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AGR - Concepto 110.046 de 2018 (Sobre término de prescripción en procesos de Responsabilidad Fiscal)

Auditoría General de la Nación

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Detalles

Título
AGR - Concepto 110.046 de 2018 (Sobre término de prescripción en procesos de Responsabilidad Fiscal)
Autor
Auditoría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2018

l llllll lllll lllll lllll lllll lllll lllll llil 11111111111111111111111111111111111111 Radicado No: 20181100022511

Fecha: 27-07..-201 B

Bogotá, 110 Señor

JOSE ALFON SO GRANADOS SAN TOS

Contralor Auxiliar Contraloría de Cundinamarca Calle 49 No. 13-33 Bogotá

Referencia: RADICADO: 2018-233-002528 SIAATC 2018000406

Concepto sobre término de prescripción en Procesos de responsabilidad Fiscal.

Respetado doctor Granados: Mediante comunicación de la referencia la Auditoria General de la Repú la consulta que Usted elevara, en la cual se formularon los siguiente En qué fecha o momento procesal cobra ejecutorifi,,,q¡iJ:f administrativo por medio del cual se resui::¡!.fi:fip:¡1;;fiJ;;J,;g, recur§g,,,:de apelación en un proceso tjfi ··•· ' • •• • ••• •• • • dispósi'ción legal aplicable para efe ""'' ' ácto ,,,,,,.,,,,,,· ta y el '''cuál es la ovidencia que n un proceso de ,,"'111 1 /1¡11¡) uelve el grado de consult .n . .i.,,. A, pfinsabílidad fiscal. señalar..i:i . ... e las providencias se debe ::!H¡Ui·,«· ['f""'"" l.:ey 610 de 2000, en aplicación cual remite en su orden a las Q1• Administrativo y de lo Contencioso roceso y finalmente al Código de lil.!:L que el artículo 56 de la Ley 610 de 2000 refiere

l.:ey 610 de 2000, en aplicación cual remite en su orden a las Q1• Administrativo y de lo Contencioso roceso y finalmente al Código de lil.!:L que el artículo 56 de la Ley 610 de 2000 refiere ."fbvidencias quedan ejecutoriadas cuando no procede ;JJO se interpongan los recursos o se renuncie exrtrfisarnfi¡;¡te,fY\\1 ' G I ll..\.11..1 ¿\J • Cra. 57C No. 64A-l9, b,nioModelo Norte• Bogotá D.C.-Colombi, 11¡,,i/,-,¡u/lJflfitlta todoJ u'I PBfil57-lll1B6800-l816710•líneagratuita01800012020S Vfifi-· • ·) M • 11 • partlclpadon@audltori3.gov.<o '!if@audltodagen faudltotlageneral fi-.----a ellos indicando en este caso que la ejecutoriedad se produce cinco días después de la última notificación y finalmente cuando se interpusieron y fueron decididos. Ahora bien, cuando se presenten situaciones no descritas en la norma especial, por remisión se aplicará el articulo 87 del C.P.A.C.A. de tal forma que la ejecutoria de la providencia que resuelve el grado de consulta será el día siguiente al de su notificación en aplicación del numeral 1 de la citada norma y la ejecutoria del recurso de apelación será al día hábil siguiente a la notificación de la decisión sobre el recurso interpuesto, en aplicación del numeral 3. En los anteriores términos se resuelve su consulta, bajo .los parámetros establecidos en el articulo 28 del Código de Pr ocedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Atenta CAR Directo

En los anteriores términos se resuelve su consulta, bajo .los parámetros establecidos en el articulo 28 del Código de Pr ocedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Atenta CAR Directo ERGARA ROQBlGÓEZ rídica i, Cra. 57( No. 64Afi29, barrio Modeló Norte• Bogotá O.{, -Ccfombla V{,nlln1//Ú) _ _j}!3!!_Ll, l\JaJ>d, 11ml PBX: (S7-1J 318 6800-38167 lO•llneogratutta Oll!OOO 120205 fi- • 11···11 pa1ll<lpaclon@a1Jdltorla.gov.co »r@audltorlagen faudttodageneral \ (

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