AEROCIVIL - CONVENIO COLOMBIA ISRAEL
Aeronáutica Civil
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Detalles
- Título
- AEROCIVIL - CONVENIO COLOMBIA ISRAEL
- Autor
- Aeronáutica Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- —
ACUERDO DE SERVICIOS AÉREOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA
REPÚGLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE ISRAEL
10 DE JUNIO DE 2013
Servicios mixtos de pasajeros, correo y carga: • Ejercicio de derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad del aire: o 14 • Ejercicio de derechos de trafico de quinta libertad del aire: o Las líneas aéreas designadas pueden ejercer derechos de tráfico de quinta libertad del aire en Amsterdam y un punto que no operen las aerolíneas designadas por las partes desde/hacia el territorio de una de las partes al momento de la solicitud. • Ejercicio de derechos de tráfico adicionales: No pactados Servicios Exclusivos de Carga: • Ejercicio de derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad del aire: o Libre • Ejercicio de derechos de trafico de quinta libertad del aire: o Frecuencias: Ilimitadas o Las líneas aéreas designadas por el Gobierno de Colombia pueden ejercer derechos de tráfico de quinta libertad del aire en Bélgica y un punto más en Europa a ser convenido entre las autoridades aeronaútica de ambas Partes. o Las líneas aéreas designadas por el Estado de Israel pueden jercer derechos de tráfico de quinta libertad del aire en Bélgica y un punto más en Europa a ser convenido entre las autoridades aeronaútica de ambas Partes. • Ejercicio de derechos de tráfico adicionales: No pactados.
Fecha Actualización: 08 de Noviembre de 2022. El anterior resumen es informativo y se emite sin perjuicio del contenido fidedigno que consigna el marco bilateral o multilateral suscrito