AGR - Resolución Org. 012 - Regula Sist. Int. Gestión, Funcionamiento Comité Sist. Control Inteno y Equipo MECI
Auditoría General de la Nación
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Detalles
- Título
- AGR - Resolución Org. 012 - Regula Sist. Int. Gestión, Funcionamiento Comité Sist. Control Inteno y Equipo MECI
- Autor
- Auditoría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- —
ÁUDITOlRÍA GENERAi. DE 1.A REPÚBl.lCA Resolución Or¡gánica No. 012 de 2014 (30 de Mayo de 2014) "Por la cual se regula el Sistema de Gestión Integral, fiI funcionamiento del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y del Equipo Técnico MECI-Calidad, de la Auditoría General de la República" LA AUDITORA GENERAL DE LA AUDITORÍA GENERAL C>E LA REPÚBLICA En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 13 y 17 del Decreto Ley 272 de 2000; y CONISIDERANDO: Que el Decreto 272 de 2000, por el cual se determina la organización y funcionamiento de la Auditoría General de la República, artícülo 17, establece entre las funciones del Auditor General de la República, la de asignar a las 'distintas dependencias y funcionarios de la Auditoría General de la República I.¡¡¡s competencias y tareas necesarias para el cabal cumplimiento de las funciones confit)t®!Cionales y legales, para lo cual podrá conformar equipos de trabajo y dictar los reglamehtos internos que se requieran, así como delegar y desconcentrar las funciones a que hubiere lugar, con sujeción a las disposiciones constitucionales y legales vigentes. Que la Ley 87 de 1993, por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado, artículo 13, establece que todos los organismos públicos deberán establecer, al más alto nivel jerárquico, un Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de.la organización.
organismos públicos deberán establecer, al más alto nivel jerárquico, un Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de.la organización. Que la Ley 872 de 2003, por la cual se crea el Sistema de Gestión de Calidad, artículo 3, parágrafo único, establece que dicho sistema es complementario con el Sistema de Control Interne. Que la Circular No. 03 de 2005 expedida por el Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno de las entidades del orden Nacional y Territorial, señala que de conformidad con la Ley 872 de 2003, el Comité de Coordinación de Control Interno puede asumir las veces del Comité de Calidad, que comúnmente se conforma al interior de la Entidad para implementar el Sistema de Gestión de la Calidad y el Equipo MECI, homologarse al equipo de Calidad que se conforma para apoyar la implementación del Sistema de Calidad a través del Representante de la Dirección. Que el Decreto 2145 de 1999, por el cual se dictan normas sobre el Sistema Nacional de Control Interno de las Entidades y Organismos de la Administración Pública del Orden Nacional y Territorial y se dictan otras disposiciones, artículo 50, literal d), establece que el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno Institucional, previsto en el artículo H,fi_fia la Excelencia yJfi!.)nno,fifiS!fifien el Control Fiscal
i\v La Esperanza entre carreras 60 y 64, Ed. Gran Estación 11, piso 1 O costac1o occidental ··· PBX 15 7 ·¡] 3186800 •. 381671 O Línea Craluila O HlOOO 120205Sitio Web: www.auditoria.qov.co - Correo-E: par\icípación@aurJiloría gov co •··· Bogotá D.C. - Colombia
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Versión 3.1 - 23/06/10AUDITORÍA (:íÉNE:RAL OE: LA REPÚBLICA Continuación de la RESOLUCIC)N ORGÁNICA No. 012 del 30 de Mayo de 2014 "Por la cual se regula el Sistema de Gestión Integral y el funcionamiento del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y del Equipo Técnico MECI-Calidad, de la Auditoría General de la República" Hoja No. 2 de 2 13 de la Ley 87 de 1993, será responsable como órgano de coordinación y asesoría, del diseño de estrategias y políticas orientadas al fortalecimiento del Sistema de Control Interno Institucional, de conformidad con las normas vigentes y las características de cada organismo o entidad. Que el Decreto 2913 de 2007 considera que el Modelo Estándar de Control Interno y el Sistema de Gestión de Calidad son complementarios, por cuanto tienen como propósito común el fortalecimiento institucional, la modernización de las instituciones públicas, el mejoramiento continuo, la pmstación de servicios con calidad, la responsabilidad de la Alta Dirección y los funcionarios en el logro de los objetivos, por lo tanto, su implementación debe ser un proceso armónico y complementario. Que la Circular No. 1000-002-07, del Departamento Administrativo de la Función Publica.
