🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

AGR- Concepto 110.093 de 2024- De la consulta en concreto

Auditoría General de la Nación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
AGR- Concepto 110.093 de 2024- De la consulta en concreto
Autor
Auditoría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2024

Bogotá D. C., noviembre de 2024 Dra.

ERIKA SOLABYS MARIN CHICA

director@contraloriamanizales.gov.co

Referencia: Concepto No. 110.093.2024

SIA-ATC No. 012024001028

Respetada Sr. Marín Chica: fifififiefiI.9.fi!fi ,, ' fiONSOUDANOO EL CONTROL FISCAL

Rad. 2024110029 Fecha 15/11/2024 La Auditoría General de la República recibió su requerimiento en el correo electrónico del 04 de octubre de 2024, radicado con No. 2101-202402581 bajo el SIA-ATC. No. 012024001028, en el que hace las siguientes consultas: « Se solicita de manera respetuosa concepto de su parte que indique la metodología a utilizarse para cumplir con el indicador de evaluación: Número de cuentas rendidas durante la vigencia debidamente revisadas con pronunciamiento/ número total de cuentas rendidas durante la vigencia, con el fin de obtener la certificación de las Contraloría General del Municipio de Maniza/es.» Antes de proceder a dar respuesta a lo planteado, debemos indicar que, teniendo en cuenta las funciones constitucionales y legales asignadas a la Auditoria General de la República, no puede este ente de control tener injerencia en la toma de decisiones que sean de competencia de las entidades vigiladas (contralorias y fondos de bienestar social de las mismas) o de sus sujetos de vigilancia, dado que no le es posible coadmlnistrar o ser juez y parte. Por tanto, nos abstenemos de emitir conceptos sobre asuntos o situaciones Individuales o concretas que puedan llegar a ser sometidos a nuestra vigilancia, por lo cual, se abordará el tema de manera general y abstracta.

o ser juez y parte. Por tanto, nos abstenemos de emitir conceptos sobre asuntos o situaciones Individuales o concretas que puedan llegar a ser sometidos a nuestra vigilancia, por lo cual, se abordará el tema de manera general y abstracta. Respecto a la función de la AGR, el sentido, alcance, delimitación y competencia del ejercicio del control fiscal en Colombia, la Corte Constitucional se pronunció entre otras en la Sentencia C - 1176 de 20041, señalando: «Por disposición constitucional, la vigilancia de la gestión fiscal de la Contra/orla General de la República Je corresponde a la Auditoria, sin que por tal circunstancia, ésta pueda convertirse en ente superior de aquella en cuanto al direccionamiento de la vigilancia y control fiscal, pues la atribución constitucional conferida a la Auditoria solo se restringe a la vigilancia de la gestión fiscal de la Contra/orla General, según así lo precisa la propia Constitución (. . .)» (Negrilla fuera de texto original). Así mismo, le indicamos que de conformidad con el numeral 3º del articulo 18 del Decreto 1 Corte Constitucional, Sentencia C-1040 de 2004, expediente D-5214, demanda de inconstitucionalidad contra el numeral 8° del articulo 4° del Decreto Ley 267 de 2000, "Por el cual se dictan normas sobre orgwiización y funcionamiento de la Contralorla General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones". Actora: Clara Eugenia López Obregón. Magistrada Ponente: Clara Inés Vargas Hemández. Bogotá D.C., veinticuatro (24) de noviembre de dos mil cuatro (2004).

Eugenia López Obregón. Magistrada Ponente: Clara Inés Vargas Hemández. Bogotá D.C., veinticuatro (24) de noviembre de dos mil cuatro (2004). Avenida calle 26 No. 69-76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D. C.

PBX: (571) 3186800 -381671 O-Línea gratuita de atencíón ciudadana: 018000-120205

O auditoriageneral ■auditoriagen GI auditoriagen l!!Jauditoriageneralcol participacion@auditoria.gov.co www.audltorla.gov.coConcepto 110.093.2024

SIA-ATC. 012024001028

Página 2 de 4

AUDITORÍA E11oiERAL DE LA AEMUCA CClO.,;!lf,.

CONSOLIDANDO El CONTROL FISCAL - Ley 272 de 2000 «Por el cual se determina la organización y funcionamiento de la Auditoría General de la República», es función de la Oficina Jurídica «Emitir los conceptos jurídicos sobre temas de control fiscal y administrativos que le sean solicitados por el Auditor General o los requeridos por las demás dependencias del organismo», los cuales abordan los temas de manera general y abstracta, sin que tengan el carácter de fuente normativa, buscando solamente orientar y facilitar la aplicación normativa jurídica, más no la solución directa al problema jurídico planteado, por lo tanto, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución. Este Despacho para brindar elementos de juicio que contribuyan al debate académico y permitan al consultante dilucidar parte de la problemática planteada traerá a colación las normas, jurisprudencia y doctrina referentes que se encuentra al alcance de todos, exponiendo algunas consideraciones jurídicas, para así emitir concepto de manera general

