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AEROCIVIL - Concepto dp resol 5400

Aeronáutica Civil

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Detalles

Título
AEROCIVIL - Concepto dp resol 5400
Autor
Aeronáutica Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año

CONCEPTO SOBRE TIEMPOS DE SERVICIO Y DESCANSO DE LOS TRIPULANTES DE AVIÓN Habiendo recibido por conducto del Despacho del Señor Ministro de Transporte, su escrito identificado con el número P-131 de 28 de abril de 2009, me permito dar respuesta a sus interrogantes, en los siguientes términos: 1Ante el vació normativo generado por la suspensión parcial de la Resolución 5400 de 2004; una vez en firme la providencia respectiva, el cual se presenta debido a que las Resoluciones anteriores dictadas por la Entidad al respecto, no recobrarán su vigencia por haber sido dictadas bajo las mismas competencias objetadas en la demanda; efectivamente se ha contemplado como posible solución, sugerir al Gobierno Nacional la expedición de un Decreto encaminado evitar que la ausencia de norma, pudiera generar asignaciones excesivas a los tripulantes por una parte o traumatismos al servicio público esencial del transporte aéreo por la otra. 2Tomado en cuenta que la expedición de Decretos no corresponde a esta Unidad Administrativa Especial, sino a la Presidencia de la República, no nos correspondería asumir decisión en cuanto a que tal Decreto sea expedido o no. Es decir, no correspondería a la UAEAC abstenerse de expedirlo como lo plantea su escrito. 3Teniendo en cuenta que de lo que eventualmente se trataría sería de la expedición de un Decreto por parte del Poder Ejecutivo y no de una Ley, no existe ninguna “propuesta legislativa” como usted lo plantea. En todo caso, cualquier soporte jurídico estaría dado esencialmente por la potestad reglamentaria del señor Presiente de la República, consagrada

en el numeral 11 del Artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, correspondiendo a su Despacho, emitir cualquier infamación adicional al respecto. 4Compartimos plenamente su afirmación en cuanto a que En consonancia con la respuesta anterior, sería ante el Despacho del Señor Presidente de la República que habría que solicitar cualquier espacio de participación; no obstante, esta Entidad y sus dependencias correspondientes estarían dispuestas a escuchar cualquier propuesta de parte de esas Asociación Sindical y acompañarles en cualquier gestión o análisis ante el Ejecutivo Nacional. 5En cuanto a medias a tomar por parte del Ministerio de Transporte; Ese Despacho comparte nuestra preocupación originada en la ausencia de norma aplicable a los tiempos de servicio y descanso de los tripulantes de avión y se identifica con la necesidad de adoptar una norma al menos temporal para evitar perjuicios tanto a las tripulaciones como al servicio. Esperando haber satisfecho sus inquietudes, reciba un cordial saludo.

ILVA RESTREPO ARIAS

Jefe Oficina de Transporte Aéreo

Proyectó: Edgar B. Rivera Florez

Ruta electrónica: O:\ADI\Externo\2009020028

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