AGR - Concepto 110.024 de 2010 (Falta temporal del contralor)
Auditoría General de la Nación
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Detalles
- Título
- AGR - Concepto 110.024 de 2010 (Falta temporal del contralor)
- Autor
- Auditoría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2010
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AUOITC'HlÍA ClfiNf!R.:\1.
Bogotá D.C. 214
PARA: DE: ASUNTO: OJ. -1-10. 021/. zo10 l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll 111111111111111111
Radicado No: 20102140019173
Fecha: 24-05-2010
MEMORANDO INTERNO
Doctora Mariana Gutierrez Dueñas, Directora Oficina Jurídica Gerente Secciona! 11 Traslado consulta 24/05/10 Por razones de competencia , comedidamente remitimos a su despacho la consulta jurídica solicitada por el señor JUAN BENJAMIN GONZALEZ GUEVARA, profesional especializado de la contraloría Departamental del Vaupés, en donde solicita concepto respecto de la falta temporal del Contralor Titular y el procedimiento para cancelar el salario correspondiente al mes de mayo de dicho contralor ya que éste se encuentra privado de la libertad y hasta la fecha no se ha recibido comunicación de la suspensión formal del cargo. Anexo documento de la solicitud en cuatro (4) folios. Atentamente, Auditoría General de la Re ública: Fortaleza del Control Fiscal l.DE' :COMfiRALORfA DEPTAL DEL VAUPES N"DE TEL :098 S642130 24 MAYO 2010 12:05 Pl ' . C4t:.'V e tr 1 ,. D • on a orza epartamental de Vaupés Mitú, Mayo 24 de 2010 CDV/ 080 Doctor
JOSÉ LUIS FRANCO LAVERDE
Gerente Secciona] II Bogotá Auditoría General de la República
Mitú, Mayo 24 de 2010 CDV/ 080 Doctor
JOSÉ LUIS FRANCO LAVERDE
Gerente Secciona] II Bogotá Auditoría General de la República Bogotá D.C. Lfi ;fifi;;1,; 1111111111111 1111111111111111111111111111111111111111111111111 1111111111111 11111 Rad No 2010-233-002834-2
Fecha 24106/2010 12:06:38 UI Rod. ACLOPATOFSKY
Aaunto : 080. FALTA TEMPORAL DEL CONTRALOR OEPARTAMENTAL DE VAUPES
Deatlno : / Rem CIU CONTRALORIA DEPARTAMENTAL
www.1udltorlL9ov.co •Auditoria 01n1ral dt la R1publlc1
REF: FALTA TEMPORAL DEL CONTRALOR DEPARTAMENTAL DE VAUPÉS Cordial saludo, De la manera más respetuosa acudo, a su despacho para ponerle de presente que el Doctor NELSON ARMANDO ORTIZ SANCLEMENTE, en su calidad de Contralor Departamental de Vaupés, el pasado 14 de Mayo de 2010, fue puesto a disposición del Juez de Garantías en la ciudad de Vilfavicencio, con el objeto de legalización de la captura ejecutada el 13 de Mayo por el presunto delito de concusión, imputándose los cargos y se le definió la medida de aseguramiento de detención domiciliaria.
