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AGR - Resolucion Orgánica 006 de 2021

Auditoría General de la Nación

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Detalles

Título
AGR - Resolucion Orgánica 006 de 2021
Autor
Auditoría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2021

RESOLUCIÓN ORGANICA No. DE 2021 ( ) “Por la cual se define el puntaje crítico de corte para la certificación anual de la gestión de las contralorías territoriales para la vigencia 2021”. LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los artículos 274 y 272 de la Constitución Política, el numeral 7º del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000 y el artículo 30 del Decreto Ley 403 de 2020; y CONSIDERANDO: Que el 27 de agosto de 2020 se expidió la Resolución Orgánica 0151 “Por la cual se adoptan el procedimiento, la metodología y los parámetros para la certificación anual de gestión y las evaluaciones parciales trimestrales de las contralorías territoriales”, y se estableció la versión 2.0 de esta metodología. Que con posterioridad, se expidió la Resolución Orgánica 020 del 31 de diciembre de 2020, “Por la cual se adopta la versión 3.0 de la Metodología para la certificación anual de gestión y las evaluaciones parciales trimestrales de las contralorías territoriales”, que empezará a regir a partir de la vigencia 2021. Que de conformidad con la citada metodología, el índice de desempeño integral de las contralorías es un número que va de 0 a 100 puntos y representa el desempeño integral de cada uno de los órganos de control fiscal territorial. Que el índice de desempeño integral es la base para emitir la decisión sobre la certificación anual de la gestión de las contralorías territoriales.

Que la certificación de las contralorías se realiza a partir de un puntaje crítico de certificación anual (Pcertificación_anual). Este puntaje será comparado con el índice de desempeño integral de cada contraloría. Que la certificación sólo se puede otorgar cuando el valor del índice de desempeño integral de la contraloría es superior o igual al puntaje crítico de certificación anual. Que en la versión 3.0 de la metodología se define el procedimiento para calcular el puntaje crítico de certificación anual de las contralorías territoriales a partir del puntaje de certificación del año anterior, lo que permite contar con un referente previo de desempeño relativo. Que para calcular el puntaje crítico de certificación ( , se aplicará la Pcertificación_anual) ecuación fundamental de la certificación anual de las contralorías territoriales Pcertificación_anual (t)= μAuditeCT(t-1) – ϴσAuditeCT(t-1), establecida en la mencionada metodología. Que la metodología establece que, cuando el puntaje del índice de desempeño integral de la contraloría territorial sea igual o superior a 70 puntos, la misma será 1 La Resolución Orgánica 015 de 2020 fue derogada por la Resolución 004 del 14 de mayo de 2021. Continuación de la Resolución Orgánica No. de 2021 Página 2 de 2 certificada, sin importar el puntaje crítico o punto de corte aplicable para la vigencia correspondiente. Que la Oficina de Estudios Especiales y Apoyo Técnico de la entidad aplicó el método para determinar el puntaje crítico de certificación para la vigencia 2021, y

estableció que éste es de 72,03 puntos. Que en consecuencia, es procedente aplicar la regla establecida en la metodología y definir como puntaje crítico de corte para la certificación de la gestión de las contralorías territoriales de la vigencia 2021, 70 puntos. En mérito de lo expuesto, la Auditora General de la República, en uso de sus facultades constitucionales y legales, RESUELVE Artículo 1°: Puntaje crítico de certificación. Fijar el puntaje crítico o punto de corte para la certificación anual de la gestión de las contralorías territoriales de la vigencia 2021, en 70 puntos. Artículo 2°. Comunicación. Una vez publicada la presente Resolución en el Diario Oficial, deberá ser comunicada a todas las contralorías territoriales por conducto de la Auditoría Delegada para la Vigilancia de la Gestión Fiscal. Artículo 3°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los ALMA CARMENZA ERAZO MONTENEGRO Auditora General de la República Nota: Documento firmado digitalmente Nombre y Apellido Firma Fecha Tatiana Ordoñez Vásquez, Directora de Control Fiscal Omar Hugo Rivas Jimenez, Director de Responsabilidad Fiscal Proyectado por: 14/05/2021 Albert Ferney Giraldo Varón, Director Oficina de Estudios Especiales y Apoyo Técnico Liliana Patricia Ortiz Ospino, Asesora de Despacho

Pablo Andrés Olarte Huguet, Director Oficina Jurídica Revisado por: 14/05/2021 Diego Fernando Uribe Velásquez, Auditor Delegado

Aprobado por: Luz Jimena Duque Botero, Auditora Auxiliar 14/05/2021

Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lo tanto, bajo nuestra responsabilidad lo presentamos para la firma

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