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AGR - Resolución Ordinaria No. 0536 de 2025

Auditoría General de la República

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Detalles

Título
AGR - Resolución Ordinaria No. 0536 de 2025
Autor
Auditoría General de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2025

a AUDITORÍA

Ñ CONSOLIDANDO EL CONTROL FISCALResolución Ordinaria 0536 de 2025 Página 1 de 4 ( J Dy) «Por la cual se ofrecen unos bienes muebles de propiedad de la Auditoria General dela República para su enajenación a titulo gratuito entre Entidades Públicas» LA DIRECTORA DE RECURSOS FÍSICOS DE LA AUDITORÍA GENERAL DE LAREPUBLICA, En ejercicio de las facultades otorgadas mediante la Resolución Reglamentaria No. 002 del14 de febrero de 2022, y CONSIDERANDO: Que la Auditoría General de la República es un organismo que ejerce la vigilancia y elcontrol fiscal de la Contraloría General de la República, de las contraloríasdepartamentales, distritales y municipales y de los fondos de bienestar social de todas lascontralorías, dotado de autonomía jurídica, administrativa, contractual y presupuestal,creado, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 de la Constitución Política,modificado por el artículo 5° del Acto Legislativo 04 de 2019; y los artículos 1° a 6° delDecreto Ley 272 de 2000, modificados por el artículo 156 del Decreto Ley 403 de 2020. Que el artículo 6° del Decreto Ley 272 de 2000, determina que en ejercicio de la autonomíaadministrativa, jurídica, contractual y presupuestal, corresponde al Auditor General de laRepública suscribir en nombre y representación de la entidad los actos y contratosrequeridos para el cabal cumplimiento de sus funciones, sin perjuicio de la delegación quepara el efecto realice, de acuerdo con lo dispuesto por el Estatuto de Contratación de laAdministración Pública, el referido decreto ley 272 de 2000 y las demás normas vigentessobre la materia.

Que el artículo 9° de la Resolución Reglamentaria No. 002 de 2022 señala que: «Delegar en el Directorde Recursos Físicos de la Auditoría General de la República,como líder del Equipo Técnico e interdisciplinario de Bajas, la expedición del actoadministrativo mediante el cual se ordene dar de baja los bienes muebles de laentidad; gestionar su venta, destrucción, traspaso o donación, así como lasuscripción de todos los documentos que resulten necesarios para el cabalcumplimiento de la función encomendada». Que la administración pública está facultada para asumir la responsabilidad en el manejode sus bienes, así como para diseñar, adoptar, desarrollar los mecanismos de control,racionalización, buen uso y destinación de los bienes a su cargo. Que el artículo 6° de la Ley 489 de 1998 consagra: «Principio de coordinación. En virtud del principio de coordinación y colaboración,las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de susrespectivas funciones y se abstendrán de impedir o estorbar su cumplimiento por losórganos, dependencias, organismos y entidades titulares». Avenida calle 26 No. 69 - 76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D. C.PBX: [571] 3186800 - 3816710 -Línea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205auditoriageneral EYauditoriagen Ed auditoriagen EJauditoriageneralcolparticipacion@auditoria.gov.cowww.auditoria.gov.coResolución Ordinaria de 20252536 AUDITORÍA

