🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

AGR - Concepto 110.013 de 2013 (Cálculo IVA pago contratos suscritos antes de la Ley 1607 de 2012)

Auditoría General de la Nación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
AGR - Concepto 110.013 de 2013 (Cálculo IVA pago contratos suscritos antes de la Ley 1607 de 2012)
Autor
Auditoría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2012

AUDITORÍA fi DE t.A REPÚB!.):OA

Bogotá D. C., 233 ilientort'tndo Interno 1111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111 1111 Radicado No: 20132330007483

Fecha: 20-02-2013

Para: Dra. LUZ ADRIANA VIVAS GARCIA. Directora Oficina Jurídica.

De: MARGARITA MÁRQUEZ FIGUEROA.

Asunto: Solicitud concepto jurídico.

Respetada Doctora Luz Adriana: Con el fin de dar trámite a la factura No. 2854 correspondiente al servicio de vigilancia prestado durante el mes de enero del año en curso, por la Empresa NUEVA ERA, de acuerdo al contrato No. 66 de 2011, de manera atenta le solicito indicarnos como proceder jurídicamente frente a la solicitud del proveedor para lo cual me permito remitir copia de la factura en mención, copia del memorando interno de la Dirección Financiera con NUR 20132310005983 mediante el cual nos devuelven la factura No. 2854 y sus respectivos soportes sin cancelar y comunicación de la Empresa NUEVA ERA en donde nos informan sobre el incremento de tarifas para la vigencia 2013.

Agradezco su pronta respuesta. Cordialmente, Mw"+;fiJ H :,'""-"cfil,J.ll,.) Directora de Recursos Físicos Anexo: Cuatro (4) folios

Proyecto: NLCHP, Auxiliar Recursos Físicos.

EROA O f ¡-;fi ')013 2 ·co L j Control fiscal con pedagogía socialAUDITORÍA Ge'tffiRM. DE 1.A Rlq-Úffl.JCA Bogotá, 231

EROA O f ¡-;fi ')013 2 ·co L j Control fiscal con pedagogía socialAUDITORÍA Ge'tffiRM. DE 1.A Rlq-Úffl.JCA Bogotá, 231 Afetnaranda Interno 111111111111111111111111111 1111111111111111111111111111111111111111111111111 1111 Radicado No: 20132310005983

Fecha: 12-02-2013

Para: Doctora MARGARITA MARÍA MÁRQUEZ FIGUEROA

Directora Recursos Físicos De:

Asunto:

Doctora LUZ STELLA VARGAS LÓPEZ

Directora Recursos Financieros Devolución cuenta.

Apreciada doctora Margarita: Me permito devolver la cuenta presentada por la empresa Nueva Era Ltda, correspondiente al contrato Nº66 de 2011, en razón a que el procedimiento para calcular el IVA se realizó con la Ley 1607 de 2012, y no de acuerdo con la ley 633 de 2000, la cual es la aplicable de acuerdo con el Artículo 78, el cual establece: "Contratos celebrados con entidades pública. El régimen del impuesto sobre las ventas aplicable a los contratos celebrados con entidades públicas o estatales, para todos los efectos será el vigente en la fecha de la resolución o acto de la adjudicación del respectivo contrato.

Si tales contratos son modificados o prorrogados, a partir de la fecha de su modificación o prorroga se empezaran a aplicar las disposiciones vigentes para tal momento." Por lo tanto el valor del IVA se debe calcular sobre el total del servicio y no sobre el subtotal gravado, es decir, como se venía realizando antes de entrar en vigencia la Ley 1607 de 2012. Cordialmente,

Por lo tanto el valor del IVA se debe calcular sobre el total del servicio y no sobre el subtotal gravado, es decir, como se venía realizando antes de entrar en vigencia la Ley 1607 de 2012. Cordialmente, /l-)fiL {//) LUZSTEf VARGfi Proyectó: Gerardo P/Roque J P Control fiscal con pedagogía socialli

NOMBRE:

SE GURIDAD UEVl.l. ERA ü'UA Nit: 830.070.625 - 3

Resolución DlAN: 320000787 493

Actividad Económico 7492 Num. Habilitado AP 1400 Hasta 6000

Fecha: 20 de Mayo de 2011 -- . ,

Régimen Comun

AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA FACTURA DE VENTA ( AP 2654 j

FECHA FACTURA

DJA MES AÑO

06 02

C.Co NIT.

FECHA VENCIMJENTO ' DlA MES AÑO 13 11 02 ,,...,,.. ,.,,...,. .. ...!l.

DIRECCIÓN: Av. Esperanza# 62 49 piso 10 del Edificio Gran • • 11

CIUDAD: - ; .., r,

TELÉFONO:

CANT.

3562864/3562899 1 CRÉDITO: 1 CONTADO:

DESCRIPCIÓN V. UNITARIO

SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA FIJA CON MEDIO HUMANO ARMADO LAS 24 HORAS INCLUYENDO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS, EN TRES (3) TURNOS DE OCHO (8) HORAS PARA LA Av. Esperanza# 62 - 49 piso 1 O - del Edificio Gran estación 11

EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ SEGÚN CONTRATO No.66 DE 2011,

PARA LA Av. Esperanza# 62 - 49 piso 1 O - del Edificio Gran estación 11

EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ SEGÚN CONTRATO No.66 DE 2011,

CORRESPONDIENTE AL PERIODO COMPRENDIDO DEL 1-31 DE ENERO DE 2013. $ 5 184.608,00 .·.-SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA FIJA CON MEDIO HUMANO ARMADO LAS 24 HORAS INCLUYENDO SÁBADOS, $ •• ·5_ii'fifi}aófi.oo DOMINGOS Y FESTIVOS, EN TRES (3) TURNOS DE OCHO (8) HORAS . • PARA LA CRA 10 No.17-18 EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ. SEGÚN __ CONTRATO No.66 DE 2011, CORRESPONDIENTE .·AL PERIODQc/.< e'\" :i: ,:;' / COMPRENDIDO DEL 1-31 DE ENERO DE2Ó13. ..,, >;o;,'}, • • . •y·•: •·<;.,;¡i/:i ; fififi·; fi:'',:; • 11111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111 Rad No 2013-233-000853-2 Fecha 07/02120131C:14:27 Us Rad. G!:SGOMEZ

Asunto • FACTURA DE VENTA AP 2854.

Destino : / Rem CIU SEGUR!DAD NUEVA ERAL TOA. vr-,ú•1.aud1toria.9fifi-co • Auditoria Ger.eral de la Rfipublica

SUBTOT, L NO GRAVADO

SUSTO AL GRAVADO IVA 16% 1 VIAL A •"A'-'AR

VALOR TOTAL

$ $ 5 184.608,00 5.184.608,00 9 332.294

SUBTOT, L NO GRAVADO

SUSTO AL GRAVADO IVA 16% 1 VIAL A •"A'-'AR

VALOR TOTAL

$ $ 5 184.608,00 5.184.608,00 9 332.294 1 036.922 165.907 10.535.123 ,. . ' ESTA FACTURA SE ASIMILA EN TODOS SUS EFECTOS A UNA LETRA DE CA MBIO SEGUN LOS ARTICULO 773 y 779 DEL CODIGO DE COMERCIO , OBSERVACIONES: SON: DIEZ MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTITRES PESOS MONEDA CORRIENTE RECIBI: J a.11 rttk /4Y aJ:> ·. .· FIRMA y e.e ó NIT. . FIR y e.e o NIT. Carrera 66Nº 97 -28 PBX:(1) 7 426390 Tel. 7 426 438 / 39 Cel. 32 O 2325352

E-mail: contabilidad@seguridadnuevaera.com Empre!.e '• 7 FEB. 2013

3Bogotá D.C., 01 de Febrero de 2013 Señores

AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

Departamento de Jurídica

Ciudad Respetados señores: Nit: 831!, 070. 625 - 3

ResoÍ!lcioit No 005518 d? Didtmbi·e 18 dt 2008 de la Supmir¡iilwcia Ref.: Incremento tarifas año 2013 De manera atenta me dirijo a ustedes con el fin de informarles que a partir der(i;H{ enero de año 20131 la tarifa del servicio de vigilancia se incrementara'.en. éllnli"

Ref.: Incremento tarifas año 2013

De manera atenta me dirijo a ustedes con el fin de informarles que a partir der(i;H{ enero de año 20131 la tarifa del servicio de vigilancia se incrementara'.en. éllnli" porcentaje en que el gobierno nacional est0bJezca en J¡ SMLV el cual es'dél/4,o'z seguirá manejando el AYS descrito por'la süpefintéhdehcia de Vlgilfinciá';d.;l!i0 arma, 10% con arnia y .11 %con canino, y.fidicional el Al.tJ dél 10% para cfilfi yh6.fi,fi".!iiffit'" servicios mencio.nados anteriorm.ente, • • ·., ••• Según la ley 1607 de 26 de diciemb.re de2Ó12 artículo modificado No. 462-1 Base gravable especial: "Pára los servi¡:ios infegrales de aseo y cafetería, de vigilancia autorizados por la superintenden¿ia de Vigilancia y seguridad privada, de servicios temporales prestados por empresas fiutoriza'das por el ministerio de trabajo asociado en cuanto a mano de obra se refiere, vigilada por la superintendencia de economía solidaria o quien haga sus veces, a las cuales se les haya expedido resolución de registro por parte del ministerio de trabajo,. de los regímenes de trabajo asociado, compensaciones y seguridad social, como también a los prestados por los sindicatos con personería jurídica vigente en desarrollo de contratos sindicales debidamente depositados ante el ministerio de trabajo, la tarifa serc1 del 16% en la parte correspondiente al AIU (Administración, imprevistos y utilidad), que no podrá ser inferior al 10% del valor del contrato.

depositados ante el ministerio de trabajo, la tarifa serc1 del 16% en la parte correspondiente al AIU (Administración, imprevistos y utilidad), que no podrá ser inferior al 10% del valor del contrato. La base gravable descrita en este artículo aplicara para efectos de la retención en la fuente del impuesto sobre la renta, al igual que para los impuestos territoriales. Carrera 66Nº 97 -28 Barrio Andes. PBX: (1) 742 ¡33 90 Te!: 742 64 38 J 39 - Ce/: 320 2325352

Email: talentohumano@seguridadnuevaera.com - comerda!@seguridadnuevaera.com5

Nit: 830J/70.625 - 3

Rew!uci1m No 005S18 dc. Dirinnbrc IS de 2008 de la Supervigilancici Lo anterior con el ánimo de dar estricto cumplimiento a lo establecido en el decreto 4950 de 2007, por medio del cual se fija el valor del cobro de la tarifa mínima del servicio de vigilancia y seguridad privada. Por lo anterior los servicios de vigilancia y seguridad privada 24 Horas que actualmente se prestan en las instalaciones de AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA, se comenzara a cobrar a partir del 01 de enero del presente año por un valor de C/U por 5.797.662 incluido IVA. Teniendo en cuanta la información dada en los párrafos anteriores se debe tener presente que el servicio de vigilancia por presupuesto culminaría aproximadamente el día 10 de Julio del presente año. Cordialmente, Carrera 66Nº 97 - 28 Barrio Ande¡;. PBX: (1) 742 63 90 Tel: 742 64 38 / 39 - Cel: 320 2325352

día 10 de Julio del presente año. Cordialmente, Carrera 66Nº 97 - 28 Barrio Ande¡;. PBX: (1) 742 63 90 Tel: 742 64 38 / 39 - Cel: 320 2325352

Email: talentohumano@seguridad nuevaera.com - comercial@seguridadnuevaera.comAUDITORÍA fiDe: t..A RE:PÚBL,J::CA

Bogotá D. C., 233 lv1e nior ando In te rn o 1111111111111111111111111111111111111111111111111 11111111111111111111111 11111111 Radicado No: 20132330008183

Fecha: 22-02-2013

Para: Dra. LUZ ADRIANA VIVAS GARCIA. Directora Oficina Jurídica.

De: MARGARITA MÁRQUEZ FIGUEROA.

Asunto: Solicitud concepto jurídico.

Respetada Doctora Luz Adriana: Con el fin de dar trámite a la factura No. 3662 correspondiente al servicio de aseo y cafetería prestado durante el mes de enero del año en curso 2013, por la Empresa CELAN DEPOT, de acuerdo al contrato No. 65 de 2011, de manera atenta le solicito indicarnos como proceder jurídicamente frente a información suministrada por la Dirección Financiera, para lo cual me permito remitir copia de la factura en mención, copia del memorando interno de la Dirección Financiera con NUR 20132310007553 mediante el cual nos devuelven la factura No. 3662 y sus respectivos soportes sin cancelar.

