AEROCIVIL - Resolucion 00247 FEB 10 de 2021
Aeronáutica Civil
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Detalles
- Título
- AEROCIVIL - Resolucion 00247 FEB 10 de 2021
- Autor
- Aeronáutica Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 2021
Publicada en el Diario Oficial N° 51.585 del 11 de Febrero de 2021 REPÚBLICA DE COLOMBIA La movilidad Mootr.11nsporte e!S d@ todos
-AERO-NÁUTICA""'°" CIVIL
Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE
1061...1192 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número 1 .O FEB 2021 (000247 ) •Por la cual se modifican las tablas 4-1 y 4-3 en el Apéndice 4 de la norma RAC 135 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia" EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el articulo 1782 y 1790 de Comercio, en concordancia con lo establecido en los artículos 2° y 5° numerales 4, 5 y 6; y el artículo 9° numeral 4 del Decreto 260 de 2004, modificado por el Decreto 823 de 2017 y CONSIDERANDO: Que la República de Colombia, es miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional-OACI, al haber suscrito el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, de Chicago de 1944, aprobado mediante Ley 12 de 1947; y como tal, debe dar cumplimiento a dicho Convenio y a las normas contenidas en sus Anexos Técnicos. Que en aplicación del articulo 37 del mencionado Convenio sobre Aviación Civil Internacional, Colombia, como Estado miembro, debe colaborar a fin de lograr el más alto
grado de uniformidad posible con las normas internacionales y procedimientos adoptados por la Organización de Aviación Civil Internacional, en lo relacionado con las aeronaves, personal, rutas aéreas, servicios auxiliares y en todas las materias en que tal uniformidad facilite y mejore la navegación aérea. Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -UAEAC, como autoridad aeronáutica de la República de Colombia, en cumplimiento del mandato contenido en el articulo 37 del Convenio; y debidamente facultada por el artículo 1782 del Código de Comercio y el articulo 2° del Decreto 260 de 2004, modificado el Decreto 823 de 2017, ha expedido los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia -RAC, con fundamento en los referidos Anexos técnicos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. Que igualmente, es función de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica CivilUAEAC, como autoridad aeronáutica, garantizar el cumplimiento del Convenio sobre Aviación Civil Internacional junto con sus Anexos y armonizar los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia - RAC con las disposiciones que promulgue la Organización de Aviación Civil Internacional, tal y como se dispone en el artículo 4°, numerales 4 y 5 del Decreto 260 de 2004, modificado por el Decreto 823 de 2017. Que de conformidad con el artículo 1790 del Código de Comercio, corresponde a la autoridad aeronáutica establecer los requisitos técnicos que deban reunir las aeronaves y dictar las normas de operación y mantenimiento de las mismas, así como expedir certificados de navegabilidad a las aeronaves.
Que con fundamento en lo anterior, la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil ha expedido reglamentos en desarrollo del Anexo 6 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, sobe operación de aeronaves, los cuales se han armonizado con los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos, como parte del proceso de armonización que se viene dando con dichos Reglamentos, propuestos por el Sistema Regional de Cooperación para la Vigilancia de Seguridad Operacional -SRVSOP, del cual forma parte Colombia.
