AEROCIVIL - Acta 58 de Marzo 12 de 2012
Aeronáutica Civil
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Detalles
- Título
- AEROCIVIL - Acta 58 de Marzo 12 de 2012
- Autor
- Aeronáutica Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2012
NotIam portante: Lap ubliceancl iapó áng iWneab d el aA eronáCuitviicla delA ctad elG rupoE valuaddoer P royectos· AerocomerGcEiPaAln,eo ss u,p llane o tifipcearcsioónna l qued ebseu rtiar lsoeis n tereesnald aodsse cisiones contempelnad diacAshc at a.
R{PIJIIUCA OHOI.OMSA
AERONAUTICA CIVIL
GRUPO l:.V ALUADOR DE PROYECTOS AEROCOMERCIALES
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUflCA CIVIL
SESION 58 DE MARZO U DE 2012
Fecha Audiencia: Marzo 9 de 2012
Fecha Sesión: Marzo 12 de 2012
Hora: 03:15p.m.
Lugar: Dirección General
MIEMBROS DEL GRUPO
Dr. Santiago Castro Gómez Director General, Aeronáutica Civil Adriana Sanclemente Alzate Jefe Oficina de Transporte Aéreo Cr (r) Germán R. Carda Acevedo Secretario Seguridad Aérea Cr. Javier Eduardo Losada Sierra Jefe Grupo Investigación de Accidentes - Director de Servicios a la Navegación Aérea (E).
INVITADOS:
Leonor Cristina Reyes Acevedo Jefe Grupo Servicios Aerocomercia]es Patricia Russo M. Economista - Servicios Aerocomerciales - Oficina de Tr.iru.porte Aéreo.
TEMAS DE AUDIENCIA
l. AEROLINEAS GALAPAGOS S. A. AEROGAL SUCURSAL COLOMBIA, solicita se le autorice prestar un servido regular internacional de pasajeros, correo y carga, con
derechos hasta de 3ª, 4ªy 5a libertad del Aire, en equipos A319 y A320, asl: Frecuencias R U T A S Semanales GUAYAQUIL-BCXiOTA-PANAMA y regreso 7 Que la Representante Legal de AEROGAL mediante comunicación del 9 de II\aJ'ZO de 2012, manifestó el retiro de la solicitud para la prestación del servido en la ruta GUAYAQUlL-BOGOTA-PANAMA y regreso, debido a que no han podido culminar el trámite de adición del Permiso de Operación de la Compañía en el Ecuador.
2. AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE CV AEROMEXICO SUCURSAL COLOMBIA, para que se le autorice prestar un servicio de Transporte Aéreo Regular lntemacional de Pasajeros Correo y Carga, con derechos de 3ªy 4" libertad del aire asf: fi
Ruta Internacional frecuencias Equipo Semana7le s Cancún-Bogotá-Cancún Boeing B737-700 y 8737-800
RíPUIU: ADE COC.OMIIA AERONAUTICA CIVIL Una vez evaluada la petición y teniendo en cuenta que el instrumento bilateral vigente entre Colombia y México contempla la operación propuesta, el Grupo recomendó Aprobar la solicitud.
