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AGR - Resolución Orgánica 002 de 2026

Auditoría General de la República

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Detalles

Título
AGR - Resolución Orgánica 002 de 2026
Autor
Auditoría General de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2026

Diario Oficial No. 53.394 del 10 de febrero de 2026.502 AUDITORÍAResolución Orgánica E, de 2026 \ GENERAL DE LA REPUBLICA - COLOMBIACONSOLIDANDO EL CONTROL FISCALPágina 1 de 5 (1DEFEBADR )“Por la cual se actualiza la relación de sujetos de vigilancia y control fiscal y se asignancompetencias al interior de la Auditoría General de la República”LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICAEn ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo274 de la Constitución Politica, modificado por el artículo 5 del Acto Legislativo 04 de 2019 y en losartículos 2°, 5° y 17, numerales 2° y 5° y 12, del Decreto Ley 272 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 274 de la Constitución Política, modificado por el artículo 5 del Acto Legislativo 04de 2019 establece que «La vigilancia de la gestión fiscal de la Contraloría General de la República yde todas las contralorías territoriales se ejercerá por el Auditor General de la República, elegido porel Consejo de Estado de terna enviada por la Corte Suprema de Justicia, siguiendo los principios detransparencia, publicidad, objetividad, participación ciudadana y equidad de género, para unperiodo de cuatro años.»Que el artículo 22 del Decreto Ley 272 de 2000, modificado por el artículo 156 del Decreto Ley 403de 2020, establece que «Corresponde a la Auditoría General de la República ejercer la vigilancia y elcontrol de la gestión fiscal de la Contraloría General de la República y de las contraloríasdepartamentales, distritales, municipales, sin excepción alguna, y de los fondos de bienestar socialde todas las contralorías, en los términos que establecen la Constitución y la ley».Que el numeral 92 del artículo 24 del Decreto Ley 272 de 2000, modificado por el artículo 161 delDecreto Ley 403 de 2020, establece dentro de las funciones de la Dirección de Control Fiscal «Ejercerla revisión de cuentas y realizar auditoría, incluida la evaluación del control fiscal interno a laContraloría General de la República y demás entes vigilados según asignación de competencias queefectúe el Auditor General»Que el numeral 22 del artículo 32 del Decreto Ley 272 de 2000, modificado por el artículo 163 delDecreto Ley 403 de 2020, establece dentro de las

funciones de las Gerencias Seccionales «Dirigir,coordinar y ejecutar, en el ámbito de su jurisdicción, la revisión de cuentas y las auditorías, incluidala evaluación del control fiscal interno sobre los organismos sometidos a su vigilancia, deconformidad con los principios y sistemas fijados por la ley y con los modelos definidos por laAuditoría General de la República, sin perjuicio de la redistribución de competencias y tareas queefectúe el Auditor General».Que la carrera administrativa de las contralorías territoriales tiene carácter especial y, de acuerdocon el artículo 130 de la Constitución Política, está excluida de la administración y vigilancia de laComisión Nacional del Servicio Civil.

Avenida calle 26 No. 69 - 76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D. C.PBX: [571] 3186800 - 3816710 -Linea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205£3 auditoriageneral GWauditoriagen E) auditoriagen E3auditoriageneralcolparticipacion@auditoria.gov.cowww.auditoria.gov.co¿ AUDITORÍAGENERAL DE LA REPÚBLICA - COLOMBIA CONSOLIDANDO EL CONTROL FISCALResolución Orgánica ¡02 de 2026 Página 2 de 5 Que la Comisión Especial de Carrera (CECACT) es el órgano de administración y vigilancia del régimende dicha carrera especial, de acuerdo con el Decreto 409 de 2020 «Por el cual se crea el régimen decarrera especial de los servidores de las Contralorías Territoriales». Que el ingreso, el ascenso y la permanencia de los servidores hacen parte de la gestión fiscal de lascontralorías territoriales, cuya vigilancia y control le corresponde a la Auditoría General de laRepública (AGR) de acuerdo con el artículo 22 del Decreto Ley 272 de 2000, modificado por elartículo 156 del Decreto Ley 403 de 2020, y en consecuencia también le corresponde la vigilancia ycontrol de la Comisión Especial de Carrera (CECACT).