En este orden de ideas, el pasado 19 de mayo de 2010, el suscrito profesional especializado de la Contraforia Departamental de Vaupés procedió a enviar el oficio CDV/079 con destino a la Asamblea Depafimental de Vaupés, poniéndoles ·en
especializado de la Contraforia Departamental de Vaupés procedió a enviar el oficio CDV/079 con destino a la Asamblea Depafimental de Vaupés, poniéndoles ·en conocimiento la situación arriba mencionada e informándoles que mientras se· mantenga la falta temporal en que se encuentra incurso el Señor Contralor Departamental, sería el funcionario de mayor jerarquía de esta Contraloría Departamental, la persona que lo reemplazará por ministerio de fa Ley, en vi_rtud de lo estatuido en el artículo 5º de la Ley 330 de 1996, pues no existe en este Organo de Control Fiscal la figura de subcontralor o el Contralor auxiliar. Por lo anterior, y en atención a que próximamente se deben cancelar algunas facturas de fa Contraloría Departamental y cancelar los salarios a los empleados correspondientes al mes de Mayo de 2010, le solicito muy respetuosamente indicar el procedimiento a seguir para los siguientes aspectos: 1.- Hasta que día se le debe cancelar el salario correspondiente. al mes de Mayo de 2010 al Señor Contralor Departamental, si tenemos en cuenta que fue capturado el 13 de mayo de 2010, pero que a la fecha esta entidad no ha recibió comunicación oficial de la suspensión en _ el ejercicio del cargo y así mismos que el Señor Contralor
Edljit: io Contraloría /Jepar1amenu1/ Vaupés, Calle 15 No. 14-50.frente al /'arque Santander, Barrio CenlrO A r-Jnnil co111rolde1,a:ifiV.(1tC1i{ com TEL. 5642130 Ce/: J JO -2 790! 73 Mihí
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2 f HAY2111 · c.-;.v Contraloría Departamental de Vaupés h ta 1 día 14 de mayo de D rtamental se encontraba disfrutando compensatorios as e 2fig, según Resolución 081 de abril 29 de 2010? • · · d d I Contraloría Departamental de Vaupes, 2 - Si el suscrito profesional especializa o e f d Vaupés se reúna (1 o de Junio de dfibe esperar que la Asamblea D:partamenta :ncar ando al funcionario que debe 2010) para que expida la respectiva o rdefiafizfi ientra ; dure su detención domiciliaria reemplazar al Señor Contralor DepartlaSmTEeRn:Ó DE LA LEY teniendo como base lo • ó si el encargo procede por MI.N estatuido en el artículo so de la Ley 330 de 1996? __Quedo atento a su respuesta, Cordialmente, .JUAN , LEZ GUEVARA e.e. 7 Profesi Código 222 Grado 19 . . Oficina de Responsabilidad Fiscal y .Jurisdiccion Coactiva Contraloría Departamental de Vaupés &lijicio Contraloría Departamental Vaupés, Calle 15 Na. /..f-50frente al Parque Santander, Barrio (.'enrroA Email ,·,>ntroldeva:,1;1pvnil. c-om TEL. 5642 IJO Ce/: 31 O -2790 I 7 3 Mihí '·Por un Control .Fiscal Eficiente" CfiI V Contraloría Departamental de Vaupés
Email ,·,>ntroldeva:,1;1pvnil. c-om TEL. 5642 IJO Ce/: 31 O -2790 I 7 3 Mihí '·Por un Control .Fiscal Eficiente" CfiI V Contraloría Departamental de Vaupés Mitú, Mayo 19 de 2010 CDV/ 079 Honorables Diputados
ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE VAUPES
MÜCURADURIA GENERAL DE LM\lAClúN . •. REGIONAL DEL VAUPESfi •
RECIBIC>O HOY -fiL-Rl¼ffififflt.;-;;:;. Hora: fi-fi-;r--::::>!!!;p...=--fi,.2 Atte. Presidente .JOSE ESTEBAN VALENCIA BARRERA Cfidad REF: FALTA TEMPORAL DEL CONTRALOR DEPARTAMENTAL DE VAUfiO fir\h:.t,<i) k Cordial saludo, . 2-O ... HAYIJ 2110 • ,s:06 fi Con mí acostumbrado respeto, acudo a la Plenaria de la Honorable Asamblea NS:> 1!'--- \ t 2.. Departamental de Vaupés, para ponerles de presente las circunstancias relacionadas con el Doctor _NELSON 'ARMANDO ORTIZ SANCLEMENTE, elegido por esa Corporación para el cargo de Contralor Departamental para el pfiriodo 2008-2011. Como se ha sabido por los diferentes medios de comun icación, el pasado viernes 14 de mayo de 2010, el Señor Contralor Departamental fue puesto a disposición del Juez de Garantías de Villavicencio, con el objeto de legalizar la captura realizada el día anterior por el presunto delito de concusión, adfimás de im[?utfirle .fi:g<?s, se le
Juez de Garantías de Villavicencio, con el objeto de legalizar la captura realizada el día anterior por el presunto delito de concusión, adfimás de im[?utfirle .fi:g<?s, se le __ _:_·· e-fi -- - •• fi FIRMA _....1...f- •r 1 ' O 1 JUN. 2010
AUDITORÍA GENERAL.