Dirección y los funcionarios en el logro de los objetivos, por lo tanto, su implementación debe ser un proceso armónico y complementario. Que la Circular No. 1000-002-07, del Departamento Administrativo de la Función Publica. recomienda que, para efectos de la implementación del Modelo Estándar de Control Interno - MECI y el Sistema de Gestión de Calidad NTCGP 'I 000 de 2004, el Comité de Coordinación de Control Interno, como máxima autoridad decisoria, podrá asumir las funciones que le corresponden al Eiquipo directivo en materia de calidad. Así mismo, recomienda que sea un solo equipo el responsable de la implementación correspondiente, con el ánimo de reducir costos y en la búsqueda de una mayor efk:;iencia y eficacia institucional. Que el Decreto 943 de 2014 adopta la actualización del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano (MECI), en el cual,. se determinan las generalidades y estructura necesaria para establecer, implementar ·y fortalecer un Sistema de Control Interno en las entidades. Que es necesario ajustar y precisar el obj,fiJivo dél Sistema de Gestión Integral de la Auditoría General de la República y actualizartlas funciones del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y la delegación del Representante de la Dirección para el Sistema de Gestión Integral, de acuerdo con la normatividad vigente y mantener esta regulación en un solo acto administrativo con el fin de facilitar su estudio, consulta y aplicación. Que por lo expuesto anteriormente,
RESUELVE: CONSOLIDACIÓN DEL. SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL Artículo 1 º. Definición del Sistema de Gestión Integral de la Auditoría General de la
aplicación. Que por lo expuesto anteriormente,
RESUELVE: CONSOLIDACIÓN DEL. SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL Artículo 1 º. Definición del Sistema de Gestión Integral de la Auditoría General de la República. El Sistema de Gestión lnt13gral -SGIde la AGR es el conjunto de elementos interrelacionados que permiten dírigír, evaluar y mejorar el desempeño institucional, integrando el Marco Jurídico Vinculante, el marco estratégico vigente, el Sistema de Control Interno y el Sistema de GEfistión de Calidad, fundamentados en una cultura organizacional de innovación, aprendizaje y mejoramiento continuo. Estos elementos, en su conjunto, favorecen el fortalecimiento y la modernización de la gestión institucional.
