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AEROCIVIL - Resolución 02740 de 2024

Aeronáutica Civil

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Detalles

Título
AEROCIVIL - Resolución 02740 de 2024
Autor
Aeronáutica Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año
2024

Transporte ss RESOLUCIÓN NÚMERO #02740 DE 05 DIC. 2024 “Por la cual se establecen las tarifas de los actos registrales y demás actividadesque se desarrollan en la oficina de Registro Aeronáutico y se deroga la Resolución 04338 de 27 diciembre de 2019”

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVILAEROCIVIL.

En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las contenidas en elartículo 3, numeral 15 del artículo 4, y artículo 8 del decreto 1294 de 2021,y el decreto 2597 de 2022 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 1 del Decreto 1294 de 2021: "Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - AEROCIVIL (en adelante AEROCIVIL) y se dictan otras disposiciones”, señala que la AEROCIVIL "(...) es unaentidad especializada de carácter técnico adscrita al Ministerio de Transporte, conpersonería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.” Que el artículo 3 del mencionado Decreto, señala la constitución de los ingresos y patrimonio de la AEROCIVIL, en sus numerales 3, 6, 7 y 8, los cuales indica:

3. Las sumas, valores o bienes que la Unidad reciba por la prestaciónde servicios de cualquier naturaleza y demás operaciones que realice en cumplimiento de las funciones que le han sido asignadas.

(.)

6. El producto de las sanciones que imponga conformea la ley.

7. Los ingresos por concepto de permisos de operación, matrículas aedaeronaves y licencias del personal de vuelo, asi como los que provengande autorizaciones para construcción y operación de pistas y aeródromos.

8. Las tasas, tarifas y derechos por la prestación de los serviciosaeronáuticos y aeroportuarios o los que se generen por las concesiones, autorizaciones, licencias o cualquier otro tipo de ingreso o bienpatrimonial”.

Clave: ESTR-3.0-12-002

Versión: 10

Fecha: 10/1UL/2024

Página 1 de 6Transporte RESOLUCIÓN NÚMERO #027 40 = 05 DIC. 2024 “Por la cual se establecen las tarifas de los actos registrales y demás actividadesque se desarrollan en la oficina de Registro Aeronáutico y se deroga la Resolución04338 de 27 diciembre de 2019” Que el numeral 7 del artículo 8 del Decreto en cita, preceptúa que son funciones de laDirección General, la de "Fijar tasas y derechos, conceder autorizaciones, aplicar sancionesy expedir los demás actos que regulan la Aerocivil y el modo de transporte aéreo”. Que los numerales 12 y 15 del artículo 4 del Decreto en referencia, dispone entre lasfunciones generales de la AEROCIVIL:

12. Proponer e implementar fórmulas y criterios para la directa,controlada o libre fijación de tarifas para el servicio de transporte aéreoy los servicios conexos, de acuerdo con la normativa vigente.

15. Recaudar y cobrar las tasas, tarifas y derechos por la prestación de

los servicios aeronáuticos y los que se generen por las concesiones, autorizaciones, licencias o cualquier otro tipo de ingreso o bienpatrimonial”. Que en cumplimiento del artículo 313 de la Ley 2294 de 2023, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026. "Colombia Potencia Mundial de la Vida”, donde se estableció la creación de la Unidad de Valor BásicoUVB, a su vez indica, que aplicará para: “Todos los cobros; sanciones; multas; tarifas; requisitos financieros parala constitución, la habilitación, la operación o el funcionamiento deempresas públicas y/o privadas; requisitos de capital, patrimonio o ingresos para acceder y/o ser beneficiario de programas del estado; montos máximos establecidos para realizar operaciones financieras;montos mínimos establecidos para el pago de comisiones y contraprestaciones definidas por el legislador; cuotas asociadas al desarrollo de actividades agropecuarias y de salud; clasificaciones de hogares, personas naturales y personas jurídicas en función de su patrimonio y/o sus ingresos; incentivos para la prestación de servicio público de aseo; y honorarios de los miembros de juntas o consejos directivos, actualmente denominados y establecidos con base en salarios mínimos o en Unidades de Valor Tributario - UVT-,deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de laUnidad de Valor Básico -UVBdel año 2023, conforme lo dispuesto eneste artículo”.

Clave: ESTR-3.0-12-002

Versión: 10

Fecha: 10/JUL/2024

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RESOLUCIÓN NÚMERO 02740 De M5 DIC 2024

Clave: ESTR-3.0-12-002

Versión: 10

Fecha: 10/JUL/2024

Página 2de 6Transporte row RESOLUCIÓN NÚMERO 02740 De M5 DIC 2024 “Por la cual se establecen las tarifas de los actos registrales y demás actividadesque se desarrollan en la oficina de Registro Aeronáutico y se deroga la Resolución 04338 de 27 diciembre de 2019” PARAGRAFO PRIMERO: si como consecuencia de la aplicación de lodispuesto en el presente artículo el valor de los conceptos objeto de laindexación no es un numero entero, se deberá aproximar dicho valor ala cifra con dos (2) decimales más cercana; y si es inferior a una (1)unidad de Valor Básico-UVB-, se deberá aproximar a la cifra con tres (3)decimales más cercano. Que se realizó consulta a las Oficinas jurídica del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,así como a la de Aerocivil con radicados No 2024393060009099 Id: 1266416 de abril 3 de2024 y 2024293060011342 Id: 1284179 de 18 de abril de 2024 respectivamente , quienesemitieron respuestas con radicados 2-2024-035751 de Julio 2 de 2024 y2024312020020455 Id: 1367996 de 24 dejulio de 2024 respectivamente, coincidiendo enla obligación por parte de la Aeronáutica Civil de calcular las tarifas en UVB Unidad de ValorBásico, atendiendo lo preceptuado en el artículo 313 de la ley 2294 de 2023.