Asi mismo se debe indicar a los interesados que conforme concepto de la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea, en cuanto a que debido a la complejidad y saturación del sistema aéreo, sistema de pista del aeropuerto Internacional Eldorado, recomienda la operación de este vuelo en el horario comprendido entre las 23:30 HL y las 05:00 HL., y en
si todo caso antes del inicio de la operación, cambia el horario aprobado por la citada dependencia, deberá obtener un nuevo concepto sobre la asignación de los slots en el aeropuerto Eldorado. Adicionalmente Aerovias de México S.A. de CV. Aeroméxico, deberá contar con el T respectivo SLO aeroportuario del concesionario OPAIN en la ciudad de Bogotá, el cual tiene que ser concordante con las horas de utilización del sistema de espacio aéreo, pistas y calles de rodaje antes citado, a la vez tendrá que realizar las roordi.naciones con los entes aeroportuarios esto a fin de evitar inconvenientes referentes a salas de embarque, posiciones de parqueo, utiliz.ación de bandas de equipajes y procedimientos para reabastecimiento de combustible. El Director General de la Aerocivil como Presidente del Grupo acogió la anterior recomendación
3. LINEAS AEREAS COSTARRICENSES S.A LACSA, solicita se le autorice prestar un servicio de Transporte Aéreo Regular lntemacionaJ de Pasajeros Correo y Carga, con de3ª ,4 ª 5ª del
derechos y libertad aire asl: Ruta Internacional Frecuenci.as Equipo Semanales San José-Bogotá-Brasilia y regreso 4 Airbus A319 Una vez evaluada la petición y teniendo en cuenta que el instrumento bilateral vigente entre Colombia y Costa Rica, contempla la operación propuesta, el Grupo recomendó Aprobar la solicitud. Así mismo se debe indicar a los interesados que conforme concepto de la Dirección de Servioos a la Navegación Aérea, en cuanto a que debido a la complejidad y saturación del sistema aéreo, sistema de pista del aeropuerto Internacional Eldorado, recomienda la
operación de este vuelo en el horario comprendido entre las 23:30 HL y Jas 05:00 HL, y en todo caso antes del inicio de la operación, si cambia el horario aprobado por la citada dependencia, deberá obtener un nuevo concepto sobre la asignación de los slots en el aeropuerto Eldorado. 2 Rfl'Ull.lCA DE COlOW 11A AERONAUTICA CIVIL Adicionalmente deberá contar con el respectivo SLOT aeroportuario del concesionario OPAlN en la ciudad de Bogotá, el cual tiene que ser concordante con las horas de utilización del sistema de espacio aéreo, pistas calles de rodaje antes citado, a la vez y tendrá que realizar las coordinaciones con los entes aeroportuarios esto a fin de evitar inconvenientes referentes a salas de embarque, posiciones de parqueo, utihzación de bandas de equipajes y procedimientos para reabastecimiento de combustible. El Director General de la Aerocivil como Presidente del Grupo acogió la anterior recomendación
4. SPIRIT AIRUNES, INC., solicita se le autorice prestar servicios regulares de transporte aáeo internacional de pasajeros, en la ruta FORT LAUDERDALE-BOGOTA-LIMA y regreso, con derechos de tráfico hasta de quinta libertad del aire, con siete (7) &ecuencias semanales, con equipo Airbus A-319, A320 A321. y Una vez evaluada la petición y teniendo en cuenta que el instrumento bilateral vigente entre Colombia Estados Unidos, contempla la operación propuesta, el Grupo recomendó y Aprobar la solicitud. No obstante se debe recordar a los interesados la condición
efectuada por el Departamento de Transporte de los Estados Unidos de América, en el sentido que Spirit inaugure el servido con lns frecuencias asignadas dentro de los 10 días a partir del 1 de abril de 2012. caso de no inaugurarse estos servicios en el término En antes señalado, el citado Departamento revertirá la frecuencia no utilizada. Así mismo se debe indicar a los interesados que conforme concepto de la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea, en cuanto a que debido a la complejidad saturación del y sistema aéreo, sistema de pista del aeropuerto Internacional Eldorado, recomienda la operación de este vuelo en el horario comprendido entre las 23:45 HL y las 05:00 HL., y en todo caso antes del inicio de la operación, si cambia el horario aprobado por la citada dependencia, deberá obtener un nuevo concepto sobre la asignación de los slots en el aeropuerto Eldorado. Adicionalmente la sociedad Spirit Airlines Inc., deberá contar con el respectivo SLOT aeroportuario del concesionario OPAlN en la ciudad de Bogotá, el cual tiene que ser concordante con las horas de utilización del sistema de espacio aéreo, pistas y calles de rodaje antes citado, a la vez tendrá que realizar las coordinaciones con los entes aeroportuarios esto a fin de evitar inconvenientes referentes a salas de embarque, posiciones de parqueo, utilización de bandas de equipajes procedimíentos para y reabastecimiento de combustible. El Director General de la Aerocivil como Presidente del Grupo acogió la anterior recomendación
