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AGR - Concepto 110.027 de 2017 (Cumplimiento de los limites de gastos Ley 1416 de 2.000)

Auditoría General de la Nación

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Detalles

Título
AGR - Concepto 110.027 de 2017 (Cumplimiento de los limites de gastos Ley 1416 de 2.000)
Autor
Auditoría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2000

Bogotá, 110 Señores

Uf,¡.,fi;,LQ CO\,OMBV.NO

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Radicado No: 20171100039771

Fecha: 27-10-2017

OFICINA ASESORA

Contraloría de Palmira oficinaasesora@contraloriapalmira.gov.co

Referencia: RADICADO: 20172330046782 SIAATC 2017000809

Concepto cumplimiento de los límites de gastos Ley 1416 de 2010.

Cordial saludo: En atención a su solicitud del concepto referido en el asunto, procede la Oficina jurídica a efectuar el siguiente pronunciamiento.

Inquietudes planteadas por el consultante en los siguientes términos: "1. Cuál es el procedimiento usado por la AGR para la verificación del cum límites de gastos de las contralorías territoriales establecido en las no materia, pues es función del Auditor General de la Republica e ·e gestión fiscal sobre las cuentas de dichas entidades. e, a partir de la aplicación de s compromisos de varias co ades superaron los límit variación ello entonces registra en los a Republica?". y 617 de 2000 expe era general y abstracta del gasto para las contralorías 1416 de 2010. Es competencia de la sus sujetos vigilados, realizar la vigilancia e gastos. una de las funciones que tiene la Contraloría a y Finanzas Publicas, de la Contraloría General de la

del gasto para las contralorías 1416 de 2010. Es competencia de la sus sujetos vigilados, realizar la vigilancia e gastos. una de las funciones que tiene la Contraloría a y Finanzas Publicas, de la Contraloría General de la las certificaciones de .. los ingresos corrientes de libre !l! . . . . . . , . __ , . . . ,.:." ((a_SJCN0.64Afi2fiJarri0Modelo_Nórté•_BP!Jotá_D+,Mfolo_mblá tli,,j .. ¡1·¡, ··,,·.·.·.;¡•·,¡'Mm.·•. -fi .... ·.· ••. ·....;I· • .. . . : P · B • . . X:[57c1 .· Jl1$fi . 00'.lS167)Ó•línfiafiratfit"0180ll0ll . 9ios' fi- .,.@j/ ,pártkipacion@_auditorla.9óv.oo '!#@auditoríagfi-n;_f,fifidfifififiefierafi • www.auditona,fi.co:t-!!:fiJ:tUfi COfiOM!IANO ¡\-_k\S8!.R.11!!. ifififi: destinación recaudados efectivamente en la vigencia anterior y sobre la relación porcentual entre los gastos de funcionamiento y los ingresos corrientes de libre destinación, también de la vigencia anterior, tomando la información presupuesta! rendida por las entidades del sector central territorial, emite dichas certificaciones en los términos establecidos por la Ley 617 de 2000. Referente a la inquietud planteada por el consultante, el procedimiento que tiene establecido la Auditoria General de la Republica, para auditar el límite de gastos,

en los términos establecidos por la Ley 617 de 2000. Referente a la inquietud planteada por el consultante, el procedimiento que tiene establecido la Auditoria General de la Republica, para auditar el límite de gastos, es el análisis del cumplimiento de las normas de ajuste fiscal, de la siguiente manera: Respecto de las Contralorías Departamentales, se da estricta aplicación al Artículo 1°. De la Ley 1416 de 2010, donde establece: "ARTÍCULO 1o. FORTALECIMIENTO DEL CONTROL FISCAL DE LAS CONTRALORÍAS DEPARTAMENTALES. El límite de gastos previsto en el artículo 9° de la Ley 617 de 2000 para la vigencia de 2001, seguirá calculándose en forma permanente. Las cuotas de fiscalización correspondientes al punto dos por ciento (0.2%) a cargo de las entidades descentralizadas del orden departamental, serán adicionadas a los presupuestos de las respectivas Contralorías Departamentales. Entiéndase como la única fórmula para el cálculo del presupuesto de las Contralorías Departamentales." Dentro del proceso auditor, según la certificación de ingresos, se examinan los ingresos de libre destinación del presupuesto de la contraloría, de la vi anterior, con el fin de mirar en cuanto ascendieron. Una vez establecida esta suma, se aplica el porcentaje de Le a la contraloría de acuerdo a su categoría, se procede cuotas de fiscalización, las cuales están a cargo corresponq . • 1 0.2%, una vez realizado determi • Imite del gasto. Dentro d 1 gasto efectivo, establ s que cede a 1 límite del o límite. plicación al parágrafo

corresponq . • 1 0.2%, una vez realizado determi • Imite del gasto. Dentro d 1 gasto efectivo, establ s que cede a 1 límite del o límite. plicación al parágrafo alorías Municipales y Distritales, entra/izado, crecerán porcentualmente . nflación causada en el año anterior y la o Distrito o Municipio. Para estos propósitos, nicipal, o quien haga sus veces, establecerá los án hacer tanto el nivel central como las entidades es y cuotas de auditaje establecidas en el presenteAUDITORÍA siHió.i>Aill!ll\Mfi,l, .. ;,:mfi t.RtMtq (OIIIMll(\li,0 AJ.HA,\!O,lO ?.l,'jf-¿_fi 2 11 1 4 Dentro del trabajo de campo del proceso auditor, se solicita a la Contraloría Municipal o Distrital, la Resolución emitida por el Secretario de Hacienda del Municipio, donde certifica el porcentaje de la inflación proyectada por el Banco de la Republica, requiriendo también la certificación del DANE del IPC causado, en concordancia con la norma precitada, se hace la correspondiente comparación y se aplica la cifra mayor, arrojando el valor del presupuesto para la contraloría, para lo cual se procede a comprobar que sus gastos están dentro del límite legal obligatorio. Una vez verificada la información y los soportes, se evidencia si la Contraloría durante la vigencia, cumplió debidamente con las normas de ajuste fiscal establecidas en el parágrafo del artículo mencionado. Con referencia a la inquietud de que varias contralorías superaron los límites

durante la vigencia, cumplió debidamente con las normas de ajuste fiscal establecidas en el parágrafo del artículo mencionado. Con referencia a la inquietud de que varias contralorías superaron los límites legales de gastos de acuerdo a los certificados expedidos por la Contraloría General de la Republica, consideramos que esta oficina se inhibe de emitir concepto sobre el tema, pues ello implicaría un pronunciamiento sobre un caso específico, lo que rebasa la facultada que detenta la Auditoria General de la Republica para conceptuar. De conformidad con lo manifestado se emite el presente concepto, dentro de los parámetros establecidos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, aclarando que el prese,n1 análisis se limita a precisiones de carácter general y abstracta, sin que se • • evaluar ningún caso en concreto, ni la relaciór de hechos allí consigna<:! Confían o en que se despejen las i ui tudes planteadas,. :fi VA ' . · . -'.•' . ···. . • . . (ra. · 5 · 7 · CN · fi64 . A-.29 . • b .

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. · B_ogotfi . - . UC-Colom .. bia //Í'"illlnUt> fi WWftJ; . -· PBX: [57-1] 318 6300l81671o.Linea gratuita 018000120Í05 fi ■-1§1 partideacron@aud1torta:9:ov.co wt@auditoriafiefi,faudítoriageneral www.audltoria.gov.co l

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