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AGR - Resolución Orgánica 011 de 2022

Auditoría General de la República

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Detalles

Título
AGR - Resolución Orgánica 011 de 2022
Autor
Auditoría General de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2022

Cil OLUCION ORGÁNICA Nro. DE 2022 (25 JUL 202 > «Por medio de la cual se adoptan y actualizan los Instrumentos Archivísticos PINAR, PGD, Sistema Integrado de Conservación SIC y la Política de Gestión Documental para la Auditoría General de la República» LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 274 de la Constitución Política, modificado por el artículo 5 del Acto Legislativo 04 de 2019 y en el numeral 14 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, y CONSIDERANDO: Que el artículo 1 del Decreto Ley 272 de 2000 determina que: «la Auditoría General de la República es un organismo de vigilancia de la gestión fiscal dotado de autonomía jurídica, administrativa, contractual y presupuestal, el cual está a cargo del Auditor de que trata el artículo 274 de la constitución política», cuyas funciones se encuentran reguladas por lo establecido en el artículo 17 ibidem. Que el numeral 1 del artículo 13 del Decreto Ley 272 de 2000, señala que uno de los objetivos del Despacho del Auditor General de la República, es «[...] formular las políticas, planes y estrategias necesarias para el eficiente y efectivo ejercicio de las funciones que le otorga la Constitución y la ley». - Que los numerales 13 y 14 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, facultan expresamente al Auditor General de la República, para adoptar las medidas

otorga la Constitución y la ley». - Que los numerales 13 y 14 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, facultan expresamente al Auditor General de la República, para adoptar las medidas administrativas y financieras para el adecuado funcionamiento de la entidad y, para «[...] asignar a las distintas dependencias y funcionarios de la Auditoria, las competencias y tareas necesarias para el cabal cumplimiento de las funciones constitucionales y legales...», incluida la conformación de equipos de trabajo, delegando y desconcentrando las funciones a que hubiere lugar. Que el artículo 21° de la Ley 594 de 2000, establece que las entidades públicas deben «([...] elaborar programas de gestión de documentos pudiendo contemplar el uso de nuevas tecnologías, en cuya aplicación deberán observarse los principios y procesos archivísticos.» Que el artículo 2.8.2.5.6 del Decreto 1080 de 2015, en relación con la Política de Gestión Documental, dispone: «las entidades públicas deben formular una política de gestión de documentos...» Que el artículo 2,8,2.5.8 del Decreto 1080 de 2015, referente a la gestión documental en las entidades públicas, establece los instrumentos archivísticos con los cuales se desarrollará el Proceso de Gestión Documental. Que el artículo 2.8.2.5.10 del Decreto 1080 de 2015, precisa la «obligatoriedad del programa de gestión documental, Todas las entidades del Estado deben formular un Programa de Gestión Documental (PGD), a corto, mediano y largo plazo, como parte del Plan Estratégico Institucional y del Plan de Acción Anual». AvCalle 26 4 69 - 76 Edificio Elemento Torre 4 (Agua) Piso 17 y 18, Sogotá DC.

Plan Estratégico Institucional y del Plan de Acción Anual». AvCalle 26 4 69 - 76 Edificio Elemento Torre 4 (Agua) Piso 17 y 18, Sogotá DC.

PBX: [571) 3186800 - 3816710 -Línea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205

E suditoriageneral Eauditoriagen EJauditoriager: Edanditoriageneralco! participacion auditoria gov.co rv auditoria.gou,coei inugcion de la Resolución Orgánica nro. de 2022 Que el artículo 2.8.2.5.11 del Decreto 1080 de 2015, estipula: «Aprobación del programa de gestión documental. El Programa de Gestión Documenta! (PGD) debe ser aprobado por el Comité de Desarrollo Administrativo conformado en cada una de las entidades del orden nacional o el Comité Interno de Archivo en las entidades del orden territorial...» Que el artículo 46 de la Ley 594 de 2000, «Por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones», establece en relación con la conservación de documentos, que los archivos de la Administración Pública deberán implementar un Sistema Integrado de Conservación en cada una de las fases del ciclo vital de los documentos. Que el artículo 1 del Acuerdo 06 de 2014, «Por medio del cual se desarrollan los artículos 46, 47 y 48 de la Ley 594 de 2000», señala que, «la implementación del Sistema Integrado de Conservación - SIC tiene como finalidad garantizar la conservación y preservación de cualquier tipo de información, independientemente del medio o tecnología con la cual se haya elaborado, manteniendo sus atributos tales como unidad, integridad, autenticidad, inalterabilidad, originalidad, fiabilidad, accesibilidad, de toda la documentación de una

cualquier tipo de información, independientemente del medio o tecnología con la cual se haya elaborado, manteniendo sus atributos tales como unidad, integridad, autenticidad, inalterabilidad, originalidad, fiabilidad, accesibilidad, de toda la documentación de una entidad, desde el momento de su producción, durante su periodo de vigencia y hasta su disposición final, de acuerdo con la valoración documental.» Que el artículo 11 del citado Acuerdo, «el Sistema Integrado de Conservación - SIC deberá ser aprobado mediante acto administrativo expedido por el Representante Legal de la entidad, previa concepto emitido por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de las entidades de orden nacional o por el Comité Interno de Archivos en las entidades del nivel territorial, cuyo sustento deberá quedar consignado en el Acta del respectivo Comité.» Que con el fin de asegurar la conservación y preservación de toda la documentación que maneja la Entidad independientemente de su forma de creación, manteniendo sus atributos, se hace necesario adoptar el Sistema Integrado de Conservación-SIC de la Auditoria. Que en sesión del 18 de marzo de 2022 mediante Comité Institucional de Gestión y Desempeño, tal como consta en el acta No 04-2022, fue actualizado y aprobado el Plan Institucional de Archivos - PINAR de la Entidad. Que en sesión del 28 de abril de 2022, ante el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, tal como consta en el acta No 06-2022, se presentó la actualización del Programa de Gestión Documental — PGD, el Sistema Integrado de Conservación - SIC y la Política de Gestión Documental de la Entidad; los cuales fueron debidamente aprobados. Que, por lo expuesto,

RESUELVE:

Programa de Gestión Documental — PGD, el Sistema Integrado de Conservación - SIC y la Política de Gestión Documental de la Entidad; los cuales fueron debidamente aprobados. Que, por lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°, Adoptar y actualizar los siguientes instrumentos archivisticos: a) Plan Institucional de Archivos — PINAR. Anexo Técnico Nro. 1 b) Programa de Gestión Documenta! — PGD. Anexo Técnico Nro. 2 c) Sistema Integrado de Conservación — SIC. Anexo Técnico Nro. 3 AvCalle26 E69 - 76 Edifiio Eemento Torre 4 (Agua) Piso 17y 18, Bogoté DC. PX: (571) 3186800 - 3816710 -Línea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205 Ad uditonageneral Elauditoragen El auditoriogen Ejauditoriagenercico! partidpacioneaudieriagouco wuw.audituria gov.ocii Continuación de la Resolución Orgánica nro. de 2022 Página 2 de 2 Artículo 2°. Adóptese la Política de Gestión Documental. Anexo Técnico Nro, 4 Artículo 3°. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el diario oficial y deroga las disposiciones que les sean contrarias. copyníeuese, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE ".. y Dada en Bogotá, D.C., a los días del mes de J¥% de 2077 25 JU 202 Nombre y Apellido Firma Fecha . | Deivi Dorena Álverez Caviedes / Martha Lucia Huertas Proyectado par: | Coni A ec

Revisado por: — | Pablo Andrés Olarte Huguet

25 JU 202 Nombre y Apellido Firma Fecha . | Deivi Dorena Álverez Caviedes / Martha Lucia Huertas Proyectado par: | Coni A ec

Revisado por: — | Pablo Andrés Olarte Huguet Aprobado por: | Daniel Eduardo Ramirez Echeverri vigentes y por lo tonto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para la firma.

Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos egústado Jos normas y disposiciones legales Av Calle25 E69 - 76 Edifico Elemento Torre 4 (Agua) Iso 17 y 18, Bogotá DC PEN: 571 3186800 - 38167 0 -Lineo gratuita de atención ciudadana: 018000-120205 Ed dudioragenert Mauditoragen Kdauditoriagen Elauditorageneralco! particpacineauditria gov.co veww.auditoria.gow.co

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