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AEROCIVIL - CONVENIO COLOMBIA URUGUAY

Aeronáutica Civil

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Detalles

Título
AEROCIVIL - CONVENIO COLOMBIA URUGUAY
Autor
Aeronáutica Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Transporte
Año

ACUERDO DE TRANSPORTE AEREO CONSENSUADO ENTRE LA

REPÚBLICA DE COLOMBIA Y LA REPÚBLICA DE URUGUAY

DEL 21 DE MARZO DE 2013

Servicios mixtos de pasajeros, correo y carga: • Ejercicio de derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad del aire: o Libre • Ejercicio de derechos de tráfico de quinta libertad del aire: o Para la República oriental de Uruguay los derechos de quinta libertad se ejercerán en toda América Latina y un punto en Europa a ser definido. o Para Colombia los derechos de quinta libertad se ejercerán en toda América Latina y un punto en Europa a ser definido. • Ejercicio de derechos de tráfico adicionales: o Las aerolíneas designadas por ambas partes podrán ejercer derechos vía su propio territorio a terceros países (sexta libertad).

Servicios Exclusivos de Carga: • Ejercicio de derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad del aire: o Libre • Ejercicio de derechos de tráfico de quinta libertad del aire: o Los puntos para el ejercicio de los derechos de quinta libertad en los servicios exclusivos de carga deberán estar ubicados dentro del continente Americano y un punto en Europa a definir. • Ejercicio de derechos de tráfico adicionales: o Las aerolíneas designadas por ambas partes podrán ejercer derechos vía su propio territorio a terceros países( sexta libertad).

Fecha Actualización: 10 de noviembre del 2022. El anterior resumen es informativo y se emite sin perjuicio del contenido fidedigno que consigna el marco bilateral o multilateral suscrito”.

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