AGR - Resolución Orgánica 012 de 2017

Auditoría General de la República

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Detalles

Título
AGR - Resolución Orgánica 012 de 2017
Autor
Auditoría General de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2017
  • AUDITORÍA A, GENERAL DE LA REPÚBLICA - COLOMBIA RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 012 DE 2017 (21 de diciembre de 2017) “Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República” EL AUDITOR GENERAL DE LA REPÚBLICA en ejercicio de sus facultades, en especial las conferidas el selfartículo 274 de la Constitución Política y en los artículos 2%, 3%, 49, 5%, 6° y 17 del.Decreto-Ley 272 de 2000. e

CONSIDERANDO: E N Que la Auditoría General de la República es u Uldanismo dotado de autonomía jurídica, administrativa, contractual y presupuestal, a cargo del Auditor General de la República de que trata el artículo 274 de lasGonstitución Política, cuyas funciones se encuentran reguladas por lo establecidos: n el.artículo 17 del Decreto Ley Nro. 272 de 2000. ESE gm, - Que la Auditoría General de | mediante la promoción d administrativa consagrado: autocontrol y el estímulo corrupción. re finalidades y cometidos de la función ción Política, el fomento de la cultura del Que la AGR es el egin gestión fiscal de la. Tu ) Secial las Conitralorías cial y de las Coliralo S, Que en el dogl rfiento “Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018” aprobado mediante LEy.1753 de 2015 se estableció que: “En materia fiscal se incrementará la cobertura Y la calidad de la vigilancia y el control mediante la construcción de un nuevo-odelo de control fiscal que avance hacia una vigilancia y control posterior y

mediante LEy.1753 de 2015 se estableció que: “En materia fiscal se incrementará la cobertura Y la calidad de la vigilancia y el control mediante la construcción de un nuevo-odelo de control fiscal que avance hacia una vigilancia y control posterior y selectivo” más efectivos. Se consolidarán además alianzas estratégicas con orga lismos de control nacionales e intemacionales al tiempo que se promoverá la participación ciudadana en la vigilancia y el control fiscal. (...) En cuanto al proceso auditor, se promoverán mejoras a la efectividad y oportunidad de la vigilancia de la gestión fiscal de la Auditoría General de la República (AGR) con miras a fortalecer el ejercicio del control fiscal. (...) Que la Ley 1753 de 2015 en su artículo 159 denominado "Obligatoriedad de suministro de información", modificó el artículo 227 de la Ley 1450 de 2017”, disponiendo que “Para el desarrollo de los planes, programas y proyectos incluidos " Por sentencia de la Corte Constitucional C-599/11, se declaró inexequible el artículo 81 del Decreto Ley 267 de 2000. E Cra. 57C Ho. 64A-29, barsio Modelo Norte » Bogotá BC. - Colombia itand para idos XA PEX:157-1)3186800381 67 10 Liza gratuita 018000 120205 Mya particpacioneauditería gev.co W @aitoragen “Fauditorageneral 0w.emiitora.gonco

GD.233.P01.F06

Versión 3.219/11/2015"AUDITORÍA A GENERAL DE LA REPÚBLICA - COLOMBIA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No, 012 de 2017 “Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República”

Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No, 012 de 2017 “Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República” Hoja No. 2 de 2 en el Plan Nacional de Desarrollo y en general para el ejercicio de las funciones públicas, las entidades públicas y los particulares que ejerzan funciones públicas, pondrán a disposición de las entidades públicas que así lo soliciten, la información que generen, obtengan, adquieran o controlen y administren, en cumplimiento y ejercicio de su objeto misional. El uso y reutilización de esta información deberá garantizar la observancia de los principios y normas de protección de datos personales, de conformidad con lo dispuesto en las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014, así como las demás normas que regulan la materia. (...)" Que el Auditor General de la República, en cumple de su función constitucional y legal, en desarrollo de la facultad reglamen Y, en cumplimiento de la función de vigilancia de la gestión fiscal, tiene MEL legales de fijar las políticas, prescribir los métodos y criterios necesarios en la forma en que sus vigilados rinden sus cuentas; determinar los criterios que deberán aplicarse para la evaluación financiera, de gestión y de resultados y en la práctica de los ejercicios de auditoría, la evaluación del control fiscal interno, los criterios de revisión y fenecimiento de las cuentas, y todo lo que permita ejercer la vigilancia de la gestión fiscal a su cargo, a través de la Auditoría Delegada para la Vigilancia de la Gestión Fiscal, la Dirección de Control Fiscal y las Gerencias Seccionales, de conformidad con los artículos 23, 24 y 32 del Desmolo 272 de 2000. S

