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AGR - Concepto 110.025 de 2018 (Capacitación en ley de garantías)

Auditoría General de la Nación

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Detalles

Título
AGR - Concepto 110.025 de 2018 (Capacitación en ley de garantías)
Autor
Auditoría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2018

Bogotá, 110 Doctora

ESPERANZA LONDOÑO OCAMPO

Directora de Responsabilidad Fiscal Contraloría de Pereira espera615@yahoo.es AUDITORÍA GENCRA!, Pi.' LA tK;'/X)iJtJ;;J, • CCL0hll1tA Control fiscal para la¡,az( 1111111111111111111111111111111111111111111111111111 1111111111111111111111111111 Radicado No: 20181100011981

Fecha: 25-04-2018

Referencia: Radicado 20182330012772 SIAATC 2018000221

Concepto capacitación en Ley de Garantías.

Cordial Saludo: Hemos recibido su comunicac,on, mediante la cual solicita se le resuelva el siguiente interrogánte: "Los funcionarios de las Contralorías por ley debe ser capacitado con el 2% de su presupuesto, ahora que hay ley de garantías, esta se aplica a las capacitaciones, mi concepto es que no, por no tratarse de una contratación, pero el concepto de otro .. · .... abogado es que no se puede capacitar por la ley de garantías, por/o anterior solicito _i concepto al respecto." Dadas las funciones constitucionales y legales asignadas a la Auditoria Genérfi_li de la Republica, de conformidad con el artículo 274 de la Constitución. Política y el Decreto 272 de 2000, donde se establece la organización y funci()n,fifiento de la Entidad, y específicamente el numeral 2 de artículo 13,rdoride se reglamentan las funciones de la Oficina Jurídica, instituyendo: "Oficina Jurídica. Prestar la asesoría jurídica requerida por el Audito6(3eJfifa!; de la

reglamentan las funciones de la Oficina Jurídica, instituyendo: "Oficina Jurídica. Prestar la asesoría jurídica requerida por el Audito6(3eJfifa!; de la República y demás dependencias del organismo, velando por que se fc.tQfi efe acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente y coadyuvando en la consolidaciórl,qf ía unidad de criterio que debe acompañar la labor de las dependencias de la Aqdi{qda, así como participar en la formulación y adopción de los planes, programas y proyectos de la entidad". i f Cra. SJC No. 64A-29, barrio Modelo Norte• Bogotá D.C-Cokimbia PBX, fSMl 318 6800 • 3616710 • Lineagratwta 018000120205 ¡x'lrtídpadon@auditoria.gov.co W@audltoriagen f au ditoria.general www.auditoria.gov.coAUDITORÍA G§t,fi$(:A\, D/Z tA Rff¡lÚ$,J.\CA ' 00!.0Afi(!J,I, ÚJl!tmljiscwpara /a pazf La Auditoría General de la Republica, no puede tener injerencia en la toma de decisiones que sean de competencia de las entidades vigiladas, ya que se ejerce un control posterior y selectivo de la gestión fiscal. Por lo anterior no se emiten conceptos de situaciones particulares o concretas que puedan llegar posteriormente a ser objeto de vigilancia. No obstante, y con el propósito de brindar una ilustración que contribuya a dar una clarificación sobre el tema, pasa esta Oficina Jurídica a formular algunas consideraciones de manera general y abstracta teniendo en cuenta la inquietud formulada por la consultante. Es una responsabilidad y obligación de las contralorías a proporcionar

clarificación sobre el tema, pasa esta Oficina Jurídica a formular algunas consideraciones de manera general y abstracta teniendo en cuenta la inquietud formulada por la consultante. Es una responsabilidad y obligación de las contralorías a proporcionar capacitación, formación, entrenamiento a los funcionarios, en consecuencia se debe impartir oportuna e imparcialmente a todos los funcionarios públicos de la Entidad que así lo requieran para el desempeño eficiente y eficaz de las funciones y el cargo, de conformidad con los propósitos del artículo 54 de la Constitución Política, artículo 36 de la Ley 909 de 2004, y sus decretos reglamentarios, artículo 33 inciso numeral 3 de la Ley 734 de 2000, en armonía con el artículo 4° de la Ley 1416 de 2010, sobre el fortalecimiento del Control Fiscal. Para el cumplimiento de lo anterior las Contralorías podrán celebrar con las instituciones de nivel superior, Institutos Técnicos y Tecnológicos, la ESAP etc., los convenios que sean necesarios para proporcionar el entrenamiento y capacitación especializada de acuerdo con la misión y las funciones asignadas.

La ley de garantías busca: garantizar la transparencia en el manejo de la contratación pública, definir en qué modalidad se puede contratar durante el desarrollo del debate electoral, y reglamentar la participación en política de los servidores públicos.

