AGR - Circular Externa 003 de 2012

Auditoría General de la República

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Detalles

Título
AGR - Circular Externa 003 de 2012
Autor
Auditoría General de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2012

AUDITORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA Despacho del Auditor General de la República CIRCULAR EXTERNA 003 / 2012 100 Bogotá D. C., 20 ENE. 2012

PARA: CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, CONTRALORIAS

DEPARTAMENTALES, MUNICIPALES Y DISTRITALES.

DE: AUDITOR GENERAL DE LA REPÚBLICA

ASUNTO: CONTROL FISCAL A LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS A

PUBLICIDAD EN VIRTUD DEL ESTATUTO ANTICORRUPCIÓN - LEY 1474 DE

2011. En ejercicio de la Misión Constitucional de la Auditoría General de la República prevista en el artículo 3 del Decreto Ley 272 de 2000, en virtud de la cual la Auditoría coadyuva a la transformación, depuración y modernización de los órganos instituidos para el ejercicio del Control Fiscal, este despacho recomienda a los contralores del país adelantar las acciones al interior de sus entidades así como evaluar el cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 de la Ley 1474 de 2011 que adoptó el Estatuto Anticorrupción, respecto de los recursos destinados a gastos de Publicidad. Por lo anterior, se hace necesario que en ejecución de los ejercicios de control, se incorporen dentro de los programas de auditoría las actividades necesarias para evaluar si los recursos destinados para la divulgación de programas y políticas a través de publicidad oficial o cualquier otro mecanismo que implique utilización de dineros del Estado, tanto de las entidades públicas y las empresas y sociedades con participación mayoritaria del Estado del orden nacional y territorial, fueron orientados al cumplimiento de la finalidad de cada una de las entidades así como la de garantizar el derecho de información a los ciudadanos, evaluando que estos

con participación mayoritaria del Estado del orden nacional y territorial, fueron orientados al cumplimiento de la finalidad de cada una de las entidades así como la de garantizar el derecho de información a los ciudadanos, evaluando que estos recursos se hayan ejecutado con la mayor austeridad y que los contratos se celebren con criterios de efectividad, transparencia y objetividad, y procurando la mayor limitación, entre otros, en cuanto a contenido, extensión, tamaño y medios de comunicación. ¡Fortaleza del control fiscal! Carrera 10 No, 17 Linea Gratuita. 018000 6800 Ext. 101 Fax: [571] 3422080 onagov.co Bogola D.C.- ColombiaAUDITORÍA Despacho del Auditor General de la República Dichos recursos de ninguna forma deben ser utilizados para promocionar servidores públicos, partidos políticos o candidatos o que contengan su voz, su imagen, símbolo, logo o cualquier otro elemento que pueda inducir a confusión. A su vez se prohíbe contratar o realizar directamente publicidad oficial que no esté relacionada en forma directa con las funciones que legalmente debe cumplir, ni contratar o patrocinar la impresión de ediciones de lujo o con policromias. Así mismo se debe evaluar si se dio y está dando cumplimiento a lo establecido en el parágrafo 1 del precitado artículo 10 de la Ley 1474 de 2011, frente a la reducción en un treinta por ciento (30%) que debieron realizar las entidades del orden nacional y territorial que tuvieran autorizados en sus presupuestos rubros para publicidad o difusión de campañas institucionales, para lo cual se debe tomar como base el monto inicial del presupuesto o apropiación presupuestal para publicidad o campaña. Así mismo, surtida la reducción anterior, en los años

para publicidad o difusión de campañas institucionales, para lo cual se debe tomar como base el monto inicial del presupuesto o apropiación presupuestal para publicidad o campaña. Así mismo, surtida la reducción anterior, en los años siguientes el rubro correspondiente sólo se podrá incrementar con base en el Índice de Precios al Consumidor. Sobre los anteriores aspectos, este Despacho ha impartido las instrucciones pertinentes al Director de Control Fiscal como a los Gerentes Seccionales de la Auditoría General de la República, bajo la orientación, supervisión y vigilancia sistemática de la Auditoría Delegada para la Vigilancia de la Gestión Fiscal, para evaluar el cumplimiento tanto al interior de sus entidades como en sus procesos de evaluación. JAIME RAUY ARDIL; AuditonG: e la República Provectó: G Escudel Revisó: R.4 a ) . v ¡Fortaleza del control fiscal! Carrera 10 No. 17 18 Piso 9 Tel Linea Gratuita 018000 120205 Sitio W: 2820917 PBX [571] 318 6800 Ex 101 Fax [571] 3422080

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