NSOLIDANDOEL CONTROL FISCAL Página 2 de 4

Que el artículo 2.2.1.2.2.4.3. del Decreto 1082 de 2015 en relación con la enajenación debienes muebles a título gratuito entre Entidades Estatales señala: «Artículo 2.2.1.2.2.4.3. Enajenación de bienes muebles a título gratuito entreEntidades Estatales. Las Entidades Estatales deben hacer un inventario de losbienes muebles que no utilizan y ofrecerlos a título gratuito a las Entidades Estatalesa través de un acto administrativo motivado que deben publicar en su página web. La Entidad Estatal interesada en adquirir estos bienes a título gratuito, debemanifestarlo por escrito dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fechade publicación del acto administrativo. En tal manifestación la Entidad Estatal debe señalar la necesidad funcional quepretende satisfacer con el bien y las razones que justifican su solicitud. Si hay dos omás manifestaciones de interés de Entidades Estatales para el mismo bien, la EntidadEstatal que primero haya manifestado su interés debe tener preferencia. Losrepresentantes legales de la Entidad Estatal titular del bien y la interesada en recibirlo,deben suscribir un acta de entrega en la cual deben establecer la fecha de la entregamaterial del bien, la cual no debe ser mayor a treinta (30) días calendario, contados apartir de la suscripción del acta de entrega». Que la Auditoría General de la República, mediante Resolución Ordinaria No. 0801 del 19de octubre de 2023, ordenó dar de baja algunos bienes muebles propiedad de la Entidadque cumplieron con las características, y se ordenó realizar el retiro definitivo de los bienes,agotando el trámite de enajenación a través de intermediarios idóneos, o mediante eltrámite de enajenación a título gratuito a otras entidades del Estado o por destrucción segúncorresponda.

Que el listado de los bienes para la enajenación a título gratuito de la Resolución No. 0801de 2023, correspondiente al Lote 2 es el siguiente: No. | PLACA DESCRIPCIÓN FECHA DE UBICACIÓN VALOR DEPRECIACIÓN | VALORCOMPRA COMPRA ACUMULADA LIBROS1 SALIDA DE SONIDO Calle 16 #9N/A s0CABINA ACTIVA MARCA: 30 edificio9790 BEHRINGER 29/10/2012 caja Agraria | $1.223.800REFERENCIA: B1115D piso 5 enSERIAL:51204246AEB Valledupar$1.223.800 $0 Que de acuerdo con el cuadro anterior el valor total en inventarios, de los bienes que seenajenarán a título gratuito a otras entidades públicas, almacenados en la Calle 16 # 9-30edificio caja Agraria piso 5, Contraloría del Cesar, asciende a la suma de UN MILLÓNDOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL OCHOCIENTOS PESOS M/CTE ($1.223.800). Que, por lo tanto, es procedente ofrecer a título gratuito a todas las entidades públicas losbienes muebles relacionados en este acto administrativo. Que, de conformidad con lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Ofrecer a título gratuito a todas las entidades públicas de cualquier orden losbienes muebles de propiedad de la Auditoría General de la República, que se relacionan acontinuación: No. PLACA DESCRIPCIÓN UBICACIÓN1 9790 SALIDA DE SONIDO CABINA ACTIVA MARCA: BEHRINGER RECalle 16 # 9-30 edificio caja—___| FERENCIA: B1115D SERIAL:51204246AEB _Agraria piso 5 en Valledupar

Avenida calle 26 No. 69 - 76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D.C.PBX: [571] 3186800 - 3816710 -Línea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205E auditoriageneral EYauditoriagen Edauditoriagen Edauditoriageneralcolparticipacion@auditoria.gov.cowww.auditoria.gov.co¿AUDITORÍA \ CONSOLIDANDO EL CONTROL FISCALResolución Ordinaria ©937F de 2025 Página 3 de 4 Articulo 2°. Publicar en la pagina Web de la Auditoria General de la Republica el presenteacto administrativo por el término de treinta (30) dias calendario contados a partir de lafecha de su publicación. Parágrafo 1°. Para todos los efectos, las entidades públicas de cualquier orden interesadasen la enajenación a título gratuito de los bienes muebles manifestarán su interés por escritoexclusivamente al correo rfisicos@auditoria.gov.co dentro de los treinta (30) días calendariosiguientes, contados a partir de la fecha de publicación del presente acto administrativo. Ental manifestación la Entidad Estatal deberá:

a) Identificar de forma clara y expresa los bienes sobre los cuales manifiesta su interés;b) Indicar la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien;c) Señalar las razones que justifican su solicitud;d) Declarar expresamente que suscribirá el acta de entrega de los bienes y que aceptarálos mismos en el estado que se encuentren, comprometiéndosea retirarlos de las ins-talaciones de la Auditoría General de la República a más tardar a los treinta (30) díascalendario siguientes, contados a partir de la suscripción de dicha acta, en caso deresultar adjudicatario;e) Expresar su compromiso de asumir la totalidad de los gastos que represente el retirode los bienes objeto de la solicitud;f) Suscribir la solicitud por el representante legal de la entidad y/o el funcionario facultadopara el efecto, adjuntando la totalidad de la documentación que acredite tal condición. Parágrafo 2°. En el evento de existir dos o más manifestaciones de interés de diferentesentidades públicas de cualquier orden, por uno o varios bienes, se entregarán a aquellaentidad que hubiere manifestado primero y por escrito, su interés ante la Auditoría Generalde la República. Artículo 3°. Notificar a la(s) entidad(es) adjudicataria(s) de los bienes muebles objeto de lapresente, al correo electrónico y/o domicilio del edificio sede que reposa en sumanifestación de interés, informándole(s) la fecha en que deberán suscribir el acta deentrega. Artículo 4°. Ordenar al funcionario responsable del almacén de la Auditoría General de laRepública proyectar el acta de entrega de los bienes para la firma del representante legalde la(s) entidad(es) beneficiaria(s) adjudicataria(s) o el funcionario facultado para el efectoy el representante de la Auditoría General de la República.

Artículo 5°. Realizar la entrega de los bienes en un término no mayor a treinta (30) díascalendario, contados a partir de la suscripción del acta. Parágrafo 1°. Los bienes muebles se entregarán en las condiciones y estado en que seencuentren en la Calle 16 # 9-30 edificio caja Agraria piso 5, Contraloría del Cesar. Parágrafo 2°. Los bienes muebles objeto de la presente enajenación a título gratuito noson susceptibles de devolución u objeciones por parte de la(s) entidad(es) a la cual se leadjudique. Debe(n) recibirlos en el estado y lugar en que se encuentren, asumiendo latotalidad de los gastos que represente el retiro de los bienes adjudicados. Parágrafo 3°. En el evento que la(s) entidad(es) beneficiaria(s) no proceda(n) al retiro delos bienes muebles dentro del término indicado en el presente artículo, perderá(n) elbeneficio a los bienes enajenados a título gratuito, sin que se genere responsabilidadalguna por parte de la Auditoría General de la República, de lo cual se dejará constancia,con el fin de proceder a ofertarlos nuevamente. Artículo 6” La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Avenida calle 26 No. 69 - 76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D. C.PBX: [571] 3186800 - 3816710 -Línea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205EBauditoriageneral EYauditoriagen Edauditoriagen EJauditoriageneralcolparticipacion@auditoria.gov.cowww.auditoria.gov.coAUDITORÍA

CONSOLIDANDO EL CONTROL FISCAL Resolución Ordinaria © 536 de 2025 Página 4 de 4

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C, alos MA SL0MARTHA LUCIA HUERTAS CONDEDirectora Recursos Físicos NOMBRE - CARGO oProyectado por: ¡Ana Milena Doneys Trujillo - Profesional Especializada Oficina Jurídica (ULRevisado por: Helton David Gutiérrez González — Director Oficina Juridica A_ Lina María Vega CaroAsesora Grado 01 Dirección Recursos Físicos AesAprobado por: Martha Lucía Huertas Conde - Directora Recursos Físicos. mtmLos funcionarios mencionados declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas ydisposiciones legales vigentes y, por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para firma Avenida calle 26 No. 69 - 76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D.C.PBX: [571] 3186800 - 3816710 -Línea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205EB auditoriageneral EJauditoriagen EJ auditoriagen Bauditoriageneralcolparticipacion@auditoria.gov.cowww.auditoria.gov.co

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