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AG 239-2003

Registro General de la Propiedad

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Disponible

Detalles

Título
AG 239-2003
Autor
Registro General de la Propiedad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
General
Año
2003

de 2003 3

NUMERO 61

DIARIO DE CENTRO AMERICA-6 de G.SrTl8ra y da Goblerno a olorgar la correspondienle Escritura Publica que lOIm.11ce I. conllitucl6n del derecho real de usulructo, a que se rer,ere el presente Acuerdo Gubernativo ARTICULO 1. Desmembrar a favor del Estado, una fracci6n de terreno ubicada en el municipio de Flores del departamento del Peten, con un area de 575,827,71050 metros cuadrados, de la linca estatal inscrita en el Registro General de la Propiedad con el n"mero 292, folio 29 de! libro 3 del Peten, que comprende "EL PARQUE NACIONAL, TIKAL", de confonnidad con el levantamiento geodesico realizado par el Institulo Geogralico Nacional, que pasara a former finca nueva con laB si9uientes medidas y colindancias Partiendo del moj6n salida noroeste Santa Cruz al moj6n observado noreste EI Pinal, con una distancia de 24,043718 metros, con azimut geodesico 184'9'2315"; de! moj6n solids noreste EI Pinal al moj6n observado sureste Caoba, con una distancia de 24,046652 metros, con azimut geodesico de 274°15'5664"; del mojGil solids sureste Caoba al moj6n observado suroeste locotzal, con una distancia de 23,980871 metros, con azimut geodesico de 3°56'227", y para cerrar el poligono, del moj6n salida suroeste locotza! al moj6n observado noroeste

Santa Cruz con una distancia de 23,914647 metros, con azimul geodesico de93°52'4552" ' ARrlCULO 4.- La Dlreccl6n de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Publica, har6 en aus reglatros las anotaciones correspondientes y entregara el inmueble mediante act" ARnCULO 5.- EI presente Acuerdo Gubernatil/o empieza a regir a partir del dla aiguiente de au publicaci6n en el Diario alicial COMUN IQU ESE, ARTICULO 2.- Se faculta al ProcuradQr General de la Naci6n para que. en representaci6n del Estado de Guatemala. comparezca ante el Escribano de Camara y de, Gobierno: a otorgar la escritura publica que formalice la desmembral;i6n para si mismo. ARTICULO 3.- La fines nueva que se forme quedara adscrila al Minislerio de Cullura y Deportes, quien a Iraves del Instiluto de Anlropologia e Hisloria debera darle al inmueble el correspondienle mantenimienlo, el cual queda sujelo a revisi6n par parte de la Direcci6n de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Publicas, de conformidad con la calendarizaci6n de visitas programadas para la regi6n ARTICULO 4.- La Direcci6n de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Publicas. debera hacer las anotaciones correspondientes en suo registros. con el fin de mantener el control y registro de IDs bienes del Estado. asi como formalizar la entrega del inmueble mediante el acta respectiva @ '-") Lir5l"8'('1.p4riaUtL'TtlTo~.~t

"".",~",-","""" ".,'-' \ ARTICULO 5.- EI presente AcuerdoGubernativo empezara a regir a parlir del dla slguiente de su publicaci6n en el Diario Olicial (E.4":1-~)---ayo /

COMUNIQUESE.

A~~~!!~~::2RA Acucrda.e de.membrar a favor del Estado una fracci6n de terreno ubicada en el municipio de Flores del departamento del Peten, de la fines estatal in!lcrita en ei Rel(istro General de la Propiedad que comprende "EL

P,\RQUE NACIONAL TlKALMo

ACUERDO GUBERNATIVO No. 239-2003

GUAtemalA. 7 d. abril d. 20m Elloresidente de la Republica.

