AGR - Concepto 110.054 de 2012 (Contratación blindaje Vehiculo))
Auditoría General de la Nación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- AGR - Concepto 110.054 de 2012 (Contratación blindaje Vehiculo))
- Autor
- Auditoría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2012
ETT eee CONTRALORIA DE cy <a. 2012-10-23 10:29: CT D 914 ETA EA DN Tera cen 2012 16:15:8 o e Es a unto : SOLICITUD DE CONCEPTO Descino : /Rem CIU CONTRALORÍA. DE CUNDINAY/AR ncorteogpL.erg - Sistema de Cestión
2 ANARCA
AUDITORÍA Sn GENERAL
Bogotá D.C. 23 de octubre de 2012 Doctor JAIME ARDILA BARRERA Auditor General de la República > Cra. 10 No. 17-18 Piso 9 Edificio Colseguros K . Bogotá D.C e Ú \ Asunto: Solicitud de concepto \ Contratación blindaje del vehículo del Contralor de Cundinamarca.
Respetado doctor: Teniendo en cuenta que el señor Contralor de Cundinamarca ejerce un cargo público de alto riesgo, y que dentro de sus actividades le corresponde asistir con frecuencia a los municipios del departamento donde existe la posibilidad de ser objeto de atentados y/o agresiones que pueden afectar su integridad personal, aunado a que como servidor público ha sido objeto de amenazas contra su vida y su núcleo familiar, le solicitamos de la manera más comedida se conceptúe si existe algún impedimento para contratar con recursos de la entidad, el blindaje del vehículo que la Gobernación dio en comodato a este órgano de control para el cumplimiento de las labores del Señor Contralor.
Agradecemos su atención. -
JAIME ARTURO GUERRA
Jefe Oficina Asesora
Na Revisó: — Edgar Iván Paérez Carvajal. y (e
Asesor del Despacho
Proyectó: Ana Victoria Garavito M. "96 NOV. 20%
JAIME ARTURO GUERRA
Jefe Oficina Asesora
Na Revisó: — Edgar Iván Paérez Carvajal. y (e
Asesor del Despacho Proyectó: Ana Victoria Garavito M. "96 NOV. 20% “Control Fiscal Responsable y Participativo” ) o
& Calle 49 No, 13-33 PBX 3394460 S\ 0 NS www.contraloriadecundinamarca.gov.co A o \&&/ Página 1 de 1 aAUDITORÍA Control fiscal con pedagogía social DOT O Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 20121100062831
Fecha: 03-12-2012 o4 or S 4600
Doctor: CONTRALORIA DE comp
- :23:!
JAIME ARTURO GUERRA RODRIGUEZ c.mlfifd‘:x-f-':fl”“""‘ Jefe Oficina Asesora Juridica Contraloria de Cundinamarca Calle 49 No. 13-33 www.contraloriadecundinamarca.gov.co Bogotá
Referencia: Rad. No. 2012-233-006952-2
Concepto Contratación Blindaje del Vehículo del Contralor de Cundinamarca.
Respetado Doctor Guerra: En atención a la petición de la referencia, de manera atenta resolvemos su inquietud en los siguientes términos: Síntesis de la consulta.- Por escrito usted solicita a esta Oficina conceptuar sobre lo siguiente: “¿Teniendo en cuanta que el señor contralor de Cundinamarca ejerce un cargo público de alto riesgo, y que dentro de sus actividades le corresponde asistir con frecuencia a los municipios del departamento donde existe la posibilidad de ser objeto de atentados y/o agresiones que puedan afectar
cargo público de alto riesgo, y que dentro de sus actividades le corresponde asistir con frecuencia a los municipios del departamento donde existe la posibilidad de ser objeto de atentados y/o agresiones que puedan afectar su integridad personal, aunado a que como servidor público ha sido objeto de amenazas contra su vida y su núcleo familiar, le solicitamos de la manera más comedida se conceptúe si existe algún impedimento para contratar con recursos de la entidad, el blindaje del vehículo que la Gobemación dio en comodato a este órgano de control para el cumplimiento de las labores del señor Contralor”. Consideraciones preliminares.- 0 4 DIE. 2012 17-18 Piso 9 - PBX 7.00 ¢AUDITORIA Control fiscal con pedagogía social GENERAL DE LA REPÚBLICA Antes de proceder a dar respuesta a su solicitud, nos permitimos indicar que, dadas las funciones constitucionales y legales asignadas a la Auditoría General de la República, éste ente de control no puede tener injerencia en la toma de decisiones que sean de competencia de las entidades vigiladas, ya que adelantamos un control posterior y selectivo de su gestión fiscal. Por lo tanto, nos abstenemos de emitir conceptos sobre asuntos o situaciones particulares, individuales o concretas, que puedan llegar posteriormente a ser objeto de vigilancia, ya que en la medida en la que los órganos de control resultaren involucrados en el proceso administrativo específico, objeto de su escrutinio, y en la toma de decisiones, perderían toda la legitimidad para cumplir fiel e imparcialmente su función, razón más que suficiente para emitir pronunciamientos de carácter general y abstracto. Consideraciones de la Oficina Jurídica.-