Agradezco su pronta respuesta. Cordial Saludo, fijtlfiROA Directora de Recursos Físicos Anexo: Dos (2) folios

Proyecto: NLCHP, Auxiliar Recursos Físicos.

Agradezco su pronta respuesta. Cordial Saludo, fijtlfiROA Directora de Recursos Físicos Anexo: Dos (2) folios

Proyecto: NLCHP, Auxiliar Recursos Físicos. 2 5 FEB 2013

Control fiscal cm1 pedago,__qía social 6AUDITORÍA J\1Ie1no rrindo .Int er no GE'H6RAL Pfi !...A R:E;PÚet.,t-CA Bogotá, 231

Para: De: Asunto: l lillll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll llll llll Radicado No: 2013231 0007553

Fecha: 20-02-2013

Doctora MARGAR ITA MARÍA MÁRQUEZ FIGU EROA

Directora Recursos Físicos

Doctora LUZ STELLA VARGAS LÓPEZ

Directora Recursos Financieros Devolución cuenta.

Apreciada doctora Margarita: Me permito devolver la cuenta presentada por la empresa CLEAN DEPOT S.A., correspondiente al contrato Nº65 de 201 1, en razón a que el procedimiento para calcular el /VA se realizó con la Ley 160 7 de 2012, y no de acuerdo con la ley 633 de 2000, la cual es la aplicable de acuerdo con el Artículo 78, el cual establece: "Contratos celebrados con entidades pública. El régimen del impuesto sobre las ventas aplicable a los contratos celebrados con entidades públicas o estatales, para todos los efectos será el vigente en la fecha de la resolución o acto de la adjudicación del respectivo contrato.

"Contratos celebrados con entidades pública. El régimen del impuesto sobre las ventas aplicable a los contratos celebrados con entidades públicas o estatales, para todos los efectos será el vigente en la fecha de la resolución o acto de la adjudicación del respectivo contrato. Si tales contratos son modificados o prorrogados, a partir de la fecha de su modificación o prorroga se empezaran a aplicar las disposiciones vigentes para tal momento." Por lo tanto el valor del IVA se debe calcular sobre el total del servicio y no sobre el subtotal gravado, es decir como se venía realizando antes de entrar en vigencia la Ley 16 07 de 2012. Cordialmente,

\._ LUZ ST

Proyectó: Gerar o P/Roque J P Anexos: Cuatro (4} folios / 2 1 FEB 2013

Control fiscal con pedt'ffJOlfÍFt socialCLEAN DEPOT S.A. ESP

NIT: 830052914-0

CRA 47 No. 93 - 87 Tel: 7 440036 Fax: 7 440036 BOGOTA D.C. COLOMBIA Página: 1 de 1 ¡'¡ : .-, ... :i,a,, 1.;í,,,:,.,;, /...J Vi .,,-_; ..... ;.;: u;¡ FACTURA DE VENTA IVA Regimen común, NO SOMOS AUTORRETENEDORES Actividad Económica 8129,ApHcar retenciones de acuerdo al art. 46 ley Número: FV-3662 1607 2012 que modifica el art. 462-1 del ET. Tarifa de Retención de lCA 9.66 x 1000 solo para Bogotá.

Fecha: 14/Febrero/2013

Cliente Beneficiario del servicio: Fecha de Vencimiento:

AUDITORIA GENERAL DE l_.A REPUBLICA 16/Mar/2013

Fecha: 14/Febrero/2013

Cliente Beneficiario del servicio: Fecha de Vencimiento:

AUDITORIA GENERAL DE l_.A REPUBLICA 16/Mar/2013

NIT o e.e.: lSector: Contácto: Moneda:

830065741-1 FINANCIERO YANETH SANDOVAL PESOS

Dirección: Ciudad: Teléfono:

CR 10 17 18 P9 BOGOTA D.C. - COLOMBIA 3186800

Facturación por Computador Resolución DIAN No. 320000895160 Fecha: 2012/05/02 Rango: FV 3001 a la 6000

PRESTACION SERVICIO DE ASEO

SERVICIO DE ASEO DEL MES DE ENERO DE 2013

ADMINISTRACION

AIU SERVICIOS

INSUMOS ASEO 16%

INSUMOS CAFETERRIA 5%

INSUMOS EXCENTOS

SERVICIO DE ASEO

SERVICIO DE CAFETERIA

DESCRIPCIÓN

AUOITORÍA GfiNER AL .. ,. .. ,. .. ;., !lllllllllll llllllllll llllllllllllllll!llllllll lllllllll!lllllllllllllllllllllll Rad No 2013-233-001095-2 Fecha 15!02!2013 15:41:08 Us Rad. GESGOMEZ

; FACTURA DE VENTA No. FV-3662. Asunto

Desti: io 1 Rem ClU CLEAN DEP,JT .