la Gestión Fiscal, la Dirección de Control Fiscal y las Gerencias Seccionales, de conformidad con los artículos 23, 24 y 32 del Desmolo 272 de 2000. S Que la Auditoría General de la República, desarrolló dentro de sus sistemas de información el Sistema de Información de Auditoría SIA, y tiene registrado ante la Superintendencia de Industria y Comercio y la Dirección Nacional de Derechos de Autor, distintos soportes lógicos o software, entre los que se encuentran el SIA Misional, módulo SIREL, que gestiona el proceso de rendición de las contralorías y el SIA Observa, que sesiol el proceso de registro, consuita y rendición de la contratación. e e , Que el 30 de ccuna> ee omo la Resolución Orgánica No. 008 de 2015 E ; que reglamentó lasféndició uentas e informes a la Auditoría General de la Republica, modi aas por las Resoluciones Orgánicas números 003 y 005 de 2016;.y 004 y 005 de 2017. Que mediante Acuerdo Nro. 171 del 10 de diciembre de 2016, el Concejo Municipal de Sincelejo, creó la Contraloría Municipal de Sincelejo y estableció su estra, organización y funcionamiento. e - . - Que mediante Acuerdo Nro. 038 del 14 de junio de 2017, el Concejo Municipal de Girón creó la Contraloría Municipa! de Girón, estableció su estructura, organización y funcionamiento. Que mediante Resolución Orgánica No. 007 del 25 de agosto de 2017, la Auditoría General de la República incorporó las Contralorías Municipales de Sincelejo y Girón, como sujetos de contro! y se asignaron competencias.

y funcionamiento. Que mediante Resolución Orgánica No. 007 del 25 de agosto de 2017, la Auditoría General de la República incorporó las Contralorías Municipales de Sincelejo y Girón, como sujetos de contro! y se asignaron competencias. 2 Artículos 3, 4, 5 6 y 8 de la Ley 42 de 1993. 4 Artículos 5 y 17 (numerales 1 y 2) del Decreto Ley 272 de 2000. . o 57C No: 6-29, barrio Madelo Norte» Boga DC.-.Ctombia Wgitanto de PBX:[57-1] 3186800 38167 10Lía ratulta 018000 120205 partiioaconGauditeria.góco W Gauditoriagen. Fauditoriageneral AN 3 733 PO1.FOB Versión 3.219/11/2015AUDITORÍA N GENERAL DE LA REPÚBLICA - COLOMBIA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 012 de 2017 “Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República” Hoja No, 3 de 2 Que de acuerdo con los lineamientos y directrices que enmarcan la planeación estratégica de la entidad, es necesario modificar los métodos prescritos, forma y términos de rendición de cuenta de los sujetos vigilados, con el fin de cumplir las funciones orientadas al mejoramiento y vigilancia de la gestión fiscal de conformidad con los principios y fines que rigen la administración pública. En mérito de lo expuesto, el Auditor General de la República en uso de sus facultades constitucionales y legales, 4

RESUELVE:

CAPÍTULO E

OBJETO Y AMBITO DE LICACIÓN

En mérito de lo expuesto, el Auditor General de la República en uso de sus facultades constitucionales y legales, 4

RESUELVE:

CAPÍTULO E OBJETO Y AMBITO DE LICACIÓN e =>. ARTÍCULO 1°. OBJETO. La presente resolución rescribe la forma y términos en que los sujetos de control deben rendideas , entas. e informes a la Auditoría e o General de la República. e ARTICULO 2°. AMBITO DE AP contro! de la Auditoría Contraloría General de f Distritales” y Municipales, y elf de la Republica (FBSCGR) St C fig? fesolución se aplica los sujetos de ¿pública, entendiendo por tales, la OR)” las Contralorías Departamentales, estar Social de la Contraloría General mr CAPITULO II . ENTA Y DE LA RENDICION ARTICULO E DEFINICIÓN DE CUENTA, De conformidad con el artículo 15 de la Ley 42 de 19 se entiende por cuenta el informe acompañado de los documentos que soportanilegal, fécnica, financiera y contablemente la gestión fiscal realizada por los responsables del erario. Pal ectos de lo anterior, la cuenta está conformada por todos los formatos elettrónicos y documentos soporte que se diligencian o aportan a través de los sistemas de información SIA Misional, módulo SIREL, que gestiona el proceso de rendición de cuentas, y el SIA Observa, que gestiona el proceso de rendición de la contratación y presupuesto. ARTÍCULO 4”. RENDICIÓN DE LA CUENTA, Es deber de los sujetos vigilados, informar y responder a la Auditoría General de la República por la administración,