Clave: GDIR-3.0-12-GlO
Verslón: 05
Fecha: 23/11/2020
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AERONÁUTICA CIVIL
USIO.a.DADt.ftH!STRAT'n.'A E:SF'ECl.lL
Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE
1061-492
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número (o o 1 F0RF? 0?1 2 47 ) "oPrlc au al sel asmta obdsl4 ia1-fi 4cy-ae 3nne A lp én4dd iec nelo armRA aC 153d el oRsel gaemntos AeronáutdiecC oosl ombia" Que udnelo o mse nocniadroeslg amoesne tsl an omraR AC 153 soeb Rreuqitsoidse opearció-no pearcionneacsi onael ienesrt niaoclnsea,r eugleasry no reugleasr,
imepmletndaa deens roalrdleol Paa rItd eeR le fdeorA inxeo6 ,p aars earpi lacbleenr teo tros a: -Laosp ercaiosnr eeuglaesr nyo r geuleasnr,a iconsa lieten renaiconadlee ssu onl aintcei t ot tiluadreu nC DOe,m itisdegoú fnan omraR AC1 91. - Al so reuqsiitdoeso percaiópnar a peolxtadodrees se rviacérieooscs om ercisad lee trapnorstpeú cbolr ieguloan rore guldaepr as jaeors,q uoep erenc oanv nioedse 1 9sli sl a dep aajseorso m eonso,c on upneo s( maas)m áxmioc ertidfeid cesapedgou dee 5. 700 kgo m enoso;c ohne ilócptreo.s -Losr qeutiosdsie o pearcni póarae xpaldoreotsd es erIvcIaoésr ecoomse crilaedse amubalnciar e,aaq éueo preenc ona eraovneesnc onifgruaicódnea mubalnci.a Quee lm encionRaAdCo1 53a doptmaeddoai ntrees oulcni0 ó2411d e1l 5d ea gosdteo 2.80i 1cnlu,ey notorter lasast ,ba las1 44y-- 3s,o bpraer ámetpraorrsae i gstorraeddsed taos dev uleyop arsasi temraesg iosrterdsaed d atdoesa eraovn,er epsectmienvta.e
Quee nl rae fidearr esuociólns ei nurcreinóe rrort rdnaes cprciiróenps ecdteoa lugnodse l so datocso ntiednos dceihans btlaas1 44y-- ,3r eslutaon ndecesraimoo diicfaars para l corraesge incr onconrcdicaao lnod s ipueesntl oa tsa blhaomsó lgoasA 81Ay8 -d3e l Anexo l 6,Pa rIta elC onviesono bArev iacCiivlóiI ntn ernacai.lo n Quee nm éridteo e lxop uesto, RESUVEEL: ARTÍUCLO PRIEMRO:M odifíqluate baasl4 e-1 e n el iAcp4edé enl dan ormRaA C1 53d e loRse glameAnertoonsá utdieCc oolso mblciaua a,q uedaarsáí : l Tabl1a 4Cararcítsetdiecl aosps a rámetpraorrsae gistraddedo arteodsse vuelo lurerrnlo lll8Xllll0 Lurules precr;rdeón de muestreo(e urrada del sem«Jf \'muero lnlenJlo yderepstor crunpalllla lwolucioo fi-tne Pmme1rn Aplicncuin demedlción lfimidosl con salid.a mRl defil5tro Hora tlíf ,11arulo 1-l bom .¡ :O.lfi·••h t , ;e disponga. si no. i:ronomerraje relati, o o sincro con hora GfiSS 1 2 .-\ltilud d,: presión 300 m ( ·1 000 ftJ ±JO roa ,,fioom 1.5 m (5 ft¡
hasta la máxima {±IOOftu700ft ) allitud certificada + d,: la aeron.ive 1 500 m H 000 fü ., Veloddad aerodinámica 95 kmh (SO kt ) l kl (recomen indicada o\fi] "daJ a m:ix1ma \'"' dado 0.5 ku aerodinámica calibrada 1.\'0J1i0 ClaGvDeI:R -23-.001-01 V;.,a L! \'0 Vers:05i ón 1.\'1110 1! Fec:2h3a/11/2020
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AERONÁUTICA CIVIL UMO,lr,DAmaaTRATlYAuPl:CW,
Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE
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UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CML
Resolución Número 1 FOE2 B0 21 < ) 0 0 0 2 4 7 "Por la cual se modifican las tablas 4-1 y 4-3 en el Apéndice 4 de la norma RAC 135 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia" lnlff'l'IIIO OIÍL'ÚlllO Limires de p1ttis1ón delllllCS !reo (entrada del seosor Número llllcrnlo y de retostro comp11rada Rer.oluc,ón de sene Paimnetro Aplicac1ón de medición (sefi) cou r.alld., FDRl den:(l!Stro
4 Rumbo (referencia 360'' =:::?º 0.5° primaria de la tripulación de vuelo) s Aceleración normal Solicitud de certificación -3 ga+6g 0.1::!5 ±lºo del intervalo 0.004g tNora8J de tipo presentada máximo excluido a Wl Estado contratante el emir de referencia antes del I de enero de 2016 de :::5°0