WV/1'/.auditoria.go'J.CO , .l<.uditoria Genera\ <le la ;tepubl;ca

VALOR TOTAL

$453,117 ,$1,291,244 $3,538,464 $989,100 $10,071 $9,833,302 $1,787,873 !VA % 16.00

VALOR TOTAL

$453,117 ,$1,291,244 $3,538,464 $989,100 $10,071 $9,833,302 $1,787,873 !VA % 16.00 16.00 16.00 5.00 0.00 0.00 0.00

VALOR EN LETRAS SON: DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL Total Bruto: $17,903,171

OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS M/CTE Total IVA: $894,704

Valor Total: $18,797,875

DETALLE IVA: (Tasa, Base, Valor} 5.0 % $989,100 $49,455 16.0 % $5,282,825 $845,249

La presente factura de Venta es un título Va!or(ley 1231 de! 17 de julio de 2008) y causara intereses de mora a la tasa máxima legal establecida por ia autoridad competente a partir de su vencimiento. Girar cheque pagadero únicamente a nombre de CLEAN DEPOT S.A. ESP, con cruce al primer beneficiario o pago electrónico a la cuenta corriente 106-33791-8 de! Banco de Bogotá.

INFORMACION DE OUIEN RECIBE.

Nombre Cedula o Nit Firma Fecha .. N1t. 890.319.193-3 Sistemas de Informac1on Empresanal S.A. ¡-= • ,-, ./\· ' d A· 1 /{-JfL fin ·A n,fiJ '\ l,...., 1 C !¡-·'''\1 fi 'l \,._ :.i ¾-,,, fij' '7),.,._,,¡ •. Trnnsfom1amos el amiJf,•c;.rit".:

FIRMA AUTORIZADA

3

Trnnsfom1amos el amiJf,•c;.rit".:

FIRMA AUTORIZADA 3 fi- 'AUDITORÍA GENSRA.1. DE LA R:EYÚSUCA Bogotá o.e OJ. 11 0-0 1 3-20 13

Doctora

MARGA RITA MARIA MARQUEZ FIGUE ROA

Directora de Recursos Físicos Auditoría General de la Repúb lica 1We1 11ora 11d o In terno 11111111111111111111111111111111111111!11111111111111111111111111111111111111111 Radicado No: 201311 00008 723

Fecha: 27-02-2013

Referencia: Conc eptos JurídicosRad. Nos. 201 32330007483, 201 32330008 18 3 de 20 y 22 de febrero de 20 13 respectivamente.

Respetada Doctora Margarita, En atención al asun to referenciado, de manera atenta resolvemos su inqui etud en los sigu ientes térm inos: 1) Síntesis de las consu ltas.- Por escrito usted soli cita a esta Oficina luego de hacer una exposición de los hechos conceptuar sobre lo sigu iente: "Con el fin de dar trámite a la factura No. 2854 correspondiente al servicio de vigilancia prestado durante el mes de enero del año en curso, por la Empresa NUEVA ERA, de acuerdo al contrato No. 66 de 2011, de manera atenta le solicito indicamos como proceder jurídicamente frente a la solicitud del proveedor para lo cual me permito remitir copia de la factura en mención, copia del memorando interno de la Dirección Financiera con NUR 2013231 0005983 mediante el cual nos