permitan al consultante dilucidar parte de la problemática planteada traerá a colación las normas, jurisprudencia y doctrina referentes que se encuentra al alcance de todos, exponiendo algunas consideraciones jurídicas, para así emitir concepto de manera general y abstracta abordando los siguientes temas: 1) De la consulta en concreto l. De la consulta en concreto. De acuerdo con las especificaciones consignadas en las fichas técnicas de la metodología en su versión 5.0, el indicador PA6 tiene como finalidad evaluar el cumplimiento de la función de las Contralor( as en relación con la revisión y el pronunciamiento sobre las cuentas rendidas por los sujetos y puntos de control bajo su jurisdicción. Este indicador busca asegurar que los informes financieros presentados por las entidades auditadas sean debidamente analizados y que se emita un pronunciamiento técnico, verificando la transparencia y legalidad en el manejo de los recursos públicos. Para alcanzar dicho objetivo, las Contralor! as deben adoptar los procedimientos y normas establecidos en la Guía de Auditoria Territorial (GAT) 3.0, con especial atención en el numeral 1.2.3.1, que define las auditorías de tipo financiero y de gestión. Estas auditorías representan una herramienta integral para evaluar la precisión, cumplimiento y eficiencia en la administración de los recursos, y su implementación permite a la Contrataría emitir pronunciamientos específicos sobre las cuentas rendidas, de acuerdo con los principios de transparencia y rendición de cuentas. El proceso de auditoría, de acuerdo con el numeral mencionado, comprende una revisión exhaustiva de los estados financieros y el cumplimiento de los objetivos de gestión de cada entidad. De esta manera, las Contralorías pueden garantizar que el análisis de las cuentas

El proceso de auditoría, de acuerdo con el numeral mencionado, comprende una revisión exhaustiva de los estados financieros y el cumplimiento de los objetivos de gestión de cada entidad. De esta manera, las Contralorías pueden garantizar que el análisis de las cuentas rendidas sea completo y refleje fielmente la situación financiera de la entidad auditada. Sin embargo, es importante resaltar que el GA T 3.0 también reconoce la posibilidad de utilizar procedimientos especiales de fenecimiento en aquellos casos donde las limitaciones organizacionales o de recursos dificulten la aplicación de una auditoría financiera y de gestión completa. Estos procedimientos especiales, aunque menos exhaustivos, permiten a las Contralorías cumplir con sus responsabilidades de pronunciamiento de acuerdo con sus capacidades institucionales. En este contexto, el indicador PA6 representa un instrumento esencial para medir y evaluar el desempeño de la Contraloría en la revisión de cuentas rendidas. La correcta implementación de los procedimientos definidos en el GAT 3.0 garantiza que las Avenida calle 26 No. 69 - 76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D. C.

PBX: [S71) 3186800 -381671 O -Línea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205

O auditoriageneral ■auditoriagen l'J auditoria gen fflauditoriageneralcol participacion@aud itoria.gov.co www.audltorla.gov.coConcepto 110.093.2024

SIA-ATC. 012024001028

Pá ina 3 de 4 Contralorías estén cumpliendo con su mandato constitucional de control fiscal y con el principio de eficiencia en la supervisión de los recursos públicos.

SIA-ATC. 012024001028

Pá ina 3 de 4 Contralorías estén cumpliendo con su mandato constitucional de control fiscal y con el principio de eficiencia en la supervisión de los recursos públicos. Además, sobre este tema, la Guía de Auditoría Territorial GAT 4.0, establece lo siguiente: También podrá efectuarse el pronunciamiento sobre el fenecimiento de la cuenta, a través de un procedimiento especial breve de Auditoría financiera de gestión y resultados, aplicando los criterios determinados en el numeral 1.4.1.2 Fenecimiento de la cuenta, de este Capítulo 1 (Anexo 12-AFGR Procedimiento Auditoría abreviada y Papel de Trabajo 13 AFGR Matriz gestión auditoría abreviada). Es importante señalar que, en la última versión de la Guia de Auditoría Territorial (GAT) 4.0, se permite emitir el pronunciamiento de fenecimiento mediante una auditoría financiera y de gestión abreviada, cuya estructuración queda a cargo de cada contraloría. Este procedimiento, sin embargo, está restringido a sujetos de control clasificados como de bajo riesgo fiscal, siempre que la cuenta anterior haya sido fenecida y no se hayan identificado hallazgos fiscales en la última auditoria practicada. Además, la guía establece que este procedimiento no es aplicable para los departamentos y, en el caso de los municipios, solo se permite para aquellos clasificados en la sexta categoría. De esta forma, se habilita la posibilidad de realizar una auditoría financiera, de gestión y de resultados abreviada para emitir el fenecimiento de las cuentas, siempre que se cumplan los criterios mencionados. Esta alternativa permite optimizar recursos sin afectar la calidad