contratación y presupuesto. ARTÍCULO 4”. RENDICIÓN DE LA CUENTA, Es deber de los sujetos vigilados, informar y responder a la Auditoría General de la República por la administración, 5 Salvo la Contraloría de Bogotá, Consejo de EstadoSala de Consulta y Servicio Civil.15 de octubre de 2013. 3 Cra57C o. 648-29) bario Medelo Norte Bogotá D.C.- Colombia i nah pora lodos: SPB (S7-113186800-38167 10+ línea gratuita 018000 120205 Meet pea ER E ¥ Gauditoriagen Fauditoriageneral ARG 55 233 POL EOS Versión 3.219/14/2015AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA - COLOMBIA X Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 012 de 2017 “Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República" Hoja No. 4 de 2 manejo y rendimiento de fondos, bienes y/o recursos públicos asignados a la entidad de la que son titulares; así como, sobre la gestión y los resultados en el cumplimiento de las funciones que le han sido conferidas. PARÁGRAFO. Para efectos de la presente resolución, se entiende por informar, la acción de comunicar a la Auditoría General de la República, en los formatos establecidos para ello, sobre la gestión fiscal realizada con los fondos, bienes y/o recursos públicos y sus resultados. Por responder, se entiende la obligación de atender todos los requerimientos o solicitudes que realice la Augitgria General de la República en desarrollo del proceso de revisión de la cuenta

ARTÍCULO 5°. DISPONIBILIDAD DE LA INFORMACIÓ! BICACIÓN DE LOS

atender todos los requerimientos o solicitudes que realice la Augitgria General de la República en desarrollo del proceso de revisión de la cuenta ARTÍCULO 5°. DISPONIBILIDAD DE LA INFORMACIÓ! BICACIÓN DE LOS EQUIPOS AUDITORES. Los Contratores y el Gerentézdel Fondo de Bienestar Social de la CGR, están en la obligación de suministraflé información solicitada por la Auditoría General de la República, en la forma S minos por ésta requeridos, así como darle acceso a los sistemas de información del sujeto vigilado, previa autorización de claves y atributos; y de facilitaf.l0s espacios físicos y elementos logísticos necesarios y apropiados para espyures de auditoría asignados, de manera tal, que garanticen las condiciones aiécuadas de salubridad, iluminación, DE LOS RESPONSABLE ARTICULO 6%. RESPONSA rendir la cuenta a la Auditoria" la República, el Contralor General de la República, los Contralores g | Gerente del Fondo de Bienestar Social e de la Contraloría Gel igualmente serán resbes os funcionarios de la entidad sujeta a control, a quienes se les delégue lá fuñción, siempre y cuando dicho mandato se haya efectuado diante acto administrativo que cumpla con los requisitos y lineamientos, de la Ley 489 de 1998, en especial el artículo 109, y que dicho acto administrative hubiera sido adjuntado como documento soporte de la misma cuenta E PARÁGRAFO.- La calidad y veracidad de la información que repose en los sistemas de información de la Auditoría General de la República, que hubiere sido cargada, rendida o consolidada, por la CGR, las contralorías territoriales y el FBSCGR, serán de responsabilidad directa de tales sujetos de vigilancia y control

