos que realice el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a favor de la ADRES.

ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de su expedición.

Dado en Bogotá D. C. a los 20 días del mes de febrero de 2025.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

FÉLIX LEÓN MARTÍNEZ MARTÍN

Director General ADRES

Elaboró: Aldemar Rondón – Contratista – DOP.

Revisó: Blanca Vivi - Contratista.

Julián Buriticá – Coordinador Grupo Gestión de Reconocimiento Diego Leonardo Suarez – Contratista _ DGRFS

Aprobó Yasmín Cecilia Escamilla Badillo - Directora de Otras Prestaciones (E) Carmen Rocío Rangel – Directora Dirección de Gestión de los Recursos Financieros de Salud

Consultar sobre este documento ...