De esta forma, se habilita la posibilidad de realizar una auditoría financiera, de gestión y de resultados abreviada para emitir el fenecimiento de las cuentas, siempre que se cumplan los criterios mencionados. Esta alternativa permite optimizar recursos sin afectar la calidad ni la precisión de los resultados, contribuyendo así a la consolidación de los resultados del indicador PA6. En los anteriores términos consideramos atendidas sus inquietudes, esperando haber dado claridad sobre las mismas, anotando que el presente concepto se emite en los términos del articulo 28 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA) sustituido por el articulo 1 ° de la Ley 1755 de 2015 «Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un titulo del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo», con carácter orientador tal como lo determina la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de Consejo de Estado en Auto del 19 de mayo de 2016 dentro del expediente radicado 20392 - 25000-23-37-000-2012-00320-01: «( ... ) el articulo 253 del Decreto 01 de 1984 (hoy regulado en términos similares por el articulo 28 de la Ley 1437 de 2011) prevé la consulta como una forma de ejercer el derecho de petición. La respuesta que da la administración se llama concepto y, en general, nace de la obligación de atender solicitudes de información sobre las materias que tiene a cargo. Los conceptos sirven para orientar a los asociados sobre alguna cuestión que puede afectarlos. Pero eso no indica que siempre se trate de una manifestación unilateral de voluntad y, por ende, capaz de producir

materias que tiene a cargo. Los conceptos sirven para orientar a los asociados sobre alguna cuestión que puede afectarlos. Pero eso no indica que siempre se trate de una manifestación unilateral de voluntad y, por ende, capaz de producir algún efecto jurídico general y abstracto. De hecho, los conceptos que emite la administración en relación con las materias que tienen a cargo no comprometen su responsabilidad 'ni serán de obligatorio cumplimiento o ejecución'» (Resaltamos en negrilla) Avenida calle 26 No. 69 - 76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D. C.

PBX: [S71] 3186800 -3816710-Unea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205

O auditoriageneral ■ auditoriagen GI auditoriagen mauditoriageneralcol participacion@auditoria.gov.co www.audltorla.gov.coConcepto 11 O. 093.2024

SIA-ATC. 012024001028

Página 4 de 4 AUDITORÍA f"'1El:'AI DE U PEot/9UC4 (Ol0._.91'- CONSOLID,\HDO El CONTROL FISCAL Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Auditoría General de la República relacionados en el presente concepto pueden ser consultarlos en el siguiente enlace: http: //www.auditoria.gov.co/web/guest/auditoria/normatividad/conceptos-juridicos Para este Despacho es importante conocer la percepción sobre la atención brindada, para lo cual, adjunto a la presente encontrará un formato de encuesta para que lo diligencie y nos lo remita a la dirección de correspondencia Calle 26 Nro. 69-76 Piso 17, Edificio Elemento, Torre 4 de Bogotá o al correo electrónico juridica@auditoria.gov.co Si para usted

nos lo remita a la dirección de correspondencia Calle 26 Nro. 69-76 Piso 17, Edificio Elemento, Torre 4 de Bogotá o al correo electrónico juridica@auditoria.gov.co Si para usted resulta más cómodo, también puede diligenciarla de manera virtual a través de nuestra página web www.auditoria.gov.co ingresando por el botón SIA, seleccionar la opción SIA ATC ATENCIÓN AL CIUDADANO, luego, seleccionar el botón Encuesta de Satisfacción e ingresar los dígitos del código SIA-ATC que aparecen en la referencia de la presente comunicación y la contraseña 937b031 a. También puede consultar su solicitud en el botón Consultar Solicitud ingresando igualmente el mismo código SIA-ATC y contraseña. Atentamente, Di ctor Oficiljla Jurí ica 1 • Anexo: Forfioe;cuesta de satisfacción 1 ! l 1

Prbyectado por: ! Revisado oor: 1 Aprobado oor: , Nombre v Careo Gustavo Adolfo Escudero Aranda -Asesor de Depsacho - Despacho Auditora General

William David Barón Granados -Abocado Oficina Jurídica Roaue Luis Conrado lmitola - Director Oficina Jurídica Rooue Luis Conrado lmitola -Director Oficina Jurídica Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes v. oor lo tanto, baio nuestra resoonsabilidad lo ore sentamos oara le firma. Avenida calle 26 No. 6976 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D. C.

PBX: [571] 3186800 -3816710 -Linea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205

Avenida calle 26 No. 6976 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D. C.

PBX: [571] 3186800 -3816710 -Linea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205

O auditoriageneral ■auditoriagen B auditoriagen mauditoriageneralcol participacion@auditoria.gov.co www.audltorla.gov.co

Consultar sobre este documento ...