AEROCIVIL - Circular Reglamentaria 003 de 2016
Aeronáutica Civil
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Detalles
- Título
- AEROCIVIL - Circular Reglamentaria 003 de 2016
- Autor
- Aeronáutica Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2016
h á Título: DIRECTRICES PARA DILIGENCIAMIENTO DE LICENCIAS Principio de Procedencia o o. 5000-082 Versión: 01 Fecha:29/03/2016 o Pág.: 1 de 6
PROPOSITO: Establecer las directrices para el correcto diligenciamiento de las licencias provisionales a los tripulantes de cabina de mando, pasajeros y despacho.
APLICABILIDAD: La presente circular es de obligatoria aplicación por parte de todos los inspectores de seguridad aérea (POI's en la especialidad de piloto) de! nivel central y regionales, .encargados de tramitar licéncias provisionales que sean requeridas por el personal Aeronáutico.
DEFINICIONES Y ABREVIATURAS: PTE: Piloto transporte de Línea PTH: Piloto de transporte de línea aérea helicóptero PCH: Piloto comercial helicóptero PCA: Piloto comercial de avión IDVA: Ingeniero de vuelo avión IVA: Instructor de vuelo de avión ASA: Auxiliar de servicios a bordo DPA: Despachador de aeronaves POI: Principal Operation inspector / Inspector principal de operaciones
U.A.E.A.C. Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil
Clave: GDIR-3.0-12-22
Versión: 01
Fecha: 01/09/2014
Página: 1 de 6Aj Título: DIRECTRICES PARA DILIGENCIAMIENTO DE LICENCIAS AroNtumc Con ne coLona PROVISIONALES Principio de Procedencia lan. . o. 5000-082 Versión: 01 Fecha:29/03/2016 Pág.: 2 de 6
ANTECEDENTES: Con el fin de mejorar el diligenciamiento en la elaboración de las
Principio de Procedencia lan. . o. 5000-082 Versión: 01 Fecha:29/03/2016 Pág.: 2 de 6
ANTECEDENTES: Con el fin de mejorar el diligenciamiento en la elaboración de las licencias provisionales respecto a los certificados médicos, competencia linguística, certificados de estupefacientes y los diferentes documentos necesarios para generar la licencia, es necesario establecer directrices para diligenciar correctamente las licencias provisionales.
REGULACIONES RELACIONADAS: +. RAC 2 Numeral 2.1.2.1 - 2.1.7 y 2.1.13.2.
OTRAS REFERENCIAS No aplica
MATERIA:
4. Antes de la elaboración de la licencia provisional se debe verificar que la documentación este completa. Solo se expedirá a quienes hayan acreditado en su totalidad los requisitos técnicos exigibles y pertinentes mientras se elabora la licencia definitiva plastificada.
2. Una vez se compruebe la documentación el POIl debe ingresar a la página del software GIAM y verificar la siguiente información: e Vigencia certificado médico
e. Vigencia certificado de estupefacientes e Vigencia competencia lingúística (cuando aplique de acuerdo al RAC 2 Apéndice C)
Clave: GDIR-3.0-12-22
Versión: 01
Fecha: 01/09/2014
Página: 2 de 6Título: DIRECTRICES PARA DILIGENCIAMIENTO DE LICENCIAS
PROVISIONALES AEROMÁLTICA GIVIL DE OCLOMBIA Principio de Procedencia 5000-0822 Versión: 01 Fecha:29/03/2016 Pág.: 3 de 6
Nota: De faltar alguno de estos requisitos NO SE DEBE ELABORAR LA
Principio de Procedencia 5000-0822 Versión: 01 Fecha:29/03/2016 Pág.: 3 de 6
Nota: De faltar alguno de estos requisitos NO SE DEBE ELABORAR LA
LICENCIA.
3. Subir la información al Sistema sin dejar espacios en blanco, cerciórese de los siguientes requisitos: Número de formulario e Número de licencia e Fecha de expedición e Fecha de vencimiento e Fecha de habilitación e Tipo de aeronave
4. Elabore el formulario de la licencia provisional en letra imprenta, legible y fírmelo, NO deje espacios en blanco, no se deben quedar tachones y/o enmendaduras. Registre la cédula de ciudadanía del tripulante en el numeral VI.
5. Diligencie los números de Licencia, certificado médico y estupefacientes (el inspector de seguridad aérea deberá registrar la vigencia del certificado de estupefacientes).
6. Registre la competencia lingúística y fecha de vencimiento (cuando aplique).
7. Cerciórese que el tripulante revisa y acepta el documento antes de que firme el formulario.
Entregue la primera y tercera copia, guarde para sus archivos la copia dos.
8. De acuerdo al RAC 2.1.13.2 Licencia Provisional, esta se expedirá de acuerdo al sistema GIAM.
Inicialmente por tres (3) meses y se registrará en la primera casilla.