CONSIDERANDO:

EL MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS I, )' ~ "!I<i: "'4-""/ °" ~ . / "'NIST DE FINANZAS PuBlICAS Que el Porque Nacional Tiki" constituye parte del potrimonio cultural de la Naci6n el que ha sido declarado patrlmonio mundial de la humanidad, y que de conformidad con el artlculr' 61 de la Constitllci6n PolItico de la Republica de Guatemala el mismo se em lentra sometido a regimen especial de conservaci6n; CONSIDERANDD: Que el Estado ea propietarlo del inmueble inscrito en el Registro General de la Propiedad con el numero 292, 10110 29dellibro 3 del Peten, en el cual sabri' una lracci6n de 575,827,710,50 metros cuadrados, ubicada en el municipio de Flores

del dep8r1"mento del Peten, se encuenlra el area del Parque Nacio/lal-Tikal, par kI que, con el fin de disponer de un registro moderno, segura y eficiente del palrimonio del E8l8do. e. necesario de.membrar la fracci6n a favor del mlsmo E.tado y adacribir18 al Mini.teno de Cultura y Deporle.;

POR TANTO: , En ejerciciQ de Ie. facultsdes que Ie confiere el articulo 183 literales e) y q) de la Constituci6n Politics de I" Republica de Guatemala; y con fundamento en loa ertlculoa 2111tersl j) y 35 literal m) del Decreto numero 114-97 del Congreso de la Repubka. Ley del Orgs","mo Ejecutlvo; 39 y 40 numerales 4 y 10 del Acuerdo Gubemetivo numero 382-2001. Regl,'men~o Org~nico Interno del Ministerio de Flnanza Publicu. 881 como 10 dlsrueato en el articulo 464 del Decreto-Ley numero 106. C6digo Civil.4-.

NUMERD 61

DIARIO DE CENTRO AMERICA-6 de mavo de 2003

EXPOSICION DE MOTIVOS: Dentr, , de una de laB obl~"cjones primordiales del Estado esta la de protege" f~nlar y dlyul~"r la cuHur" naclonal; Que forman parle del patrimonio cuHural loa bipneo arqueol6gicos e h,st6rlco. del pail, IDS cuales estan bajo la protecci6n

del Estado Guatemala. planteada por Cervecerla Centroam~rlcana. Socledad Que el Pa'que N"clonal Tik,,1 po, i'"be, siqo decla,ado Pat,imonio Mundial debe ,ecibir atenci6n ""pecial po, parte !in! ellado An6nima. Con el propoai!o de dIsponer de un regl"lro moderno, seguro y eficiente del pelrimonio del Eslado, se ar;omp"ria el proyecto de Acuerdo Gubernativo, en el cue! el Esledo hace Ie desm"mbr,,",on par" sl mismo, de una fracci6n de terreno de 575827,710f,(j metros cuadrados de I. finca de su propiedad inscrita en el Regislro General de Ie Propiedad con el numero 292, folio 29 del libro ~ de EIPeten . CONSIDERANDO Oued6 establecido denlro del expediente que en eJ area que se adscribe, se encuenlra ubicado EI Parque Nacional Tlkal, y que Begun la investigaci6n de campo y reglstra! se encuentra dentro de la finca ya relacionada, par 10 que la finca flue se orlqine de la desmembrac;,in debe adscribirse al Ministerio de CulturiJ y Deport.." . Que en el presente caBO se dsn lOB elementos necesarios previstos en elarticulo 138 de Ie Ley de Amparo, Exhlblci6n Persona! y de ConstitucionelKJad - -- , (inconstitucionalidad notoria y susceptible de causer grevamenes irreperables (---~~ .. - ~ra decretar la suspensi6n provisional de lOB ARTICULOS01, 02, 04~ 11

del Decreto numero ocho - dos mil dos (8-2002) de 18 Ley del- - Impuesto Especlflco sobre la DIstribucl6n de Cervazas y otras- - aebldes de Cer~les Ferm~t"cfd'S'.reforrr.~do,~~~to_1.1. !.f,!!:3_ambos del Congreso de la Repub~~uatemela. La adscripci6n no es mas que un procedimlento puremente administrativo. el cual co.-isle en asigner. determinadO Minlsterio un inmueble. el cuai paso a formar parte de su admirllslraci6n Par 10 antes eXp'lesto, se estima procedente emitir las disposiciones legales correspondientes Admlnistraci6n Tributaria y al Mlnlsterlo Publico; III) NotlflqueSe y, -

EXPEDIENTf: 629-2003

~l.~ _. eterl8.

PARCIAL.

SOCIEDAD

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