OC L/\ n.:::PULLI Cf , i F o 1· t a l e z Ci, d e t t o 11, t r o l f i s e a l ! l llllll lllll l!lll lllll lllll lllll 111111111111111 Hlll lllll lll!I IIIII IIIII IIII IIII Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20101100028891
Fecha: 28-05-2010
Bogotá, o.e., 110-024-·· Z010 Devolver Copia Firmae1a Doctor
JUAN BENJAMIN GONZALEZ GUEVARA
Profesional Especializado Oficina de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva Contraloría Departamental del Vaupés Mitú, Vaupés Apreciado doctor González: Recibí del doctor José Luis Franco Laverde, Gerente Secciona! 111 de la Auditoría General de la República, su comunicación ele fecha 24 de mayo de 201 O, mediante la cual plantea algunas inquietudes en torno a la falta temporal del Contralor del Vaupés.
1. Síntesis de la Consulta: Después de poner en conocimiento del señor Gerente Secciona! la ausencia temporal del Contralor Titular del Departamento, plantea las siguientes inquietudes:
1. Síntesis de la Consulta: Después de poner en conocimiento del señor Gerente Secciona! la ausencia temporal del Contralor Titular del Departamento, plantea las siguientes inquietudes: "1.-Hasta que día se le debe cancelar el salario co1Tespondiente al mes de Mayo de 201 O al señor Contralor Departamental, si tenemos en cuenta que fue capturado el 13 de mayo de 201 O, pero que a la fecha esta entidad no ha recibió
(sic) comunicación oficial de la suspensión en el ejercicio del cargo y así mismos (sic) que el Señor Contralor Departamental se encontraba disfrutando compensatorios hasta el día 14 de mayo de 201 O, según Resolución 081 de abril 29 ele 2010? 2.- Si el suscrito profesional especializado de la Contraloría Departamental de Vaupés debe esperar que la Asamblea Departamental de Vaupés se reúna (1 º de junio de 201 O) para que expida la respectiva ordenanza encargando al funcionario que debe reemplazar al Señor Contralor Departamental, mientras dure su detención domiciliaria ó si el encargo procede POR MINISTERIO DE LA LEY, teniendo como base lo estatuido en el artículo 5º de la Ley 330 de 1996"il.UO ITORÍ A GENERAL
DC I. A Rr.: fiÚüL.ICl\ i F o r ¡'.· tJ l e z a d e l e o n t r o l f i s e 1,1, l !
2. Conside ración Preliminar Antes de entrar a resolver su consulta es importante señalar que dadas las func iones constitucionales y legales asignadas a la Auditoría General de la Repúbl ica, no puede este ente de control tener injerencia en la toma de decisiones adminis trati vas que sean de
Antes de entrar a resolver su consulta es importante señalar que dadas las func iones constitucionales y legales asignadas a la Auditoría General de la Repúbl ica, no puede este ente de control tener injerencia en la toma de decisiones adminis trati vas que sean de competencia de las entidades sujetas a su vigilancia, ya que le corresponde ejercer un control posterior y selectivo de su gestión fiscal; por tanto, nos abstenemos de emitir conceptos sobre asuntos o situaciones particulares individuales o concretas que puedan llegar a ser sometidos a su consideración. Así, en los términos del artículo 25 del Código Contencioso Admin istrativo, las opiniones de la Oficina Jurí dica, son tan sólo orientaciones y puntos de vista que no comprometen la responsabilidad de la Auditoría General de la Repú blica, ni son de obligatorio cumplimiento o ejecución.
3. Traslado por Competencia De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto 13 96 de fecha 26 de abril de 201 O, "Por el cual se fijan los límites máximos salariales de los Gobernadores y Alcaldes y se dictan disposiciones en matería prestacional''. "El Departamento Administrativo de la Función Pública es el órgano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional. Ningún otro órgano puede arrogarse esta competencia. "1
En este orden de ideas, estarnos dando traslado de su consulta al Departamento Adminis trativo de la Función Pú blica - DAFP, en los términos del artículo 33 del Código Contencioso Admin istrativo.
4. Consideraciones de la Oficina Jurídica En relación con su segunda consulta nos permitimos responder en los siguientes términos: A propósito del período, reelección y calidades de los Contralores Departamentales, el
Contencioso Admin istrativo.
