AEROCIVIL - Acta 54 del 3 de Mayo de 2011
Aeronáutica Civil
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Detalles
- Título
- AEROCIVIL - Acta 54 del 3 de Mayo de 2011
- Autor
- Aeronáutica Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2011
RE81.PICAU OE COI.OMll!A
GRUPO EVALUADOR DE PROYECTOS AEROCOMERCIALES
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL
SESION 54 DEL 3 DE MAYO DE 2011
Fecha Audiencia: Abril 27 de 2011
Fecha Sesión: Mayo 3 de 2011
Hora: 04:30 p.m.
Lugar: Dirección General
ASISTENTES
Dr. Santiago Castro Górnez Director General, Aeronáutica Civil Adriana Sanclemente A]zate Jefe Oficina de Transporte Aéreo Juan Carlos Ramírez Gonzá]ez Jefe Grupo Aeronavegación de la Director de Servicios a la Navegación Aérea. Cr (r) Germán R. García Acevedo Secretario Seguridad Aérea
INVITADOS:
Luz Melba Castañeda L. Delegada del Ministerio de Transporte Claudia Esguerra Barragán Jefe Grupo Asuntos Internacionales y Regulatorios Leonor Cristina Reyes Acevedo Jefe Grupo Servicios Aerocomerciales Patricia Russo M. Economista - Servicios Aerocomerciales - Oficina de Transporte Aéreo.
TEMAS DE AUDIENCIA
l. AVIANCA S. A., solicita se le autorice adicionar: una frecuencia y nuevas rutas internacionales, así: Frecuen. Equipo dev uelo Deer chos de RUTA S Semanal Propuesto Tra fico AdicFiróenc uencias BOGOTA-SANTO DOMINGO-BOGOTA 3 A319/320 3a y 4a libertad NuevRasu tas BOGOTA -CANCUN-BOGOTA I A319/320 3a y 4a libertad
BOGOTA-RIO DE JANEIRO-BOGOTA 3 A319/320 3a y 4a libertad Una vez considerado cada servicio el grupo recomendó Negalr a petición en cada una de las rutas solicitadas, teniendo en cuenta las autorizaciones y designaciones vigentes en el marco de los instrumentos bilaterales que rigen las relaciones aerocomerciales entre Colombia-República Dominicana, Colombia-México y Colombia-Brasil, toda vez que: Edificio Administrativo de la Aeronáutica Civil Avenida Eldorado 103-15 Tel. (57-1) 2963418 Fax: 4135260 -www.aerocivil.gov.co Bogotá, D.C. -Colombia R[PUBUCA DE COLOMBIA AERONAUCTIIVCIAL Colombia-República Dominicana : El instrumento bilateral prevé un control de capacidad y las frecuencias que se pueden operar a Santo Domingo están todas asignadas, y los plazos con que cuentan las aerolíneas autorizadas se encuentran vigentes. Igualmente debe considerarse que desde hace tres años (marzo de 2008) las frecuencias solicitadas se encuentran asignadas a la empresa Av ianca y no han sido operadas, razón por la cual como criterio de política y en aras de la equidad estas frecuencias quedarán de libre disposición para ser solicitadas por cualquier empresa en futuras audiencias públicas.
Colombia-Brasil: Existe un régimen de capacidad controlado, y las frecuencias previstas para Colombia ya se encuentran asignadas. Adicionalmente, sólo en el marco de la audiencia púbica la empresa expresó la pretensión de sustituir las frecuencias aprobadas para Sao Paulo para que le fueran aprobadas a Rio de Janeiro, información que no fue
considerada al momento del análisis del estudio para la audiencia, y adicionalmente no estuvo disponible para terceros interesados, razón por la cual en aras de dar cumplimiento al procedimiento y espíritu de las audiencias públicas, el Grupo recomendó negar la petición.
Colombia-México: Conforme a lo previsto en el Instrumento Bilateral vigente que regula las relaciones aerocomerciales entre los dos países, para la designación de aerolíneas se establece un esquema de Múltiple Designación, manteniendo la doble designación por par de ciudades y en la ruta Bogotá-Cancún ya se encuentran autorizados dos operadores, con lo cual no hay cabida para esta petición.
El Director General de la Aerocivil, como Presidente del Grupo acogió las anteriores recomendaciones.
2. FA ST COLOMBIA S.A., solicita se le autorice el cambio de base principal, base auxiliar y nuevas rutas, a la autorización de constitución como empresa de transporte aéreo regular troncal de pasajeros, correo y carga con base principal en el aeropuerto Eldorado de Bogotá, con aeronaves Airbus A-319 y Airbus 320, Boeing 737-300, Boeing 737-700 y Boeing 737-800, autorizada en Sesión 50 del 5 de agosto de 2010.
