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AGR - Resolucion Orgánica 003-de 2020 (Modifica la Resolución Orgánica No 011 del 14 de mayo de 2014)

Auditoría General de la Nación

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Detalles

Título
AGR - Resolucion Orgánica 003-de 2020 (Modifica la Resolución Orgánica No 011 del 14 de mayo de 2014)
Autor
Auditoría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2014

ORGANICA No. 003 de 2020 (0.4 FEB 202 “Por la cual. ¿e modifica la Resolución Orgánica No: 011 del 14 de mayo de 2014” po La Auditora General de la República, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas en el artículo 17 del Decreto 272 del 22 de febrero de 2000, y TS CONSIDERANDO; E ES Que la Resolución Orgánica No. 009 de 2005, en su artículo 1” literal e) delega en el Secretario General autorizar las comisiones de servicio al interior del país, y en el literal f) le ordena el reconocimiento y pago de los valores a cancelar por concepto de viáticos y gastos de viaje. Que la Auditoría General de la República, emitió la Resolución Orgánica No, 011 del 14 de mayo de 2014 Por la cual se cictan disposiciones para el reconocimiento y pago de viáticos y gastos de transporte en las comisiones de servicio al interior del país”. Que al hacer una revisión minuciosa del contenidode la Resolución Orgánica No.011 del 14 de mayo de 2014, se estableció que se hace necesario modificarla para precisar y establecer condiciones para el pago de viáticos (manutención, alojamiento y transporte) que se generan pork las cómisiones en lugares diferentes al sitio habitual de trabajo. Que teniendo en cuenta lo anterior, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Modificar el artículo primero de la Resolución Orgánica 011 del 14 de mayo de 2014, el cual quedará así: Los viáticos por comisiones de servicio al interior del país a que tienen derecho los funcionarios de la Auditoría General de la República se liquidarán hasta el ciento por ciento (100%) diario de

la correspondiente escala salarial que disponga el Gobierno Nacional en el Decreto por el cual se fijan las escalas de viáticos.

ARTICULO SEGUNDO: Modificar el artículo segundo de la Resolución Orgánica 011 del 14 de mayo de 2014, el cual quedará así: En las comisiones de servicio a sitios cuya distancia de la sede habitual de trabajo sea inferior a 60 kilómetros, no se autorizará pernoctada, en consecuencia no habrá lugar a gastos de alojamiento. Los funcionarios a quienes se les conceda comisión de servicios en las condiciones antes anotadas, solamente se les reconocerá hasta el cincuenta por ciento (50%) diario de la correspondiente escala salarial que disponga el Gobierno Nacional en el Decreto por el cual se fijan las escalas de viáticos, y no se les reconocerá gastos de transporte.

Cra. 57CHo, 64429, Barrio Modelo Norte, Bogotá D.C.

PEX: [57113336800 -3816710-Línéa gratulte de atención dudadana: 078000120205

Ed auditoriageneral EXauditoriagen Tjauditoriágen Edeuditolagéneralco! pariicipedongauditoria.gov.co o www.auditoria.q0vcó tdo la Resolución Orgánica No. . 00 3 de 2020

Cuando las comisiones de: servicio. se . efectúen a lugares cuya distancia sea superior a la. mencionada en este “artículo, y para el cumplimiento de las tareas asignadas nose requiera pernoctar en el lugar, se reconocerá hasta el 50% del valor fijado. por: el. «Gobierno Nacional, y se suministrará el transporte o se

reconocerá el'valor del mismo si los funcionarios lo adquieren de manera directa..

ARTÍCULO TERCERO: Los demás artículos de la Resolución 011 del 14 de mayo de. 2014, continúan. Vigentes.

ARTÍCULO: CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNIQUESE PUBLIQUESE Y CUMPLASE

“ALMA CARMENZA.

Auditora Ge Nombre y Apellido Firma. , Fecha Proyectado por: | María Antibelly Pulgarín RestrepoProfesional Talento: Humano LA 30/01/2020

Revisado por: :- [Elizabeth Monsalve CamachoDirectora de Talento Humano” A el 30/01/2020

Revisado por. + | Carlos Oscar Vergara. RodriguezDirector Oficina Jurídica Markt 30/01/2020

Aprobado-por: | Jaime Escobar VélezSecretario General SON As [30/01/2020

Los arriba firmantes-declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y diSposiciones legales vigentes y por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para la firma.

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