AGR - Resolucion Orgánica 007 de 2020 modifica la Resolución Orgánica 008 de 2019)
Auditoría General de la Nación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- AGR - Resolucion Orgánica 007 de 2020 modifica la Resolución Orgánica 008 de 2019)
- Autor
- Auditoría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2019
RESOLUCIÓN ORGÁNICA No. de 2020 ( ) “Por la cual se modifica la Resolución Orgánica 008 de 2019” LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 274 de la Constitución Política, modificado por el artículo 5 del Acto Legislativo No. 04 de 2019 y en los numerales 1, 13, 14 y 16 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000.
CONSIDERANDO: Que la Auditoría General de la República coadyuva a la transformación, depuración y modernización de los órganos instituidos para el control fiscal, mediante la promoción de los principios, finalidades y cometidos de la función administrativa consagrados en la Constitución Política, el fomento de la cultura del autocontrol y el estímulo de la participación ciudadana en la lucha para erradicar la corrupción.
Que el numeral 1 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, dispone que el Auditor General la República debe: “Determinar las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos para el cabal cumplimiento de la vigilancia de la gestión fiscal a él encomendada y para el adecuado funcionamiento administrativo de la Auditoría General de la República, con base en su autonomía administrativa, jurídica, contractual y presupuestal.” Que el numeral 13 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, establece como funciones del Auditor General, entre otras, la de “Adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la
Auditoría General de la República, en desarrollo de su autonomía.” Que el numeral 14 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, señala que al Auditor General de la República le corresponde: “Asignar a las distintas dependencias y funcionarios de la AGR las competencias y tareas necesarias para el cabal cumplimiento de las funciones constitucionales y legales, para lo cual podrá conformar equipos de trabajo y dictar los reglamentos internos que se requieran, así como delegar y desconcentrar las funciones a que hubiere lugar, con sujeción a las disposiciones constitucionales y legales vigentes.” Que el numeral 16 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, señala que el Auditor General tendrá la facultad de “(…) distribuir los cargos de la planta global, conformar los grupos internos de trabajo, consejos y comités asesores que sean necesarios para el cumplimiento eficiente y eficaz de las competencias y responsabilidades de la entidad, asignándoles las tareas a ejecutar.” Que con fundamento en las atribuciones conferidas al Auditor General de la República, se expidió la Resolución Orgánica No. 008 de 2019, mediante la cual se creó el Grupo de Promoción y Atención Ciudadana como grupo interno de trabajo adscrito a la Auditoría Delegada para la Vigilancia de la Gestión Fiscal y, además, se unificó la reglamentación sobre la atención de derechos de petición y la promoción del control social por parte de Auditoría General de la República.
GD.233.P01.FI06
Versión 3.4 22/01/2020 Continuación de la Resolución Orgánica No. de 2020
Página 2 de 2 Que se requiere modificar el número de integrantes del Grupo de Promoción y Atención Ciudadana, con el propósito de no impactar negativamente la conformación de otros equipos de trabajo que funcionan al interior de otras dependencias y grupos de la Auditoría General de la República. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1. Modificar el Artículo 28 de la Resolución Orgánica No. 008 de 2019, el cual quedará así: “Artículo 28 - INTEGRANTES. El Grupo de Promoción y Atención Ciudadana estará conformado, mínimo por: un Asesor del Despacho, designado por el Auditor General de la República, quien ejercerá las funciones de coordinador del Grupo; un funcionario del nivel profesional y uno del nivel asistencial, designados por el Auditor Delegado para la Vigilancia de la Gestión Fiscal”. ARTÍCULO 2. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga al interior de la Auditoría General de la República las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los ALMA CARMENZA ERAZO MONTENEGRO Auditora General de la República Nota: Documento firmado digitalmente Nombre y Apellido Firma Fecha Proyectado por: 09-06-2020 Edinson Heyner Palacios Castillo Carlos Oscar Vergara Rodríguez Revisado por: 09-06-2020 Genith Carlosama Mora
Aprobado por: Luz Jimena Duque Botero 09-06-220
Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lo tanto, bajo
nuestra responsabilidad lo presentamos para la firma.
GD.233.P01.FI06
Versión 3.4 22/01/2020