Solicitud de c.: rtificación -3 ga+6g 0,0625 ± 1 ° o del intervalo 0.004 g de tipo presentada máximo excluyendo a un Estado contratante un error de referencia el I deenerode:2016 de fis0• o después ° º o.s· 6 Actitud de cabeceo ± 75 o intervalo 0.25 :::? uúlizable. el que sea superior 7 Actitud de balanceo
:>:180° 0,25 z:?º 0.5' 8 Control de transmisión Encendido-apagado de radio (posición díscreta) 9 Potencia de cada Total ±1°0 0.2º • del motor (No/a 3J (por motor) interralo total o la resolución necesaria para el funcionamiento de la aeronave 10• Fbp del borde de salida Total o en cada 2 ±5º• o según 0.5° 0 del e indicador de posición posición indicador intervalo total seleccionada en el puesto discreta del piloto o la resolución de pilotaje necesaria para el funcionamiento de la aeronave 11• Flap del borde de ataque Total o en cada :? ± .. ºo O gún O.Sºodel e indicador de posición posición indicador intervalo total
seleccionada en el puesto discreta del piloto o 13 resolución de pilotaje necesaria para el funcionamiento de la aeronave 12• Posición de cada inversor Afianzado, en de empuje tránsito. (por motor) im-ersión complc:ta ¡3• Selección de expoliadores Total o en cada x2º• salvo 0,2°0 del de tierra ftenos posi ión que se requiera intervalo total aerodinámicos (selección discreta especialmente y posición} una mayor precisi n 14 Temperatura exterior Intervalo del sensor :? =:?fie o.n:· 1s• Condición y modo Combinación del acoplamiento del adecuada de piloto.'automátic0, mando posiciones discretas de gases automáticos AFCS
Clave: GDIR-3.0-12-010
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ut-.lOAD AOMIN.'STRATIVA ESfiCIAL
Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE
1061-492 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número ( 0 20470 ) 1 O FEB 2021 "Por la cual se modifican las tablas 4-1 y 4-3 en el Apéndice 4 de la norma RAC 135 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia" Intervalo
máximo Lnrnles de precisión de muestreo (ennnda del sensor :-umero I111en11lo fi·d• re¡t1>1to comparndn Resol11c10n <le sene Pornmetro Apltcocióu de n-...chc1on (se¡mndos) con salida FDRl de registro 16 Aceleración Solicitud de c\!l'tificación 0.25 ±0.015 g 0.004 g longitudinal de tipo presentada ex.cluyeodo error 1o.rYa8 ¡ a w1 Estado contratante de referencia antes del I de enero de 2016 de:: 0.05 g lifi1UJ de certificación 0.0625 ±0,015 g 0.004g de tipo presentada excluyendo .:i.ror a un Estado contratante de reti:n:ncia d I de .:nc:ro de 2016 de±0.05 g o después 17 Aceleración lateral Solicitud de certififiac1ó11 0,25 :i:0.015 g 0.004 g (.\8o1ta de tipo presentada excluyendo error a un Estado contratante dfi referencia antes del I de enero de 2016 de::. 0,05 g Solicin1d de cenificación 0.0625 c,;Q,015g 0.004 g de tipo presentada excluyendo error a un Estado contratante de 1-efereucia el I de enero de 2016 de ±0.05 g o despuéfi IX Acción del piloto o Solicitud de certificación Total 0.25 -:c2° salvo 0.2º• del posición de la de lipa presentada que e requiera intervalo total superficie de mando a w1 Estado contratante especialmente o según la mandos primarios antes del I de enero de :!O 16 W1amayor instalación
(cabeceo. balanceo. pn:fisión guiñada) t.\'ot./a 8.yfi¡ Solicitud de certificación Total 0.125 ::::2° salvo 0.2fiodel de tipo presentada que se requiera inta.alo total a un Estado contratante especialmente o segim. la el I de enero de 1016 una mayor instalación odespnés precisión 19 Posición de Total c:c3°o amenos o.:0 • del compensación que se requiera intervalo total decaheceo especialmente o según la una mayor instalación prc:cisión 20• Altitud de radioaltimetro --6 ma 750m :0.6m (±2 ft) o ±3°0 0.3 Ill (1 ft) por :l0fta2500fi) tomándose el mayor debajo de 150 m de esofi valores por (500 ft) 0.3 m debajo de 1 50 m li ft) 0.5°0 (500 11) del intervalo y "'5º o por encima total por de ISO m {500 fil encima de 150 m (500 tl) fi 1 • Defiviación del haz Intervalo de señal :t3°o 0.3°0 del \·ertical (tray.:ctoria de Intervalo total planeo ILS GNSS GLS. elevación de MLS. desYiación vertical de IRNAV LA..fi)