Clave: GDIR-3.0-12-22
Versión: 01
Fecha: 01/09/2014
Página: 3 de 6AERGNÁUTICA CIVIL Dis COLOMBIA,
Título: DIRECTRICES PARA DILIGENCIAMIENTO DE LICENCIAS
PROVISIONALES
Versión: 01
Fecha: 01/09/2014
Página: 3 de 6AERGNÁUTICA CIVIL Dis COLOMBIA,
Título: DIRECTRICES PARA DILIGENCIAMIENTO DE LICENCIAS
PROVISIONALES UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL Principio de Procedencia ión: Fecha:29/0 16 Pág.: 4 de 6 5000-082 Versión: 01 echa:29/03/20 ág e Segunda extensión: Previo a la segunda extensión qué completaría el termino de 180 días de acuerdo RAC, el inspector de seguridad aérea (PO) deberá solicitarle al tripulante la siguiente documentación: El inspector de seguridad aérea deberá verificar para vigilancia seguimiento y control las causas por los cuales se dará la segunda extensión de la licencia provisional del tripulante. Carta de la empresa y/o del tripulante (cuando aplique) firmada por el Director de Operaciones donde explique los motivos de la solicitud de extensión. Fotocopia de la licencia provisional. 10.Expedición de una nueva licencia provisional después de 180 días y!o seis (6) meses de acuerdo al RAC 2.1.13.2: Carta de la empresa y/o del tripulante (cuando aplique) firmada por el Director de Operaciones de vuelo donde explique los motivos de la solicitud de extensión, dirigida al Secretario de Seguridad Aérea. Fotocopia del radicado de los documentos al Grupo de licencias técnicas y exámenes. Fotocopia de la licencia provisional. Fotocopia del soporte que entrega el grupo de licencias técnicas y exámenes donde expone los motivos por los cuales se regresa el documento radicado al tripulante.
técnicas y exámenes. Fotocopia de la licencia provisional. Fotocopia del soporte que entrega el grupo de licencias técnicas y exámenes donde expone los motivos por los cuales se regresa el documento radicado al tripulante. 11.Tenga precaución al diligenciar las fechas de habilitación, expedición y vencimiento que deben coincidir con los tiempos y el año en curso.
Clave: GDIR-3.0-12-22
Versión: 01
Fecha: 01/09/2014
Página: 4 de 6ETA Título: DIRECTRICES PARA DILIGENCIAMIENTO DE LICENCIAS seraaCAcRA,EUCCLCAMA PROVISIONALES
LUMIDAD ADIMINISTRATOVA ESPECIAL Principio de Procedencia ión: : 38.05 5000-082 Versión: 01 Fecha:29/03/2016 Pág.: 5 de 6 8. 12.Vigile que el tipo de licencia que expide está de acuerdo a los documentos examinados.
13. Recomendaciones: Si tiene dudas absténgase de emitir la licencia usted es el único responsable, no olvide que este documento es público y acarrea perjuicios legales.
14. Notas de GIAM: Los chequeos que realice el inspector de seguridad aérea una vez los registre en el sistema GIAM, “casilla de observaciones”, deberá quedar el nombre del inspector con su número de cedula de ciudadanía, numero de PTL-PCH-IVA-IVHy/o PCA cuando aplique, además se deberá especificar si el chequeo fue o NO satisfactorio.
Se debe registrar todo chequeo satisfactorio o NO satisfactorio en el sistema GIAM para realizar seguimiento, vigilancia y control. Todo chequeo que realice el Examinador Designado, Piloto
deberá especificar si el chequeo fue o NO satisfactorio. Se debe registrar todo chequeo satisfactorio o NO satisfactorio en el sistema GIAM para realizar seguimiento, vigilancia y control. Todo chequeo que realice el Examinador Designado, Piloto Chequeador de los operadores aéreos serán única y exclusivamente subidos al sistema GÍAM por el servidor público encargado del grupo de licencias técnicas y exámenes.
VIGENCIA: Este documento entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación.
Clave: GDIR-3.0-12-22
Versión: 01
Fecha: 01/09/2014
Página: 5 de 6Val Título: DIRECTRICES PARA DILIGENCIAMIENTO DE LICENCIAS ¿MITA CIA CEccLoNa PROVISIONALES Principio de Procedencia ión: Fecha: 3/20 Pág.: 6 de 6 5000-0832 Versión: 01 echa:29/03/2016 ág.: 6 de
9, CONTACTO PARA MAYOR INFORMACIÓN:
Para mayor información, favor contactar a: Grupo de Operaciones. Avenida Eldorado ++103-23 Edificio CEA — Oficina de seguridad aérea Bogotá, D.C.
Teléfono: 2962460
Correo electrónico: ximena.mendozaDaerocivil.gov.co OS pa
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- FREDDY AUGUSTO|BONILLA HERRERA Secretario de Seguridad Aérea Proyectó: Cap. Ximena Mendoza — Coordinadora de Chequeos. YM : 2
Revisó: Ing. Gustavo Alberto Suarez Penagos — Director a A Cap. Carlos Alberto Cote — Jefe Grupo Operaciones TITAN Ruta electrónica:sgc ntegp1000fisolucionídocumentación
Clave: GDIR-3.0-12-22
Revisó: Ing. Gustavo Alberto Suarez Penagos — Director a A Cap. Carlos Alberto Cote — Jefe Grupo Operaciones TITAN Ruta electrónica:sgc ntegp1000fisolucionídocumentación
Clave: GDIR-3.0-12-22
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Fecha: 01/09/2014
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