2 Hada la Excelencia la Innovación en el Control Fiscal Av. La entre carreras 130 y 64, Ed. G1an i:slación 11, piso 1 O costado occidenlí1! ••• PBY U nea Cr:11uil,1 O I flOOO 120205 Wet1 www aurJito1'ii1.gov.co - Correo-E: participación@aurJiloria.gov co 1] 31 .. 38'.C'i Bo(JOl{i Df .. Clllu1; !):;¡
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Versión 3.1 - 23/06/1 oAUDITOffiÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNIC.A No. 012 del 30 de Mayo de 2014 "Por la cual se regula el Sistema de Gestión Integral y el funcionamiento del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y del Equipo Técnico MECI-Calidad, de la Auditoría General de la República" Hoja No. 3 de 2
regula el Sistema de Gestión Integral y el funcionamiento del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y del Equipo Técnico MECI-Calidad, de la Auditoría General de la República" Hoja No. 3 de 2 Artículo 2º . Objetivo del SGI. El objetivo del SGI es gestionar los procesos de la entidad y sus interrelaciones como un sistema sostenible que aprende, lo que contribuye a la eficacia, eficiencia y efectividad en el cumplimiento de su función y en el logro de sus objetivos. Artículo 3º . Objetivos específicos del SGI. Son objetivos específicos del Sistema de Gestión Integral de la Auditoría General de la República los siguientes: a) Articular los requisitos de la norma del Sistema de Gestión de Calidad (SGC) y los elementos de control del Modelo Estándar de Control Interno (MECI), con el fin de garantizar la eficiencia, eficacia, transparencia y efectividad, optimizando los recursos y procesos. b) Promover la calidad de la gestión de la entidad, la implementación de un enfoque por procesos, el establecimiento e implementación de controles a la estrategia, la gestión y la evaluación y la búsqueda de la satisfacción de los clientes bajo el enfoque de VALOR PUBLICO. c) Impulsar la generación de una cultura organizacional y un marco estratégico, orientados a la calidad en la gestión, el autocontrol y el mejoramiento continuo, basados en las buenas prácticas reconocidas globalmente parn lograr la excelencia en la gestión. Parágrafo. Se conformará una comisión asesora permanente denominada "EQUIPO DE MODERN IZACIÓN INSTITUCIONAL" -EIMI-, con el fin de impulsar la implementación y el
Parágrafo. Se conformará una comisión asesora permanente denominada "EQUIPO DE MODERN IZACIÓN INSTITUCIONAL" -EIMI-, con el fin de impulsar la implementación y el desarrollo del componente de moder,nización institucional, consignado en la misión de la entidad. r/i Artículo 4º . Estructura y funciones del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno. La estructura y Equipo Técnico MECI-Cálidad de la Auditoría General de la República, serán las que se establecen a continuación: Comité de Coordinación del Sistema de Control Inte rno Artículo 5º . Definición. El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno es un órgano de coordinación y asesoría en la definición y orientación de las políticas, objetivos y metas del Sistema de Control Interno basado en e! Modelo Estándar de Control Interno MECI, y del Sistema de Gestión Integral y del Sistema de Gestión de Calidad, de la Auditoría General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 87 de 1993, su Decreto Reglamentario 1826 de 1994 y la Ley 872 de 2003. Artículo 6º . Miembros. El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno estará conformado por los siguientes funcionarios: a) El Auditor General de la República, quien lo presidirá. b) El Auditor Auxiliar, quien lo presidirá en awsencia del Auditor General. c) El Secretario General. d) El Auditor Delegado para la Vigilancia de la Gestión Fiscal. e) El Director de la Oficina Jurídica. 3 Hacia la Excelencia fa Innovación en el Control Fiscal
c) El Secretario General. d) El Auditor Delegado para la Vigilancia de la Gestión Fiscal. e) El Director de la Oficina Jurídica. 3 Hacia la Excelencia fa Innovación en el Control Fiscal fw l.a EsperanzJ entre carreras 60 y 64, Ed. Gran Es1ació11 IL piso 10 costac1o - F'r➔X [SIi] 3186800 -· 3815710 Craluii,1 01 flOOO 120205-- Silio Weti: www.audiloria.gov.co --· Correo-E pariicipación(ii>aurJiloria.gov.co -- Bo(Jotzi D.C. - Colornriia
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Versión 3.1 - 23/06/1 OAUDITORÍA CENÉRAL DE LA REPÚBLICA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. 012 del 30 de Mayo de 2014 "Por la cual se regula el Sistema de Gestión Integral y el funcionamiento del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y del Equipo Técnico MECI-Calidad, de la Auditoría General de la República" Hoja No. 4 de 2 f) El Director de la Oficina de Planeación. g) El Director de la Oficina de Control Interno, quien no tendrá derecho a voto y actuará como Secretario Técnico del Comité. h) El Director de la Oficina de Estudios Especiales y Apoyo Técnico.
- El Coordinador del Equipo MECI-Calidad.