la toma de decisiones, perderían toda la legitimidad para cumplir fiel e imparcialmente su función, razón más que suficiente para emitir pronunciamientos de carácter general y abstracto. Consideraciones de la Oficina Jurídica.- De conformidad con el Decreto Ley 272 de 2000, en su artículo 18 son funciones de la Oficina Jurídica: “3. Emitir los conceptos jurídicos sobre temas de control fiscal y administrativos que le sean solicitados por el Auditor General o los requeridos por las demás dependencias del organismo.” No obstante lo anterior y frente a la temática planteada, de manera general procedemos a pronunciarnos en el mismo orden propuesto: Que no se encuentra dentro de la misión, ni dentro de las funciones de la Auditoría General de la República, dar viabilidad para el blindaje de un vehículo entregado en comodato a la contraloría departamental de Cundinamarca. El contrato de comodato es un préstamo de uso, en donde el bien o bienes entregados a este título deben reintegrarse al comodante en iguales condiciones a las inicialmente dadas, salvo el deterioro propio de los mismos. Que dentro del contrato de comodato, las partes son autónomas en virtud del principio de la autonomía de la voluntad, de modificar las clausulas y condiciones contractuales pactadas, pero el uso del bien o bienes entregados en comodato debe ser claro y comodatario no podrá dar uso distinto al pactado. Para determinar las condiciones de seguridad de un servidor público en situación de riesgo, se debe acudir a la autoridad competente, por cuanto antes de tomar decisiones respecto de cómo o a través de qué medios se debe proteger la vida del señor Contralor de Cundinamarca y de su familia, se debe acudir ante dicha
de riesgo, se debe acudir a la autoridad competente, por cuanto antes de tomar decisiones respecto de cómo o a través de qué medios se debe proteger la vida del señor Contralor de Cundinamarca y de su familia, se debe acudir ante dicha autoridad, la cual se encargara de brindarle la protección correspondiente. $000 120205 Col 0: 0.0. LineaAUDITORÍA Control fiscal con pedagogía social GENERAL DE LA REPÚBLICA Que una obligación del estado es la protección integral de las personas que se encuentran en situación de riesgo extraordinario o extremo como consecuencia directa del ejercicio de sus actividades o funciones políticas, públicas, sociales o humanitarias, o en razón al ejercicio de su cargo. Teniendo en cuenta lo anterior, el ministerio del interior dentro de sus funciones tiene la de diseñar e implementar las políticas públicas de protección, promoción, respeto y garantía de los derechos humanos en coordinación con las demás entidades competentes. El ministerio del interior el 26 de 2011, expide el decreto No.4912 de 26 de diciembre de 2011, por medio del cual se organiza el Programa de Prevención y Protección de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de personas, grupos y comunidades del Ministerio del Interior y de la Unidad Nacional de Protección. El artículo 6 del decreto antes mencionado, en su numeral 17, reza:” Protección de personas en situación de riesgo extraordinario o extremo. Son objeto de protección en razón del riesgo: 17.Servidores públicos, con excepción de aquellos mencionados en el numeral 10 del presente artículo, y los funcionarios de la Procuraduría General de la Nación y
ción en razón del riesgo: 17.Servidores públicos, con excepción de aquellos mencionados en el numeral 10 del presente artículo, y los funcionarios de la Procuraduría General de la Nación y la Fiscalía General de la Nación quienes tienen su propio marco normativo para su propia protección. Parágrafo 2. La protección de las personas mencionadas en los numerales 16 a 19 será asumida por la Unidad Nacional de protección y la Policía Nacional. La Policía Nacional asignara los hombres y mujeres de protección y la Unidad Nacional de Protección los recursos físicos y los escoltas, en aquellos casos en que se implementen esquemas de protección con vehículo” Según lo establecido anteriormente, es claro que le corresponde a la Unidad Nacional de Protección y a la Policía Nacional, la protección de las personas establecidas dentro de los numerales 16 a 19 y el numeral 17 del decreto en mención cuando señala -los servidores públicos-, se entiende que todos los servidores pú- blicos que se encuentren en situación de riesgo extraordinario o extremo, por lo cual dentro de este numeral encaja la calidad de Contralor de Cundinamarca dada su condición de servidor público y la situación de riesgo padecida. Que por lo anteriormente expuesto, no le corresponde a la Auditoria General de la Republica dar visto bueno o viabilidad para contratar con recursos de la entidad,AUDITORIA Control fiscal con pedagogía social GENERAL DE LA REPÚBLICA el blindaje del vehículo que la Gobernación dio en comodato a este órgano de control para el cumplimiento de las labores del señor Contralor. Este concepto se emite dentro de los parámetros establecidos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo, por lo tanto no tiene carácter obligatorio,
trol para el cumplimiento de las labores del señor Contralor. Este concepto se emite dentro de los parámetros establecidos en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo, por lo tanto no tiene carácter obligatorio, ni fuerza vinculante.
Proyectó: MARIA CAROLINA CARRILLO SALTAREN - Asesor 10 No. 17-13 1 vw auditoria
PBX: [571] S186:
Correo-E: