AEROCIVIL - Acta 68 de mayo 02 de 2014
Aeronáutica Civil
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Detalles
- Título
- AEROCIVIL - Acta 68 de mayo 02 de 2014
- Autor
- Aeronáutica Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2014
Lap ubliceancl iapó áng iWneab d el aA eronáCuitvidicelaAl c tdae l GrupEov aluaddePo rro yecAteorso comerGcEiPaAln,eo ss ,u pllea notifipcearcsioóqnnua eld ebes urtiar lsoesi ntereseandl oass decisicoonnetse mpelnad diacAshc at a.
REPUBUCA DE COLOI.IBIA
GRUPEOV ALUADDEPO RRO YECATEORSOCOMERCIALES
UNIDAADDM INISTERSAPTEICDVIEAAA ELR ONAUCTIIVCIAL
SESI6O8MN A Y2OD E2 014
FecAhuad iencMiaar: 2z 7od e2 014
FecSheas ión: M aydoe2 014
Hora: 11:a3.0m .
Lugar: DirecGceinóenr al MIEMBRDOESLG RUPO DrG.u stAalvboeL retnSoit se ffDeinrse GcetnoerAr earlo,n áCuitviicla DrAad.r iSaannac leAmleznatteJe e Offei cdieTn raa nsApéorretoe Cr( rG)e rmRá.Gn a rAccíeav edSoe creSteagruirAoié draeda SrJ.oC ya balBleerrnoa ! DirecdceSi eórnv ail cNaia ovse gaAcéiróena INVITADOS: DrM.a rFiroa nco DelegdaeMdlio n isdteTe rrainos porte LeonCorri sRteiynAeacs e vedoJ eGfreu Speor vAiecrioocso meOrfciicdaieln eas , TransApéorretoe PatrRiucsisao Econom-GirsutSpaeo r vAiecrioocso merciales, OficdieTn raa nsApéorretoe TEMADSEA UDIENCIA: 1.A VIAOIRR LICNAE,"S A VIsOoRl"i,sc eli aetu at oprriecssete arrv aiécriecoosos m erciales
det ransppúobrlrtieecg oui lnatre rndaepc aisoanjacelor royrsc e,ao r egnla a,ss i guientes rutcaosdn,e recdheto rsá fdietc eor cyec ruaa rltiab edretalai drE els. e rvsiecriáo presctoaande or onBaoveei7sn3 g7 -400. RUTA Frecuesnecmiaansa les VALENCIA-BOGOTA-VALENCI7A
MARCAA BiO -BOAG-OMTA RBAOC A] 4
PORLAMAR-BOGOTA-PORLAMA3R
VALENCIA-MEDELLIN-VALEN7C IA PORLAMAR-MNE-DPEOLRLLAIMAR 4
MARCAA BiO -MEDNE-MLALRIA CBAOI 3
Evalueasdtsaao licyti etnuide enncd uoe nat)aQ :u el ap etisceie ónnm ardcean tdreol instrubmielnattvoei greaqnlut ere i glear se lacaieornoecso meernctiCraoell eosmy b ia Venezyu deilcóau mplimali oee nxtioge inld ooRs e glamAeenrtoonsá duetC iocloosm bia, RACy,b )L oe xpuepsotlroo r se presednetl aaanset reosl eínnl eaAa usd iePnúcbilai ca, respaelsc itsot deecm oan tdreco alm bqiuore i agcet ualemnVe ennteez eulce ulaaafl e ac ta laase rolcíonleoamsb eilGa rnuarpseo,c omeonfdiócp iraervi aaml eaCn atnec islolberreí a
estaossp ecaft iodnsep , o deemri utnip rr onunciamiento. RPEU BLDIECC OAL OMBIA AERONAUTICA CIVIL El Director General de la Aerocivil como Presidente del Grupo acogió las anteriores recomendaciones.
2. AEROVIAS DEL CONTINENTE AMERICANO S.A. AVIANCA S.A., solicita se le autorice prestar un servicio de transporte aéreo regular de pasajeros correo y carga en la ruta Bogotá- Los Ángeles y regreso con 7 frecuencias semanales, con derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad del aire. El servicio será prestado con aeronaves Airbus A-330-200.
Una vez evaluada la petición, y teniendo en cuenta que las relaciones aerocomerciales entre Colombia y Estados unidos se rigen por el Acuerdo de Transporte Aéreo suscrito el 10 de mayo de 2011, el cual prevé a partir del 1 de enero de 2013 un régimen de cielos abiertos para los servicios de transporte aéreo, sin restricciones en el mercado, cuadro de rutas y capacidad, entre otros aspectos, el Grupo recomienda Aprobar la solicitud. Así mismo se debe indicar al representante legal de Aerovías del Continente Americano Avianca S.A., que conforme al concepto emitido por la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea, antes de iniciar la operación deberá cumplir con el procedimiento de solicitud y asignación de Slot Operacional para el Aeropuerto Eldorado descrito en el Apéndice A de la parte tercera de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, RAC. El Director General de la Aerocivil como Presidente del Grupo acogió las anteriores
recomendaciones.
3. AEROVIAS DE INTEGRACIÓN REGIONAL S.A. AIRES S.A Y/O LAN COLOMBIA AIRLINES S.A.
Y/ O LAN COLOMBIA AIRLINES, solicita se le autorice prestar un servicio de transporte aéreo nacional, en la siguiente ruta: CaliCartagena y regreso con tres (3) frecuencias semanales. El servicio será prestado con aeronaves Airbus A-320. Evaluada la petición, el Grupo recomendó Aprobar la solicitud teniendo en cuenta los lineamientos de política para el acceso al mercado de las rutas nacionales, consignada en la Sesión 61 del 21 de diciembre de 2012, en cuanto a que se liberan los cupos de operadores máximos permitidos, de manera que haya libertad de acceso en el número de aerolíneas que puedan prestar el servicio en las rutas del mercado doméstico de Colombia. Así mismo se debe indicar al representante legal de AIRES, marca LAN COLOMBIA., que conforme al concepto emitido por la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea, antes de iniciar la operación deberá contar el respectivo Slot aeroportuario de los concesionarios de los aeropuertos Alfonso Bonilla Aragón de Cali y Rafael Núñez de Cartagena, a la vez tendrá que realizar las coordinaciones con los entes aeroportuarios, esto a fin de evitar inconvenientes referentes a salas de embarque, posiciones de parqueo, utilización de bandas de equipajes y procedimientos para reabastecimiento de combustible. 2
RE PUBLICA DE COLOr.lBlA
4. AEROLINEA DE ANTIOQUIA S.A, solicita se le autorice prestar un servicio de transporte aéreo regular de pasajeros, correo y carga, con equipo JetStream 32, en las siguientes
rutas nacionales: Barranquilla -Valledupar y regreso con diez (10fre)cu encias semanales. Medellín -!bagué y regreso con cinco (5) frecuencias semanales. Montería -Apartadó y regreso con tres (3) frecuencias semanales. Apartadó -Quibdó y regreso con tres (3) frecuencias semanales. Evaluada la petición, el Grupo recomendó Aprobar la solicitud para las rutas Medellín-lbagué y regreso, Montería-Apartadó y regreso y Apartadó-Quibdó y regreso, teniendo en cuenta los lineamientos de política para el acceso al mercado de las rutas nacionales, consignada en la Sesión 61 del 21 de diciembre de 2012, que liberó los cupos de operadores máximos permitidos, de manera que hay libertad de acceso en el número de aerolíneas que puedan prestar el servicio en las rutas del mercado doméstico de Colombia. En cuanto a la ruta Barranquilla-Valledupar y regreso, el Grupo recomendó su aprobación a partir del 19 de septiembre de 2014, teniendo en cuenta que el término de la autorización concedida a la empresa Esasyfly en la protección de servicio pionero en esta ruta conforme los parámetros señalados en el numeral 3.6.3.4.3.9.1 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, RAC, vence el 18 de septiembre de 2014. De igual manera el Grupo Aprobó dar aplicación al Régimen de Servicios Pioneros contemplado en el numeral 3.6.3.4.3.9.1 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, RAC, para las rutas Apartadó-Quibdó-Apartadó y Montería-Apartadó-Montería, al momento de
iniciar la prestación efectiva del servicio propuesto, siempre y cuando no encuentre otra se aerolínea en misma ruta. Respecto a la ruta Medellín-Ibagué-Medellín, no es posible autorizar la aplicación de servicio pionero contemplado en los RAC, en consideración que esta ruta está siendo servida por la aerolínea Aires, marca LAN COLOMBIA, con 2 frecuencias semanales. Así mismo se debe indicar al representante legal de la Aerolínea de Antioquia, que conforme al concepto emitido por la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea, antes de iniciar la operación deberá tener en cuenta que debido a problemas de congestión de plataforma presentados en el aeropuerto El Caraño que sirve a la ciudad Quibdó, para la ruta Apartadó Quibdó deberá realizar la coordinación especial con el Concesionario y los servicios de Tránsito Aéreo con la regional Antioquia, con el fin de operar en horario en el cual no se vea afectado el servicio a otros usuarios, evitando inconvenientes referentes a salas de embarque, posiciones de parqueo, utilización de bandas de equipajes y procedimientos para reabastecimiento de combustible. Igualmente para las demás rutas aprobadas, deberá coordinar y contar con los respectivos Slot aeroportuarios de los aeropuertos Ernesto Cortisozz de Barranquilla, Los Garzones de Montería, Antonio Roldan Betancourt de Apartadó, Enrique Olaya Herrera de Medellín, 3 REPI.J et.JCA DEC O!.OMBIA AERONAUTICA CIVIL PeradleeI sb agyuA él foLnóspoPe uzm ardeeVj aol leadf uipdnae re viltoacsri tados
inconvenientes. ElD irecGteonre rdaell aA erocciovmPiorl e siddeeGlnr tuepa oc ogliaaósn teriores recomendaciones. S.A EROPSA.CAAs. oSl,is celi aetu at ocroincset ictoumeiomr psrede est ar ansapéorrnetooe regudleAa err otcaobxnai s,pe r inceinl paca ilu ddaeVd i llavyib caesaneuc xiioel ni ar Flore-CnacqiuaEe slte ár.v siecpriráo e sctoaande or onPaIvPePEsAR3 1( Nav),aP jIoPER PA3 4( Sen)ye C cEaSSCN-0A62 . Unav eezv alulaapd eat icyti eónni,e enncd uoe nqtuaee lp royeacrtroio njad icadores favoryap bolseistd eimvoosst sruva inadboi fliindaanydcq iueserea aj,ua sl toea x igeined lo nume3r.a6l. d3e.l 2oR.seS g lamAeenrtoonsá duetC iocloosmR bAiCea,l,G rurpeoc omendó Aprobar la solirceistauldqt,ua pena drooab teenplee rr mdieos poe ralceaim ópnr,de esbae rá cumpclaibra lmeelpn rtoec deesc oe rtifiecnal caicsóo nn dicpiroenveises ntl aoss Reglamyen notromasae sr onáeui tnidciacasla ,oni sdn ot erlesosi agduoise nte:
a.C onfocromnec edpelt Daoi recdceSi eórnv ail cNaia ovse gaAécriseóearn , e culeanr od a aprobadceoi póenr aceineo lan eerso pIunetretrno aEclidoonrdaaelad eor ontaivpeos pisetsóbnta,os aednlo on si vedlece osn gedsett riáónnas éirteoo . b.P arlaao sp eraceinao enreosp uNeOrC tOoNsT ROLAeDnlO oScs,u anleoss ep reste servdiecC ioon tdreTo rlá nAséirtyeoE o x tindceIi nócne n(dSi)Epo iospr a rdteel a UnidAaddm inisEtsrpaedtceiAi veaarl o náCuitvsiieclrra,eá s ponsdaebolip leirdaeadldo r asumliorrsi esycg oonss ecuqeudneic ciohapase raicmipólni ca. c.N op odreáf ecotpuearra cdieoi nteisn eor qaureai foe cltoessne rvirceigousl ares existentes. d.L aS ecredteSa ergíuarA iédrcaeodan ceqputeeús soao ciaepld raodp oonpeerrc aotrnr es modedleoa se rondaivfeesr leonmsti essmd,oe sb eersátcnao rm pletdaemfeinnetined os lFaa s1de e plr ocdeeCs eor tificación. DirecGteonre dreal la A erocciovmiPolr ,e siddeenGltr eu paoc ogliaóas n teriores