indicamos como proceder jurídicamente frente a la solicitud del proveedor para lo cual me permito remitir copia de la factura en mención, copia del memorando interno de la Dirección Financiera con NUR 2013231 0005983 mediante el cual nos devuelven la factura No. 2854 y sus respectivos soportes sin cancelar y comunicación de la empresa NUEVA ERA en donde nos informan sobre el incremento de tarifas para la vigencia 2013. " "Con el fin de dar trámite a la factura No.3662 correspondiente al servicio de aseo 2 8 fEB 20l3 Control fiscal co11 pcda¿_7o¿¡!a socialAUDITORÍA GEN1Z:Rt;t, DE'. LA RE'..PÚBLICA 1W e mor a 11 do In te rno y cafetería prestado durante el mes de enero de 2013, por la empresa CLEAN DEPOT, de acuerdo al contrato No. 65 de 2011, de manera atenta le solicito indicarnos como proceder jurídicamente frente a la información suministrada por la Dirección Financiera, para lo cual me permito remitir copia de la factura en mención, copia del memorando interno de la Dirección Financiera con NUR 2013231 0007553 mediante el cual nos devuelven la factura No. 3662 y sus respectivos soportes sin cancelar " 2) Consi deraciones de la Oficin a Jurídica.- De conformidad con el Decreto Ley 272 de 2000, en su artículo 18 son funciones de la Oficina Jurídica: "3. Emitir los conceptos jurídicos sobre temas de control fiscal y administrativos que le sean solici­ tados por el Auditor General o los requer1dos por las demás dependencias del organismo. " Conforme a las solicitu des de conceptos, nos permitimos indicar que sobre los

"3. Emitir los conceptos jurídicos sobre temas de control fiscal y administrativos que le sean solici­ tados por el Auditor General o los requer1dos por las demás dependencias del organismo. " Conforme a las solicitu des de conceptos, nos permitimos indicar que sobre los asunt os tributarios, financieros y presupue stales, es la Dirección de recursos fi­ nan cieros a qui en le corresponde pronunc iarse al respecto, de igual manera frente a la normatividad aplicable para que los proveedores y contratistas en general se­ gún sea el caso, presenten las facturas que se derivan del cumplimi ento de sus obligaciones. De igual manera es impor tante observar que le corresponde al su­ pervisor del contr ato por ser de su resorte revisar las facturas que expida el con­ tratista par a el correspondiente pago y revisar las normas que al respecto proce­ dan, máxime teniendo en cuenta lo consagrado en los artículos 82 y ss de la ley 14 74 de 201 1( Estatuto Anticorru pción). En el caso expuesto con cretamente, se tiene que, a través de contrato No. 066 de 20 11 se contrató el servicio de vigilancia y seguridad privada fija con medio hu­ mano armado las 24 horas incluyendo sábados, domingos y festivos, para la Av. Esperanza No. 62-49 piso 10 del Edificio Gran Estación 11 en la ciudad de Bogotá y el servicio de vigilancia y seguridad privada fija con medio humano armado las 24 horas incluyendo sábados, domingos y festivos, para la Ca rrera 1 O No. 17 -1 8 en la ciudad de Bogotá Para la fecha de adjudicación del contrato, el Imp uesto sobre las Ventas IVA, para el servicio de vigilancia y seguridad privada contenido en el Estatuto Tributario era

ciudad de Bogotá Para la fecha de adjudicación del contrato, el Imp uesto sobre las Ventas IVA, para el servicio de vigilancia y seguridad privada contenido en el Estatuto Tributario era el siguien te: "ARTICULO 4621. SERVICIOS GRAVADOS A LA TARIFA DEL 1.6 %. <Artículo adicionado por el artículo 32 de la Ley 1111 de 2006. El nuevo texto es el siguiente:> En los servicios de aseo, en /os de vigilancia autorizados Cont1'ol fiscal con pcd1t/fO¿JÍa. social roAUDITORÍA GENERAL. DE LA RfiÚBt.,lCA 1vl e 111 o r a n d u 1 n te r n o por la Superintendencia de Vigilancia Privada, en los de empleo temporal presta­ dos por empresas autorizadas por el Ministerio de la Protección Social y en los prestados por las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado en cuanto a mano de obra se refiere, vigiladas por la Superintendencia de Economía Solidaria o quien haga sus veces, a las cuales se les haya expedido resolución de registro por parte del Ministerio de la Protección Social, de los regímenes de trabajo aso­ ciado, compensaciones y seguridad social, la tarifa será del 1. 6%. (. . .). " Sin embargo, en la Ley 16 07 de 2012 , se indicó en su artículo 46 lo sigui ente: "Modifíquese el artículo 462-1 del Estatuto Tributario, el cual quedar á así: Artículo 462-Para los servicios integrales de aseo y cafetería, de vigilancia, autorizados por la Superintendencia de Vigilancia Privada, de servicios temporales prestados por empresas autorizadas por el Ministerio del Trabajo y en los prestados por las cooperativas y pre-cooperativas de trabajo asociado en cuanto a mano de obra se

