AGR - Resolución Orgánica 011 de 2014
Auditoría General de la República
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Detalles
- Título
- AGR - Resolución Orgánica 011 de 2014
- Autor
- Auditoría General de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2014
ey AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÓRLICA RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 011 DE 2014 (14 de mayo de 2014) "Por la cual se dictan disposiciones para el reconocimiento y pago de viáticos y gastos de transporte en las comisiones de servicio al interior del país" La Auditora General de la República, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas en el artículo 17 del Decreto 272 del 22 de febrero de 2000, y CONSIDERANDO: Que para garantizar mayor funcionalidad y agilidad en el proceso de otorgamiento de comisiones de servicio en el interior del país a los funcionarios de la Auditoría 3 neral de la República, se requiere delegar dicha facultad y dictar algunas disposiciones para su concesión. Que la Resolución Orgánica número 009 de 2005, en su artículo 1° li Secretario General autorizar las comisiones de servicio al interior del pai ordena el reconocimiento y pago de los valores a cancelar por conce| viaje. al'e) delega en el ís, y en el literal f) le ) de viáticos y gastos de Que se deben establecer condiciones para el pago de la mañutención y alojamiento que se generan por las comisiones en lugares diferentes alsitio habitual 'd trabajo. Artículo Primero.- Los viáticos p derecho los funcionarios de la A cuenta el valor diario de la corresp Nacional. 10: | interior del país a que tienen la República se liquidarán teniendo en gente, establecida por el Gobierno
Artículo Primero.- Los viáticos p derecho los funcionarios de la A cuenta el valor diario de la corresp Nacional. 10: | interior del país a que tienen la República se liquidarán teniendo en gente, establecida por el Gobierno Artículo Segundo-. En las comisi a sitios cuya distancia de la sede habitual de trabajo sea inferior a 60 kilómetrc izará pernoctada, y en consecuencia no habrá lugar al reconocimiento de ga: stos o] “Los funcionarios a quienes se les conceda comisión de servicios en las condiciónes antes anotadas, tendrán derecho al reconocimiento de gastos de viaje en un medio de transporte público colectivo, y solo se reconocerá el cincuenta por ciento (50%) del v: fijado por el Decreto Nacional, para manutención. Cuando las comisiones de servicio se efectúen a lugares cuya distancia sea superior a la mencionada este artículo, y para el cumplimiento de las tareas asignadas no se requiera pernoctar en.el mismo lugar, se reconocerá el 50% del valor fijado por el Gobierno Nacional, en la escal iáticos vigentes. Artículo Tercero-. El jefe inmediato del funcionario comisionado, será el responsable del envío de la solicitud de comisión a la Secretaría General, para efectos de gestionar los actos administrativos y la programación de viáticos, con una antelación de 15 días como mínimo. Artículo Cuarto-. Las comisiones de servicio se conferirán mediante acto administrativo expedido por el Secretario General, en el cual se expresará el término de su duración, que no podrá exceder de treinta (30) días. Artículo Quinto-. No podrá autorizarse el pago de viáticos sin que medie el acto administrativo que confiera la comisión y ordene el reconocimiento de los viáticos correspondientes, “Hacia la excelencia y la imovación en el Control Fiscal”
Artículo Quinto-. No podrá autorizarse el pago de viáticos sin que medie el acto administrativo que confiera la comisión y ordene el reconocimiento de los viáticos correspondientes, “Hacia la excelencia y la imovación en el Control Fiscal” Avenida La Esperanza No.62-49 Edificio Gran Estación II Piso 10. Telefonos 318 -68-00 y 3816710 Bogota, D.C.
TH.232.P05.FI02
Versión 4.2 - 19/09/2011AUDITORÍA GENERAL OE LA RemÓnLICA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 011 del 14 de mayo de 2014 "Por la cual se dictan disposiciones para el reconocimiento y pago de viáticos y gastos de transporte en las comisiones de servicio al interior del país" Hoja No.2 de 2 Artículo Sexto-. La legalización de viáticos se deberá efectuar dentro de los cinco (5) días siguientes al término de la comisión, ante la Dirección de Recursos Financieros, para lo cual se deberá anexar los siguientes documentos:
1. Informe de la comisión, firmado por el funcionario comisionado y el Director de la dependencia que haya requerido la comisión.
2. Certificado de permanencia expedido por el Gerente Seccional, cuando en la ciudad donde deba cumplirse la comisión exista sede de la Auditoría General de la República, la cual deberá contener los siguientes datos: Nombre y número de la cédula del funcionario, objeto de la comisión, días de permanencia, lugar de la comisión y fecha de expedición.
3. El pasabordo utilizado, o certificado de la aerolínea.
4. En caso de que el funcionario tenga pendiente comisión de servicios por legalizar, no se
comisión, días de permanencia, lugar de la comisión y fecha de expedición.
3. El pasabordo utilizado, o certificado de la aerolínea.
4. En caso de que el funcionario tenga pendiente comisión de servicios por legalizar, no se cancelarán nuevos viáticos, hasta tanto no se encuentre a paz y salvo con relación a la anterior. .
5. Cuando el desplazamiento no pueda ser cumplido en la fechaiy/o sitio estipulados en la resolución mediante la cual se concedió la comisión, la oficina. que la originó deberá informar con la debida antelación a la Secretaría General.
6. En el evento en que la comisión no se cumpl efectuado el pago del avance de viáticos, el funci originó la comisión, tramitar la respectiva resoluci (3) días siguientes a la fecha de com en la forma o cuenta que la Tesor i e Recursos Financieros haya rio deberá solicitar a la dependencia que toria y reintegrar dentro de los tres icación de esta;.los dineros recibidos por este concepto ría de la Auditoría General de la República le indique, Para estos casos la legalización será la ent el recibo de consignación con la resolución de revocatoria de la comisión.
7. La solicitud de reintegros inicialmente ante la Secreta Recursos Financieros para sumas de'diriero:por transporte terrestre deberá gestionarse “General, la cual una vez la apruebe la remitirá a la Dirección de respectivo pago.
Artículo Siete-. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los demás actos administrativos que le sean contrarios, incluso la Resolución Orgánica 015 del 09 de noviembre de 2005.
. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
demás actos administrativos que le sean contrarios, incluso la Resolución Orgánica 015 del 09 de noviembre de 2005.
. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada.en Bogota, D.C., a los catorce (14) días del mes de mayo de 2014 — E < U
Proyectó: Olga Liliana Avila Aguilar -Profesiónal Thiento Tuy
Revisó: — Luis Fernando Collazos Quintana ¿Dirfctor dealento Aprobú: Elias Román Castaño PinedaSecretario/General “Hacid la excelencia y l4 innovación en el Control Fiscal”
Avenida La Esperanza No.62-49 Edificio Gran Estación Il Piso 10. Telefonos 318 -68-00 y 3816710 Bogotá, D.C. La Auditora General,
TH.232,P05.Fl02
Versión 4.2— 19/09/2011