El cambio consiste en establecer como base principal el Aeropuerto José María Córdova de Rionegro, base auxiliar el Aeropuerto Rafael Núñez de Cartagena, en las siguientes rutas: Fer cuencias Nuevas Rutas semanales Medellín-San Andrés-Medellín 10 Medellín-Cúcuta-Medellín 9
Medel1ín-Apartadó-Medellín 6 Medellín-Montería-Medellín 5 Medellín-Valledupar-Medellín 4 EdifAidcmiion istdrela aAt eirvoon áCuitviAicvlae niEdlad or1a0d3o-T 1e5l( .5 72-963411)8 Fax4:1 35-2w60ww .aerndvil.gov.co BogotD.áC,-. C olombia \\V"-" Js2 ..& • Medellin-lbagué-Medellín 3 Medellín-Armenia-Medellín 2 Medellin-N eiva-Medellín 1 Medellín-Leticia-Medellin 1 Medellín-Riohacha-Medellin 1 Medellín-Popayán-Medellín 1 Medellin-Barrancabenneja-Medellín 1 Medellin-El Y opal-Medellin 1 Medellín-V illavicencio-Medellín 1 Medellín-Cartagena-Medellín 18 Cartagena-Cali-Cartagena 16 Cartagena-Bogotá-Cartagena 2 Medellín-Santa Marta-Medellin 11 Santa Marta-Cali-Santa Marta 12 Santa Marta-Bogotá-Santa Marta 1 Medellin-Barranquilla-Medellín 11 Barranquilla-Bogotá-Barranquilla 1 Medellin-Cali-Medellin 9 Cali-Bogotá-Cali 2 Medellín-Bucaramanga-Medellin 6 Bucaramanga-Santa Marta-Bucaramanga 3 Bucaramanga-Bogotá-Bucaramanga 1 Bucaramanga-Cartagena-Bucaramanga
7 Medellín-Pereira-Medellín 5 Pereira-Santa Marta-Pereira 3 Pereira-Cartagena-Pereira 2 Medellín-Bogotá-Medellín 3 Una vez evaluada la petición en forma integral y teniendo en cuenta: a)Q ue los estudios de mercado, financiero y económico presentados para el cambio de base con base auxiliar, para prestar el servicio en 32 rutas con el equipo propuesto, arrojó indicadores favorables y acordes a la industria Aeronáutica, y b)Q ue se ajusta a la Política Aerocomercial Vigente, el Grupo recomendó Aproblaa pret ición. Sobre la solicitud para que se de aplicación al Régimen Especial de los Servicios Pioneros contemplados en el numeral 3.6.3.4.3.9.1 de los RAC, éste sólo se concede en diez (10) rutas de las treinta y dos (32) propuestas, así: Medellin-Valledupar, Medellin-Neiva, Medellin-Leticia, Medellin-Riohacha, Medellín-Popayán, Medellin-Barrancabenneja, Edificio Administrativo de la Aeronáutica Civil Avenida lildorado 103-15 Tel. (57-1) 2963418 Fax: 413S260 -www.aerocivil.gov.co Bogotá, D.C. -Colombia
REPUeu: A DE Cotfi AERONAUTICA CIVIL Medellín-El Yopal, Medellín-Villavicencio, Santa Marta-Cali, y Pereira-Santa Marta, considerando lo siguiente: a)Qu e éstas no son operadas por ninguna aerolínea, b)La ciudad de Medellín está servida por los aeropuertos: José Maria Córdoba y Enrique Olaya
Herrera. El Director General de la Aerocivil, como Presidente del Grupo acogió las anteriores recomendaciones.
3. TA MP A CARGOS .Aso.lic,ita se le autorice prestar el semc10 público de transporte aéreo internacional de carga con aeronaves B767-200 para operar las siguientes rutas: Colombia (Bogotá y/o Medellín y/o Barranquilla y/o Cali - Un punto o puntos en el territorio de los Estados Unidos - Santo Domingo - y/o Fort de France (Martinica) y/o Curazao y/o Aruba y/o Puerto Principe (Haití) y Regreso, con posibilidad de omitir o excluir puntos con dos (2) frecuencias semanales, ejerciendo los siguientes derechos de tráfico: a) De tercera y cuarta libertad en los puntos solicitados entre Colombia a Estados Unidos y regreso; Colombia - Santo Domingo; Colombia - Fort de France; Colombia - Curazao; Colombia -Aruba;y Colombia - Puerto Prínci y regreso. pe b) De quinta libertad en los puntos solicitados entre Colombia - Estados UnidosSanto Domingo y/o Fort de France y/o Curazao y/o Aruba y/o Puerto Príncipe y regreso.