Clave: GDIR-3.0-12-010
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1061-492 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número (0 0024 ) "Por la cual semod ificanla stab la4-1s y 4-3 en el Apéndice 4 de lan ormaRA C 135 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia" lnfi11lo Linules dt: J)m'-ISIÓU má.•uuio de UIIIC<treo (eurrnda del sensor N1imm> Imer,11)0 yderqusiro cofirado Resohx:IÓU descrie Parim:tro Aplicación demedú,ión <fi•) con SAiida FDRJ de re¡_ust.ro 22• Dmiación del haz horizon lntCl'\·alo de señal :i:ºJo 0.3° odd (localizador ILS.GNSS. Gl intervalo total azimut de MLS. desviació: lateral de IRNAV JAN) 23 Pasaje por radíobaliza Posiciones discretas = 24 Advertidor principal Posiciones di 25 Selección de frecuencias Total 4 Según instalación de cada receptor NAV 1.Vora 5) 26· Distancia DME 1 1 de O a 370km Según inMafación 1852 m [incluye distancia ;I (0-200NM) (l NMJ umbral de pista (GLS) y distancia al punto de aproximación frustrada
(IRNA l
1No1as 5y6J 27 Condición aire. tierra Posicíones discretas 2s• Condición del Posiciones discretas
GPWS. TAWS:GCAS
(selección del modo de presentación del terreno. incluido el modo de p.inta.lla emergente) y
(alertas de impacto, tanto fiauciooc:s como advertencias, y avisos) y (posición de la tecla de encendido. apagado) 29• Ángulo de ataque Total 0.5 Según instalación 0.3•¡, del inten·alo total ::io• Hidráulica de cada Posiciones discmas 2 o.s•odel sistema intervalo rotal (baja presión) 31• Datos de navegación Según instalación Según instalación (latitud longitud. ,·elocidad respecto al suelo y .iogulo de deriva) t.Vota 7J 32• Posición del tren Posiciones discretas 4 Según instalación deatc:iriuje y del mando sekctor 33• Velocidad respecto Según instalación Los datos deberian ll-1 al suelo obtenerse del sistema que tenga tnllyor precisión 34 Frenos (presión del freno (Potencia de frenado :o:S•o ::!º• del izquierdo y derecho, m:ixima medida. intervalo total posición del pedal del posiciones discretas freno izquierdo y o inten.-alo total) dem:ho)
Clave: GDIR-3.0-12-GlO
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Principio deP rocedencia:
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1061-492 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número o o > 1 Oo FE B 2021 < 2 4 7 "Por la cual se modifican las tablas 4-1 y 4-3 en el Apéndice 4 de la norma RAC 135 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia" Intervalo 11111x1n10 Lmnles de prec1s1ón de nmestreo (entrada del sen.sor fi\Ullt:H.l lntervnlo y de re¡ustro éOIUpm'füla Re,uluc1on d.cs ene Pa.rmuetro Aphcocton de med1c1ón (se¡:wulos) con salida FDR) de refisrro :\5 Parámetrofi adicionales Posición de v.ílvula Según instalación Cada motor Según instalaciónfiº o del del motor (EPR. N,. de medición de combustible a cada inten:alo total niYel de vibrncion de los motores: solicitud segundo indicado. Nfi. EGT. flujo de certiJkación de tipo de combustible. presentada a un Estado posición de ta palanca contratante el 1 de enem de intem1p,;ióo ,.k de ::!0:?3 o d,:spues swruniMro del combustihle. N_.. posición de la v.ih-ula Je medición del combustible Je los motores) 36 TCAS ACA S (!,istema Posicionefi discretas Según instalación d.: alerta de tránsito y ant1colisión) A\-iso de cizalladura Posiciones discretas Según instalación del viento