sistemas de información de la Auditoría General de la República, que hubiere sido cargada, rendida o consolidada, por la CGR, las contralorías territoriales y el FBSCGR, serán de responsabilidad directa de tales sujetos de vigilancia y control fiscal. ¢ Salvo la Contraloría de Bogotá, Consejo de EstadoSala de Consulta y Servicio Civil. 15 de octubre de 2013. 4 Cra, 53C o. 48-29, bario Modelo Norte «Bogotá DC. Colombia ES Vgitando porra toros JB PBX: [57-11 31868 00-381 67 10 Línea gratuita 018000 120205 ATT perticpaconeauditora gozco y Guuditoriagen Favditorigeneral WAEIEING GD 533 P01, F08 Versión 3.219/11/2015AUDITORÍA A GENERAL LE LA REPÚBLICA - COLOMBIA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No, 012 de 2017 “Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República" : Hoja No. 5 de 2 CAPITULO IV DE LA PRESENTACIÓN, FORMA Y PERIODO ARTICULO 7%. PRESENTACIÓN. Los responsables rendirán la cuenta a la Auditoría General de la República, únicamente en forma electrónica a través del Sistema SIA Misional, módulos SIREL y SIA Observa. El acceso a los sistemas de información se realiza a través de la página web de la Auditoría General de la República www.auditoria.gov.co W La cuenta anual será rendida a través del módulo SIREL dEl.SIA Misional, y se exige a los responsables de rendirla, la firma digital certificada de que trata la Ley 527 de 1999. > o

W La cuenta anual será rendida a través del módulo SIREL dEl.SIA Misional, y se exige a los responsables de rendirla, la firma digital certificada de que trata la Ley 527 de 1999. > o 4 rendida a través del SIA stos en el mismo sistema de La cuenta mensual de contratación y de presupuesto; Observa, según los parámetros y validaciones di información. uu PARAGRAFO.- Los documentos fuente que soportan la información reportada en las cuentas, reposarán en los archivos delos sujetos vigilados y estarán a disposición de la Auditoría General de la R publica ntidad que podrá solicitarlos, quier consultarlos, examinarios y/o evaluarioden cual ¡empo. La información rendida ci Auditoría General de la T ARTÍCULO 8°, FORMA Pl IÓN. La rendición de la cuenta deberá presentarse únicamente a S fer formularios contenidos en el SIREL y el SIA Observa. ; o e qu ES o La cuenta anual ej nda La SiREL con todos los formatos. La información complementaria y adicionar debera adjuntarse según se exija en ellos. p 4 al dep j g j La información que se solicita en la cuenta anual a los sujetos vigilados respecto de estados financieros, estará de acuerdo con los parámetros y criterios definidos por la Contaduría Genera! de la Nación para el efecto. %, e La cuéfi[gg ensual será rendida en el SIA Observa. o encir PARÁGRAFO.- La cuenta anual y la mensual se diligenciarán conforme a lo establecido en los manuales e instructivos respectivos, disponibles para consulta para el SIREL y el SIA Observa. ARTÍCULO 9°. PERÍODO DE RENDICIÓN. La cuenta se rendirá por los siguientes

establecido en los manuales e instructivos respectivos, disponibles para consulta para el SIREL y el SIA Observa. ARTÍCULO 9°. PERÍODO DE RENDICIÓN. La cuenta se rendirá por los siguientes periodos: anual, mensual y ocasional. La cuenta completa se rendirá de manera anual, y la relacionada con contratación y presupuesto de manera mensual. . . Cra, SIC, 64429, bario Madelo Norte: Bagotd DC. Colombia 5 Vgutento pura. Todos PRE: 57-1] 31868 00: 351 67 10Líñea gratuita 018000 120205 DT | paridpacioneauditoría gónco AS @auditoriagen Fauditoriageneral : Y . Versión 3.219/11/2015 ] i | iAUDI ITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA - COLOMBIA A Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA, No. 012 de 2017 “Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República” Hoja No, 6 de2 La información que integra la cuenia anual comprende el periodo del primero (10) de enero al el treinta y uno (31) de diciembre de la vigencia fiscal reportada. La cuenta mensual, comprende el periodo del primero al último día de cada mes. La cuenta ocasional corresponde a la información adicional o especializada, que podrá requerir la Auditoría General de la República, para el ejercicio del control fiscal en cualquier tiempo.