Parágrafo 1 º. Se podrán invitar a participar en el Comité a los funcionarios y demás personas que el Presidente del mismo considere necesarias para el estudio de los temas a tratar. Artículo 7º . Funciones. El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, en
personas que el Presidente del mismo considere necesarias para el estudio de los temas a tratar. Artículo 7º . Funciones. El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, en armonía con lo dispuesto en el artículo 5º del Decreto 1826 de 1994 y el artículo 30 del Decreto Ley 272 de 2000, cumplirá las siguientes funciones: a) Asesorar al Auditor General de la República en la definición de políticas en materia de supervisión y control. b) Canalizar y orientar los mecanismos necesarios para la implantación y desarroll o del Sistema de Control Interno, proponiendo métodos de organización confiables para la evaluación del mismo. c) Fomentar en la entidad la formación de una cultura del autocontrol y autoevaluación que contribuya de manera permanente al cumplimiento de la misión institucioral. d) Recomendar pautas para la determinación; implantación, adaptación, complementación y mejoramiento permanente del Sistema de Control Interno de la entidad de conformidad con las normas vigentes. "' •. e) Estudiar y revisar la evaluación del cumplimiento d'e las metas y objetivos de la entidad dentro de las políticas y planes, así como recomendar las acciones necesarias. f) Asesorar al Auditor General en la definición .de planes estratégicos y en la evaluación del estado de cumplimiento de las metas y objetivos allí propuestos. g) Recomendar prioridades para la adopción, adaptación, adecuado funcionamiento y optimización de los sistemas de información gerencial, estadístico, financiero, de planeación y de evaluación de procesos, así como para la utilización de indicadores de gestión general y por áreas. h) Revisar el estado de ejecución de los objetivos, políticas, planes, metas y funciones que corresponden a cada una de las depeindencias de la entidad.
gestión general y por áreas. h) Revisar el estado de ejecución de los objetivos, políticas, planes, metas y funciones que corresponden a cada una de las depeindencias de la entidad. i) Coordinar con los líderes de procesos y las dependencias de la entidad el mejor cumplimiento de sus funciones y actividades. j) Presentar a consideración del Auditor General propuestas de modificación a las normas sobre control interno vigente en la entidad. k) Expedir su propio reglamento y el de los distintos subcomités de Coordinación del Sistema de Control Interno que se ornanicen. 1) Diseñar, formular y proponer, políticas, objetivos, metas y estrategias que orienten el diseño, implementación, mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión Integral incluyendo los Sistemas de Control Interno y de Gestión de Calidad, así como su revisión, encaminada a la satisfacción del cliente y al mejoramiento continuo de los servicios a cargo de la AGR. m) Garantizar la consecución de los recursos necesarios para la capacitación, el desarrollo y continuidad del Sistema de Gestión Integral. fa Innovación en el Control ,\v l.a Esperanza e11tre carreras 60 y fi4, Ed. Gran Estación 11, piso 1 O costado occidental ·• PBX Línea Gratuit3 O 18000 120205 Sitio WelJ www aurJitoria.gov.co - Correo-E participació11@aurJitoria.gov co 4 í] 3186800 ·· rn:CiiO Bü(lülá D.C. •· Colo11il1iz,