Que actualmente existen 27 fondos de bienestar social, de igual número de contraloríasterritoriales, de los cuales tienen personería jurídica, autonomía administrativa, presupuestal yfinanciera, y están adscritos a las contralorías de Atlántico, Bolívar, Caquetá, Cartagena, Córdoba,Guajira, Magdalena, Montería, Norte de Santander, Putumayo, Santa Marta, Soledad, Sucre, Boyacáy Chocó; y los otros, sin personería jurídica, con autonomía administrativa, contable y financiera,fondos con cuenta especial integrada al presupuesto de las contralorías de Amazonas,Bucaramanga, Casanare, Cauca, Meta, Santander, Tolima, Tunja, Vaupés, Vichada, Palmira y Arauca. Que con posterioridad a la Sentencia C — 1339 de 2000 de la Corte Constitucional, mediante la cualse ampliaron amplió las facultades de la Auditoría General de la República para vigilar también lagestión fiscal de todas las Contralorías Distritales y Municipales, se expidió por la AGR la ResoluciónOrgánica 001 de 2020, «Por la cual se realiza una distribución de competencias en el nivel central ydesconcentrado de la Auditoría General de la República», modificada por la Resolución Orgánica008 de 2021; e incorporó como sujetos de vigilancia y control las contralorías creadas conposterioridad, mediante Resoluciones Orgánicas números 005 de 2013, 007 de 2017, 002 de 2020,002 de 2021 y 008 de 2023, incluidas las creadas con posterioridad al artículo 156 del Decreto Ley403 de 2020, que modificó el artículo 22 del Decreto Ley 272 de 2000.

Que recientemente, el Concejo Municipal de Jamundí (Valle del Cauca) dispuso en el artículoprimero del Acuerdo 017 de 2025 «Crear la Contraloría Municipal de Jamundí, como una entidad decarácter técnico, con autonomía administrativa, presupuestal y contractual, y no tendrá funcionesadministrativas distintas de las inherentes a su propia organización y al cumplimiento de su misiónconstitucional». Que resulta un total de noventa y ocho (98) sujetos de vigilancia y control de la Auditoría Generalde la República, cuya competencia interna se distribuye entre el nivel central (4 sujetos a cargo dela Dirección de Control Fiscal) y el desconcentrado (94 sujetos a cargo de las 10 gerenciasseccionales). Que, teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario actualizar la relación de sujetos de vigilanciay control fiscal, recoger las referidas resoluciones de incorporación, incluir la Contraloría Municipalde Jamundíy la Comisión Especial de Carrera (CECACT) como sujetos de vigilancia y control fiscal dela Auditoría General de la República, además de redistribuir competencias territoriales entre lasgerencias seccionales y unificar en un solo acto administrativo las competencias al interior de la AGR. Avenida calle 26 No. 69 - 76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D. C.PBX: [571] 3186800 - 3816710 -Línea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205E3 auditoriageneral GBauditoriagen EJ auditoriagen Edauditoriageneralcolparticipacion@auditoria.gov.cowww.auditoria.gov.coResolución Orgánica 302 de 2026 A AUDITO RIACONSOLIDANDO EL CONTROL FISCA

Página 3 de 5 Que, por lo expuesto anteriormente,

RESUELVE:

Artículo 1°. Incluir como sujetos de vigilancia y control fiscal de la Auditoría General de la Republica,la Contraloría Municipal de Jamundí (Valle del Cauca) y la Comisión Especial de Carrera de lascontralorías territoriales (CECAT). Artículo 22. COMPETENCIA DE LA DIRECCIÓN DE CONTROL FISCAL. - La Dirección de Control Fiscalde la Auditoría General de la República es la competente para ejercer la vigilancia y el control fiscalrespecto de cuatro (4) sujetos de vigilancia y control:

  • La Contraloría General de la RepúblicaLa Contraloría Distrital de Bogotá D.C.- El Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la RepúblicaComisión Especial de Carrera (CECACT), órgano de administración y vigilancia del régimende carrera especial de los servidores de las Contralorías Territoriales.