38 Reglaje barométrico Según instalación 64 Según instafación 0.1 mb seleccionado (piloto. (O.O! in-Hg.) copiloto) 39 Altitud seleccionada Según instalación Segun instalación Suficiente para (lodo!, lo!> modos de determinar la operación selecc1onabk selección de por d piloto) In tripulación -t0• Velocidad seleccionada Según instalación Según instalación Suficiente para (todos los modos de determinar la operación seleccionables selección de por el piloto) la tripulación 41" fach seleccionado •• gún ins1alació11 Según in 1alación Sufü:icute para (todos los modos de determin:u: la operación '>ele.:.:ionable,, selección de por el piloto) la tripulación 42 • Velocidad vertical Según instalación Según instalación Suficiente para selo;eecionada (lodos los detemunar la modo, de operación selección d.: fielecc1onables por el la tripulacion piloto) 43 Rumbo seleccionado Según instalación Segun instalación Suficiente para (todos los modos de determinar la operación seleccionables selección de por el piloto) la tripulación 44'-' Tr:1yecloria de vuelo Según instalación seleccionada (lodos los modos de operación fielecc1onables por el piloto) [curso DSTRK. ángulo de trayectoria. trayectoria de aproximación final
(IRNAV IAN)J
Clave: GDIR-3.0-12-010
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AERONÁUTICA CIVIL
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Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE
1061-492
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número OF E2B10 ? (000 24 1) •Por la cual se modifican las tablas 4-1 y 4-3 en el Apéndice 4 de la nonna RAC 135 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia" lnter,:nlo máximo Limites de pl'tCISIÓD dellll!estfi ( entrada del sfiusor Número lnten11lo yderep•tro comparnda Resolución de sene PMámetro AphcM:IOU de medic10n (sq{lllldos) con sahdn FDR) de registro 45• Altur.1 de decisión Según instalación 64 Según instalación Suficiente para seleccionada detenninar fo selfición de la tripulación 46• Formato de presentación Posiciones discretaS 4 Según instalación del EFIS (piloto, copiloto) 47• Fonuato de presentación Posiciones discretas Según imtalación multifunción motor alertas 48• Condición de bus eléctrico Posiciones discretas 4 Según instalación 49• Condición de bus eléctrico Posiciones discretas 4 Sc!gún instalación oc so• Posición de la válvula Posiciones discretas 4 Según insra!ación de purga del motor
s1• Posición de la válnda Posiciones dis..--n:tas 4 Según instalación de purga del APU s2• falla de computadoras Posiciones discretas 4 Según instalación 53• Mando del emp1tje Según instalación 2 Según instalación del motor 54• Empuje selfionado Según instalación 4 Según insllllación :?ºo del del motor intervalo total ss C• entro de gravedad Según instalación 64 Según instalación lºo del calculado intcrn:alo total 56• Cantidad de combustible Según instalación 64 Según instalación lºo del en el tanque de cola CG iuten.ilo total s1• Visualizador de cabeza Según instalación 4 Segün instalación alta en uso ss• Indicador paravisual Según instalación Según insialación encendido. apagado 59• Protección contra pérdida Según instalación Según instalación operacional. activación de sacudidor y empujador de palanca 60• Referencia del sistema Según instalación Según instalación de navegación primario (GNSS, INS. VOR!DME, MLS, Loran C. localizador. pendiente de planco) 61 Detección de Según instalación 4 Según in mlaci n cngelamicnto 62• A,-iso de ,-ibraciones en Según instalación Según instala 1ón cad:l motor 63 A,-iso de exceso de Según instalación Según instalación temperatura en cad:l motor
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Fefiha: 23/11/2020 fi Pátina: 7 de 13
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REP0BLICA DE COLOMBIA l ea s dm eo tv oil did oa sd Mintransport•
AERONÁUTICA CIVIL 1.>w-OADAL'UN5TAATIVAESPf:.CJAl