recomendaciones. 6.P ACIFFILCAY M BULANACEIRAESSA ASS p.a,rq au see l ea utocroincset ictoumior se emprdeesT ar abAaéjroeEso ssp eceinla malo edsa ldieAd mabdu laAnécriceaoab n,a se princdieop paelr aceineo lAn eerso puAelrftoBono snoiA lrlaagd óeln aC, i uddaeCd a li, coenq uiBpeoe chCc90rS a/fLNt7J 1 3. Unav eezv alulaapd eat iyct ieónni,e enncd uoe nqtuaee lp royeacrtrooi jnad icadores favoryap bolseisdt eimvoosst sruva inadboi fliindaanydcq iuseerea a j,ua sl toea x igeined lo nume3r.a6l. d3e.l 2oR.se5 g lamAeenrtoonsá duetC iocloosmR bAiCea,l,G rurpeoc omendó Aprobar lsao libcailjtaouss di ,g uiceonntdeisc iones: 4 REBPLUIDCECA O LBOIIA. I AERONAUTICA CIVIL a) En las operaciones en aeropuertos no controlados y /o en los cuales no se presten los servicios de extinción de incendio o la categoría de éstos sea inferior a la requerida, será responsabilidad del operador asumir los riesgos y consecuencias que dicha operación implica. Lo anterior se basa en la protección al derecho fundamental a la vida, en vista de que la operación propuesta por la compañía Pacific Fly Ambulancias Aéreas S.A.S., está
orientada al carácter de Ambulancia Aérea. b) La aeronave debe ser certificada por la U.A.E.A.e, y contar con certificado de Aeronavegabilidad que acredite su aptitud para esta modalidad de operación, cumpliendo con lo dispuesto en los numerales 4.7.7.3, 4.21.2.3.4, 4.7.71, 4.21.2.3.2, 4.21.1.6.1, 3.6.3.3.3.1 de los RAC. El Director General de la Aerocivil, como Presidente del Grupo acogió la anterior recomendación.
7. SKY AMBULANCE S.A.S., solicita se le autorice constituirse como empresa de Trabajos Aéreos Especiales en la modalidad de Ambulancia Aérea, con Base Principal en Barranquilla. El servicio será prestado con aeronaves Cessna 414 RAM VII y Beechcraft C90.
Una vez evaluada la petición, y teniendo en cuenta que el proyecto arroja indicadores favorables y positivos demostrando su viabilidad financiera, y que se ajusta a lo exigido en el numeral 3.6.3.2.5 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, RAC, el Grupo recomendó Aprobar la solicitud, bajo las siguientes condiciones: a) En las operaciones en aeropuertos no controlados y/ o en los cuales no se presten los servicios de extinción de incendio o la categoría de éstos sea inferior a la requerida, será responsabilidad del operador asumir los riesgos y consecuencias que dicha operación implica. Lo anterior se basa en la protección al derecho fundamental a la vida, en vista de que la operación propuesta por la compañía Sky Ambulance S.A.S, está orientada al