S. TACA INTERNATIONAL AIRLINES S.A. SUCURSAL COLOMBIA, solicita se le autorice prestar un servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de Pasajeros
Correo y Carga, con derechos de 3ª y 4ª libertad del aire asf: 3
REPUa.lCAIX W.OUIIA
AERONAUTICA CIVIL
Ruta Internacional Frecuencias Equipo Semanales San Salvador-Medellfn-San Salvador 3 Embraer El 90 Embraer San Salvador-Cali -San Salvador 3 El 90 Una vez evaluada La petición teniendo en cuenta que el instrumento bilateral vigente y entre Colombia y El Salvador, contempla la operación propuesta, el Grupo recomendó Aprobar la solicitud. Asf mismo se debe indicar a los interesados que conforme concepto de la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea, la sociedad Taca lntemational Airlines S.A., Sucursal Colombia, deberá contar ron el correspondiente SLOT aeroportuario suministrados por los respectivos concesionarios y realizar las coordinaciones con el fin de evitar inconvenientes referentes a salas de embarque, posiciones de parqueo, utilización de bandas de equipajes procedimientos para reabastecimiento de combustible. y El Director General de la Aerocivil como Presidente del Grupo acogió la anterior recomendación SUCURSCAOLL OMBIA, UNES lnc. solicita se le autorice un permiso 6.U NJTEAOI R de operación regular de transporte aéreo internacional de pasajeros, correo y carga, con equipo Boeing 737, Series 500/700/800/9flJ; Boein 757, Series 200/300; Boeing 767, Series g 200/300/400; Airbus, Series A319/A 320, en las siguientes rutas: Houston - Bogotá - Houston, 14 frecuencias semanales con derechos de tráfico de hasta cuarta libertad del aire. New YorkBogotá-New York, 7 frecuencias semanales con derechos de tráfico de hasta
- cuarta libertad del aire.
Una vez evaluada la petición y teniendo en cuenta que el instrumento bilateral vigente entre Colombia yE stados Unidos, contempla la operación propuesta, el Grupo recomendó Aprobar la solicitud. No obstante, se debe indicar a la sociedad United Airlines lnc.,Sucursal Colombia, que debe informar de inmediato a esta autoridad tan pronto se efectúe la fusión legal de las referidas compañías cumplir con las normas disposiciones y y a que haya lugar. Lo anterior, además teniendo en consideración: • Que el Gobierno de los Estados Unidos de América mediante Nota Dipolá.mtica No.2564 del 7 deoc tubre de 2011 designó a las compafüas Continental /United Air Lines lnc., con 21 frecuencias semanales para prestar servicios de transporte aéreo de pasajeros, correo y carga desde y hacia Colombia, conforme a lo establecido en la 4 REPIJIIJCA OE COlOMtwA AERONAUTICA CIVIL Sección 2 del Anexo del Acuerdo sobre Transporte Aéxeo suscrito entre los Estados Unidos de América y Colombia el 11 de mayo de 2011. • Que se trata de una alianza y fusión operacional que se llevó a cabo a partir del 30 de noviembre de 2011, con ocasión de un Unico Certificado de Operador Aéreo (Single SOC) Operation certificate, queem itió la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos de América FAA, junto con las Especificaciones de Operación Urucas (OSPECS) para Continental y United asi como la fusión legal que se espera dar en un futuro próximo. • La importancia de garantizar la continuidad en la prestación del servicio público que ya, se viene dando en las rutas Houston-Bogotá-Houston con 14 frecuencias semanales
7 y New York-Bogotá-New York con frecuencias semanales, por parte de Continental Airlines en aplicación del instrumento bilateral que rige las relaciones aerocomerciales entre las dos naciones. RAC, • El procedimiento previsto en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, y considerando la necesidad de llevar adelante este proceso de transición en un plazo inminente, la Oficina de Transporte Aéreo mediante comunicación del 28 de noviembre de 2011 manifestó su disposición, previa solicitud, acreditando los requisitos correspondientes por parte de la compañía United Air Lines., de concederle RAC. un permiso provisional a la luz de lo previsto en el numeral 3.6.3.2.8.4., de los Así mismo se debe indicar a los interesados que conforme concepto de la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea, en cuanto a que debido a la complejidad y saturación del sistema aéreo, sistema de pista del aeropuerto Internacional Eldorado, se continuarán experimentando las demoras ya conocidas para estos vuelos. El Director General de la Aerocivil como Presidente del Grupo acogió la anterior recomendación
7. CARGOLUX AJRLINES INTERNATIONAL S.A., SUCURSAL COLOMBIANA, solicita se le autorice la operación de las siguientes rutas: • LUXEMBURGO-VIRACOPOS-CURITlBA-QUITO-BOGOTA-AGUADILLA(Puerto Rico-escala técnica)-MAASTRICHT-LUXEMBURGO, con derechos de tráfico hasta de quinta libertad Bogotá-Maastricht(Holanda), con una (1) frecuencia semanal.