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1061-492 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número ) 1 O FER 2021 "Por la cual se modifican las tablas 4-1 y 4-3 en el Apéndice 4 de la norma RAC 135 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia" lure1"\·alo 1uáxu110 Lwutes de prec1s1011 de 1m1e,treo (entrada del sensor fiúm.ero Imervalo y de regi.sn·o comparncla Resolución lle ,e,ie Panimelro Aphcacmn demed1c,011 (segundos) con snli,ln FDRI de re,ushu 64 A\.iso de ba_ia presión del Según instalación Según instalación .iceite en cada motor 65 A\iso de sobrevelocidad Según instalación Según in,taladón en cada motor fift• Po«ición de la superficie Total 2 :::3° o, a menos que 0.3°odel de compensadón d.: s.: requi.:ra una inter\'alo total guiñada precisión más alta exclush.nnente 67 Pofición de la superficie Total 2 ::3° •· a menos que 0,3° odel de compensación de se r.:quiera una intervalo total balanceo precisión más alta cxclusiYamente 68"Án gulo de guiñada o Total ±5° 0 0.5°0
derrapo: (,9• Indicador de s.:lección Posiciones discretas 4 de los fistemas de descongelamiento y antícongelamiento 10•P resión hidráulica 2 "'5ºo IOOpsi Total (cad.1 sistema) 1• Pérdida de presión Posiciones discretas en la "ahma 7':. Posi,iún del mando de Total ±5°0 0.2º • del compensación de cabeceo intervalo total o en el puesto de pilotaje se!!ÜD instalación 3 .. Posictóu del mando d.: Total 2:5°0 0,2°odd compt"ll'>a,ion de inten-alo total o balanceo en el puei;to de s.:gún instalación pilotaje 74 Posición del mando de Total ::.5°0 0,2°0 del compe113ación de guiñada intervalo total o en el puefito de pilotaje según instalación 75• Todofi los mandos de Total [±311 N ±5°0 0.2° 0 del \ 11elo del puesto de (:70 lbO. ± 378 N intervalo total o pilotaje (volante de (±85 lbl). "" 734 N según instalación mando. palanca de (±165 lbt)J matldo. pedal del timón de dirección) 76 Pulsador indicador Posiciones discretas de sucesofi 77 Fecha 365 dias 64 78 ANP o EPE o EPll Según instalación 4 Según instalación 79 Presión de altitud Solicitud de certificación Según instalación Según instalación 100 fl d.:cabina de tipo presentada (recomendado a un Estado contratante O ft a 40 000 ft) d I de enero de 2023
o despuéfi
Clave: GDIR-3.0-12-010
Versión: 05
Fecha: 23/11/2020
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1061-492
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CML
Resolución Número ·1 O FFR 2021 ) < 0 0 0 2 4 1 ·Por la cual se modifican las tablas 4-1 y 4-3 en el Apéndice 4 de la nonna RAC 135 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia" ln1en·nlo IWÍXllllO Llnures de precision demuNtreo (mtrada del semor 'uu..:1 ln1cn11l0 y de regs•tro fiom¡mn1dn Resoluctón de serie Pnnimetro Aplicación de medición (fidos) con saltda FDR) derefirro SO• Peso cakulado Solicitud de certificación Según insralación 64 Según instalílción 1 º• del intervalo del avión de tipo presentada total a un Estado contratante el 1 de enero de 2023 o despu • SI• Mando del sistema Solicitud de certificación Total :1::! 0.5 director de vuelo de tipo presentada a un Estado contratante el l de enero de 2023 o después 82• Velocidad vertical Solicitud de certificación Según instalación 0.25 Según instalación 16 ft min
de tipo presentada (recomendado a un Estado contratante 32 ñ min) el I de enero de 2023 odespues Notas. 1.VS O= ve lociddea drpd éiodv ae locimdlandi dem avu elou noifrmeen c ofinguracdieaó tne rrjiefiz;ga ureonl a Secc"ióAbnr eviatuyras msíb loos•. 2.V D=v elocidacdá lcdepu alreoalp icado. 3.R estgríenssuefi cniteedsa tpoasra d etermilnapa ort encia. 4. aSpel ieclaN ráoe "n e clas od ea vionceossn is temdaems a ndeonl ocsu aleemls o ivmieden tlasos uperficies dem andhoa ccea mbliaa rp osilcióonms a ddneoe sn peule sdtepo i ljoe(t baacrikv-e)yde l" ye"ne cla sdoe aviso necsoinest madse m andeon cluosa leelms ov imiednelt aoss u pecrfiiedsem andnoop rovoucna cambeinol ap osicdieó nl os mandcoassd.oe a Evionn ecosen l s uprfieciepsa rtidas, se acuepntaa combinaciaódnec uaddeaa ccioneesnv ezd er esgtirasre paradamceandstaue p erficEinae v.i oennel sos quelo sp ilotosp ueden alcocmisao nndosa prrim ariose nfo rma independietnese, deben registpraorr separadoca da undea lasa ccionesde losp ilotoesnlo sm andosp rimarios. 5.S is ed ipsondeese ñaelnfo rma digital.
