AEROCIVIL - CONVENIO COLOMBIA URUGUAY
Aeronáutica Civil
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Detalles
- Título
- AEROCIVIL - CONVENIO COLOMBIA URUGUAY
- Autor
- Aeronáutica Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- —
ACUERDO DE TRANSPORTE AEREO CONSENSUADO ENTRE LA
REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LA REPÚBLICA DE URUGUAY
DEL 21 DE MARZO DE 2013
Servicios mixtos de pasajeros, correo y carga: • Ejercicio de derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad del aire: o Libre • Ejercicio de derechos de tráfico de quinta libertad del aire: o Para la República oriental de Uruguay los derechos de quinta libertad se ejercerán en toda América Latina y un punto en Europa a ser definido. o Para Colombia los derechos de quinta libertad se ejercerán en toda América Latina y un punto en Europa a ser definido. • Ejercicio de derechos de tráfico adicionales: o Las aerolíneas designadas por ambas partes podrán ejercer derechos vía su propio territorio a terceros países (sexta libertad).
Servicios Exclusivos de Carga: • Ejercicio de derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad del aire: o Libre • Ejercicio de derechos de tráfico de quinta libertad del aire: o Los puntos para el ejercicio de los derechos de quinta libertad en los servicios exclusivos de carga deberán estar ubicados dentro del continente Americano y un punto en Europa a definir. • Ejercicio de derechos de tráfico adicionales: o Las aerolíneas designadas por ambas partes podrán ejercer derechos vía su propio territorio a terceros países( sexta libertad).
Fecha Actualización: 10 de noviembre del 2022. El anterior resumen es informativo y se emite sin perjuicio del contenido fidedigno que consigna el marco bilateral o multilateral suscrito”.