T
• LUXEMBURGO-VIRACOPOS-QUIO-BOGOTA-AGUADILLA(Puerto Rico-escala
técnica)-MAASTRJCHT-LUXEMBURGO, con derechos de tráfico hasta de quinta libertad Bogotá-Maastricht(Holanda), con dos (2) frecuencias semanales. El servicio será prestado con equipo Boeing 747-400F y Boeing 747-800. 5 R(l'UBLCA DE COlONIIA AERONAUTICA CIVIL Una vez evaluada la petición y teniendo en cuenta que el instrumento bilateral vigente entre Colombia yL uxemburgo, contempla la operación propuesta, el Grupo recomendó Aprobar la solicitud, en el entenclido que se trata de las tres (3) frecuencias que tiene autorizadas en la actualidad en el permiso de operación. No obstante se debe inclicar a los interesados dado que eJ servicio que se realizará tiene el carácter regular, antes del inicio de la operación, aporten una nueva designación donde se haga referencia a que la autorización es para operar vuelos regulares, ya que la comunicación de la Autoridad Aeronáutica de Luxemburgo del 25 de noviembre de 2011, certifica que la aerolínea designada Cargolux Airlines está autorizada para operar vuelos no regulares entre Colombia, Maastricht y Luxemburgo (en ambas clirecdones), con derechos de tráfico hasta de quinta libertad del aire entre Colombia-Maastricht y Colombia-Luxemburgo. Así mismo se debe inclicar a los interesados que conforme concepto de la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea, en cuanto a que debido a la complejidad y saturación del sistema aéreo, sistema de pista del aeropuerto Internacional Eldorado, recomienda la operación de este vuelo en el horario comprendido entre las 23:30 HL yl as 05:00 HL. ye n
todo caso antes del inicio de la operación, si cambia el horario aprobado por la citada dependencia, deberá obtener un nuevo concepto sobre la asignación de los slots en el aeropuerto Eldorado. Adicionalmente, la sociedad Cargolux Airlines lntemational S.a., Sucursal Colombia, contar con respectivo SLOT aeroportuario del concesionario OPAIN en la ciudad deberá el de Bogotá, el cual tiene que ser concordante con las horas de utilización del sistema de espacio aéreo, pistas yc alles de rodaje antes citado, a lave z tendrá que realizar las coordinaciones con los entes aeroportuarios esto a fin de evitar inconvenientes referentes a . salas de embarque, posiciones de parqueo, utilización de bandas de equipajes y procedimientos para reabastecimiento de combustible. El Director General de la Aerocivil como Presidente del Grupo acogió la anterior recomendación
8. AVIONES DEL CESAR S.A.S., AV IOCESAR S.A,. soSli.cita se le autorice modificar el permiso de operación en el sentido de adicionar la Modalidad de Trabajos Aéreos Especiales para prestar servicios de Publicidad Aérea, Aerofotograña, Tecno fotogrametría, Geología y similares, con Base Principal de operación en laci udad de Barranquilla yB ases Auxiliares en las ciudades de Valledupar yM onterta, con aeronaves
Cessna 182F y Robinson R441J. Una vez evaluada la petición, el Grupo recomendó Aprobar solicitud, conclicionada a que en el término de un (1) mes la sociedad acredite aspectos relacionados con el flujo de caja, el costo hora bl ue por equipo, tiempo bl ue ye l número de horas de operación anual
oq oq .por equipo. Sobre esta decisión la Oficina de Transporte Aéreo comunicará a los interesados respecto a los ajustes a realizar. 6 P!PUIIUCA DECOI. OMINA AERONAUTICA CIVIL Esta aprobación se concede resaltando que para obtener el permiso de operación, la empresa deberá cumplir cabalmente para esta modalidad el proceso de certificación en las condiciones previstas en las normas y Reglamentos Aeronáuticos, manteniendo el equipo mínimo para cada modalidad con certificado de aeronavegabilidad vigente. I almente, gu conforme concepto de la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea, para la realización de los vuelos deberá contar con la respectiva autorización por parte de la Fuerza Aérea Colombiana. El Director General de la Aerocivil como Presidente del Grupo acogió la anterior recomendación.