6.El registro del al atiytl uald o ngitaup da rtidreI lNS u o tros istmeade naevgaicóesn unaa lternativa preferible. 7. Si dsisep oránpei deanmte del ass eñales. 8. esN loa i ntieónqncu leo s avcioocnne esrt ificaddoea eronavegianbdiilividdexpuaeaddl i daon tdese 1ld e enedroe 2 061d ebamno dificaprsaeraa justaarsline t ervadloem edicióanlin, t ervamloá ximode muestreo y registroa, loslí mitdeesp recios ilaóade n s cripdceli aór ne soludcereilgó isnt ros eqd eutea lelnea snt e Apéndice.
ARTÍCULO SEGUNDO: Modifíquese la tabla 4-3 en el Apéndice 4 de la norma RAC 135 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, la cual quedará así:
Clave: GDIR-3.0-12-010
Versión: 05
Fecha: 23/11/2020 f Pj¡ina: 9 de 13
Publicada en el Diario Oficial N° 51.585 del 11 de Febrero de 2021 REPÚBLICA DE COLOMBIA eLa sdm o etovi l di osd aMdl tnransporte ot.A DE .tDR fiON SfTRAA Tl'll'U AECT SPE:II QAlCV AI L
Principio de Procedencia:
MINISTERIO DE TRANSPORTE
1061-492
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Resolución Número 1 FOt7 R0 ?1 < 0 0 0 2 4 7
"Por la cual sem odifican las tablas 4-1 y 4-3 en el Apéndice4 dela norma RAC 135 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia" Tab4l-a3 Carcatíesrtidcaels so p arámeptararso ist smeasr eigsatdroesrd ed atdoes oanevare Intervalo maximode Resolufiwn Inte,"\-;ilo mínimo registro en Precisión mínima de Nwn. Par.imetro de reg1strn segundos mínima de registro n:gi tro Comentarios Rumbo a) Rumbo ±180 ±2' 0.5' Se prefiere el mmbo: si ( m.1gnél!co o \·erdadero) no está disponible. se registrará el índice de guiñada b) indice de guiñada ±fi00 0.25 ct!0o + derÍ\-;i 2 s s de 360' hr Cabeceo fi a) Aciitud de cabeceo r90' 0.25 ±_ 0,5 Se prefü:re la afititud de cabeceo; si no está Jifi-poiuble. Sé n:gistr.uú c:l indice de cabeceo b) indice de cabeceo ,dOO s 0.25 ±!0o + deriva :?. s de360 hr Balanceo fi a) Actitud d..e balanceo ±180 0 . .::!5 ±2o.sfi Se prefiere la actitud de balanceo: i no está disponible. se registrará el indice de balanceo b) Índice de balanceo ±500 s 0.:!5 ,dºo + deriva :! s de3 60' hr 4 Sistema de detaminacion de la posición: a) Hora 24 horas ±0,5 segundos 0,1 segundos Hora l.ff(' preferible.si
esta disponible b) Latitud longitud Latitud::-90" :! Según instalación 0.00005º Longitud:± 180º (1 ,.¡ se (0.00015° dispone) recomendado) C) Altitud De -.fi00 m (-1 000 fil a 1 Según instalación 1.5 m (5 ft) altitud certificada (1 si se (c:cl5 m (±50 ft) máxima de aeronave dispone) recomendado) .-¡ 500m (5 000 ft) d) Velocidad refipcclo 0-1 000 kt ::! Según instalación 1 kt al suelo (1 si se (±5 kt recomendado} dispone) el Derrota O 360 1 Según instalación 0.5 (1 fi¡ fie (x :! recomendado) dispone) f> Error e«timado Int=·alo disponible ::! Según instalación Segun Se registrará si se tiene a (1 si se instalación !amano dispone) 5 Acderación nonnal -3 g afi6 g () 0,:!5 Según infitalación 0.004 g (0.1.::!5 (±0.09 g excluido un &Í se dispone) <!fffit de refe-reitcia d« c::0.45 g -- __ recomendadol -----· --··· --- _.