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público publicará mediante Resolución antes delprimero (1) de enero de cada año, el valor de la unidad de Valor Básico - UVB aplicablepara el año siguiente. diciembre de 2023, donde estableció el Valor de la Unidad de Valor Básico para la Vigencia Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió la Resolución No. 3268 del 18 cof 2024 en ($10.951) diez mil novecientos cincuenta y un pesos. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Establecer las tarifas en Unidades de Valor Básico (UVB)vigente, para los actos regístrales y demás actividades que se desarrollan en elGrupo de Registro Aeronáutico, así:

1. Por registro de propiedad o cualquiera otro derecho real, arrendamiento,cesión o cancelación de arrendamiento, desembargo, constitución oCancelación de gravámenes sobre aeronaves.

Clave: ESTR-3.0-12-002

Versión: 10

Fecha: 10/JUL/2024

Página 3 de 6TS Años 50 pe 05 DIC. 2024RESOLUCION NUMERO “Por la cual se establecen las tarifas de los actos registrales y demás actividadesque se desarrollan en la oficina de Registro Aeronáutico y se deroga la Resolución 04338 de 27 diciembre de 2019” Peso Bruto Máximode Operación UVB(PBMO) en Kg

MENOR 5.000 69,24 5.001 10.000 90,01 10.001 20.000 112,2 20.001 50.000 152,32 50.001 100.000 200,78

Mayores a 100.000 304,64

PARAGRAFO: Las tarifas enunciadas en este numeral se duplican en el evento en quehaya transcurrido más de seis (6) meses entre la fecha de la solicitud de registro y lafecha de producido el documento o escritura pública que se pretende registrar.

Il. Asignación de Matrícula. a) Asignación de matrículas para aeronaves importadas al país en formadefinitiva y construidas, ensambladas o rematadas en el país: El tres por mil (3x 1000) del valor comercial de la aeronave según el valor FOB del registro o licenciade importación, valor del remate o precio de venta de fábrica. b) Asignación de matrícula para aeronaves importadas al país en forma“en poral e inscripción de aeronaves que operan con matrícula extranjera, Peso Bruto Máximo deOperación (PBMO) en UVBKgMENOR | 5.000 304,64 5.001 10.000 394,64 10.001 20.000 512,34 20.001 50.000| 664,66 50.001 100.000 | 778.90| Mayores a 100.000 | 1.730,89|

Clave: ESTR-3.0-12-002

Versión: 10

Fecha: 10/JUL/2024

Página 4 de 6t Transporte senRESOLUCION NUMERO ¿0 2740 BE 05 DIC. 2024

“Por la cual se establecen las tarifas de los actos registrales y demás actividadesque se desarrollan en la oficina de Registro Aeronáutico y se deroga la Resolución04338 de 27 diciembre de 2019” | CONCEPTO UVB Cancelación de Matrícula 90,01 Cambio de categoría o marca de utilización 90,01 Certificado de Matricula 45,00 Duplicado Certificado de Matrícula 90,01 Certificado de tradición y libertad 10,39 Certificaciones en general o Reproducción de sello 10,39 Listado de aeronaves por página 1:23: Cambio de pintura 45,00 Asignación de Código Binario 10,39 Declaratoria perdida fuerza ejecutoria, cancelaciónde matrícula o asignación de matrícula cancelada porinactividad 90,01

ARTICULO SEGUNDO: Las tarifas por asignación de matrícula para aeronavesde hasta 750 Kg, consideradas ultralivianas es de 43.71 Unidades de ValorBásico (UVB), y los registros sobre las mismas quedaran en 34.61 Unidadesde Valor Básico (UVB).

ARTICULO TERCERO: Los pesos de las aeronaves mencionados en estResolución, corresponden al Peso Bruto Máximo de Operación (PBMO) en Kgs.

ARTICULO CUARTO: La tarifa debe ser cancelada previamente a la solicituddel trámite, en los diferentes canales autorizados por la Entidad.

PARAGRAFO: Las partes intervinientes deben encontrarse al día con la UnidadAdministrativa Especial de Aeronáuticas Civil respecto a sus obligacionespecuniarias, de conformidad con lo establecido en el Capítulo IV de laResolución No.4528 del 27 de noviembre de 2000.

Clave: ESTR-3.0-12-002

Versión: 10

Fecha: 10/JUL/2024

Página 5 de 6Transporte xs RESOLUCIÓN NÚMERO 202740 be IC, 2024 “Por la cual se establecen las tarifas de los actos registrales y demás actividadesque se desarrollan en la oficina de Registro Aeronáutico y se deroga la Resolución04338 de 27 diciembre de 2019” ARTICULO QUINTO: Las entidades del Estado que realicen trámites ante elGrupo de Registro Aeronáutico estarán exentas del pago de las tarifas acáfijadas.

ARTICULO SEXTO: La presente resolución rige a partir del 1 de enero de 2025 y derogalas normas que le sean contrarias en especial la Resolución No.4338 de diciembre 27 de2019.

Dada en Bogotá D.C., a los 05 bie. 2024

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Director General

Proyectó: Carlos Mauricio Garibello - Coordinador - Grupo Facturación 8)

Reviso: r. Héctor Rodríguez González - Director - Dirección Financierara. Esmeralda Molina G - Secretaria General -Secretaría General Dra. Luz Angela Rodriguez Cepeda - Asesora Dirección GeneralRevisó: Carlos Arturo Horta TovarAbogado ContratistaSecretaria Genera A.

Clave: ESTR-3.0-12-002

Versión: 10

Fecha: 10/JUL/2024

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