9. HEUFLY LTDA, solicita se le autorice adicionar al permiso de operación de Transporte Público Aéreo no Regular "AEROTA XJ", la Modalidad de Trabajos Aéreos Especiales para prestar servicios de Geología, con Base Principal de operaciones en el Aeropuerto Olaya Herrera de la ciudad de Medellin.
El servicio será prestado con equipo Marca Bell, Modelo 206L. Que el Representante Legal de Helifly Ltda., mediante comunicación recibida el 6 de marzo de 2012, manifestó el aplazamiento de la audjencia y programación de una nueva fecha, para la presentación de la totalidad de los documentos y requerimientos efectuados por la Oficina de Transporte Aéreo.
10. SERVICIOS AEREOS ANDES S.A.S, solicita se le autorice constituirse como empresa de transporte aéreo no regular Aerotaxi, con base principal en el aeropuerto Vanguardia de la dudad de Villavicencio base auxiliar en el Aeropuerto El Dorado de la ciudad de y Bogotá. El servicio será prestado con equipo Bell 212.
Una vez evaluada la petición, teniendo en cuenta que el proyecto es financieramente y viable y que se ajusta alnu meral 3.6.3.2.5 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, RAC, el Grupo recomendó Aprobar la solicitud, y resaltando que para obtener el permiso de operación, la empresa deberá cumplir cabalmente el proceso de certificación en las condiciones previstas en los Reglamentos y normas aeronáuticas, y consideró necesario mdicarle a los interesados lo si iente: gu , Que no podrá efectuar operaciones de itinerario o que afecten los servicios regulares existentes. , Para las operaciones en aeropuertos NO CONTROLADOS en los cuales no se preste servicio de Control de Tránsito Aéreo Extinción de Incenclios (SEi) por parte de la y 7 RtPUBUCA OE COtOMaA AERONAUTICA CIVIL Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Ovil, será responsabilidad del operador el asum.ir los riesgos y consecuencias que dicha operación implica. El Director General de la Aerocivil, como Presidente del Grupo acogió la anterior recomendación.
11. AEROVIASD ELC ONTINENTEA MERICANO S.A. AVIANCA S.A., solicita se le autorice prestar un servicio de transporte aéreo regular de pasajeros correo y carga asf:
RUTAS FRECUENCIAS EQUIPOD EV UELO
SEMANAL PROPUESTO NuevSoesrv icios Nacionales Cúetai1MedlenllClltac u 7 A318/A319/320 Bucarama-nMoae de-llBiunca ramaOQa 7 A318/A3191320 NMavSoesrv icio• lntemaclocnona delreesc,h doestr afidceJo 8 y 4 • liberdteaaldi raael : Bogo-tSáa Jno sdéeC osRtiaca - BoQotá 7 A318/A3A3129/0 Bogo-tM6a dryi/Bdoa rceylr oengar eso 3 A330 Medelllnd-eMC é1xuid•coMa edd ellln 7 A318/A319/A320 Bogo-tCaa n-cuBno gotá 7 A381A/391/A320 AdicdieóF nr ecuenlcnltenm aclonalee BogoLlaéH -abana-Bogoté 5 A318/A319/A320 Bogoyt/áMo e delMaldirniy-dr egre(so• ) 1 A330 Boaot-áM ad-riBoodo lá 5 A330 BoaovtiáCo a •lM la drvir de ar(e"s)o 1 A330 (") con posibfüdad de omitir al nos de los puntos en Colombia. gu Una vez evaluada cada servicio solicitado, se tiene: En cuanto a las rutas Cúcuta-Medellin-Cúcuta y Bucaramanga-Medellin-Bucaramanga el ,, Grupo recomendó Aprobarl a petición, considerando que este servicio se enmarca dentro de los criterios de polltica de acceso a Jos mercados nacionales.