4. Consideraciones de la Oficina Jurídica En relación con su segunda consulta nos permitimos responder en los siguientes términos: A propósito del período, reelección y calidades de los Contralores Departamentales, el artículo 5º de la Ley 330 de 19 96, dispone: "Los Contralores Departamentales serán elegidos para un período igual al del Gobernador. En ningún caso el Contralor será reelegido para el período inmediato ni podrá continuar en el ejercicio ele sus funciones al vencimiento del mismo. En este evento lo reemplazará el funcionario que le siga en ierarquía. (subrayamos/ Publicado en el Diario Oficial No. 47.592 de 26 de abril de 2010 2 La expresión "En este evento lo reemplazará el funcionario que le siga en jerarquía" contenida en el inciso 1o. del artículo So. de la Ley 330 de 1996, fue declarada exequible por la Corle Conslitucional mediante sentencia C-060 de 1998, de fecha 4 de marzo de 1998, Magistrado Ponente HERNANDO HERRERA VERGARA.AUDITORÍ A GENERAL Ot: LI\ l">Cf'Ú( ;LIC/1. iFo rt at ezc¿ del cont rol fi sc al!
Las faltas temporales serán llenadas por el Subcontralor o el Contralor auxiliar y a falta de éstos por el funcionario de mayor jerarquía de la Contraloría Departamental. Las faltas absolutas serán llenadas de acuerdo con lo prescrito en la Constitución y en la ley. Para ser elegido Contralor se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio, tener más de 25 a{ios, acreditar título universitario y cumplir con los
la Constitución y en la ley. Para ser elegido Contralor se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio, tener más de 25 a{ios, acreditar título universitario y cumplir con los requisitos consagrados en el artículo 68 de la Ley 42 de 1993. El Contralor Depa,tamental comprobará ante los organismos que formulen su postulación, el cumplimiento de las calidades exigidas por la Constitución Política y la ley." De esta manera, tal como lo plantea la norma, la vacancia temporal debe ser llenada de acuerdo con el orden jerárqu ico en ella establecido. No se requiere ent onces, que la asamblea departamental proceda a encargar a un funcionario de la Contr aloría, pues se trata de un reemplazo ope legis, es decir, por min isterio de la Ley. Sobre el aparte subrayado en la disposición transcrita, la Corte Constituciona l se pronunció en los siguient es términos: "Los funcionarios llamados a reemplazar al contralor departamental saliente, en virtud de la terminación del período de éste, deben ser, entonces, exclusivamente aquellos que, por su idoneidad y responsabilidades derivadas en el ejercicio de funciones, ostentan una aptitud que les permite ejercer temporalmente las funciones de titular, lo que significa que el reemplazo tendrá que efectuarse por aquellos funcionarios que le siguen en jerarquía y mando y no por cualquier otro perteneciente a un nivel distinto al directivo que aquél representa. Por consiguiente, la disposición resulta exequible no sólo porque con esta previsión se • respeta el derecho del contralor a permanecer en su cargo por el término constitucionalmente establecido, y no más allá de éste, sino que además impide
consiguiente, la disposición resulta exequible no sólo porque con esta previsión se • respeta el derecho del contralor a permanecer en su cargo por el término constitucionalmente establecido, y no más allá de éste, sino que además impide un ejercicio excesivo e indefinido del mismo, permitiendo que se asegure sin tropiezos y en forma transitoria la continuidad y eficacia en el cumplimiento de la función pública de control fiscal y la defensa de los intereses generales en el ámbito territorial depaltamental, a causa de la ausencia de su titular, hasta tanto se produzca la elección de su reemplazo. " Ahora bien , de conformidad con lo dispu esto en el artículo 8 de la citada Ley 330 de 19 96, "Los Contralores Departamentales tomarán posesión de su cargo ante la Asamblea Departamental. Si ésta no estuviese reunida, lo harán ante un Tribunal de la entidad territorial y en el evento de vacancia judicial ante el Gobernador v. en el último caso. ante dos testigos. " r.,. i>.UD ITORÍA GEN ERAL OC L, , RfiPÚGI .IC, \ i Fo r ta l e z Cid e l e o 'n t r o l f is e et l ! En este orden de ideas, en una interpretación sistemática de las normas transcritas, y siempre cuando, el fu ncionario que va tomar posesión del cargo cumpla con los requisitos para el ejercicio del mismo, podrá posesionarse ante la autoridad competente en el orden de prelación estrictamente señalado en la ley, y en último caso, ante dos testigos. Cordialmente, fi L (,cl)J(lU, fi 'D
MfiRIANA GUTIEfiR Z DUENP/-
Dirfictora Oficina Ju rídica 1 / l 1 /
Cordialmente, fi L (,cl)J(lU, fi 'D
MfiRIANA GUTIEfiR Z DUENP/-
Dirfictora Oficina Ju rídica 1 / l 1 / I ·-../ I'• 1