Artículo 3.2. COMPETENCIA DEL NIVEL DESCONCENTRADO. - Las gerencias seccionales de la AGRdirigen, coordinan y ejecutan, en el ámbito de su jurisdicción, la revisión de cuentas y las auditorías,incluida la evaluación del control fiscal interno sobre los siguientes sujetos de vigilancia y control dela entidad: - La Gerencia Seccional |, con sede en la ciudad de Medellín, es competente respecto desiete (7) sujetos de vigilancia y control: o La Contraloría Departamental de Antioquia.o La Contraloría Distrital de Medellino Las Contralorías Municipales de Bello, Envigado, Itagúí, Rionegro y Sabaneta.

  • La Gerencia Seccional Il, con sede en la ciudad de Bogotá D.C., es competente respecto denueve (9) sujetos de vigilancia y control: o Las Contralorías Departamentales de Amazonas, Boyacá, Cundinamarca y SanAndrés, Providencia y Santa Catalina.Las Contralorías Municipales de Soacha y Tunja.Los fondos de bienestar social de las contralorías de Amazonas, Boyacá y Tunja. - La Gerencia Seccional III, con sede en la ciudad de Cali, es la competente respecto de trece(13) sujetos de vigilancia y control: Las Contralorías Departamentales de Cauca, Nariño y Valle del CaucaLa Contraloría Distrital de BuenaventuraLas Contralorías Municipales de Cali, Jamundí, Palmira, Pasto, Popayán, Tuluá y Yumbo.o Los fondos de bienestar social de las contralorías de Palmira y Cauca - La Gerencia Seccional IV, con sede en la ciudad de Bucaramanga, es la competenterespecto de siete (7) sujetos de vigilancia y control:

Avenida calle 26 No. 69 - 76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D. C.PBX: [571] 3186800 - 3816710 -Línea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205[Bauditoriageneral EYauditoriagen EJ auditoriagen E3auditoriageneralcolparticipacion@auditoria.gov.cowww.auditoria.gov.coAUDITORÍNERAL DE LA REPÚBLICA - COLOMBIA

CONSOLIDANDO EL CONTROL FISCALResolución Orgánica J 2 de 2026 Pagina 4de5 La Contraloria Departamental de Santander.Las Contralorías Municipales de Bucaramanga, Barrancabermeja, Floridablanca yGirón.o Los fondos de bienestar social de las contralorías de Bucaramanga y Santander. - La Gerencia Seccional! V, con sede en la ciudad de Barranquilla, es la competente respectode diecisiete (17) sujetos de vigilancia y control: o Las Contralorías Departamentales de Atlántico, Bolívar, Cesar, Magdalena y LaGuajira.Las Distritales de Barranquilla, Cartagena y Santa Marta.Las Contralorías Municipales de Soledad y Valleduparo Los fondos de bienestar social de las contralorias de Atlántico, Bolívar, La Guajira,Cartagena, Magdalena, Santa Marta y Soledad. - La Gerencia Seccional Vi, con sede en la ciudad de Neiva, es la competente respecto denueve (9) sujetos de vigilancia y control: o Las Contralorías Departamentales de Caquetá, Huila, Putumayo y Tolima.o Las Contralorías Municipales de Ibagué y Neiva.-Los fondos de bienestar social de las contralorías de Caquetá, Putumayo y Tolima. - La Gerencia Seccional VII, con sede en la ciudad de Armenia, es la competente respecto denueve (9) sujetos de vigilancia y control: o Las Contralorías Departamentales de Caldas, Chocó, Quindío y Risaralda.o Las Contralorías Municipales de Armenia, Dosquebradas, Manizales y Pereira.o El fondo de bienestar social de la contraloría de Chocó.

  • La Gerencia Seccional VIII, con sede en la ciudad de Cúcuta, es la competente respecto decinco (5) sujetos de vigilancia y control: o Las Contralorías Departamentales de Arauca y Norte de Santander.o La Contraloría Municipal de Cúcutao Los fondos de bienestar social de las contralorías de Arauca y Norte de Santander. - La Gerencia Seccional IX, con sede en la ciudad de Villavicencio, es la competente respectode Once (11) sujetos de vigilancia y control: o Las Contralorías Departamentales de Casanare, Guainía, Meta, Vichada, Guaviare yVaupés.La Contraloría Municipal de Villavicencio.Los fondos de bienestar social de las contralorías de Casanare, Meta, Vaupés yVichada. - La Gerencia Seccional X, con sede en la ciudad de Montería, es la competente respecto desiete (7) sujetos de vigilancia y control: o Las Contralorías Departamentales de Córdoba y Sucre,o Las Contralorías Municipales de Montería y Sincelejo.

Avenida calle 26 No. 69 - 76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogotá, D. C.PBX: [571] 31868003816710 -Línea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205auditoriageneral fYauditoriagen EJ auditoriagen Edauditoriageneralcolparticipacion@auditoria.gov.cowww.auditoria.gov.coAUDITORÍNERAL DE LA RI OLOMBIA

CONSOLIDANDO EL CONTROL FISCALResolución Organica 002 de 2026 Página 5 de 5 o Los fondos de bienestar social de las contralorías de Córdoba, Montería y Sucre. Parágrafo Transitorio. Las auditorías que, al momento de la expedición de la presente Resolución,se encuentren en ejecución en virtud del Plan de Vigilancia y Control Fiscal del año 2026, seránculminadas por la Gerencia Seccional que las viene adelantando. Artículo 4.2. COMUNICACIÓN. La Auditoría Delegada para la Vigilancia de la Gestión Fiscal de laAuditoría General de la República comunicará la presente Resolución, dentro de los cinco (5) díassiguientes a su publicación en el Diario Oficial:

  • Al Concejo Municipal y a la Contraloría Municipal de Jamundí, por conducto de susrepresentantes legales.- Ala Comisión Especial de Carrera (CECACT) por conducto del Presidente de la Comisión.- Alas contralorías y a sus fondos de bienestar social, por conducto de sus representanteslegales.

Artículo 52. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el DiarioOficial y deroga lo que le sea contrario, en especial las Resoluciones Orgánicas 001 de 2020 y 008 de 2021.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 1 0 FEB 2026 MARÍA ANAYME BARÓN DURÁNAúditora GenerdT de la República NOMBRE - CARGO Y» Proyectado por: Tatiana Ordóñez Vásquez, Profesional Especializado 04 GARevisado por: Gustavo Adolfo Escudero Aranda, Asesor del Despacho 02 eS -Pedro Alfonso Mestre Carreño, Secretario General QUAprobado por: Diego Fernando Uribe Velásquez, Auditor qe y de la Gestión rig)Carmen Andrea Fúneme, Directora Oficina Juridica\, [A .Ml Oduber Alexis Ramírez Arenas, Auditor Auxiliar. =Los funcionarios y contratistas mencionados declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas ydisposiciones legales vigentes y, por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para firma. Avenida calle 26 No. 69 - 76 Edificio Elemento, Torre 4, pisos 17 y 18. Bogota, D.C.PBX: [571] 3186800 - 3816710 -Linea gratuita de atención ciudadana: 018000-120205Gauditoriageneral Edauditoriagen E) auditoriagen E3auditoriageneralcolparticipacion@auditoria.gov.cowww.auditoria.gov.co

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