Respecto a los servicios yf recuencias adicionales internacionales yt eniendo en cuenta que en los instrumentos bilaterales vigentes entre Colombia-San José de Costa Rica, Colombia México, Colombia-España, Colombia-Cuba el Grupo recomendó Aprobar lo siguiente: • Nuevos servicios: Bogotá-San José de Costa RicBao-gotcáon, s iete (7) frecuencias semanales Medellin-Ciudad de México-Medellín, con siete (7) frecuencias semanales Bogotá-Cancún-Bogotá, con 7 frecuencias semanales.
- Frecuencias adicionales internacionales:
8 REPUIIUCA OE COI.OMIIIA AERONAUTICA CIVIL BogoU-b. Hat>ana-Bogotfi cinco (5) frecuencias semanales. Bogotá -Madrid y/o Barcelona y regreso (•), una (1) frecuencia semanal Bogotá y/o MedelUn-Madrid y regreso(•), una (1) frecuencia semanal. Bogotá y/o Cali -Madrid y regreso(•), una (1) frecuencia semanal. (•) con posibilidad de omitir al os de los puntos en Colombia. gun Así mismo el Grupo recomendó Negar la petición de las cinco (5fr)ec uencias adicionales en la ruta Bogotá-Madrid-Bogotá, en razón a que en el instrumento bilateral vigente entre Colombia-España no hay disponibilidad de frecuencias. No obstante lo anterior, el Grupo recomendó indicar a la representante de la sociedad Av ianca lo siguiente: a} Conforme concepto del Grupo de Estudios Sectoriales de la Oficina de Transporte Aéreo, el cual señala: Un nuevo servicio de transporte aéreo (ruta o Vuelo) que
u ••• cubra los costos de operación es viable siempre y cuando se realice temporalmente (vuelo chárter o para evaluar el comportamiento de un mercado) porque los costos son asumidos por la operación ordinaria. Sin embargo, una operación regular debe considerar los costos indirectos viable y este sentido, para que sea sosteniblt! ... "; En las solicitudes de Avianca objeto de esta decisión, deben ajustarse conforme al citado concepto, incluyendo en los correspondientes estudios, económicos de rent.abfüdad y el costo hora bloque, tanto los Costos Directos como los costos Indirectos, para lo cual la empresa cuenta con el tér.mino de un (1) mes para realizar los ajustes respectivos. b} Teniendo en cuenta el concepto emitido por la Secretarla de Seguridad Aérea (memorando 5000-09112-2012006510 del 27 de febrero de 2012), previo al inicio de la operación en cada ruta aprobada, esa sociedad deberá obtener un nuevo concepto de la Secretaria de Se idad Aérea, relacionado con el cumplimiento del plan de gur vacaciones propuesto por la compañía, con el fin de solucionar el pasivo vacacional que AVIANCA, presenta con sus tripulantes. c) Asi mismo se debe indicar a los interesados que conforme concepto de la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea, en cuanto a que debido a la complejidad ys aturación del sistema aéreo, sistema de pista del aeropuerto Internacional Eldorado, recomienda la operación en los vuelos en las rutas Bogotá-San José de Costa Rica, Bogotá-Cancún Bogotá, yn uevas frecuencias de Bogotá-Madrid y/o Barcelona yr egreso, yB ogotá-La
Habana-Bogotá en el horario comprendido entre las 23:45 HL yl as0 5:00 HL, ye n todo caso antes del inicio de la operación, si cambia el horario aprobado por la citada dependencia, deberá obtener un nuevo concepto sobre la asignación de los slots en el aeropuerto Eldorado. Adicionalmente, a esta autorización para la utilización del sistema de espado aéreo, pistas y calles de rodaje de los aeropuertos de Rionegro de la ciudad de Medell1n, Palonegro de la ciudad de Bucaramanga y Eldorado de la ciudad de Bogotá, la 9
AfPU eu: A DE CotOM BIA AERONAUTICA CIVIL sociedaAdv iancdae,be rác ontacro nl osr espectiSvLoOsT sa eroportuarios suministproarld oocsso ncesionyar reiaolsil,za peasrr ti nentceoosr dinacieosnteaos , fidne e vitianrc onvenireenfteersea nsaJ taessd ee mbarqpuoes,i ciodneesp arqueo, utilizadcei bóann dadse equipayj epsr ocedimiepnatorsar eabastecimdiee nto combustible.