PARÁGRAFO TRANSITORIO: El periodo de rendición de quénta anual, de la vigencia fiscal 2017, para las Contralorias Municipales de y Sincelejo, será el periodo comprendido entre la fecha de creación de la e hasta el 31 de

diciembre de 2017, así:

vigencia fiscal 2017, para las Contralorias Municipales de y Sincelejo, será el periodo comprendido entre la fecha de creación de la e hasta el 31 de diciembre de 2017, así: Contraloría Del año = a rendir. Municipal de Sincelejo 2017 | 10 de diciembre:de"2016 al 31 de diciembre de 2017 Municipal de Girón 2017 14 de junio deiZ017 al 31 de diciembre de 2017 X carried Y “Emo DE LOS TERMINOS EOS GAS pea NDIREGUENTAS A LA AGR. La cuenta 5 nero y el 15 de febrero del año E. - cre rencia el SIA Observa, dentro de los primeros epó do, Para uno y otro caso, -— máxima de presentación coincida con un día no hábil, la fecha Nu. rendir la cuenta se corre al primer día hábil siguiente. ARTICULO 109% TÉRMINOS: PAR, anual se rendirá en el SIREL, xeñire siguiente al año en que selfi La cuenta mensual se de cinco (5) días del mes pa ARTÍCULO mE pRoRRoca La Auditoría Delegada para la Vigilancia de la Gestión Fiscálipodra prorrogar los términos previstos en el artículo anterior, previa solicitud oil motivada por el responsable de rendir la cuenta. La e deberá presentarla el titular del sujeto vigilado, por correo electrónico, diri la Auditoría Delegada para la Vigilancia de la Gestión Fiscal a la cuenta ro auditordelegado@auditoria.gov.co, con copia al correo electrónico del Director, “de Control Fiscal o del Gerente Seccional de la entidad que le corresponda. Para la cuenta mensual, además se deberá hacer el correspondiente

ro auditordelegado@auditoria.gov.co, con copia al correo electrónico del Director, “de Control Fiscal o del Gerente Seccional de la entidad que le corresponda. Para la cuenta mensual, además se deberá hacer el correspondiente registro, en el módulo SIAObserva, opción "Prórrogas” del menú “Rendición Cuentas”. Esta solicitud, deberá hacerla de manera motivada, mínimo con tres (3) días hábiles de antelación al vencimiento del término que tiene para rendir la cuenta. En los casos de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente soportado, se podrá solicitar la prórroga hasta el mismo día del vencimiento. E Ca. 57C Ha: 64-29 barto Modelo Norte» Bogotá Colombia Ugitando paro odos E PREIS7:1131868 00 3816710 Linea grotita 014000 120205 ET participadon auditoria gúv.co 8 Guuditoriagen Fauditoriageneral WAl 233 PO1,FOS Versión 3.218/11/2015.“AUDITORÍA N GENERAL DE LA REPÚBLICA - COLOMBIA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA N No. 012 de 2017 “Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República” Hoja No, 7 de 2

CAPITULO VI DE LA REVISIÓN Y EL PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA CUENTA ARTÍCULO 12% FACULTADES DE REVISIÓN. Para el ejercicio del control fiscal la

Auditoría General de la República podrá:

1. Verificar la exactitud de la información y la ocurrencia de hechos relacionados con la administración, manejo y rendimiento de bienes, fondos y recursos públicos. %

Auditoría General de la República podrá:

1. Verificar la exactitud de la información y la ocurrencia de hechos relacionados con la administración, manejo y rendimiento de bienes, fondos y recursos públicos. %

2. Citar o requerir a los funcionarios responsables, servido licos, entidades o terceros que manejen fondos o bienes del Estado, para que corrijan, aclaren o expliquen las observaciones planteadas, o contesten errogatorios sobre el tema. %

3. Exigir la presentación de documentos que soporte

4. Ordenar la exhibición o examen de libros, co responsable como de terceros que manero o Estado, obligados a llevar contabilidad.

5. Efectuar todas las diligencias necesarias, de la cuenta, facilitando a los responsables sa aclaren la cuenta. prebantes y soportes tanto del ienes, fondos o recursos del a establecer la correcta rendición aclaración de dudas u omisiones. o o.

ARTÍCULO 13”, REVISIÓN Y a. ¡A partir de la rendición de la cuenta anual correspondiente a cada ¥ iscal, la dependencia competente de la Auditoría General de la Ri E Esintemación rendida por sus sujetos vigilados, sobre la admi ja endimiento de fondos, bienes y/o recursos públicos a ellos a grado: Stión y sus resultados, y efectúa un pronunciamiento sobre el: E ! e la cuenta, en todo caso antes del 31 de diciembre del año siguien la'rén dición. AAA EL FENECIMIENTO. Si con posterioridad al la revisión de la cuenta, aparecieren pruebas 0 irregulares, relacionadas con ella, la Auditoría lica leVantárá el fenecimiento de conformidad con lo dispuesto