la Superintendencia de Vigilancia Privada, de servicios temporales prestados por empresas autorizadas por el Ministerio del Trabajo y en los prestados por las cooperativas y pre-cooperativas de trabajo asociado en cuanto a mano de obra se refiere, vigiladas por la Superintendencia de Economía Solidaria o quien haga sus veces, a las cuales se les haya expedido resolución de registro por parte del Minis­ terio del Trabajo, de los regímenes de trabajo asociado, compensaciones y segu­ ridad social, como también a los prestados por los sindicatos con personería jurí­ dica vigente en desarrollo de contratos sindicales debidamente depositados ante el Ministerio de Trabajo, la tarifa será del 16% en la parte correspondiente al AIU (Admin istración, Imprevistos y Utili dad), que no podrá ser inferior al diez por ciento (1 0%) del valor del contrato.( .. )" Con el cambio de legislación al respecto, vale recordar revisar la cartilla de la DIAN año 201 1 en su nu meral 3.2.2.7 "Causación [del IVA] en contratos celebr a­ dos con entidades públic as" el cual señala: "El artículo 78 de la Ley 633 de 2000 señala que el régimen del impuesto sobre las ventas aplicable a los contratos celebrados con entidades públicas o estatales, para todos los efectos será el vigente a la fecha de la resolución o acto de adjudicación del respectivo contrato. Si tales contratos son modificados o prorrogados, a partir de la fecha de su mo­ dificación o prórroga se empezará a aplicar las disposiciones vigentes para tal momento. " Norma que a la fecha no ha sido derogada. Las modificaciones que las leyes introducen a las tarifas del impuesto sobre las ventas, ordinariamente tienen incidencia económica sobre los contratos, en general. Cuando se

Norma que a la fecha no ha sido derogada. Las modificaciones que las leyes introducen a las tarifas del impuesto sobre las ventas, ordinariamente tienen incidencia económica sobre los contratos, en general. Cuando se trata de contratos de entidades públicas, este efecto tiene implicaciones de carácter pre­ supuesta! que revisten particular importancia, en atención a las normas que rigen la eje­ cución del presupuesto de la Nación." Control .fiscal con pcdalfo¿¡í11 .wúnl llA.UDITORÍA GENERAL DE t.A RE:PÚst,JCA Af e m o r tt 11 ti o 1 n te r n o En ese orden de ideas, la condición de hacer regir el im puesto sobre las ventas, bajo la normatividad jur ídica en el momento en que el contrato fue adjudicado, o hasta su terminación o modificación, tiene sentido, toda vez que el legislador ha consagrado un régimen de estabilidad en el im puesto sob re las ventas a favor de las entidades públicas. De donde se infiere, por ejemplo, que si alguna de tales entidades celebra un contrato que en su desa rrollo genere IVA, el régimen de es­ te gravamen, la tarifa, por ejemplo, es el que al momento de la celebración o ad­ judi cación del contrato este vigente, el cual continúa aplicándose hasta su termi­ nación o hasta cuando sobrevenga una mod ificación al contrato inicial. Por consi­ guiente, no hay lugar a reliquidación de la tarifa aplicable al contrato, a menos que éste sea materia de mod ificación o prórroga. Igua lmente y aplicando el contenido del artículo 78 de la ley 633 de 2000, mencio­ nado con anterioridad, en tratándose de la factura expedida por el contratista CLEAN DEPOT S.A, el valor del IVA se debe calcular sobre el total del servicio y

Igua lmente y aplicando el contenido del artículo 78 de la ley 633 de 2000, mencio­ nado con anterioridad, en tratándose de la factura expedida por el contratista CLEAN DEPOT S.A, el valor del IVA se debe calcular sobre el total del servicio y no sobre el subtotal gravado. Con base en lo anterior, para esta oficina jurídic a la liquidación del impues to sobre la venta aplicable es el vigente para el tiempo en el cual fue realizada la adjudica­ ción del contrato, es decir el año 201 1 y no el consagrado en la reforma al estatuto tributario de 2012. Este concepto se emite dentro de los parámetros establecidos en el artículo 28 del Código de Proced imiento Admin istrativo, por lo tanto no tiene carácter obli gatorio, ni fuerza vinculante. Asesor02 Conti'ol jiscal co11 pcdaJ71;¿¡íri social

Consultar sobre este documento ...