ElD irecGteonre rdaell aA erocivciolm oP residdenetlGe r upaoc ogiló asa ntenores recomendaciones.
12. AEROVIAS DEI NTEGRACION REGIONAL S.A. AIRES S.A., soliscietl aea utorice prestuanrs ervidceiT or anspoArétreeoR egulIanrt ernacidoenP aals ajeCroorsr eyo Cargcao.nd erecdheo3 sª y 4 ª libertadde ali rasei:
Ruta Internacional Frecuencias Equipo Semanales Bogo-tMáa driydR e greso 10 AirbAu3s3 y0Boe ing7 67-300 Unav eze valualdapea t iciyó tne nienednoc uenqtuae e li nstrumebnitloa tveirgaeln te entreC olombyi aE spañcao,n templlaoa p eracpiróonp uesetalG, r upor ecomendó Aprobar al as ocieAdiardeS s. Al.ar, u taB ogotá-Madrid-cBoonsg ioet(7)teá ,f recuencias semanacloense ,lf idne b r.induanran uevoap cipóanr lao vsi ajearEs opsa ñ.a Asfm ismsoe d ebei ndicaa lro isn teresqaudeco osn forcmoen cepdtelo a D ireccidóen Servicail oasN avegacAiéórne ean,c uanatq ou ed ebiadl oac omplejiyds aadt Uiacdieóln sisteaméar esoi,s tedmeap isdtae lae ropueIrntternaoci onalE ldorardeoc,o emnidaq ue estoapse racipoodnreásns erre alizsaodlaasm eennte elh orarcioom prendeindtroel as 23:3H0L yl a0s5 :00H L.y,e nt odcoa saon tedse li nicdieol ao peracsiióc na,m bieal horaraipor obapdoorl ac itaddae ndencidae,be roáb teneurn n uevcoo ncepstoob rlea ep asignadceil óonss l oetnse la eropuEelrdtoor ado.
Adicionalmleans toec,i edAaidr eSs. A.d,e bercáo ntacro ne lr espectivoS LOT aeroportduealcr oinoc esioOnPaArIiNoe nl ac iudaddeB ogoteálc, u atli enquee s er concordcaonntl eah so radseu tilizadceilsó ins tedmeea s pacaiéor epoi,s tya csa lldees rodaajnet ecsi tadao l,a v ezt endrqáu er ealilzaascr oo rdinacicoonnel so se ntes aeroportueasrtiaoo fsi nd ee vitianrc onvenireenfteerse an tsaelsa sd ee mbarque, posiciodnee psa rqueuot,i lizadcei bóann dadse e quipayj epsro cedimipeanrtao s reabastecidmiece onmtbou stible. ElD rrecGteonre rdaell aA erocivciolm oP residednetlGe r upaoc ogilóaa nterior recomendación 13A.E ROREPUBLICA S.A., solisceil taea utorpircees utansr e rvidcetri aon spoarétree o reguilnatre rnacidoepn aasla jecroorsry,ec oa rgeanl, a ssi guiernutteyasf s r ecuencias: 10
RlPVIIU: .\OE COtOUM AERONAUTICA CIVIL Medellin - Panamá -Santo Domingo (R.Dominicana) y regreso, 7 frecuencias semanales, con derechos de tráfico de hasta quinta libertad del aire.
Bogotá -Panamá -San José (Costa Rica) -Guatemala yr egreso, 2 frecuencias semanales en
el trayecto San José (Costa Rica) -Guatemala, adicionales a las operadas actualmente, con derechos de tráfico de hasta quinta Hbertad del aire. Bogotá - La Habana (Cuba) y regreso, 5 frecuencias semanales adicionales a las autorizadas yo peradas, con derechos de tráfico de hasta cuarta libertad del aire. El servicio será prestado con aeronaves Boeing 737-700/800 y/o Embraer 190. Una vez evaluada la petición y teniendo en cuenta que en los instrumentos bilaterales vigentes entre ColombiaPanamá, Colombia-República Dominicana, Colombia-Costa Rica, Colombia-Cuba, contempla la operación propuesta, y que las relaciones aerocomerciales de Colombia con Guatemala se basan en la reciprocidad, toda vez que no existe instrumento bilateral suscrito con ese país en materia aeronáutica, y para el caso de esta petición, es una adición de dos frecuencias para la ruta que ya está c1utorizada y que se encuentra aprobaba por parte de Guatemala, el Grupo recomendó Aprobar a la sociedad Aerorepública S.A., la solicitud presentada. El Director General de la Aerocivil como Presidente del Grupo acogió la antenor recomendación. Asf mismo se debe indicar a los interesados que conforme concepto de la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea, en cuanto a que debido a la complejidad y saturación del sistema aéreo, sistema de pista. del aeropuerto Internacional Eldorado, recomienda que las operaciones en la ruta Bogotá- Panamá-San José de Costa Rica - Guatemala y regreso, y adición de frecuencias en la ruta Bogotá-La Habana-Bogotá sean realizadas en el horario comprendido entre las 23:45 HL yl as 05:00 HL, y en todo caso antes del inicio de la
operación, si cambia el horario aprobado por la citada dependencia, deberá obtener un nuevo concepto sobre laa signación de los slots en el aeropuerto Eldorado. Adicionalmente, a esta autorización la sociedad Aerorepública S.A., deberá contar con el respectivo SLOT aeroportuario de los concesionarios de los Aeropuertos Rionegro y Eldorado, los cuales deben ser concordantes con las horas de utilización del sistema de espacio aéreo, pistas y caUes de rodaje antes citado, a la vez tendrá que realizar las coordinaciones con los entes aeroportuarios esto a fin de evitar inconvenientes referentes a salas de embarque, posiciones de parqueo, utilización de bandas de equipajes y procedimientos para reabastecimiento de combustible. l 1
MEMORANDO
1060-221 -2012008097 Bogotá, 08 de marzo de 2012
DE DIRECTGOERN ERDAELL AE NTIDAD
PARA: SECRETAGRRIUAP EOV ALUADDOEPR R OYECTOS
AEROCOMERCYID AELMEASMS I EMBRDOESLG RUPO
ASUNT:O DELEGACIONF UNCIONECSO NTENIDEANS LA RESOLUC4I9O7DN1E 1 999
Con un atento saludo me permito informarles que por razones de última hora a1enas a mi voluntad y en desarrollo del ejercicio de mis funciones, no me es posible asistir a fa Audiencia Púbhca que se llevará a cabo el dla 09 de marzo de 2012, a las 09:30 a.m., en el Auditoño del Centro de Estudios de Ciencias Aeronáuticas, razón por la cual delego mis funciones para dirigir la citada Audiencia Pública, en cabeza de la Jefe de la Oficina de Transporte Aéreo,
doctora Adriana Sanclemente Alzate, quien también hace las veces de Secretario del Grupo Evaluador de Proyectos Aerocomerciales. Para ta sesión privada del GEPA recibiré previamente los informes que me presente la Secretaria y demás miembros del Grupo Evaluador de Proyectos Aerocomerciales, sobre las exposiciones realizadas por los representantes de las diferentes empresas aéreas que intervinieron en la misma, con el fin de proceder a adoptar las decisiones que correspondan Finalmente solicito que el presente oficio se anexe al Acta de la Sesión 58 del Grupo Evaluador de Proyectos Aerocomerciales. Proyectó Esperanza Sénchez Reviso· Adriana Sa!"clemente Alzate "fi Ruta Electrónica. \\Bog71adl\dELEGA QfiEPA\2012008097 Siendo las 3:46 p.m. del día 12 dem arzo de20 12 sed a por te Evaluador deP royectos Aerocomerciales -GEPA. lik L /24 ADRIANA SANCLEMENTE ALZAT E Secretaria G EPA 1d 11tArnd,n 11n"ldrfill laA1 evrou nfiuCtiivciA;alv eniE.dlad ora1d()'\..o1 51 e l1.57-219634)1 8 f¡¡,.;4 1352-60www,urcoi.,giolvr u üogoti, D.C. -Colombia . .., .:,