AGR - Concepto 110.017 de 2015 (Información si los oficios enviados a otra entidad son atendidos como derecho de petición)
Auditoría General de la Nación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- AGR - Concepto 110.017 de 2015 (Información si los oficios enviados a otra entidad son atendidos como derecho de petición)
- Autor
- Auditoría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2015
. :: SI 1 de 2 -..:iudadano :: . http:/ /siaatc.auditoria.gov.co/qconsulta.aspx?siaatc=0 12015000504 ... sfi fi -'<--U'fiººº '5V'( Auditoría fflHI __ ..t_ MODULO DE ArENctÓN
---- AL CIUDADANO
UN PRODUCTO
Auorn: ifo1. GENEAAL DE u. Rm{JUCA Usuario: vcacercs
Nombre: Viviana Caccres
Dependencia: Auditoría Delegada Partil: 1 Radicador-Analízador L Salir 11111111111111111111111111111111111111111111111 111111111111111111111111111111111
.:MENÚ DEL SISTEMA:.
Rad No 2015-233-003620-2 Fecha 10/08/2016 15:56:41 Us Rad_JELOAIZA
Asunto : DERECHO DE PETICION SIA-ATC 012016000604
Destino I Rem CIU KARENESTUPIÑANROJAS
www.orfeogpl.org - Sislema de Geslión
RESULTADO BÚSQUEDA POR NÚMERO SIAAtC: 012015000504
CONSULTA Nro. 1 - Búsqueda por Nro. SIAATC o SIQ : 012015000504
Editar este requerimiento NOTA: Plazo para modificación/aclaración: MARTES, 11 DE AGOSTO DE 2015 12:38:31
Número Radicación : 210010000-100815-1012015000504
Número para búsqueda: 1012015000504
Funcionario Asignado: SISTEMA SIA-ATC (-)
Funcionario Dependencia: 001 - NINGUNA
Funcio1)_ario Tipo Perfil: SISTEMA SIAATC General De La República
Funcionario Asignado: SISTEMA SIA-ATC (-)
Funcionario Dependencia: 001 - NINGUNA
Funcio1)_ario Tipo Perfil: SISTEMA SIAATC General De La República (Hacia la excelencia y la innovación en el Control Fiscal) /fi ' ·-._ -
'3..UDITORfA
2015 Ayuda Imprimir Ver PDF ---fi--- -----------------------------'! Estado del
Requerimiento: Fecha de radicación: Fecha inicio trámite: Fecha límite de respu_esta: r;fi-;,fifiÍLfi,i) LUNES, 10 DE AGOSTO DE 2015 12:38:31
LUNES, 10 DE AGOSTO DE 2015 12:38:31
MARTES, 25 DE AGOSTO DE 2015 (10) Días Hábiles Tipo de Requerimiento DERECHO PETICIÓN (SOLICITUD INFORMACIÓN) • solicitado: Número Requerimiento
Anterior: N.U.R. Asociados: Agregar/Editar NURS Nombre del
peticionario: Documento
Identificación: Ocupación o Cargo:
Dirección Residencia: Teléfono Residencia:
Correo Electrónico:
KAREN ESTUPIÑAN ROJAS
1026253782
ABOGADA
CARRERA 24NRO 45C-79 APTO 704, Bogotá D.C., Bogotá D.C. 3107687468 karestu@hotmail.com 10/08/2015 12:58 p.m." r 2 de2 • 1 al Ciudadano : : . http:/ /siaatc.auditoria.gov.co/ qconsulta.aspx?siaatc=0 12015000504 ...