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Versión 3.1 - 23/06/1 OAUDITOR ÍA GE'.NER AL DE'. LA REPÚBLICA Continuación de la RESOLUCIÓN ORG ÁNI C.A No. 012 del 30 de Mayo de 2014 "Por la cual se regula el Sistema de Gestión In tegral y el funcionamiento del Comité de Coordinación del Sistema de Control In terno y del Equi po Técnico MEC' I-Calid ad, de la Auditoría Gener al de la República" Hoja No. 5 de 2 n) Promover el compromiso de la Alta Dirección y de todos los funcionarios de la Auditoría General de la República en el desarr ollo y mejoramiento del Sistema de Gestión Integral. o) Verificar que todos los procesos y procedimientos diseñados por la Entidad estén alineados con los propósitos y objetivos del Sistema de Gestión Integral. p) Estuc iar y aprobar las propuestas de mejoramiento, las iniciativas de gestión de brechas y la documentación del Sis tema de Gestión Integral formuladas por el Equipo Técnico MECICa lidad, los servidores públicos de la Auditoría General de la República y por la Oficina de Control Interno. q) Promover la revisión y mejora continua del Sistema de Gestión Integral. r) Verificar la implementación de acciones correctivas, preventivas y de mejora, originadas, en las diferentes fuentes de información de la entidad. s) Determinar mecanismos para estimular la innovación, la creatividad, la diferenciación y la capacidad de aprendizaje, en la gestión de la entidad. t) Las demás que le sean asignadas por la ley. Artíc ul o 8º .' Reuni ones. El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno
la capacidad de aprendizaje, en la gestión de la entidad. t) Las demás que le sean asignadas por la ley. Artíc ul o 8º .' Reuni ones. El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno sesionara por lo menos cada dos (2) meses. Ar tíc ulo 9º . Secretario. El Secretario del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno será el Director de la Oficina de Control Interno y cumplirá las siguientes funciones: a) Elaborar la agenda de cada reunión en coo rdinación con el Presidente del Comité. b) Remitir a los integrantes del Comité , con la debida anticipación, el orden del día propu esto, junto con los documentofi fioporte de los )témas a ser debatidos. c) Elaborar las actas de las sesiom8'§; y someterla s a consideración del Comité para aprobación. d) Suscribir las actas de sesión del Comité una vez aprobadas por los asistentes. e) Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por los responsables de los procesos. f) Las demás que en el reglamento se le establezcan. Artíc ulo 1 Oº . Representante de la Dirección para el Sistema de Gestión Integral. El Sistema de Gestión Integral tendré! un representante de la Dirección, actuando como tal, el Director de la Oficina de Planeación quien tendré1 las siguientes funciones: a) Di rigir y presentar al Comité de Coordinación del Sistema de Control Inter no el proyecto de diseño, puesta en marcha, mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión Integral. b) Asegurar la aplicación de los indicadores de gestión para el seguimiento peri ódico del Sistema de Gestión Integral e informar a la Alta Dirección sobre su desempeño y de cualquie r necesidad de mejora.
b) Asegurar la aplicación de los indicadores de gestión para el seguimiento peri ódico del Sistema de Gestión Integral e informar a la Alta Dirección sobre su desempeño y de cualquie r necesidad de mejora. c) Promover la toma de conciencia de los requisitos del cliente en todos los niveles de la entidad. • d) Liderar, a nivel institucional, la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión Integral, ejecutando las directrices establecidas por el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y el Auditor General. e) Presentar las propuestas formuladas por el Equipo Técnico MECI -Calidad, los servidores públicos de la Auditoría General de la República y por la Oficina de Hacia la Excelencia la Inno vación en el Cont rol Fisc a l 5 Av. l.él e11lre carreras 60 y 64, Ed. Gran Eslación 11, piso I O coslar1o occi de11:a1 •·· PGX [57 1] 3186800 .. 38167 1 O Unoa Graluila 01 BOOO 120205Silio Weti: www.auc1itoria.gov.co -·· Correo-E: parlicipación< .{1>aurJi loria gov.co Booolá D.C - Colorntiia