Una vez considerada la tición en el marco de los instrumentos bilaterales vigentes pe suscritos entre Colombia-Estados Unidos; Colombia-República Dominicana (Santo Domingo); Colombia-Antillas Francesas (Fort de France), Colombia-Curazao; y Colombia Aruba, el Grupo recomendó Aprolba paetirció n con derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad del aire conforme lo señalado en el literal a) de la petición. Respecto a la operación entre Colombia-Haití (Puerto Príncipe), ejerciendo derechos de
tercera y cuarta libertad del aire, el Grupo recomendó Aprobbaajor ell pari ncipio de reciprocidad, teniendo en cuenta que no existe instrumento bilateral que regule las relaciones aerocomerciales. Sobre el ejercicio de derechos de quinta libertad del aire, previstos en el literal b) de la petición, el Grupo recomendó Aprosbóloa lra o peración Colombia-Estados Unidos-Haití, igualmente bajo el principio de reciprocidad. Sobre las demás rutas presentadas, el Grupo recomendó Negaprorl cuaansto si bien los derechos solicitados se encuentran previstos en el instrumento bilateral que rige las relaciones aerocomerciales de Colombia con Estados Unidos, con los demás países no están previstos estos derechos, y de autorizarse los Edificio Administrativo de laA eronfiutica Civil Avenida i:.ldondo 103-15 Tel. (57-1) 2963418 Fax: 4135260 -www .aerocivil.gov.co o.-e. Bogotá, Colombia R{PU8LD, fi OOLOMIIIA AEROUTNIACCAIV IL mismos sujetos a reciprocidad como lo manifiesta la empresa, se estaría desbordando el marco establecido en cada uno de los instrumentos suscritos, dando lugar a una autorización extrabilateral. Sobre este mecanismo o fi a de las autorizaciones gur extrabilaterales el Grupo recordó lo establecido en el Acta de la Sesión 48 del 1O de febrero de 2010, donde se señaló que antes de recurrir a esta fi a creando así nuevas gur situaciones, se deben propiciar modificaciones a los instrumentos bilaterales que sean del caso, de conformidad con las necesidades de los diferentes operadores.
El Director General de la Aerocivil, como Presidente del Grupo acogió las anteriores recomendaciones.
4. VA RIG LOGISTICA S.A.
Mediante correo enviado vía e-mail el 19 de abril de 2011 por el señor Luis Lema, en calidad de Representante Legal de la empresa V ARIG LOGISTICA S.A. manifestó la decisión tomada por parte de la dirección de dicha empresa, en aplazar por un tiempo más la petición para que le sea autorizado un permiso de operación regular de transporte aéreo internacional de carga, con equipo Boeing B757F y B767-300 en las siguientes rutas: Viracopos y/o Manaos-Bogotá-Panamá-Viracopos y/o Manaos, con derechos de tráfico de quinta libertad en el trayecto Bogotá-Panamá. Viracopos y/o Manaos-Bogotá-Viracopos y/o Manaos, con derechos de tráfico de hasta cuarta libertad. Finalmente se reitera la política adoptada en Sesión 50 del 5 de agosto de 20 l O sobre la operación desde y hacia el Aeropuerto Internacional Eldorado de Bogotá, así:
A. Se aclara a todos los interesados en operar desde y hacia el aeropuerto Internacional de Eldorado, que teniendo en cuenta el incremento en el número de operaciones aéreas de manera importante, todos los servicios autorizados cuyo origen y destino es Bogotá, quedarán sujetos a la disponibilidad de Slots de tránsito aéreo y de aeropuerto, para el momento de inicio de las operaciones solicitadas.
En este sentido las autorizaciones que otorgue la Entidad como resultado de las solicitudes que se presenten en la Audiencia Pública, no conlleva ni conllevaran
compromiso de parte de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en lo relativo a la disponibilidad de capacidad del Aeropuerto Eldorado, para hacer uso del mismo.
B. Se resalta la importancia de continuar coordinando previo a cualquier pronunciamiento con el Concesionario del Aeropuerto Internacional Eldorado, OPA lN sobre la viabilidad de autorizar las nuevas operaciones solicitadas en el Aeropuerto, solicitando su concepto al respecto, teniendo en cuenta que actualmente Edificio Administrativo de la Aeronfiutica Civil Avenida Eldorado 103-15 Tel. (57-1) 2963418 Fax: 4135260 -www.aerncivil.gov.co
Bogotá, D.C. -Colombia \\Y' Jfl. f? AERONAUCTIIVCIAL existe saturaciónde vuelos a determinadas horas deld ía, y no es posible ni conl a disponibilidad de infraestructura, ni cone lpe rsonal que trabaja para las autoridades que estáne ne lae ropuerto (y se encuentranin volucradas enla atenciónde la leglada o salida de los vuelos internacionales), atenderd e manera eficiente y conc alidad a los pasajeros o equipaje leglados o salidos, ene sas franjas horarias. Las medidas que acá se enuncians ont ransitorias hasta tanto se adelantanl as obras de construcciónde las nuevas terminales aeroportuarias que se encuentrane n ejecución. Siendo las 5:15 p.m., deldí a 3 de mayo de 2011 se da porte rminada la Sesiónde l Grupo
Evaluadord e Proyectos Aerocomerciales -GEP A. EdifAidcmiion isdtelr Aaae triovnoáC uitvAiivclea n Eilddao 1r0a3dT-oe1 (l55. 7 2-916)3F 4a14x81: 3 5-2w6w0w .aerocivil.gov.co BogoDt.áC-,C. o lombia