3107687468 karestu@hotmail.com 10/08/2015 12:58 p.m." r 2 de2 • 1 al Ciudadano : : . http:/ /siaatc.auditoria.gov.co/ qconsulta.aspx?siaatc=0 12015000504 ... Entidad de Control AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA dónde radicó: Entidad Vigilada NINGUNA, BOGOTÁ D.C. - BOGOTÁ D.C. 1 Cambiar 1 denunciada: Entidad denunciada NINGUNA, BOGOTÁ D.C. - BOGOTÁ D.C. (Ciudadano): Asunto: Otros No se especificó un Asunto 1 Cambiar 1
Mo de los hechos: 2015
Descripción: De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Constitución Política, solicito /' cordialmente a ustedes se me informe por este medio si de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 1755, -(derecho de petición entre autoridades);los oficios enviados a otra entidad pueden ser entendidos como derecho de petición?. Si no hay fintidaaalo solicitado, es posible-interponer acción de tutela en aras de obtener una respuesta? Gracias por su atención.
1 ARCHIVOS ANEXOS DEL REQUERIMIENTO
1 " NOMBRE DE ARCHIVO FECHA INCORPORADO TAMAÑO
ARCHIVOS SOPORTES DEL REQUERIMIENTO " NOMBRE DE ARCHIVO FECHA INCORPORADO TAMAÑO Historial del requerimiento (1) Acciones NRO #1
HISTORICO DEL REQUERIMIENTO FECHA FECHA ESTADO OFICIO ACCIÓN 10/08/2015 10/08/2015 azt:na:tca Versfón 3.0 © 2014
Derechos reservados 1 4·
DETALLES ACCIÓN FUNCIONARIO
FECHA FECHA ESTADO OFICIO ACCIÓN 10/08/2015 10/08/2015 azt:na:tca Versfón 3.0 © 2014 Derechos reservados 1 4·
DETALLES ACCIÓN FUNCIONARIO
" -
FECHA REMITENTE/ SECCIÓN Y
ENVIO DESTINATARIO ARCHIVOS ANEXOS Sección donde se generó; Registro Sistema SIA-ATC Remitido De: Requerimiento Página (Sistema SIAATC) 10/08/2015 registro.siaatc@gmail.com Ciudadano 12:38:33 Destinato Para: Archivos anexos al karestu@hotmail.com correo electrónico: 1012015000504.pdf) Cerrar
HACIA LA EXCELENCIA Y LA
INNOVACIÓN EN EL CONTROL FISCAL 10/08/2015 12:58 p.m.'' ·. ; rfi .. ¡_.
Hacia la e.xcelencia y la innoPación en el control fiscal
UU ... MJ...Q
C0L0MBIAJiº
A LA CALIDAD DE LA GESTII)__fi 2 O 1 4
AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Bogotá, D.C; 110 Doctora
KAREN ESTUPIÑAN ROJAS
Carrera 24 No. 45 C -79-Apto.704
Correo Electrónico : karestu@hotmail.com
Teléfono: 3107687468
Ciudad 11111111111111111111111111111111 IIIII IIIII IIIII IIIII IIIIIIIIII IIIII IIIII IIII IIII Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20151100029821
Fecha: 25-08-2015 zC-08-fi1_s t-0 ).s-cfftr Hau(/o/ fenfifi
Radicado No.: 20151100029821
Fecha: 25-08-2015 zC-08-fi1_s t-0 ).s-cfftr Hau(/o/ fenfifi ASUNTO: Respuesta a consulta elevada por SIAATC o SIQ: 012015000504.
Respetada Doctora: De conformidad con su petición relacionada con la solicitud de información sobre si los oficios enviados a otra entidad pueden ser entendidos como derecho de pe tición; y si en la eventualidad que la entidad no responda pueden ser susceptibles de acción de tutela, me permito informarle lo siguiente: La ley 1755 de 2015 en su Artículo 30 establece: "Peticiones entre autorida des. Cuando una autoridad formule una petición de información o de documentos a otra, esta de berá resolverla en un término no mayor de diez (10) días ... ". En este sentido proveyendo respuesta a su petitoria los oficios enviados a otra entidad si pueden ser entendi dos como derecho de petición y tienen un término perentorio para dar respuesta a los mismos.