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Versión 3.1 - 23/06/10AU DITORÍ A GENERAL DE LA REPÚBUCA Con tin uación de la RESOLUCIC )N OR GAN IC A No. 012 del 30 de Mayo de 20 14 "P or la cual se
regula el Si stema de Gestión In tegral y el funcio nam ient o del Com ité de Coor di nación del Sist ema de Control Int erno y del Equip o Técnico ME CICalid ad, de la Aud itorí a Gen eral de la Repúbl ica" Hoja No. 6 de 2 Control Interno, dirigid as al mejoram iento del Sistema, ante el Com ité de Coordina ción del Sistema de Control Interno, para su estudio y aprobaci ón. f) Garantiz ar la mejora conti nu a del S1istema de Gestión Integral . g) Dirigir y coordin ar las activi dades del Equ ip o Técn ico MECI-Calid ad. h) Coordin ar con los lí deres de procesos y los directivos responsables de cada área las activi dades que requie ra realiz ar el Eq uip o Técnic o MECI-Calid ad, en armon ía y colaboración con los servidores de dicha s áreas. Equip o Téc nico ME CI -Cal idad Artículo 11 º . Equip o Técnic o MECI-Calidad . El Equip o Técn ico MECI-Calid ad estará conformado por servidores públic os de la Entid ad, de carácter mu ltidis ci pli nario, qu e tiene bajo su responsab il idad adelan tar los procesos de diseño, apoyo y coordina ci ón de la im plemen taci ón y mejora del Sistema de Gestión Integral de la AGR que comp rende el Modelo Estándar de Control Interno IVIECI y el Sistema de Gestión de la Cal id ad. Artículo 12 º . Miemb ros. El Equ ip o Técnic o MECI-Calid ad, está conformado por: Un (1) func iona rio de cada proceso de la Entid ad, como mínimo , determ in ado por los lí deres de
Artículo 12 º . Miemb ros. El Equ ip o Técnic o MECI-Calid ad, está conformado por: Un (1) func iona rio de cada proceso de la Entid ad, como mínimo , determ in ado por los lí deres de los procesos y dos (2) Asesores determi nados por el Auditor General. Artículo 13 º . Fun cio nes. Son funcion es del Equip o Técn ico MECI-Cali dad: a) Asesorar y servir de apoyo al Com ité de Coordina ci ó_.n del Sistema de Co ntrol In terno, al representante de la Dirección para el Sistema de Gé,stjón Integral y a sus coordi nadores, en las activid ades relacio nadas con la pl arfifica ción, diseño, im plemen taci ón, mant en imi ento y mejoram iento del Sistema de Gestió'h Integral (MECI-Calid ad). b) Asistir a las reu ni ones que sean convocadas y desarroll ar de acuerdo con los cronogramas estableci dos, las tareas relacion adas con la impl ement ación, mant enim ient o y mejora continua del Sistema de Gestión Integral. c) Servir de mul tipl icador de conocimi ento e impu lsar la apl icación del Sistema de Gestión Integral en sus respectivos procesos. d) Acom pañar a las dependencia s ein el proceso de docume ntación necesaria para el desarroll o del Sistema de Gestión ln te,gral en la entid ad. e) Proponer y ejecutar estrategias para la divu lgación, apl icación y sosteni bilid ad del Sistema de Gestión Integral . f) Evalua r, hacer segu im iento y recomend ar acciones de mejora al Sistema de Ge stión Integral. g) Em itir concept os ante el Comi té de Coordi nación de Control Interno respecto de la
Sistema de Gestión Integral . f) Evalua r, hacer segu im iento y recomend ar acciones de mejora al Sistema de Ge stión Integral. g) Em itir concept os ante el Comi té de Coordi nación de Control Interno respecto de la procedencia de modi ficaciones y actual izaciones de los procesos y procedim ien tos prop uestas por los líderes de procesos. h) Im pu lsar en la Audi toría General de la Repúblic a, la cu ltura de la calid ad en la gesti ón, el autocontrol, el enfoque hacia la satisfacci ón del cl iente y el mejoram ie nto cont in uo de la entid ad. i) Las demás fun cione s que IEfi asigne el Audit or General de la Repúblic a relacionadas con el Sistema de Gestión Integral. en la entidad. 