Versión: 05
Fecha: 23/11/2020
Página: 10 de 13 fi Publicada en el Diario Oficial N° 51.585 del 11 de Febrero de 2021
REPÚBLICA DE COLOMBIA
eL s ¡ dm eo l11 od1id ol s;¡ d Mitrann5porte
AERONAUTICA CIVIL
Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE
1061-492 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL ResoluicóNnú emro 1 O FEB 2021 ( 0 0 0 2 fi ) •Plocaru saeml o dilfiatacasbn l 4as14-y3e ne l Apé4nd dei ncelo ann a 1RA53dC e los Reglamentos AeronáudteCi ocloosm bia" lntet",do máximo de ResoJución Intervalo mínimo registro en Precisión tnhúmade Núm. Parámetro de registro segtmdos mínima de registro regi tro Comentarios 6 Aceleración longitudinal :1 g (•) 0.25 (0,125 si Según instalación 0.004 g se dispone) (±0,015 g excluido un error de referencia de±0.05 g recomendado) 7 Aceleración lateral ,1:¡ g (•) 0,25 (0, I 25 si Según in.st:ilació11 0,004 g se dispone) (±0,015 gexcluido un error de referencia de±0,05 g recomendado) 8 Pn.-sión estálica externa (o 34,4 mb (3.44 in-Hg) a Según instiJlnción 0,1 mb altitud de presión) 310.2 mb (31,02 in-Hg) (=l mb (0.I in-Hg) (O.O! in-Hg) o intervalo de sensores o o l.S m (5 ft) disponible ±30 m (±100 ft) a =210 m (±700 ft) recomendado] 9 Temperatura exterior del -50 a+90"C' 2 Según instaJación l·-Caire (o la temperatura del o inter\'alo de sensores (xrC' recomendado) aire total) disponible 10 Velocidad de aire indicada Según el sistema Según instalación 1 kt de medición instalado (±3 •o recomendado) (0,5 kt para la ,isualización del recomendado) piloto o intervalo de sensores disponible 11 RPM del motor Totales, incluida la Por motor, por Según in la ión 0.2fi• del condición de segundo inten·alo tolal sobrevelocidad 12 Presión de aceite Total Por motor, por Según imtalación 2°odel del motor segundo (5º o del intervalo total int,:rvalo 10ml recomendado) 13 Temperatura del aceite del Total Por motor. por Segün instaJación 2°0 del motor segundo (5°¡, del intcrvaJo totaJ inter•:alo total recomendado) 14 Flujo o presión del Total Por motor, por Según instalación 2º • del combustible i.cgundo inten·alo total 15 Presión de admisión Total Por motor. por Según instalación 0.2º• del segundo int=·alo total 16 Par.ímetros de TotaJ Por motor. por Según instalación 0.1°, del •se ttgistrar.in empuje. potencia segtmdo intervalo total parimetros suficientes torque de motor requeridos (p. ej. EPR NI o para determinar el empuje 1a torque NpJ según potencia• de propulsión corresponda para el motor en particular a fin de determinar la potencia.. en empuje normal y negativo. Debería calcularse un margen de sob=·elocidad.
17 Velocidad del generador de 0-150°. Por mo1or. por Según instalación 0.2° 0 del gas del motor (Ng) segtmdo intet"·alo total 18 Vc:locidad de turbin:i de 0-150°0 Por motor. por Según instalación 0.2°0 del potencia libre (Nf) segundo inten·alo total
Clave: GDIR-3.0-lZ-010
Versi6n: OS
Fecha: 23/11/2020
Página: 11 de 13 fi Publicada en el Diario Oficial N° 51.585 del 11 de Febrero de 2021
REPÚBLICA DE COLOMBIA La movilidad Mintransporte es de todos
AERONÁUTICA CIVIL I.Jto'OADAOMIIM!STRATlVA[SPEOAL
Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE
1061-492 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Número ) 1 FROE 202i "Por la cual se modifican las tablas 4-1 y 4-3 en el Apéndice 4 de la norma RAC 135 de l
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