De esta manera, adicionalmente le informo que en el artículo 14 ibídem señala: "Términos para resolver las distintas modalidades de peticiones. Salvo norma legal especial y so pena de sanción disciplinaria, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción. Estará sometida a término especial la resolución de las siguientes peticiones:
1. Las peticiones de documentos y de información deberán resolverse dentro de los diez (1 O) días siguientes a su recepción. Si en ese lapso no se ha dado respuesta al peticionario, se entenderá, para todos los efectos legales, que la respectiva solicitud ha sido aceptada y, por consiguiente, la
siguientes a su recepción. Si en ese lapso no se ha dado respuesta al peticionario, se entenderá, para todos los efectos legales, que la respectiva solicitud ha sido aceptada y, por consiguiente, la administración ya no podrá negar la entrega de dichos documentos al peticionario, y como conse cuencia las copias se entregarán dentro de los tres (3) dfas siguientes. ·· --- · --- --¿.b·--tntfi? rr------" · ---- ... _________ ·------ ·-----·· -- ----· ,, ..... -- •. ··· -- --·- era. 57C No. 64A-29, hamo Moaef o ficlrte • PBX: [571] 318 68 00 - 381 67 1 O • Linea gratuita 018000 120205 www.auditorla.gov.co • participacion@auditorla gov.co • Twitter: @audltoriagen • Facebook: /auditoríageneral • Bogotá D.G. - ColombiaHacia la excelencia y la inn01,ación en el control fiscal PREMIO g)LOMBlt,l!Q
A LA CALIDAD DELAGEsnoÑ 2 O 1 4
AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
2. Las peticiones mediante las cuales se eleva una cónsulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepéión.
Parágrafo. Cuando excepcionalmente no fuere posible resolver la petición en los plazos aquí señalados, la autoridad debe informar esta circunstancia al interesado, antes del vencimiento del término señalado en la ley expresando los motivos de la demora y señalando a la vez el plazo razonable en que se resolverá o dará respuesta, que no podrá exceder del doble del inicialmente previsto". Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, y específicamente su inquietud
señalando a la vez el plazo razonable en que se resolverá o dará respuesta, que no podrá exceder del doble del inicialmente previsto". Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, y específicamente su inquietud sobre la naturaleza de la tutela, le informo que esta acción procede para exigir el cumplimiento o respuesta de un derecho de petición, cuando como consecuencia de su no atención, se viola un derecho fundamental del peticionario. Por regla ge neral, la tutela no se puede interponer para conseguir que se le dé respuesta a un derecho de petición, pero si el hecho de no atender un derecho de petición vul nera o afecta un derecho constitucional considerado fundamental, la tutela proce de de forma excepcional. De otro lado si el funcionario no contesta un oficio documento o petición, puede incurrir en causal de mala conducta, y le permite al peticionario recurrir a la acción de tutela para exigir el amparo de sus derechos. Ahora es importante aclarar que los plazos señalados son días hábiles. Bien, sobre la procedencia de la acción de tutela para exigir el cumplimiento o atención de un derecho de petición, la Corte constitucional se ha pronunciado en múltiples sentencias, dejando claro que al no dar respuesta una entidad al derecho de petición se vulnera un derecho funda mental, el ciudadano puede recurrir a la acción de tutela. Cualquier inquietud adicional gustosamente será resuelta por el suscrito, Cordialmente, Director Oficina Jurídica Proyectó: Neried Echeverry Prada - Asesora - Oficina Jurldica -ffi(. Revisó y Aprobó: Roberto Arrázola Mertano • Director Oficina Jurldica
Cordialmente, Director Oficina Jurídica Proyectó: Neried Echeverry Prada - Asesora - Oficina Jurldica -ffi(. Revisó y Aprobó: Roberto Arrázola Mertano • Director Oficina Jurldica era. 57 G No. 64A-29, barrio Modelo Norte • PBX: [571) 318 68 00 - 381 67 1 O • Linea gratuita 018000 120205 www.auditoria.gov.co • partlclpaclon@audltoria.gov.co • Twitter: @auditoriagen • Facebook: /auditoríageneral • Bogotá D.G. -Colombia