6 la Innova ción en el Control Fisca l Av. La Esperanza entre carreras 60 y 64. F.cl. Gran Estación 11, piso 10 costado occ icie n!ai - f)Bl Línea Cra1ui1a O 1 flOOO 12 0205 --·- Silio Wetr www aucJil oria gov.co Correo-E: parlicípació n(ci)auclil oria gov co I] 31 86800 38 167 10 f3ogo lil D.C. ·· GD.233 P01 .F OG Versión 3.1 23/06/1 0AUDITO RÍA GENERAL OF; LA REPÚBLICA Continuación de la RESOLUCIÓN ORGÁNICf, No. 012 del 30 de Mayo de 2014 "Por la cual se regula el Sistema de Gestión Integral y el funcionamiento del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y del Equipo Técnico MECI--Calidad, de la Auditoría General de la República" Hoja No. 7 de 2
regula el Sistema de Gestión Integral y el funcionamiento del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y del Equipo Técnico MECI--Calidad, de la Auditoría General de la República" Hoja No. 7 de 2 Artículo 14 º . Co ordinador del Equipo Técnico MECI-Calidad. Actuará como coordinador del Equipo Técnico MECICalidad uno de los funcionarios que conforman el Equipo, quien será designado por el Representante de la Dirección. Artículo 15 º . Reuni ones. El Equipo Técnico deberá reunirse por lo menos una vez al mes. Artículo 16 º . Secretario. El Secretario del Equipo Técnico MECI-C alidad será el Coor dinador del mismo y cumplirá las siguientes funciones: a) Registrar, transcribir, custodiar y compilar todo lo tratado en las sesiones del Equipo Técnico MECI-Cal idad, lo cual constará en actas. b) Monit orear permanentemente la ejecución de las actividades prog ramadas para la implementación, mantenimiento y mejoramiento continuo del Sistema de Gestión Integral, presentando sugerencias de mejoramiento y reportando opo rtunamente las desviaciones al Representante de la Dirección, para que en tiempo real se apliquen las acciones preventivas, correctivas y de mejora. c) Propender por la continuidad del Sistema de Gestión Integral. d) Apoyar al Representante de la Dirección para el Sistema de Gestión Integral, en el desarro llo de sus funciones. Artículo 17 º . Quorum. Para los efectos del Comité de Coo rdinación del Sistema de Control Interno y Equipo Técnico MECI-Calidad de,, 1a2';4.uditoría General de la República que se encuentran reglamentados en la presente resolución, se entenderá que toda reunión
Interno y Equipo Técnico MECI-Calidad de,, 1a2';4.uditoría General de la República que se encuentran reglamentados en la presente resolución, se entenderá que toda reunión deberá responder a un quorum deiiq¡fifi?torio, para sesionar válidamente, representado en no menos de la mitad más uno de sicls'jmiembros y para que las decisiones tengan plena validez y surtan plenos efectos se debén3 contar con el quorum decisorio representado en la mitad más uno de sus miembros presentes, ., Parágrafo. Se excluye para efectos de quorum deliberatorio y decisorio, quienes tengan la cal idad de invitado . Artículo 18 º . Vigencia y derog atorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución Orgánica No. 04 de 2008 y la Reso lución Orgánica No. 012 de 2013 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
PU BUQUESE Y CUM PLASE
Dada en Bog otá D. C., a los treinta r e_s de mayo de 20 14
: MARULANDA TOBÓN
Proyectó. Secretario General, Elías Ro Castaño Pini,da
Revisó: Secretario General, Elías Rom Castaño Pineda
7 Ha la Excelencia la Inno vación en el Cont rol Fis cal rw i .. a Esperanza e11lre carreras 60 y 64, Eci. Gran Estación 11, piso I O costac1o L 11 ;ea Cra!u !a O lflOOO 12 0205 -· Silio Wetl: www.audiloria oov.co .... Correo-E 1] 31 86BDO - 3816710 Bü(Jü lii D C. Col orntlia
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1] 31 86BDO - 3816710 Bü(Jü lii D C. Col orntlia
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Versión 3.1 - 23 /06/1 o