La Ley de Garantías prohíbe a los gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentesy directores de Entidades Estatales del orden municipal, departamental y dii:;frjtaf celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos duranteJós cuatro (4) meses anteriores a cualquier elección. • • ••• • El calendario electoral establece que las próximas elecciones de conªffifiíitá{ son

celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos duranteJós cuatro (4) meses anteriores a cualquier elección. • • ••• • El calendario electoral establece que las próximas elecciones de conªffifiíitá{ son el 11 de marzo de 2018 y las de Presidente y Vicepresidente el ??9fi mayo de

2018. En consecuencia, a partir del 11 de noviembre de 2017 y ha,sta\11 fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido, los gobern99orfis, alcaldes municipales y/o distritales, secretarios, gerentes y directores 9e entidades descentralizadas del orden municipal, departamental o distrital;tienen prohibido celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursósSpúblicos, sin ! ti,, Va 57C. No. 64A·29, barrio f.Ao.delo Norte• Bogotá D,C • Cobrnhin íii!l:il PSX:lSMl 318 68 00 • :l816710 • Linea gratuita 018000 t!0205 ,. partidpadon@auditoriagov.co W-@auditori;igen f audítorfugeneral • W\VW.audltotiagov.roAUDITORÍA 1..fif.t1f:;;_ktOE l.J\. :Rl'JÚ?UCA • <'.'A?fiü_A úmtrof f"'a/ para la paz'!/ importar la naturaleza o el orden nacional o territorial de la otra entidad contratante.

La ley es clara en el momento de imponer restricción y prohibiendo a las Entidades Estatales celebrar contratos en la modalidad de contratación directa durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido. El artículo consagra

Entidades Estatales celebrar contratos en la modalidad de contratación directa durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido. El artículo consagra excepciones para los contratos relativos a la defensa y seguridad del Estado, crédito público y los requeridos para atender emergencias y para la reconstrucción de infraestructura afectada por acciones terroristas, desastres naturales o eventos de fuerza mayor. C:g+a ,-....-n.hihi,...iAn ,...,.,.hiia a +nrlnfi ¡,...S =nf8""' ;...¡.,.,.¡ Cfi.J. ..... rl,.,. ,..;..., ;ffi ..,....,,.-1,,... .. ,.., • .. ,:...,..;....,..,....,. 11. tJI VIIUJIVIVII VV IJIJ 1,.VUVO IV t:111,. Q UOI L....:tLCluv, ..:>IIJ l lltJVllCU ,¡;)U IC::fillllv'II jurídico, forma de organización o naturaleza, pertenencia a una u otra rama del poder público o su autonomía. El calendario electoral establece que la primera vuelta de las próximas elecciones presidenciales es el domingo 27 de mayo de 2018, en consecuencia, a partir del 27 de enero de 2018 y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido, las Entidades Estatales tienen prohibido contratar directamente. El Articulo 38 de la ley 996 2005 Frente a la elección de Congreso de la República establece: "directores de entidades descentralizadas del orden municipal, departamental o distrital, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones, no podrán celebrar convenios interadministrativos" ...

establece: "directores de entidades descentralizadas del orden municipal, departamental o distrital, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones, no podrán celebrar convenios interadministrativos" ... El Artículo 33, de la precitada ley, frente a la elección de Presidente de la República, 27 de mayo de 2018, dispone: "Durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la realización de la elección en la segunda .··•. > vuelta, si fuere el caso, queda prohibida la contratación directa por parte de todos.< los entes del Estado ... " \}:;;·r.: De conformidad a la inquietud planteada esta Oficina Jurídica concluye, qu!:l fi Já Entidad debe contratar para dar la correspondiente capacitación<a sus funcionarios, no lo puede hacer por contratación directa de acuerdo, a las restricciones establecidas en la Ley 996 de 2005. Debe realizar otra modalidad de contratación como licitación pública, selección abreviada de mfingr cufintía y subasta inversa y mínima cuantía, las cuales no se encuentrar1'de11tro de la prohibición de la Ley de garantías, con el fin de no incurrir en la violaciórl directa a la norma. Si en el evento en que ya se encuentre debidamente contratad6fi1i:quema de capacitaciones para la Entidad, antes de entrar la ley de gara11tías, se pueden llevar acabo las capacitaciones programadas. f.1 üa 57C No. 64A-29, barrio Nloddo Nor«? • Bogotá o.e,. Colombia J.i. PBX: !5Ml 318 6800 • 3816710 • Lfneagran,tt.1018000120205

f.1 üa 57C No. 64A-29, barrio Nloddo Nor«? • Bogotá o.e,. Colombia J.i. PBX: !5Ml 318 6800 • 3816710 • Lfneagran,tt.1018000120205 lf partkipadon@uudi:toriagov.co 'tJ@auditoringen faud¡tonageneral , www.audltorlagov.ooAUDITORÍA l"fifiAí,f;t µ>, RfiBUCt, • fi¡¡)A Cmrro/ fecal para lapa,( Con fundamento en lo anterior, se deja consignado el criterio respecto al tema planteado, sin que pueda entenderse como la determinación de una decisión, ya que los conceptos que emite esta Oficina Jurídica de la Auditoria General de la Republica, se formulan dentro de los parámetros establecidos en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015. Confiando en que se despejen las inquietudes planteadas, me suscribo de usted. \_ Proyecto: /Iba Edith Rodriguez Ramirez Profesional Grado 02 Q Cra 57C No. 64A-29fi barrio lv'.o<lelo Norw • Bogotá O,C fi Colornb!a PSXd5Ml 318 6S 00. 38167 iO • Llneagrotuita 01800012-0205 partidpaclon@n.udJtoriagov.co ',l@auditoriagen f auclítoriagem!fal www.auditoria.gov.oo

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