EL FENECIMIENTO. Si con posterioridad al la revisión de la cuenta, aparecieren pruebas 0 irregulares, relacionadas con ella, la Auditoría lica leVantárá el fenecimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo.17:de la Ley 42 de 1993, y efectuará los traslados correspondientes a las autoridades competentes. ARTÍCULO 149, cv pronunciamiento d cil de operaciones fra 1 Eg%b CAPITULO YI 0 e DE LAS SANCIONES ARTÍCULO 15% CAUSALES DE SANCIÓN. Como consecuencia del proceso de rendición y revisión de las cuentas, la Auditoría General de la República podrá imponer sanciones en aplicación a lo dispuesto en los artículos 100, 101 y 102 de la Ley 42 de 1993, y en particular cuando: - No se rindan las cuentas o informes exigidos. - Noserindan en la forma y oportunidad establecidas. - Se incurra reiteradamente en errores. - Se omita la presentación de cuentas e informes. Ca: SIC No 64-29, barrio Model Norte » Bogotá DE. - Colombia i yWflmm nqfi B 57-1] 2186800281 6710ies gratuita 018000 120205 panticipacien@anditoria.gosco 497 @auditariagen Fauditoriageneral nadia Gpy 253.P01FOG Versión 3.219/11/2015 | i ; LAUDITORIA | X GENERAL DE LA REPÚBLICA - COLOMBIA. | Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 012 de 2017 “Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República”

| Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 012 de 2017 “Por la cual se reglamenta la rendición de cuentas e informes a la Auditoría General de la República” Hoja No. 8 de2 - Se determinen glosas de forma en la revisión de cuentas. - De cualquier manera entorpezcan o impidan el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Auditoría General. - No se le suministren oportunamente las informaciones que solicite. ARTÍCULO 16%. NO RENDICIÓN DE CUENTA. Se entiende por no rendida la cuenta cuando: | | - Se presente a la Auditoría General de la República fuera de los periodos y/o | términos establecidos en la presente resolución. E - Se presente en formatos y/o con requisitos distintos a los exigidos por la Auditoría General de la República, establecidos en esta resolución | - La información que se reporte no corresponda al ejercicio fiscal rendido. Sin perjuicio de la sanción correspondiente, en togteaso, el responsable deberá | la fecha de recibo de los | ica, de manera que cumpla con resta. ARTÍCULO 17%, DE LA VIGENCIA Y DEROGATURIAS. La presente Resolución | rige a partir de la fecha de su publigació El Diario Oficial y deroga las | disposiciones que le sean contrarias y ent ncretamente las resoluciones | orgánicas Nros. 008 de 2015; 04 y 005 de 2017. rendirla dentro de los ocho (8) días siguient requerimientos de la Auditoría Genera! de la Re; los parámetros y especificaciones señalados pc | Dada en Bogotá, D.C E MX días del mes de diciembre de dos mil | diecisiete (2017) i

requerimientos de la Auditoría Genera! de la Re; los parámetros y especificaciones señalados pc | Dada en Bogotá, D.C E MX días del mes de diciembre de dos mil | diecisiete (2017) i

ODRIGUEZ BECERRA

Ek Nombre y Apellidos J Firma Fecha Proyectado por + Tatiana Ordóñoz Vásquez LE 0127

Revisado por: Ana Esther Tovar Porras Y 2 = A 14-12-47

Revisado por: Ximena Salazar Quintero &[T

Revisado por: Felipe Andrés Sánchoz E

Aprobado por: Rodrigo Tovar Garces R

Aprobado por: Alexandra Ramirez Suárez AR, (- ZA 27

Aprobado por: Carlos Oscar Vergara Rodríguez 21-12-17

Los arriba frmantos declaramos que hemos revisado al documento y lo encantramel asilo a las normas y disposiciones legales vigentes y por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para firma. (Circular Interna 10 de 2047) | oe Ce SIC. 64425, bario Modelo Horte «Bogotá DC. Colombia 8 ndo paña todos. E PEX: [57-11 318 68 00-28167 10+ Línea gratuita 018000 120205 Myebpaar== pattigpecion@auditeriagmco ¥ @auditoriagen Faucitoriageneral WWHadiOnagono o 233.P01.FOS Versión 3.219/11/2015

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