carácter de Ambulancia Aérea. b) La aeronave debe ser certificada por la U.A.E.A.C, y contar con certificado de Aeronavegabilidad que acredite su aptitud para esta modalidad de operación, cumpliendo con lo dispuesto en los numerales 4.7.7.3, 4.21.2.3.4, 4.7.71, 4.21.2.3.2, 4.21.1.6.1, 3.6.3.3.3.1 de los RAC. c ) Conforme concepto de la Dirección de Servicios a la Navegación Aérea, se recuerda la no aprobación de operaciones en el aeropuerto Internacional Eldorado de aeronaves tipo pistón y bajo rendimiento (Cessna 414 RAM VII), esto basado en los niveles de congestión d e t r á n s i t o a é r e o . d) La Secretaría de Seguridad Aérea conceptúo que esa sociedad al proponer operar con dos modelos de aeronaves diferentes, los mismos deberán estar completamente definidos en la Fase 1 del proceso de Certificación. \ ,J Jfi 5 REPUBLIC\ DE COlOl.llllA AERONAUTICA CIVIL e) Teniendo en cuenta que la capacidad financiera es viable dada la solvencia económica de los socios de Aerorubiales, que son los mismos de Sky Ambulance S.A.S., la sociedad deberá realizar los cambios de razón social y aportar los soportes financieros a nombre de esta nueva razón social, en el término que contempla el trámite subsiguiente de la Audiencia Pública. El Director General de la Aerocivil, como Presidente del Grupo acogió la anterior recomendación. Así mismo se anexa el memorando 1062-193-2014007183 del 26 de marzo de 2014,
relacionado con la delegación de funciones contenidas en la resolución 4971 de 1999, mediante el cual el Director General de la U.A.E.A.e. (E ) delega sus funciones para dirigir la Audiencia Pública del 27 de marzo de 2014, en cabeza de la Jefe de la Oficina de Transporte Aéreo (E), Dra. Jazmín Alexandra Palomino Pineda. Siendo las 12:00 m, del día 2 de mayo de 2014 se da por terminada la Sesión del Grupo Evaluador de Proyectos Aerocomerciales, GEPAy se firma el acta hoy S de mayo de 2014. Para constancia, firman GUS"l'AfifififiEFFENS Presidente del GEPA ProyPeacttróRi ucsiPsaro o,f eAseiroonnaálGu rtuSipecoro v,Ai ecrioocso me,.;..rclales ReviLseóo:nC orri sRteiynJeaesG f,re u Speor vAiecrioocso merclale7 sA,l, AproAbdór:i Saannac lcAmleznJatetOcfcf e,i dceiT nraa nsApéorretoe 6
REPÚBLDIECC OAL OMBIA
AERONAUTCIICVAI L UnidAadd mínisF.tsr.:ipebcv,a;d 1062-193-2014007183 BogoMtaár,z2 o6d e2 014
DE DIRECTGOERN ERADLEL AE NTID(AED)
PARA: SECRETAGRRIUAP EOV ALUADDOERP ROYECTOS
AEROCOMERCIYAD LEEMSA MSI EMBRDOESL G RUPO
ASUNTO:D ELEGACFIUONNC IONCEOSN TENIEDNAL SA R ESOLUCION
497D1E 1 999. Conu na tenstaol umdepo e rmiintfoo rmqaurpelo reras z odneeú sl thiomraaa j enaa s miv olunyet nad de sardreoellj leor dceim ciifsou ncinoonm eees s,p osiabslieas l tai r AudiePnúcbilaqi ucseae l levaac raábe old í2a7 d em ardzeo2 01a4l a9s: 3a0m e,n elA uditdoeCrlei not dreEo s tuddieCo ise ncAiearso náurtaizcpóaonlsr ac, u adle lego mifsu ncipoanrepasr esliacd iitra Aduad iepnucbilaei ncc aa,b edzeal aJ efdeel a OficdieTn raa nspAoérrt(eeEo) d,o ctJoarzam Aílne xaPnadlroam Piinnoe qduai,e n tambihéanc el asv ecedse S ecretdaerlGi rou pEov aluaddeo Prr oyectos Aerocomerciales. Parlaas esipórni vdaedGlaE PAr ecipbriervéi almoeisnn tfeo rqmuemes ep reselnat e Secretyad reimaám si embdreoGlsr upEov aludaedP orro yeAcetroosc omerciales, soblraees x posicrieoanleiszp aoldroa rsse presednetla andsti efse reemnptreess as aéreqausei ntervinlfiamo i.sDmcfiao ,en l f idnep roceada edro pltaadsre cisiones quceo rrespomtañ. _,,._,,..,..,.
FnaÍmesn,ti9.ertq ou eel p reseonftisece ia one xaelA ctdael aS esi6ó8dn e Glr upo valuadd orro c toAse rocomerciales. Cordfin estrucdteMulir nai sdtee rio , rgaddoel afsu nciodnele s sa.ud:eJ:llri or ecGteonre dreal laU .A.E.A.e.
ProyePcattaórR : iu cssPor,o feAseiroonnaálGu rtuiSpcoeo,r viAceiroosc ome7rc iales i ReviLseóo:nC orri sRteiyneJase ,fG er uSpeor viAceiroosc omeAr ci.a les
Ruteal ectr\ó\nbiocga7:\A Dl\lnterno\2014007183
ClavGeD: I R-3.0·12-06
Versió0n1: Fech2a0:/ 09/2011 Ptigl1nd ae1: